|
28 de julio del 2002
El ejército colombiano anula la orden de destitución
de un general
implicado en desaparición forzada, tortura y homicidio
Equipo Nizkor
ANULAN LA ORDEN DE DESTITUCIÓN DEL EX-BRIGADIER GENERAL DEL EJÉRCITO
ALVARO HERNÁN VELANDIA HURTADO, IMPLICADO EN DESAPARICIÓN FORZADA,
TORTURA Y HOMICIDIO
Amnistía Internacional hoy expresó su preocupación
ante el fallo emitido por el Consejo de Estado colombiano anulando la orden
de destitución del ex-Brigadier General del Ejército Alvaro Hernán
Velandia Hurtado, implicado en la desaparición forzada, tortura y homicidio
de Nydia Erika Bautista de Arellana en 1985.
El 23 de mayo del 2002 el Consejo de Estado dejó sin piso la resolución
del 5 de julio de 1995, emitida por el entonces Procurador Delegado para los
Derechos Humanos, disponiendo la destitución del Brigadier General por
su responsabilidad en la desaparición forzada, tortura y homicidio de
Nydia Erika Bautista de Arellana; y el decreto presidencial del 11 de septiembre
de 1995, ordenando la destitución del ex-general. El fallo del Consejo
de Estado se conoció el 4 de julio del 2002.
"La decisión del Consejo de Estado no exonera de responsabilidad al ex-General
en la desaparición forzada," explicó Amnistía Internacional.
La decisión se basa en que la notificación de decisión
de la Procuraduría no se efectuó personalmente dentro del término
correspondiente, y por tanto el proceso habría proscrito. El ex-general
se habría ocultado con el propósito de evitar ser notificado personalmente.
En casos similares la justicia colombiana ha determinado que la prescripción
no opera.
Es de esperarse que el gobierno colombiano tome en cuenta el hecho de que la
decisión del Consejo de Estado no cuestiona la responsabilidad del ex-General
en la desaparición forzada, tortura y posterior ejecución extrajudicial
de Nydia Erika Bautista, establecida por la Procuraduría Delgada para
los Derechos Humanos. En su decisión de 1995 el entonces Procurador-Delegado
para los Derechos Humanos llegó a la conclusión de que el General
Velandia tuvo la posibilidad de impedir este crimen odioso, ya que tenía
pleno conocimiento de la retención, desaparición forzada y posterior
homicidio de Nydia Erika, ejecutadas por un grupo de militares bajo su mando
cuando era Comandante de la XX Brigada.
Amnistía Internacional exhorta al gobierno colombiano a cumplir con la
resolución del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas del
13 de noviembre de 1995, que declaró al Estado colombiano "directamente
responsable de la desaparición de Nydia Erika Bautista de Arellana";
y la sentencia del 22 de junio de 1995 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca
reconociendo la responsabilidad del Estado colombiano por la desaparición
y muerte de Nydia Erika Bautista.
No se debe olvidar que el 20 de febrero de 1983, la Procuraduría General
de la Nación había dado a conocer una lista de 58 miembros de
las Fuerzas Militares implicados en la creación y liderazgo del grupo
paramilitar Muerte a Secuestradores (MAS). En esta lista, publicada entonces
por los medios de comunicación en Colombia, figuraba el oficial Alvaro
Velandia Hurtado.
"En vista de las conclusiones de las investigaciones disciplinarias y sobre
la responsabilidad estatal en este caso, así como los antecedentes paramilitares,
el gobierno colombiano debe asumir seria y coherentemente su obligación
de combatir la impunidad. Acorde con las recomendaciones presentadas por las
Naciones Unidas y organizaciones no-gubernamentales incluyendo a Amnistía
Internacional, la organización insta al gobierno actual o futuro a hacer
uso de su poder discrecional, previsto en la legislación colombiana,
y destituir al oficial Velandia Hurtado".
Tal decisión estaría en conformidad con las recomendaciones internacionales
de apartar del servicio activo todo miembro de la fuerza pública implicado
en violaciones de derechos humanos.
"En el caso de la 'desaparición' forzada, tortura y posterior homicidio
de Nydia Erika Bautista, las investigaciones penales se han visto entorpecidas
deliberadamente por medio de amenazas y atentados contra testigos, familiares,
los abogados de los familiares y hasta contra el Procurador Delegado," resaltó
Amnistía Internacional.
Las autoridades colombianas deben tomar todas las medidas adecuadas para que
este gravisimo caso no quede en la impunidad y que los autores y cómplices
de este crimen sean juzgados y sancionados por la justicia ordinaria.
"Destituir al oficial Velandia Hurtado y no permitir que se reincorpore al servicio
activo, representaría un importante indicio del compromiso del actual
y el futuro gobierno en los derechos humanos y contra la impunidad. Es hora
de que los miembros de la Fuerza Pública, independientemente del rango
que ostenten, que estén implicados en graves violaciones de derechos
humanos y actividades paramilitares sean llevados ante la justicia ordinaria
y separados de la institución militar o policial."
Información adicional
Nydia Erika Bautista de Arellana fue secuestrada el 30 de agosto de 1987
poco después de salir del domicilio de sus padres en el distrito de Casablanca
de Bogotá, por un grupo de tareas encubiertas de la XX Brigada del Ejército.
Acababa de despedirse de un amigo en una parada de autobús cuando un
grupo de hombres armados que vestían ropas de civil y viajaban en un
vehículo la secuestraron.
Nydia Erika Bautista tenía 32 años en el momento de su «desaparición»
y había sido activista estudiantil y miembro de la organización
guerrillera Movimiento 19 de Abril (M-19). El 25 de mayo de 1986, había
sido detenida en Cali, en el departamento del Valle del Cauca, por una unidad
militar perteneciente a la III Brigada. Según los informes, durante las
tres semanas de su detención permaneció en régimen de incomunicación
y sufrió torturas. Quedó en libertad tras firmar una declaración
en la que se decía que a lo largo de su detención la habían
tratado bien. Inmediatamente antes y después de la "desaparición"
de Nydia Erika, otros activistas del M-19, entre ellos Cristóbal Triana,
amigo de Nydia Erika, también "desaparecieron".
En el curso de las investigaciones, los testimonios y las pruebas recogidos
revelaron que a Nydia Erika la habían llevado a una hacienda donde la
tuvieron recluida dos días, y que después la habían conducido
a la zona de Quebradablanca, en el municipio de Guayatebal, donde la ataron
y la ejecutaron de un tiro en la cabeza.
El 22 de enero de 1991, el sargento Bernardo Alfonso Garzón Garzón,
que en el momento del secuestro de Nydia Erika estaba adscrito al Batallón
de Inteligencia y Contrainteligencia "Charry Solano" de la XX Brigada del Ejército
colombiano, declaró ante la Procuraduría General de la Nación
que la Unidad de Operaciones Especializadas del Batallón "Charry Solano"
había sido responsable de la «desaparición» de Nydia Erika Bautista.
Según informes, el sargento Garzón Garzón había
desertado del ejército y, al temer por su seguridad, se había
presentado ante la Procuraduría General. En su testimonio incluyó
los nombres de quienes habían planeado y llevado a cabo la "desaparición",
tortura y asesinato de Nydia Erika Bautista; declaró que la "desaparición"
se había llevado a cabo con el conocimiento y aprobación del entonces
Coronel del Ejército Álvaro Velandia Hurtado. En su declaración,
el sargento Garzón Garzón informó sobre el paradero exacto
de la fosa común en la que se había encontrado el cadáver
de Nydia Erika.
El 26 de julio de 1990 las autoridades exhumaron un cadáver encontrado
el 12 de septiembre de 1987 en el municipio de Guayatebal, en el departamento
de Cundinamarca. Los exámenes forenses determinaron que el cadáver
pertenecía a Nydia Erika Bautista.
El 6 de julio de 1995, el Procurador Delegado para los Derechos Humanos, Hernando
Valencia Villa, expuso las conclusiones de una investigación disciplinaria
sobre la "desaparición", tortura y asesinato de Nydia Erika Bautista
en 1987, y pidió la expulsión de las fuerzas armadas del brigadier
general Álvaro Hernán Velandia Hurtado y de un sargento del ejército.
El Procurador Delegado concluyó que el Brigadier General Velandia, que
entonces era Coronel y comandante de la XX Brigada, a la que estaba adscrito
el Batallón "Charry Solano" del Ejército, había tenido
pleno conocimiento de la retención, desaparición forzada, tortura
y homicidio de Nydia Erika Bautista por hombres bajo su mando, y que había
tenido el "deber, el poder y la oportunidad de evitar que se produjera este
grave crimen". El 1 de septiembre de 1995, el procurador delegado para los Derechos
Humanos dimitió de su cargo y abandonó el país tras haber
recibido repetidas amenazas de muerte.
El 11 de septiembre de 1995, el presidente Ernesto Samper Pizano promulgó
el Decreto Núm. 1.504: "Por el cual se separa en forma absoluta de las
Fuerzas Militares a un Oficial General del Ejército".
El decreto presidencial de expulsión del brigadier general constituye
la primera ocasión en la historia de Colombia en que un general en activo
es separado de las Fuerzas Militares por cometer violaciones de derechos humanos.
En los casos excepcionales en que miembros de las fuerzas armadas son declarados
responsables de ejecuciones extrajudiciales, "desapariciones" y torturas, por
lo general los sancionados son el personal de rango inferior. Hasta ahora, los
jefes responsables de las órdenes han eludido reiteradamente su responsabilidad.
El decreto presidencial se dictó a pesar de los continuos esfuerzos del
brigadier general por impedir que se aplicara la resolución del procurador
delegado para los Derechos Humanos, tratando de invalidarla. En su intento de
impedir la expulsión, el brigadier general Velandia presentó al
menos cuatro denuncias penales, cuatro peticiones de tutela (solicitud que se
presenta ante los tribunales para obtener una protección rápida
si creen que los derechos constitucionales del solicitante están en peligro
o han sido violados), cuatro apelaciones contra el fallo del Procurador Delegado
y dos denuncias disciplinarias contra éste. El 20 de julio de 1997, el
Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca rechazó un recurso
presentado en 1995 por el ex brigadier general Velandia mediante el que trataba
de anular el fallo emitido en julio de 1995 por el procurador delegado para
los Derechos Humanos, con el fin de garantizar su plena reincorporación
al ejército. Los esfuerzos del ex brigadier general por asegurarse su
rehabilitación continúan.
El decreto presidencial se dictó después de las presiones ejercidas
por organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales. Sin embargo,
la expulsión no tuvo lugar sino después de que el brigadier general
hubiera recibido una condecoración militar en una ceremonia celebrada
el 4 de agosto de 1995.
Las investigaciones penales después de 15 años quedan en la etapa
preliminar.
[Fuente: AMR 23/070/2002 (Público), Londres, 9jul02]
LA DECISIÓN DEL CONSEJO DE ESTADO DE REINTEGRAR AL GENERAL ALVARO VELANDIA, UNA AFRENTA AL PUEBLO COLOMBIANO
La reciente decisión del Consejo de Estado mediante la cual ese alto tribunal de lo Contencioso-Administrativo ordena el reintegro a las filas del Ejército Nacional del tristemente celebre General Alvaro Hernán Velandia, confirma la tesis tantas veces probada de que en Colombia no existe castigo para los militares responsables de los peores crímenes y violaciones a los derechos humanos, cometidos en contra de dirigentes y activistas políticos de oposición y del pueblo en general.
En efecto, en 1995 la Procuraduría Général de la Nación culminó el proceso disciplinario seguido contra este militar, por haber participado en la detención, posterior desaparición y muerte de la militante del M-19, Nydia Erika Bautista. En aquel entonces Velandia Hurtado ostentaba el grado de Coronel y se desempeñaba como Comandante del tenebroso Batallón de Inteligencia Charry Solano, en Bogotá.
Ese proceso disciplinario, seguido en medio de las mas fuertes presiones por parte de la cúpula de las Fuerzas Armadas que en aquel entonces acusó a la Procuraduría de estar infiltrada por la guerrilla, culminó finalmente con una decisión mediante la cual se ordenaba al Gobierno el retiro del ya entonces Général Velandia Hurtado de las filas castrenses.
En esa actuación quedó probado que el citado militar no solo conoció, sino que ordenó la detención, tortura, desaparición y muerte de Nydia Erika Bautista. El mismo Gobierno del entonces Presidente Samper debió acatar la decisión y separar al nefasto oficial del mando que para entonces ejercía como Comandante de la III Brigada y obviamente del servicio activo. Sin embargo, ocho días antes de que Velandia fuera separado del cargo, el Procurador Delegado Hernando Valencia Villa, quien condujo la investigación, debió abandonar el país amenazado y asediado por la misma inteligencia militar.
Los honores y actos de desagravio de parte del Gobierno y de la alta cúpula encabezada en ese entonces por el Général Harold Bedoya, no se hicieron esperar : Después de conocerse la décisión de la Procuraduría, el General Velandia fué condecorado con la medalla al mérito por servicios distinguidos y fué presentado como un « héroe militar sacrificado de manera injusta por agentes de la subversión infiltrados en la Procuraduría ».
La oscura trayectoria de Velandia ya era conocida de tiempo atrás, cuando participó en la conformación y entrenamiento de los grupos paramilitares del Magdalena Medio. Su nombre fué incluido dentro de la publicación del libro « Terrorismo de Estado en Colombia » y fué considerado por distintas organizaciones de derechos humanos como Human Rihgt Watch y Amnistía Internacional como uno de los mayores impulsores del paramilitarismo y la guerra sucia en Colombia.
Hoy, en una decisión que pretende ser jurídica y echando mano de argucias supuestamente procedimentales, el Consejo de Estado ordena que este criminal sea reintegrado al Ejército y que los salarios dejados de percibir desde 1995 le sean rembolsados con el debido reajuste.
Que verguenza para un pais que sigue siendo víctima hoy de los mismos crimenes que antes cometía Velandia y que hoy continúan sus secuaces y colegas de uniforme.
Que verguenza para un pais que carece del mas elemental sentido de la justicia, en donde se premia a los criminales y se castiga a los inocentes.
Es indiscutible que mientras el Estado Colombiano continúe impulsando desde sus mas altos tribunales la impunidad en favor de quienes desde sus posiciones oficiales han cometido y siguen cometiendo los mas aberrantes crimenes contra el pueblo, Colombia seguirá sufriendo un interminable calvario y se legitimará aún mas la presencia y la lucha de una insurgencia armada que exige una reforma profunda a las fuerzas militares y al conjunto del Estado como requisito para pactar la paz.
Esta decisión del Consejo de Estado constituye un acto oprobioso para el conjunto de la Nación y en especial para los sectores de oposición que han sufrido la guerra sucia durante los últimos 30 años. Al mismo tiempo ella deslegitima aún mas a una justicia que como parte de un Estado fascista decidió alinearse de tiempo atrás en favor de criminales como Rito Alejo del Río y Alvaro Hernán Velandia.
Mientras Velandia y Del Río celebran las decisiones tomadas en su favor y gozan de la libertad y de todas las prerrogativas que el régimen dona a sus esbirros, esa misma justicia ilegítima, antidemocrática, parcializada y fascista mantiene condenados a penas infames a miles de inocentes, como es el caso de los luchadores populares militantes del Partido Comunista Colombiano y de la Unión Patriótica, Nelson Campo Nuñez, Gustavo Arcia, Gustavo Arenas y tantos otros que desde sus lugares de reclusión mantienen con dignidad la vigencia de los principios revolucionarios que siempre enarbolaron durante tantos años de lucha perseverante en la región de Urabá.
[Fuente: Agencia ANNCOL por Juan Manuel Escobar, Bogotá, 7jul02]