La Izquierda debate
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La vida en prisión
(notas)
¿Qué es la cárcel?
Blas López-Angulo
Rebelión
"Si me preguntaran qué es la cárcel os respondería sin dudar que es el
basurero de un proyecto socio-económico determinado, al cual arrojan todas
aquellas personas que molestan dentro de la sociedad: por eso la cárcel alberga
principalmente pobres..." (Xosé Tarrío)
"José estuvo ingresado desde el 28 de junio hasta el pasado domingo 4 de julio,
todavía debería seguir ingresado ya que los médicos necesitan hacerle más
pruebas pero se ha visto obligado a pedir el alta voluntaria por culpa de un
policía que le custodiaba que era un auténtico canalla, se pasó todo el día
provocándole y sobretodo cuando estaba su madre para obligarle a saltar y
poniendo la situación mucho más difícil de lo que ya era.
En este momento lo más importante es convencer a José para que vuelva a pedir
que le saquen al hospital ya que si le da una crisis en la cárcel nadie le puede
atender. Si José pide que le saquen y la cárcel se niega a volver a sacarle
tendremos que centrar en este punto la protesta.
También se va a pedir la excarcelación por el art.60 ( enfermedad incurable)
pero no va a ser fácil porque los jueces son poco proclives a concederla. El
abogado no puede presentar el escrito hasta que tenga el informe médico para lo
que hace falta realizar más pruebas y eso estando en la cárcel es imposible.
Otro punto importante es el de protestar por el denigrante trato que ha padecido
desde que ingresó en la cárcel por primera vez hace 19 años y muy especialmente
por el trato que recibieron José y su madre por parte de los policías que le
custodiaban en el hospital , el primer día ni siquiera dejaron que la madre
visitase a José después de pasar más de 14 horas en el hospital. Por cierto, es
posible que la parálisis se deba a un golpe que le dio un carcelero hace 10 años
en la cárcel del Dueso.
El pasado lunes 28 de junio José fue ingresado en el hospital Juan Canalejo de
Coruña porque tenía el brazo izquierdo casi sin fuerza y le costaba mucho
moverlo, las pruebas médicas detectaron una parálisis cerebral debido a una
embolia o una trombosis ( los médicos necesitan hacer más pruebas para saber más
exactamente que es lo que le pasa). La enfermedad no le ha afectado nada a la
cabeza, pero además del brazo tiene la pierna izquierda debilitada ( anda bien
pero le cuesta levantarse y sentarse ya que ha perdido fuerza), la cara la tiene
un poco torcida y ha perdido tacto en el lado izquierdo pero no se nota
demasiado. Los médicos no han dicho nada sobre la evolución de la enfermedad
pero parece que está estabilizada y que con los ejercicios de rehabilitación
podrá recuperar algo de la movilidad perdida.
Gracias por el apoyo que siempre habéis mostrado a nuestro compañero. Ya sabéis
que ahora se encuentra en la cárcel así que le podéis escribir: José Tarrío
González C.P. de Teixeiro Ctra. de Paradela s/n 15310 Teixeiro ( Coruña)"
Por desgracia, ya no. Falleció a primeros de año. Fue llevado desde su celda a
un hospital penitenciario apenas unos días antes de su muerte. La población
reclusa en el Estado español se acerca, sino es que ya sobrepasa, los 60000. Son
muchos más de los que se piensa los que enferman e incluso pagan con su vida
como es el caso de Xosé Tarrío. (En realidad "se piensa" poco y se paga más allá
del fallo condenatorio, suspendiendo garantías y derechos que, legalmente, no
les fueron limitados. Pero bogamos contracorriente).
Tarrío pagó su rebeldía, su oposición a esas otras penas que se padecen muros
adentro, que no están escritas y, por tanto, extramuros no existen. Escribió
unas memorias (Huye, hombre, huye, publicadas en Virus), de verdad, ¡como pocas!
Y la verdad también se paga.
Ogni promessa é debito: lo prometido es deuda. Hoy no toca hablar de cine Garfia,
una vida en prisión llevada al cine (Rebelión, 27-9-04),sino de lo debido desde
entonces. Hace unos años me pidieron unas notas sobre el proyecto Barañí (sobre
las mujeres gitanas en prisión, en caló barañí es cárcel de mujeres). Las que
siguen son algunas reflexiones en torno al universo "penitenciario". El autor de
las mismas desearía que perdiesen su vigencia con el mismo vértigo que se
suceden los cambios en los mercados de la tecnología y el consumo. Y que no
fuese a peor, claro: con ya más de 60.000 presos en las cárceles del Estado.
"COLPIRNE UNO PER EDUCARNE CENTO"
1) La única literatura (sobre Sociología de la cárcel) existente en los
pasados decenios ha sido la Revista de Estudios Penitenciarios del Ministerio de
Justicia, discurso del llamado "penitenciarismo oficial", que no transciende del
estricto ámbito jurídico-normativo, al tratarse de análisis penitenciarios
apegados a las normas jurídico-positivas de diversas épocas. Afortunadamente, en
los últimos años, aun careciendo de aportaciones provenientes de las ciencias
jurídicas, sí que han aparecido estudios, en gran parte tesis doctorales, desde
otras ramas sociales que evidencian la necesidad de una investigación
pluridisciplinaria: La cárcel, los movimientos sociales y una cultura de la
resistencia, (I. Rivera, Barcelona, 1993) es un ejemplo y estudio pormenorizado
sobre la devaluación de los derechos de las personas presas. Así como desde la
psicología social, García Borés- Espí, 1993 ha cuestionado la finalidad
reeducadora de las instituciones penitenciarias; desde los desa rrollos propios
de la sociología, Manzanos (1987 y1991) ha analizado el proceso a través del
cual las familias y entornos de los reclusos son objeto de un proceso de
criminalización paralelo; a partir de las contribuciones de la antropología Zino
,1996, ha elaborado una de las primeras etnografías penitenciarias en España.
Difícilmente pueden cambiar las cosas, mientras tanto, si no se va edificando
una cultura de resistencia que ayude a denunciar la desolación de las víctimas
de nuestro sistema carcelario.
2) Teorías sociales del etiquetaje (labeling approach)
Las denominadas "labeling theories", cuyo origen data de los años sesenta han
dado un giro importante a la orientación científica dominante de la
investigación -el paradigma etiológico: estudio de las causas y el origen de los
comportamientos desviados-. No obstante el ultraliberalismo imperante trata de
volver a la responsabilidad individual de las conductas delictivas, desoyendo
todo lo anterior y a Marx, que ya nos había hablado de la sobredeterminación
económica de las conductas individuales.
Efectivamente, delito y delincuente son categorías construidas por el poder. Ni
siquiera el homicidio es un delito común para todas las culturas, en cuanto que
hay guerras santas, humanitarias, etc. Muchos ejemplos pueden probar como una
actividad ocasional -romper unos cristales tras una primera borrachera juvenil
-según quien la ejecuta merece un reproche tibio o sancionado penalmente (V.
Sociología de Giddens, gamberradas de niños bien o iniciación desviatoria de
menores marginados). La discrecionalidad del poder es tal que difícilmente se le
escape a nadie, basta con observar la objetividad de las decisiones del jefe de
cada cual en el trabajo para hacer ociosas todas aquellas elucubraciones
filosóficas acerca de que conocer no es descubrir la realidad sino construirla,
en cuanto la realidad está hecha con ideas, como dice Manuel García Calvo, "si
me empeño en saber a Fulano, en saber, por ejemplo, que es idiota, mi idea de él
de hecho se le irá imponiendo, y acabará comp ortándose como espero que se
comporte y siendo tan idiota como yo sé que es" (etiquetaje secundario, esto es,
la víctima se cree su papel). Conclusión: Las relaciones humanas, sociales son
relaciones de poder, como diría Foucault, quien se imponga pondrá el derecho y
dirá quien es quien y que le está permitido hacer o más bien que le está vedado.
Así antes para el rico un pobre no podía ser honrado y de hecho la miseria
envilece, aunque Franco, verbigratia, educara a las depauperadas clases
populares en la máxima de "pobres, pero decentes". Ahora el extranjero, aquí el
"moro o sudaca es un delincuente", aunque no olvidemos que el gitano ha sido
siempre prototipo de "vago y maleante".
Otro dato muy ilustrativo sobre las clases sociales y el operar selectivo de la
policía (que sirve al poder): A pesar del elevado coste de la delincuencia de
cuello alto, las autoridades la tratan con más indulgencia. En USA, existen
estudios que demuestran como la cantidad de dinero que manejan los delitos de
cuello blanco es cuarenta veces mayor que la que se maneja en los delitos
ordinarios contra la propiedad. Aunque, todo su alcance es difícil de calibrar,
dado que muchas de sus manifestaciones ni siquiera aparecen en las estadísticas
oficiales, cabe la sospecha de que algunas malversaciones o adulteraciones de
alimentos afectan a muchas más personas que la delincuencia de clase baja.
3) Prácticas judiciales y policiales en apariencia más neutras y rutinarias
pero que tienen en cuenta la etnia y clase social.
Por mi humilde experiencia en los juzgados –van para 15 años- he visto la
sensibilidad exquisita que muestran muchos jueces para con gente con signos
visibles de elitismo social o profesional (cuyos detalles y otras enseñanzas de
esta envidiable privacidad aprecian en gran medida conocer gracias a un
concienzudo seguimiento de los autos). Por contra, la instrucción de otras
tantas causas en que aparecen por asuntos de droga o delitos contra la propiedad
toda esa carne de prisión, que son el lumpen social, les enoja ostensiblemente,
la declaración de los implicados son torpes o tortuosas, sin ninguna
credibilidad: una gran pérdida de tiempo. Sin embargo, la de aquellos aunque
represente una trama inextricable, merece toda su atención, incluso su reproche
íntimo de no apuntarse durante la carrera o después a cursos de Contabilidad,
haber hecho también Económicas o Medicina. En fin que les desborda y así con qué
autoridad condenar al querellado: nada archivo y que por lo civil se empolle
esos tochos el que le toque.
En cuanto a las funciones represoras, el policía desarrolla un sentido de la
impunidad, sabe dónde, a quién, cómo, cuánto puede delinquir, porque paradojas
fuera, quienes tienen la obligación de perseguir el delito, no sólo lo persiguen
sino que consiguen llegar a él; y no sólo persiguen al delincuente sino que
consiguen sobrepasarle, aunque por eso que decíamos del etiquetaje no se les
reconozca como es debido . No obstante, eruditos de fuste como Ferlosio, sí (La
cuestión policial):
Delincuencia políciaca. Si hiciesemos una estadística de los delitos comunes
(...) los cuerpos y fuerzas de orden público superan tal vez muy ampliamente los
porcentajes que arroja la población civil cuyos delitos tales fuerzas tienen por
misión prevenir, reprimir y denunciar. Resultaría entonces que la existencia de
cuerpos y fuerzas de orden público, destinados a disminuir la delincuencia
común, no hace sino incrementar el porcentaje total de delincuencia (...) El
Estado ha hecho un pan como unas hostias, ha creado un remedio peor que la
enfermedad. Pero la cosa no para ni con mucho aquí, pues resulta que tanto la
actuación de la policía como, en igual o mayor grado, la sanción penal de la
prisión son factores específicamente criminógenos, particularmente
especializados en convertir al delincuente ocasional en profesional.
4) Alternativas a la cárcel.
De lo que se trata es de reparar el mal ocasionado, no de causar otro mayor
sobre el condenado. Las comunidades con mayores lazos sociales así lo hacen.
Ciertamente, las penas privativas de libertad son propias de los siglos XIX y XX.
En la actualidad es patente su inadecuación en cuanto no rehabilitan: con esta
razón rehabilitadora se fueron imponiendo. Prueba de ello es que el nuevo código
penal ha tratado de abrir otras alternativas, pero a todas luces insuficientes.
La realidad es que existen megaprisiones, hacinamiento a pesar de proliferar
nuevas cárceles. Se ha pasado de 8.000 reclusos en 1975 a casi 60.000 hoy.
Como señala Giddens, "las prisiones modernas tienen más que ver con los asilos
para pobres, en los que era obligatorio el trabajo, que con las cárceles y
calabozos del pasado"
Y como alguna vez desde su columna ha escrito Haro Tecglen los delitos comunes
son políticos por cuanto es la organización social la que obliga a ellos, los
predetermina.
La amnistía general a los presos políticos de la "transición" debió extenderse a
los presos sociales. Un proyecto de indulto general presentado en el Senado por
Bandrés y Xirinacs fue rechazado por la inmensa mayoría de los grupos
parlamentarios. Con esto convalidaban el orden franquista y su represión. No
está de más recordar (en estos tiempos sin memoria, ergo desalmados) que ese
rechazo de la clase política a esa reivindicación que partió de la Coordinadora
de Grupos Marginados de Madrid provocó un notable incremento de la
conflictividad en las prisiones. La violencia alcanzó su grado más alto con el
asesinato del recluso anarquista Agustín Rueda (el 14 de marzo de 1978) y, una
semana después, con la del entonces director general de Instituciones
Penitenciarias, Jesús Haddad.
Esta razones y no otras llevaron a una reforma urgente del sistema
penitenciario. La Ley Orgánica General Penitenciaria venía así prontamente -26
de septiembre de1979- a cumplir un madato constitucional. La ley de fuerzas de
seguridad, en cambio, esperó hasta 1986.
Entre las virtudes de la vigente ley de 1979, parece claro que influyó
decisivamnete en la desarticulacón de aquel importante movimiento asambleario de
reclusos. La consagración de una lógica punitivo-premial, de un sistema de penas
"progresivo" (para los no conflictivos, para los otros un fichero F.I.E.S. de
más que dudosa constitucionalidad) han fomentado, sin duda, la individualidad
entre los reclusos, en detrimento de las anteriores actitudes solidarias. El
humillado no debe perder la dignidad, debe resistir. Y todos juntos, en reunión
de etnias, culturas, regiones. Y obligar a la Administración al respeto de todos
y cada uno de ellos, de su particularidad. Ese es el camino para evitar la
autodestrucción, quitando ladrillos del muro.
5) Sobre el sistema penal, que no es tal sistema.
En la praxis que nos ocupa no hay un control de la función represora:
El Parlamento decide que conductas se debe perseguir y castigar, pero ya hemos
visto que la policía no vigila todas las conductas porque no puede y porque lo
hace discrecionalmente (al fin es parte de la Administración, poder ejecutivo).
Los frutos de su vigilia debe ponerlos a disposición del juez (tercer poder en
discordia) que hará justicia castigando o no. El castigo se cumplirá en las
cárceles y el juez que dicta justicia termina ahí, justo cuando tiene que
empezar a ponerse en práctica (aunque preventivamente han podido pasar cuatro
años -justicia provisional-, ya se sabe que todas las cautelas son pocas). Hay
otro juez que se encarga de la vigilancia penitenciaria. La mayoría o vigilan
poco o si no es que a los presos les gusta quejarse en vez de cumplir como está
mandado y escrupulosamente les hacen cumplir los funcionarios de estos centros
de instituciones penitenciarias. Ahora bien, el gobierno en todo momento puede
concederles la gracia del indulto. Por si lo ant erior fuera poco, vemos como el
sistema penal es más bien una red, ya que a estos tres poderes tradicionales se
suma un llamado cuarto poder, denominación a toda luces obsoleta, el poder
mediático que más que mediar se entromete durante todo el proceso descrito. El
resultado es que el vigilado y castigado se ve enredado en una maraña de
actuaciones que tejen su destino y que también deben vigilarse y, en su caso,
castigarse, pero que rara vez esto último ocurre.
Termino con unas consideraciones muy oportunas en este punto del sociólogo César
Manzanos:
"Claro que se transgreden los derechos, pero es que esta transgresión es
necesaria y consustancial a la propia gobernabilidad de la cárcel y a la
necesidad de esa corporación de someter a los reos para garantizar el "orden y
buen funcionamiento del establecimiento", que en realidad es el objetivo
primordial de la cárcel como estructura encargada de materializar la ejecución
penal fundamentada en la privación de libertad. Dicho de otro modo, el sistema
carcelario no tiene como objetivo la resocialización de las personas presas,
sino como todo sistema, su objetivo es autorreproducirse, perpetuarse, y para
ello se alimenta de sus propias paradojas y autojustificaciones."
"A GOLPE DE CIRCULARES. La cárcel funciona a golpe de circulares
administrativas, de circulares internas de carácter anónimo para sus
destinatarios, privadas e invisibles hacia fuera de ella, y ocultadas para
favorecer el funcionamiento de una institución pública al margen de la ley. La
Ley Orgánica General Penitenciaria es una de las leyes más violadas e
incumplidas de todo el ordenamiento jurídico del Estado, hasta el punto de que
todas las reformas legislativas operadas desde que se sancionó han sido
claramente involucionistas con respecto a las proclamaciones programáticas de
las ideologías jurídicas que buscaban la humanización y democratización del
sistema punitivo en el caso español. Hoy, hacer que se cumplan escrupulosamente
los artículos contenidos en dicha ley posiblemente supondría la inmediata
abolición de la gran mayoría de estructuras carcelarias existentes. Después de
más de veinte años de la llamada Reforma Penitenciaria, la realidad de la cárcel
no ha sido modificada o construida conforme a las pautas que establece la ley,
no ha habido evolución, sino involución (la legislación se ha adaptado a una
realidad que se impone) e incluso se ha reformado para la institucionalización
de situaciones de restauración de las penas corporales, como por ejemplo el caso
de los FIES (Ficheros de Internos de Especial Seguimiento), que restaura el
régimen de reclusión en condiciones de máximo aislamiento, cuando antes de la
última reforma del Reglamento Penitenciario, en el año 1995, estas situaciones
eran irregulares." César Manzanos, Funciones y objetivos de las prisiones. La
cárcel contra el Estado de Derecho (Hika, nº 133, mayo de 2002)