10 de agosto de 2002
Caso Tucapel Jiménez
La Justicia en tiempos de Lagos
Julio Oliva García
Rebelión
Si Aylwin decretó que su período sería el de la justicia
en la medida de lo posible , Lagos ha instaurado definitivamente la justicia
negociada , de la que son claros ejemplos la locura de Pinochet y el esmirriado
fallo por el asesinato de Tucapel Jiménez Alfaro.
Hace quince días, los familiares, dirigentes sindicales y abogados querellantes
en el caso Tucapel Jiménez, desbordaban optimismo. Tenían la certeza
de que las penas contra los implicados en este horrible crimen serían
ejemplarizadoras, más aún cuando la investigación avanzaba
hacia la culpabilidad directa del Ejército como institución. Sin
embargo, el lunes 5 en las afueras del 18º Juzgado del Crimen sus rostros no
podían esconder la sorpresa y el desencanto: el juez Muñoz los
había defraudado.
Luego de los casi 18 años de inútil trabajo del ministro Sergio
Valenzuela Patiño, el magistrado Sergio Muñoz había avanzado
aceleradamente en la investigación de los hechos, reencausó a
muchos de los que Valenzuela había liberado y dirigió los dardos
hacia el corazón del Ejército y su rama de inteligencia, la DINE.
Las condenas de primera instancia
Ramsés Arturo Alvarez Sgolia, Director DINE, condenado a la pena de diez
de años presidio mayor en su grado mínimo, por su responsabilidad
de autor del homicidio.
Se le impone la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para
cargos y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación
absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las
costas de la causa.
Carlos Alberto Fernando Herrera Jiménez, condenado a pena única
de presidio perpetuo, por su responsabilidad de autor de los delitos de homicidio
calificado de Tucapel Jiménez y de Juan Alegría Mundaca. Se le
impone la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos
y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación
absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las
costas de la causa.
Víctor Raúl Pinto Pérez y Francisco Maximiliano Ferrer
Lima, condenados a ocho años de presidio mayor en su grado mínimo,
como autores del delito de homicidio calificado. Se le impone la pena accesoria
de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos
y derechos políticos, la inhabilitación absoluta para profesiones
titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa.
Manuel Segundo Contreras Donaire y Miguel Segundo Letelier Verdugo, condenados
a seis años de presidio mayor en su grado mínimo, como autores
del delito de homicidio calificado. Se le impone la pena accesoria de inhabilitación
absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos,
la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la
condena y al pago de las costas de la causa.
Juan Carlos Arriagada Echeverría y Jorge Luis León Alessandrini,
condenados a tres años de presidio menor en su grado medio, como cómplices
del delito de homicidio calificado. Se impone a los sentenciados la pena accesoria
de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la
condena, y al pago de las costas de la causa. Se les concede el beneficio alternativo
de remisión condicional de la pena (firmar una vez al mes).
Hernán Ramírez Hald, Hernán Ramírez Rurange y Juan
Fernando Alfredo Torres Silva, condenados a ochocientos días de presidio
menor en su grado medio, como encubridores del homicidio calificado. Se les
impone la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público
durante el tiempo de la condena, y el pago de las costas de la causa. Se les
concede el beneficio alternativo de remisión condicional de la pena (firmar
una vez al mes).
Enrique Gabriel Ibarra Chamorro, condenado a quinientos cuarenta y un días
de presidio menor en su grado medio, como encubridor del homicidio calificado.
Se impone al sentenciado la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio
público durante el tiempo de la condena, y el pago de las costas de la
causa. Se le concede al procesado el beneficio alternativo de remisión
condicional de la pena (firmar una vez al mes).
Absueltos
Roberto Urbano Schmied Zanzi, Jefe Brigada Metropolitana de Inteligencia, acusado
como cómplice.
Miguel Eugenio Hernández Oyarzo, Jefe de la Unidad Político Sindical
de la CNI, acusado como cómplice.
Julio Olivares Silva, junior de la ANEF y agente de la Unidad Político
Sindical de la CNI, acusado como cómplice.
Alvaro Corbalán Castilla, Jefe Unidad Operativa de la CNI, acusado como
cómplice. Condenado a cadena perpetua por el asesinato de Juan Alegría
Mundaca.
La disminución de las penas
A pesar de la gran acumulación de pruebas que inculpaban a agentes de
la CNI, de la DINE y a altos mandos del Ejército, el magistrado Muñoz
fue estrechando su cerco sólo en algunos de ellos, eliminando del procesamiento
a personajes que también tuvieron actuación en el crimen (ver
recuadro) y al Comandante en Jefe del Ejército, el autodenominado Presidente
de la República que no dejaba moverse ni una hoja sin su consentimiento.
Poco a poco dejó de lado los datos que confirmaban que la CNI, con Gordon
al mando, al menos cumplió en torno a Tucapel Jiménez labores
de seguimiento, intercepción de teléfonos, grabación de
reuniones y captación de agentes, como el caso del junior de la ANEF
Julio Olivares Silva. También desestimó su propio fallo, del 15
de noviembre de 2000, con que había sentenciado a cadena perpetua por
el asesinato del carpintero Juan Alegría Mundaca a los integrantes de
la CNI Alvaro Corbalán, Armando Cabrera Aguilar y Carlos Herrera Jiménez,
y a Osvaldo Pincetti con pena de diez años de prisión. Este delito
comprobadamente se realizó con la única intención de encubrir
el crimen del líder de la ANEF.
Por otra parte, eludiendo las interpretaciones sobre crímenes de lesa
humanidad aplicadas últimamente por la Corte Suprema, optó por
aplicar medidas atenuantes a gran parte de los condenados en el proceso y dictar
bajas penas, sustentándose en el principio de prescripción gradual
, justificado por la inoperancia de Valenzuela Patiño. Con ese razonamiento,
el fallo señala que "el delito estuvo ininterrumpido hasta que quedó
ejecutoriado el sobreseimiento temporal dictado en autos el 26 de abril de 1986.
Luego permaneció paralizada la tramitación por más de tres
años, circunstancia que determinó que continuara corriendo el
plazo de prescripción de la acción penal, como si nunca hubiere
sido suspendido, hasta que acontece al reponerse el proceso a sumario el 30
de julio de 1990. Es así que entre el 25 de febrero de 1982 y el 30 de
julio de 1990 transcurrieron ocho años, cinco meses y cinco días,
antecedente de hecho que importa el transcurso de más de la mitad del
tiempo establecido para que opere la prescripción de la acción
penal en este caso y, por lo mismo, lleva a acoger el planteamiento formulado
por las defensas de los encausados Arturo Ramses Alvarez, Víctor Pinto
Pérez, Francisco Ferrer Lima, Manuel Contreras Donaire, Miguel Letelier,
Hernán Ramírez Hald, Juan Carlos Arriagada, Jorge Luis León
Alessandrini, Hernán Ramírez Rurange, Fernando Torres Silva y
Enrique Ibarra".
Muñoz también premió a Herrera Jiménez, unificando
la condena con la pena perpetua por el homicidio de Alegría Mundaca,
con lo que en la práctica deberá cumplir solamente 20 años
de presidio efectivo y se le abre la posibilidad de solicitar el indulto presidencial.
Incorpora otros beneficios, aduciendo la irreprochable conducta anterior de
algunos procesados como Arriagada Echeverría, León Alessandrini,
Ramírez Rurange, Ibarra Chamorro, Torres Silva y Ramírez Hald,
a quienes se les remitió la pena privativa de libertad, debiendo firmar
sólo una vez al mes. A pesar de no tener condenas anteriores, Torres
Silva ha sido acusado por la tortura que afectó a numerosos presos políticos
y Ramírez Hald está implicado en la desaparición del joven
estudiante del Liceo Industrial de Maipú José Flores.
De esta forma, las penas definitivas no guardan relación con el horror
del crimen ni con las agravantes de premeditación, alevosía, ensañamiento
y asesinato en despoblado en que se cometió. Tampoco con que los hechores
tuvieron la protección absoluta del Estado, que la negligencia de un
juez reconocidamente pinochetista alargara con premeditación el proceso
y que, el mismo Ejército, negara insistentemente su colaboración.
Los que salvaron ilesos
Extraña en la resolución que muchos de los implicados no fuesen
parte de la condena, más allá de la inexplicable absolución
de Alvaro Corbalán, Miguel Hernández Oyarzo, Julio Olivares Silva
y Roberto Schmied Zanzi, existen otros personajes que tuvieron clara participación
en el crimen y ni siquiera fueron considerados en la resolución.
Se trata, por ejemplo, de los integrantes de la Secretaría Nacional de
los Gremios y el Movimiento Revolucionario Nacional Sindicalista, encabezados
por Misael Galleguillos Vásquez, Valericio Orrego Salas y Raúl
Manolo Lillo Gutierrez, quienes espiaban las acciones de este traidor de la
patria , entregando antecedentes a sus superiores de la Dirección de
Organizaciones Civiles y de la Subsecretaría General de Gobierno, bajo
el mando del hoy senador UDI Jovino Novoa Vásquez. No es desconocido
que desde esta repartición existían gastos reservados para financiar
a grupos paramilitares afines. Incluso, entre las diligencias solicitadas por
los querellantes, se encontraba la de carear a Novoa con Sergio Fernández
y Enrique Montero Marx, quienes ocuparon el cargo de Ministro del Interior en
las cercanías de la fecha del asesinato. A Galleguillos se le vincula
a la planificación del crimen, mientras Valericio Orrego contactaba a
agentes de la CNI para el seguimiento de Tucapel Jiménez y el Grupo de
los 10 , y un auto Opala usado en el crimen sería de su propiedad. Lillo
Gutiérrez también las oficiaba de espía de los grupos sindicales
opositores.
Entre los cómplices del crimen, según ameritaba la investigación,
también aparecían los agentes destinados al espionaje de dirigentes
sindicales Nelson Hernández Franco, alias Marcos de la Fuente , Héctor
Lira Aravena, Luis Pino Moreno y José Ramírez Romero, alias Carlos
Santander . Patricio Pezoa Araya, empleado de un dirigente sindical DC, habría
espiado al Grupo de los 10 y tomado contacto con los tres agentes de la CNI
que seguían a Tucapel Jiménez. El capitán de Ejército
Raúl Descalzi Sporke, que siempre fue considerado entre los autores,
tampoco está en el listado final.
Tampoco nombra al suboficial (r) de Carabineros Luis Pinto Moreno, encausado
en un principio como cómplice, y el capitán (r) de Ejército
y miembro de la Dine, Arturo Silva Valdés, que había sido procesado
como encubridor por su participación en la fuga de Herrera Jiménez
hacia Argentina.
El año pasado el juez Muñoz había considerado entre los
autores al suboficial de Ejército Humberto Calderón Luna, jefe
de personal de la CNI en 1982, quien no figura entre los condenados pese a ser
quien habría reclutado a Galvarino Ancavil para conseguir las armas usadas
en el crimen. Ancavil Hernández, que estuvo siempre vinculado al proceso,
presuntamente estaría en Francia y nunca se presentó ante el juez.
Lo que no debería ser obstáculo para que se le condenara en ausencia
por haber facilitado las armas -una Pasper calibre 22 y otra calibre 32- usadas
en el asesinato. Finalmente Humberto Gordón Rubio, a la fecha Director
de la CNI, fue absuelto por su deceso.
Las órdenes de Pinochet
Aunque para el magistrado Muñoz no existieron las pruebas suficientes
para considerar en el proceso al dictador, Augusto Pinochet Ugarte jugó
un papel central en la determinación de eliminar a Jiménez y en
las posteriores maniobras de encubrimiento.
Alertado por Jovino Novoa y sus dirigentes sindicales de la Secretaria Nacional
de los Gremios, Pinochet supo de la traición que el otrora aliado Tucapel
Jiménez estaba preparando. El mismo que defendía a la junta militar
en el exterior, tras los primeros meses del golpe de Estado, en los inicios
de la década del 80 formaba parte del grupo opositor que políticamente
estaba vinculado al ex Comandante en Jefe de la FACH Gustavo Leigh Guzmán.
En el verano de 1982, Jiménez Alfaro hacia un llamado amplio a la unidad
de los trabajadores contra el régimen, reuniéndose con Manuel
Bustos y otros dirigentes sindicales para el efecto. Las citas en casa de Leigh
se hacían más frecuentes. La figura del dirigente de la ANEF se
hacía peligrosa.
El 21 de febrero de 1982, en una ceremonia de entrega de títulos de propiedad
en Calbuco, Augusto Pinochet señaló que: Lógicamente, cuando
hay estas pequeñas acciones negativas momentáneas, aparecen los
de siempre. Aparecen los negativos de siempre y a ellos les mando hoy este mensaje:
el gobierno tolera muchas cosas, pero jamás va a tolerar volver atrás.
Jamás va a tolerar que algunos enquistados estén actuando en forma
negativa y tratando de sembrar la cizaña en las mentes de los trabajadores.
Por ello, me atrevo a decir a aquellos que están en estos momentos realizando
acciones contrarias al Gobierno: mucho cuidado señores, por que también
ustedes pueden salir fuera del país. Luego agregó: Y aquellos
que han firmado cartas, telegramas o cables hacia entidades comunistas en el
exterior, son tan comunistas como esos, porque, señores, dime con quien
andas y te diré quien eres. Si se apegan a una acción comunista,
son tan comunistas como los que están actuando . Las expresiones, ampliamente
reproducidas por los medios de comunicación, firmaban la pena de muerte
de Jiménez. Sólo cuatro días después se haría
efectiva.
El encubrimiento
Carlos Herrera Jiménez ha sostenido en forma reiterada, desde que reconociera
su participación en los hechos, que al momento de exponérsele
la planificación para la eliminación física de Tucapel
Jiménez, se le indicó que estaba en conocimiento de ello Arturo
Alvarez Sgolia, Director de Inteligencia del Ejército, quien, además,
una vez ejecutados los hechos, efectuó una reunión con quienes
tomaron parte en esas acciones o tuvieron conocimiento de las mismas, en la
que se le prohibió referirse al tema en sus conversaciones. Afirma que
Alvarez directamente le felicitó por la acción realizada, expresándole
que estuviera tranquilo, que nada le ocurría y que le había hecho
un gran favor a la patria . Herrera reconoce que la orden fue dispuesta por
su jefe directo, Francisco Ferrer Lima, la que le fue reiterada por el superior,
comandante del Cuerpo de Inteligencia del Ejército Víctor Pinto
Pérez, expresándosele que había sido ordenada o estaba
en conocimiento del Director de Inteligencia del Ejército, Arturo Alvarez
Sgolia y, además, que la había dispuesto o lo sabía el
Mando, lo que entendió referido al Comandante en Jefe del Ejército,
Augusto Pinochet Ugarte, a lo cual se le agregó que Tucapel Jiménez
era un traidor a la patria, que estaba causando mucho daño al país
y que era necesaria su eliminación .
Francisco Ferrer Lima, partícipe de una reunión posterior al crimen,
declaró que Alvarez solicitó a todos los funcionarios del Cuerpo
de Inteligencia del Ejército que tomaron parte de los hechos, que no
se dijera más que tales sucesos los había dispuesto el general
Augusto Pinochet Ugarte, que él asumía toda la responsabilidad.
El mismo Pinochet, en su libro Camino recorrido , intentó que la responsabilidad
quedara en Alvarez al decir que la muerte de Jiménez Alfaro pudo haberla
dispuesto un cabeza caliente sin remedio . El Jefe de Estado Mayor General del
Ejército de la época, Enrique Morel Donoso, declaró en
el proceso que: si el hecho está vinculado a la Dirección de Inteligencia
del Ejército, sería producto de la iniciativa personal de su Director,
Arturo Alvarez Sgolia, a quien le tengo considerado como una persona muy inteligente,
pero en cierto modo carente de criterio .
El 17 de enero de 1992, ante algunos avances en las investigaciones por las
violaciones a los derechos humanos, Pinochet Ugarte dio una orden de comando
al Auditor General del Ejército Fernando Torres Silva: debía crear
el Departamento de Estudio y Planificación. Las funciones de este nuevo
organismo estaban dirigidas a afinar las estrategias de defensa de los uniformados,
las que incluían la posibilidad de sacar a algunos del país, encubiertas
en un lenguaje que definía: analizar las situaciones procesales a que
pudiera verse enfrentada la institución, desde los puntos de vista político,
comunicacional y de inteligencia . La unidad se creó entre finales de
1992 y principios de 1993, destinando a ella a los abogados de la CNI que habían
sido destinados a la Auditoría General.
Bajo el mando de Torres Silva estaba Enrique Ibarra, en su calidad de Jefe del
Departamento IV de la Auditoría. Entre los favores concedidos están
el ocultamiento de Osvaldo Romo Mena en Brasil, de Miguel Fanta Estay Reino
en ese país y Paraguay, y la salida de Herrera Jiménez hacia Argentina.
A fines de 1982, Carlos Herrera Jiménez se habría reunido con
Alvaro Corbalán para solicitar su reincorporación a la CNI, contándole
del crimen de Tucapel. Luego de eso conversan con Gordon, quien lleva a Herrera
a La Moneda, se entrevista con Augusto Pinochet y, al salir, le dice que el
Presidente le envía su reconocimiento, que le felicita y que lo tendría
presente en el futuro.
La presiones uniformadas
Tal como en el caso del sobreseimiento de Pinochet, antes de conocerse este
fallo se reactivaron las visitas de personeros gubernamentales y uniformados
a Tribunales. Ya en enero de este año, los abogados defensores de los
criminales solicitaron a Muñoz declararse incompetente para dar paso
a la Justicia Militar. Jorge Balmaceda Morales, Juan Carlos Manns y José
Luis Sotomayor, enmarcaron su petición en las denominadas excepciones
de previo y especial pronunciamiento , que contempla el Código de Procedimiento
Penal, y que se refieren a la declinatoria de jurisdicción y la prescripción
de la acción penal por el tiempo transcurrido desde ocurrido el delito,
que se encuentran en la etapa de dictación de cargos, fase anterior a
las condenas de primera instancia que serían dictadas por el magistrado.
También intentaron que Muñoz declarara prescrito el crimen y detener
la investigación para que los tribunales castrenses se hagan cargo del
caso .
En la etapa final de la investigación el Ejército comenzó
a operar de manera desesperada, los oficiales de enlace que supuestamente se
preocupaban del bienestar de los procesados se dedicaban a portar antecedentes
a la DINE y a Torres Silva, para rediseñar la planificación de
defensa, y amenazaban a los detenidos que prestaban colaboración. Ricardo
Opazo Wildner, enlace de Herrera Jiménez, lo amenazó directamente
señalándole que su actitud tendría consecuencias negativas
para su seguridad personal y la de su familia. La decisión de que Herrera
Jiménez saliera de Chile fue tomada por Torres Silva e Ibarra, quienes
cumplían así el mandato de Pinochet para ayudar a los procesados,
incluida en su orden de comando de crear el Departamento de Estudio y Planificación
de la Auditoría General del Ejército.
A pesar de que Juan Emilio Cheyre dice acatar las resoluciones de la Justicia,
sus visitas privadas al Palacio de Tribunales son conocidas, como también
su negativa a ayudar en este caso, en el que el juez tuvo que acudir a otros
medios para conocer el listado de integrantes de la DINE en 1982, y en el proceso
por los ejecutados y desaparecidos de Cerro Chena, donde a la jueza Cecilia
Flores le ha sido negada sistemáticamente toda colaboración. En
el caso del juez Mario Carroza, a cargo entre otros del proceso por la desaparición
de Domingo Blanco Tarres, sus solicitudes no han sido acogidas o se le han enviado
documentos irrelevantes que dilatan la etapa investigativa. Estos son sólo
algunos de los casos en que las palabras del Comandante en Jefe se contrastan
brutalmente con la realidad.
Quince días antes de conocerse el fallo, cuando los familiares, dirigentes
sindicales y abogados querellantes aún desbordaban optimismo, un extraño
incidente hizo retrasar la entrega de las penas: el computador del juez había
sufrido una falla. Todo indica que, entre esa falla y el lunes 5 de agosto,
algo pasó en el computador del magistrado que terminó con el optimismo
reinante en el círculo cercano a Tucapel Jiménez Alfaro.