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Compañeras

28 de octubre de 2003

Consecuencias económicas y sociales de la discriminación contra las lesbianas en Ámerica Látina
El precio de ser diferente

Claudia Hinojosa / Alejandra Sardá
Rev. LOLA Nº 18 / noviembre 2002
En el marco del incremento tenaz de las desigualdades económicas presenciamos también con frecuencia el fortalecimiento del falso dilema entre la agenda para combatir la pobreza y la agenda por la autodeterminación sexual de las mujeres, entendiendo desde luego la primera como "lo realmente importante" y la otra como "subsidiaria", en el mejor de los casos, o como una preocupación descaradamente frívola "frente a la situación extrema de injusticia económica"..
En este texto intentaremos reflexionar sobre las consecuencias económicas y sociales de la discriminación contra las mujeres latinoamericanas cuya preferencia sexo/afectiva la constituyen otras mujeres a partir del marco conceptual del derecho al desarrollo (entendido como desarrollo humano), con el afán de trascender aunque sea mínimamente la supuesta oposición arriba señalada y retomar la noción de derechos tan indivisibles como somos las humanas y los humanos. Y tan "injerarquizables" como también somos.

Familia: núcleo central de la desigualdad

Seguiremos aquí la definición de "familia" que propone la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre Violencia contra la Mujer, Radhika Coomaraswamy: "no se debería definir la familia mediante una construcción formalista, nuclear, la de marido, mujer e hijos/as. La familia es el lugar donde las personas aprenden a cuidar y a ser cuidadas, a confiar y a que se confíe en ellas, a nutrir a otras personas y a nutrirse de ellas." De acuerdo a esta definición -centrada en las funciones que la familia debe cumplir y no en los géneros de quienes la integran, familias son, también:

Las parejas (o tríadas, o cuartetos, o.) de lesbianas que mantienen entre sí una relación erótico/afectiva y comparten un proyecto de vida, tanto las que no tienen hijas/os, como las que las/os tienen, producto de uniones heterosexuales anteriores, fertilización asistida o adopción.

A la fecha, estas familias no tradicionales carecen de toda protección legal en los países de la región..

En algunos casos puntuales, han habido tribunales que fallaron a favor de parejas del mismo sexo (hasta ahora, todas de hombres en las que uno de ellos o ambos estaba padeciendo el SIDA en estado terminal) en cuanto al derecho a la herencia (Brasil) o a la atención médica (Colombia, Argentina).

De todas maneras, se trata de casos puntuales que no obligan a los jueces a pronunciarse en el mismo sentido frente a otras demandas, ni otorgan derecho alguno al resto de las personas que forman familias no tradicionales.

Existen proyectos de ley para otorgar algunos derechos civiles básicos a estas familias. Dichos proyectos se encuentran en debate parlamentario en Argentina (a nivel nacional y local en la ciudad de Buenos Aires), Brasil (federal), Colombia (nacional) y México (en el Distrito Federal). La oposición que han despertado entre los partidos políticos de derecha y sus organizaciones religiosas aliadas ha sido tal que en el caso de Brasil se perdió la primera votación en 1997 y actualmente la discusión se encuentra empantanada, con los partidos confesionales forzando a las legislaturas de algunos estados (como Santa Catarina) a recomendar el voto negativo a sus representantes en el Parlamento federal. En Argentina, ya van dos veces que el proyecto nacional debe volver a presentarse porque los legisladores y legisladoras no se deciden a debatirlo en el recinto, mientras que su par porteño está siendo objeto de una virulenta campaña en contra orquestada por la iglesia católica. En el Distrito Federal mexicano, la presión de la iglesia hizo que, mediante argucias legales, algunos legisladores impidieran la votación del proyecto durante la sesión final del ciclo 2002 y lo reintegraran para su "estudio" a las comisiones que ya lo habían aprobado. En Colombia, el Senado acaba de apoyar el proyecto, pero la iglesia católica ya ha lanzado una campaña de recolección de firmas para incidir sobre el paso siguiente, que es su debate en la Cámara de Diputados.

Las derechas de esos cuatro países coinciden en calificar a estos proyectos de "atentados contra el matrimonio y la familia".

¿Cuáles es el potencial destructivo de los derechos que estos proyectos garantizan, y qué implica su carencia para las personas que viven en familias alternativas?

1. Derecho a la herencia

Al no existir lazo legal alguno entre las integrantes de una pareja lésbica, no pueden heredarse entre sí de manera automática -como sucede en el caso de los matrimonios- ni tienen la posibilidad de acceder a la herencia tras demostrar el vínculo mediante testigos, como sucede con las concubinas/os.

En este último caso, los Estados han reconocido que la convivencia otorga derechos sobre los bienes del compañero/a, ya que en la generación de esos bienes cooperan siempre ambas/os integrantes de la pareja. No existe lógica alguna más allá del prejuicio que permita afirmar que esto debe ser diferente cuando las integrantes de la pareja son dos mujeres (o dos hombres).

La única opción disponible para las familias no tradicionales que posean bienes es la de celebrar contratos privados. Las personas heterosexuales pueden darse el lujo de olvidar su finitud, porque la ley cuida de sus familias; las lesbianas deben tenerla presente si no quieren condenar a sus compañeras a situaciones de desprotección.

2. Derecho a la seguridad social, a la salud, a la atención médica y a beneficios familiares

Por el hecho de estar formadas por mujeres, las familias lésbicas están más expuestas a la pobreza que las familias en las que hay varones (tanto heterosexuales como de hombres gays). Según estadísticas del Banco Interamericano de Desarrollo, a igual nivel de escolaridad las mujeres latinoamericanas perciben salarios que son siempre inferiores a los de los hombres.

En este tema, nos enfrentamos a un dilema. Los Estados latinoamericanos se han ido retirando de la prestación de servicios en áreas clave como la salud, la educación y las jubilaciones, que han quedado en manos de empresas privadas que no cumplen ninguna función social y por lo tanto sólo atienden a los sectores de mayores ingresos. Cuando pedimos el derecho a la seguridad social para las familias no tradicionales, sabemos que estamos hablándole a Estados que ya no garantizan ese derecho ni siquiera a las más tradicionales de las familias. Sabemos que nuestros Estados no tienen presupuesto para atender a las necesidades de su población, aquí sí sin discriminación alguna, porque lo destinan a cumplir con sus obligaciones de deuda externa y también a armar a sus ejércitos y policías para reprimir mejor los conflictos internos. Reclamar estos derechos es una cuestión de principios, que hace al cumplimiento de la igualdad ante la ley y la no discriminación, bases fundantes de la perspectiva de los derechos humanos. Por eso seguiremos reivindicándolos.

Pero sabemos que paralela a esa lucha, es necesario un trabajo en coalición con el conjunto de la sociedad afectada por las políticas neoliberales. Sin un cambio radical en las políticas económicas y de gobierno de nuestra región, no hay esperanza real de cambio en la situación de exclusión que viven las lesbianas (así como los homosexuales, las personas bisexuales y transgénero).

Para aquellas que dependen de las deterioradas obras sociales sindicales que todavía brindan servicios médicos, si una de las integrantes de la pareja queda desempleada, no tiene posibilidad alguna de utilizar el seguro de salud de su compañera. Algunos sindicatos aislados (bancario en Uruguay,aeronavegantes en Argentina, estatales en algunas ciudades de Brasil, como Recife y Sao Paulo) reconocen los derechos de las parejas del mismo sexo en cuanto a cobertura médica.

En el caso de los seguros de retiro, jubilaciones y pensiones, ningún Estado latinoamericano garantiza el derecho de una lesbiana a cobrar la pensión de su compañera fallecida. Tampoco las prestadoras privadas permiten anotarse como pareja, con lo que se presenta un situación de doble erogación forzada.

Otros beneficios familiares, cuya carencia impacta con mucha crueldad a las familias lésbicas, son las licencias. Las afortunadas minorías que aún conservan un empleo estable en el que se otorgan licencias por duelo y por familiar enfermo, no pueden hacer uso de esos beneficios si es su compañera la que ha muerto o la que requiere su asistencia, ya que para la legislación laboral se trata de una desconocida. Tampoco puede la mujer que no es madre biológica pero convive con su compañera que sí lo es, pedir una licencia en caso de enfermedad de las criaturas. (Las mayorías que viven bajo empleo precario no gozan de licencia alguna, cualquiera sea su preferencia sexual)

3. Derecho a crédito bancario, hipotecas y otras formas de crédito financiero

El no ser consideradas "familia" en el sentido legal del término excluye a las lesbianas de los créditos para la vivienda que otorgan los Estados -que son los más accesibles en términos de importe de las cuotas y plazos para su pago.

Los bancos privados no tienen una política definida pero, según el caso, podrían avenirse a sumar los ingresos de las integrantes de una pareja y concederles un crédito hipotecario conjunto, bajo la figura de "co-deudoras solidarias". Por supuesto, aquí las cuotas a pagar son mucho mayores y los intereses, considerables.

La intersección de exclusiones entre clase y preferencia sexo-afectiva es lo que hace más cruel la negativa de los Estados en cuanto a cumplir con sus obligaciones de garantizar la igualdad ante la ley sin discriminación alguna. Quienes más sufren la falta de protección estatal para las familias alternativas son las lesbianas empobrecidas -que en nuestra región son, en su mayoría, las también afectadas por exclusiones étnicas, lingüísticas y etarias (las lesbianas mayores son un grupo poblacional de marcada vulnerabilidad económica, sobre todo las que no cuentan desde hace años con el apoyo de sus familias de origen).

4. Derechos de niñas y niños en familias alternativas

Las niñas y niños que viven en familias lésbicas sufren los resultados de la desprotección a que venimos refiriéndonos. Esta situación viola de manera flagrante derechos universalmente reconocidos a toda niña y todo niño ". sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus tutores.." (Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, Artículo2.1).

Las niñas y niños que viven en familias lésbicas son criadas/os por dos madres, a las que ellas/os reconocen, aman y disfrutan como tales. Pero para la ley, hay una sola madre -que lo es por nacimiento o por adopción. La otra es una perfecta desconocida.

Por ejemplo, cuando la desempleada es la madre biológica, no hay manera de que las niñas o niños puedan acceder al seguro de salud de su otra madre, con lo quedan desprotegidas/os en caso de enfermedad, pudiendo no estarlo. Tampoco pueden cobrar la pensión de su madre no biológica, ni siquiera en los casos en que se trata del único ingreso familiar y/o tratándose de niñas/os discapacitadas/os. Para nuestros Estados, todavía pesa más el temor a enfrentarse a la condena de las iglesias tradicionales y sus organizaciones aliadas de derecha, que la decisión de cumplir sus compromisos internacionales y proteger a todas las niñas y a todos los niños reconociendo legalmente a la diversidad de familias en que viven.





Claudia Hinojosa es co-fundadora en 1978 del Grupo Lambda, una de las primeras organizaciones lésbico-gays en México y América Latina. Actualmente es asesora de la Dip. Enoé Uranga, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Alejandra Sardá es la coordinadora del Programa para América Latina y el Caribe, de la Comisión Internacional para los Derechos Humanos de Gays y Lesbianas (IGLHRC). Nació en Argentina y vive en México.