Argentina: La lucha continúa
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Los presos de la Legislatura tendrán que esperar el juicio entre rejas
La Cámara rechazó un nuevo pedido de excarcelación
de los quince detenidos por los disturbios de hace once meses frente a la
Legislatura porteña. Argumentaron que se pueden fugar antes del juicio.
Por los disturbios frente a la
Legislatura fueron detenidas 23 personas, 15 siguen presas.
Laura Vales
La Justicia rechazó un nuevo pedido de excarcelación
de los presos de la Legislatura. La Sala V de la Cámara del Crimen, con el voto
de los jueces Mario Filozof y Rodolfo Argerich, sostuvo que, de concederles la libertad, los
detenidos podrían fugarse. La solicitud había sido presentada en base a los
fallos que beneficiaron a María Julia Alsogaray y a
Omar Chabán, a quienes días atrás se les reconoció el
derecho de esperar libres el comienzo del juicio oral.
En este caso, por el contrario, los camaristas pusieron en primer plano otro
argumento. Señalaron que “cuando la pena prevista para el delito atribuido es
de cierta gravedad” debe tenerse en cuenta “la posibilidad de que el imputado
intente eludir la acción de la Justicia”.
Los quince presos cumplieron ayer once meses de detención. Fueron arrestados el
16 de julio, al término de una protesta contra la modificación del Código de
Convivencia porteño. De los quince, nueve son vendedores ambulantes y dos
mujeres en situación de prostitución. Habían ido a manifestar contra la sanción
del nuevo Código, que limitó sus posibilidades de trabajo y recortó el derecho
a la protesta.
Aquel día, cuando los manifestantes llegaron frente al edificio, las puertas de
la Legislatura fueron cerradas y se prohibió el ingreso al público que quería
presenciar el debate. En esa situación, un grupo de personas con las caras
tapadas que no pertenecían a las organizaciones que habían convocado a la
movilización comenzaron a tirar piedras contra el edificio e intentaron tirar
abajo la puerta. Los incidentes se extendieron durante cinco horas sin que la
policía interviniera. Cuando todo terminó, efectivos de civil detuvieron a 23
personas, en algunos casos a varias cuadras del lugar de los incidentes.
Ocho de los detenidos recuperaron la libertad. Los restantes fueron procesados
por la jueza Silvia Ramond, quien los acusó de daños
calificados (los consideró autores de las roturas del edificio), privación
ilegítima de la libertad (sostuvo que con su accionar habían impedido salir del
lugar a los legisladores) y coacción agravada. Este último delito, que consiste
en “las amenazas a miembros del poder público con el propósito de obtener
alguna medida o concesión”, no es excarcelable, ya que prevé una pena de entre
5 y 10 años de prisión.
Los abogados defensores plantean que no hay pruebas que sostengan esta
acusación, basada sólo en dichos de la policía. Señalan que la Federal no
detuvo a quienes provocaron los incidentes y en cambio arrestó a manifestantes
que no habían tenido nada que ver.
Entre los quince presos hay uno –Pablo Amitrano– que
incluso demostró, utilizando las filmaciones de la televisión, que la acusación
de los policías era falsa y que él sólo había estado tocando el bombo. Es el
caso de la mayoría. “Fueron a manifestar y terminaron acusados por cosas que no
cometieron”, resumió Héctor Trajtemberg, de la Liga
por los Derechos del Hombre. En el peor de los casos, agregó, “si alguien tira
una piedra y rompe un vidrio debería ser acusado por romper un vidrio, pero no
de coacción agravada y privación ilegítima de la libertad”.
Al pedir la excarcelación, señaló Luis Orellana, los
abogados habían señalado además los siguientes puntos:
u “La ley plantea como reparo a cualquier excarcelación que el acusado pueda
entorpecer el accionar de la Justicia. En este caso eso no sucedería, porque la
investigación está terminada. De hecho, ya está lista para elevarse a un
tribunal oral.”
u “Nuestros defendidos no pueden evadir la acción de la Justicia. Para irse del
país o vivir fugado hay que tener dinero, pasaporte, medios con los cuales
mantenerse. Como es público, todos los detenidos son pobres.”
u La Justicia no puede aplicar un criterio frente a
María Julia o a Chabán y otro distinto si el preso no
es rico ni famoso.
Los jueces, que reconocieron como válido el primer argumento, insistieron en
que “persiste el peligro de fuga”. En cuanto a los fallos que beneficiaron a
María Julia y a Chabán, señalaron que ellos no los
habían firmado: se trata de casos en los que entendieron otros magistrados. Por
otra parte, agregaron: “La existencia de fallos contradictorios no implica
quebrantar la igualdad ante la ley”.