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22 de mayo de 2002
Propiedad Intelectual
Comienza la andadura de 'Creative Commons'
El mundo
Surge un modelo de difusión y licencia que reescribe el concepto de propiedad intelectual
BOSTON (EEUU).- żEs usted artista y desea darse a conocer difundiendo su trabajo por la Red de una forma que permita a otros emplearlo en sus obras, al tiempo que su nombre no deja de ser reconocido? żNecesita gráficos, fotografías, o música y quiere encontrar material de dominio público de una forma rápida y segura? żLe parece que la propiedad intelectual y el copyright son hoy conceptos demasiado rígidos que asfixian la creatividad y sólo favorecen a la industria de contenidos? Creative Commons, una organización sin ánimo de lucro que empezó a operar el pasado jueves, dice tener la solución.
La iniciativa se inspira claramente en la filosofia del software libre y es
el resultado de un año de esfuerzos por parte de un grupo de especialistas
estadounidenses en ciberderecho, entre ellos Lawrence Lessig, autor de El código
y otras leyes del ciberespacio . La idea central de Creative Commons (cuya traducción
vendría a ser "tierras comunales creativas") es ofrecer un modelo legal
y una serie de aplicaciones informáticas que faciliten la distribución
y uso de contenidos dentro del dominio público.
Conforme este proceso sea más habitual y generalizado, la circulación
y transformación creativa de este tipo de obras redundarán, en
principio, en beneficio de la sociedad.
Por ejemplo, un compositor podrá distribuir su música bajo una
licencia que especifica los términos en que podrá copiarse y utilizarse.
Así, su incorporación a la banda sonora de una parodia de Starwars
o su modificación en una obra generada con un portátil puede que
estén permitidos, mientras que un directo uso comercial no lo está.
En otras ocasiones, se puede "liberar" completamente la obra para que pase al
dominio público sin límites de ningún tipo.
En la actualidad todas las creaciones intelectuales caen "por defecto" bajo
la protección de las leyes de copyright, con la larga ristra de restricciones
que eso implica. Quien quiera emplear una obra específica debe entrar
en un complicado proceso de búsqueda del dueño de los derechos
y obtener su permiso, lo que en muchas ocasiones implica el pago deroyalties.
A causa de esto, muchos proyectos nunca llegan a materializarse.
Creative Commons proporciona un sistema que automatiza la búsqueda de
contenidos "comunes". Al licenciar su obra, el creador establece condiciones
generales que quedan incorporadas digitalmente a la obra, de manera que un motor
de búsqueda puede identificarlas. El usuario con unas ciertas necesidades
puede hallar una serie de obras que le permiten satisfacerlas y escoger la que
más le convenga.
Aparte de establecer una base de datos que contenga las obras licenciadas de
esta forma, se pretende también establecer un archivo a la disposición
del público. En los próximos meses se empezarán a recibir
los materiales que se ofrecerán a partir del otoño.
Reescribiendo la propiedad intelectual
El objetivo último de Creative Commons es modular y refinar el concepto de propiedad intelectual, y crear un espacio en el que creadores de todo el mundo colaboren productivamente "a ciegas" y con una mayor libertad que la que el modelo actual permite.
Recuerda Lawrence Lessig que el propósito de la propiedad intelectual
no es otro que contribuir a la promoción de la ciencia y las artes útiles.
Así se especifica en la primera ley estadounidense de 1790, en la cual
el periodo de aplicación del copyright se limita a 14 años. Por
una parte se le daba un incentivo a los creadores, aseguréndoles un cierto
tiempo de explotación comercial exclusiva y controlada de su trabajo;
por otra, la sociedad podía beneficiarse en un plazo breve de las reelaboraciones
de este trabajo.
En la actualidad, no obstante, en 1998 este periodo se extendió a 70
años después de la muerte del autor y a 95 años si se trata
de una obra que pertenezca a una corporación. Las leyes de propiedad
intelectual sirven hoy día, según muchos, para defender los intereses
de las multinacionales y no de los propios autores. Por ejemplo, los músicos
en realidad sólo perciben entre un 8 a un 15% del precio que pagan los
mayoristas por un CD: el resto va a las discográficas. Con la llegada
de la era de la (re)producción digital, los consumidores se han rebelado
de distintas formas (una de ellas, el uso de las redes P2P), hay quien piensa
que la propiedad intelectual debería ser abolida, por obsoleta, y la
Industria responde imponiendo cánones, sacando productos que dañan
los equipos si no se emplean como la industria desea, e incluso, como en el
caso contra ReplayTV 4000, buscando que sea ilegal ver un programa saltándose
los anuncios.
A fin de cuentas, esta perversión del concepto del copyright viene desde
su origen. En las dos últimas décadas los historiadores han demostrado
con claridad que la propiedad intelectual y el copyright no surgen como una
afirmación de los derechos individuales de los creadores sobre sus obras.
Se trata, por contra, del resultado de una campaña de la Industria del
libro para asegurar sus privilegios de explotación comercial. La defensa
del autor es puramente táctica.
Así, los juristas que en el s. XVIII elaboran o, más exactamente,
inventan en Inglaterra unos derechos que los autores pueden vender sus editores
por tiempo ilimitado, lo hacen tan sólo para apoyar el monopolio de los
impresores de Londres en su lucha contra los del resto del país.
El público en general y los autores, pues, parecen tener mucho que ganar
de una flexibilización de la propiedad intelectual. Con el modelo actual,
por ejemplo, Shakespeare seguramente nunca hubiese escrito Otelo. Dado su febril
ritmo creativo, era demasiado engorroso hacerse con los derechos de un cuento
de un autor que llevaba 31 años muerto. Es de observar la proliferación
de publicaciones, ediciones, adaptaciones que se suceden cuando cumple el plazo
tras la muerte de un autor importante, para beneficio general. En cuanto a los
autores, la posibilidad de refinar cómo se realiza la difusión
de sus obras les abre posibilidades nuevas. Una de tantas es que los músicos
podrán atraer público a sus conciertos distribuyendo libremente
su música por la Red, manteniendo el control del que tanto hablaba Metallica
lejos de una Industria cada vez más concentrada en unas pocas manos .
Se facilitará, de una vez, la conexión entre creadores y consumidores,
entre creadores entre sí y consumidores convertidos en creadores. Y es
que, por ponernos líricos, es posible imaginar ya que un hermoso florecimiento
nos aguarda en las "tierras comunales creativas".