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DENUNCIA DE LA OMBUDSMAN
"Privación de la libertad"
Todas las personas que fueron arrestadas el 20 de diciembre en Capital
Federal invocando el estado de sitio habrían sido privadas ilegalmente
de su libertad, es decir secuestradas. Esto se desprende de una denuncia realizada
ayer ante la jueza María Servini de Cubría por la defensora del
Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Alicia Oliveira. La presentación,
que incluye un fallo judicial que la avala, es una prueba importante que complicará
la situación de los acusados en la causa, entre los que están
el ex jefe de la policía Rubén Santos y el ex secretario de Seguridad
Enrique Mathov, el ex ministro de Interior Ramón Mestre y el ex presidente
Fernando de la Rúa.
Mientras la Policía Federal saturaba las comisarías, el 20 de
diciembre Oliveira presentó un recurso de hábeas corpus a favor
de los detenidos y pidió que se declarara la inconstitucionalidad del
estado de sitio dictado el día anterior sin la intervención del
Congreso. El juez de instrucción Roberto Antonio Grispo consideró
que el estado de sitio dependía de una decisión política
pero ordenó inmediatamente la liberación de todas las personas
que estaban en la cárcel. Basó su resolución en que "según
lo informado por la Policía Federal Argentina no existe orden normativa
ni decreto que disponga" los arrestos "más allá del decreto presidencial
de estado de sitio y las ordenes superiores. De esta manera no existe para cada
caso concreto orden escrita de autoridad competente que justifique la detención".
Este fallo judicial será una prueba de que quienes estuvieron en las
celdas de las comisarías, fueron técnicamente secuestrados ya
que el estado de sitio restringe las libertades individuales pero no las anula,
y por lo tanto, no implica que las fuerzas de seguridad tengan luz verde para
violar la ley. Sólo en la ciudad de Buenos Aires hubo el 20 de diciembre
pasado alrededor de doscientos personas encarceladas. En todo el país
el número ascendió a cinco mil quinientas.
Los fiscales de la causa, Luis Comparatore y Patricio Evers habían pensado
en profundizar esta línea luego de que Mathov admitiera en su declaración
indagatoria que no había existido un decreto en el que figuraran los
nombres de las personas a detener y su correspondiente justificación.
Comparatore y Evers advirtieron en ese momento que estaban frente a un nuevo
delito, el de privación ilegal de la libertad. En la búsqueda
de jurisprudencia, encontraron un fallo de la Corte Suprema de cinco miembros,
que en 1986 –con disidencia de Augusto Belluscio– le dio la razón a un
militar que había sido arrestado durante un estado de sitio declarado
el año anterior por el gobierno de Raúl Alfonsín para detener
a determinadas personas sospechadas de conspirar contra la democracia. Aunque
el arresto estaba justificado por escrito, la Corte consideró que no
estaba suficientemente fundado. El 20 de diciembre no sólo no había
justificación sino que ni siquiera había orden.