21 de mayo del 2003
Lecciones de democracia en el estado español (V)
La Junta Electoral prohíbe carteles de 'No a la guerra' en los colegios
Rebelión
El órgano recuerda que los interventores y apoderados no pueden ostentar emblemas "de campaña electoral".
La Junta Electoral Central (JEC) ha considerado que el lema 'No a la guerra' es un mensaje que tiene "connotaciones políticas" y, en consecuencia, los miembros de las mesas electorales no pueden llevarlo en pegatinas el día de los comicios.
Tampoco puede exhibirse en carteles en los colegios electorales o en sus inmediaciones. El pronunciamiento de la Junta responde a una consulta de la Junta Electoral de Valencia sobre si es admisible que los miembros de las mesas porten pegatinas o coloquen carteles en los colegios electorales con el lema 'No a la guerra'.
La Junta ha remitido a las juntas provinciales un recordatorio de que los interventores y apoderados de los partidos tienen prohibido llevar el día de las elecciones leyendas, símbolos, emblemas o lemas que, directa o indirectamente, puedan constituir campaña electoral. Sobre las pegatinas, la Junta ha recordado que "tiene reiteradamente acordado que los interventores o apoderados de las distintas candidaturas sólo podrán ostentar emblemas o símbolos que permitan su identificación por aquellos electores que necesitan su asistencia". Agrega que "está prohibida el día de la elección la utilización de leyendas, símbolos, emblemas o lemas que, directa o indirectamente", puedan ser considerados como actos de campaña electoral.
En cuanto a la colocación de carteles con el "No a la guerra" en los colegios electorales o sus inmediaciones, la Central subraya que tampoco en estos lugares debe existir "ningún mensaje que tenga connotaciones políticas".
Desacuerdos con la medida
La Federación de Enseñanza de CCOO ha expresado su desacuerdo con la decisión. Un portavoz de la organización ha declarado que el máximo órgano electoral "hila excesivamente fino".
"Según el criterio de la Junta, que acatamos totalmente, cualquier mensaje puede ser interpretado como político. Igual que el 'Nunca máis' y el apoyo o rechazo al Plan Hidrológico Nacional".
Los votos nulos no podrán ser atribuidos a nadie
Además, la Junta Electoral Central ha aclarado hoy que, al elaborar las actas con los resultados de las elecciones del próximo 25 de mayo, en estos documentos únicamente deberá reseñarse el número de votos nulos en su conjunto, sin más especificación ni detalle sobre el contenido de estas papeletas.
El acuerdo de la JEC responde a una consulta efectuada por el PP después de que la plataforma vasca de electores AuB anunciara que va a repartir papeletas de voto para que sean utilizadas en los comicios. Tras estudiar el asunto, la Junta Electoral Central ha aclarado a las Juntas Electorales Provinciales "que en el acta de la sesión deberá expresarse de manera conjunta el número de total de votos nulos, sin que pueda realizarse especificación, desglose, ni detalle de los mismos por candidatura, papeleta o de cualquier otra forma". Además, también advierte este órgano "que las personas que asistan como público al escrutinio carecen de voz y voto en el mismo, no pudiendo participar de ninguna manera en el escrutinio, ni, en consecuencia, formular reclamaciones o protesta alguna".
Este segundo acuerdo obedece a otra solicitud de aclaración del PP respecto a la actuación que deben mantener las personas que asistan al escrutinio en la jornada electoral, al efectuarse por parte de las respectivas mesas la anotación de las papeletas pertenecientes a candidaturas anuladas, como es el caso de AuB.
En el mismo sentido, una tercera disposición de la JEC establece que "las reclamaciones y/o protestas en el escrutinio sólo podrán ser formuladas por los representantes de las candidaturas, apoderados o interventores de las mismas o por los candidatos".