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Argentina: La lucha continúa

26 de enero del 2003

Carta de Amnistía Internacional sobre la detención masiva de niños de la calle por la policía de Mendoza

Amnesty International
Señor Gobernador de la
Provincia de Mendoza
Sr. Roberto Raúl Iglesias
Casa de Gobierno
Barrio Cívico, 4º. Piso Cuerpo Central
Mendoza
Argentina-Londres,
20 de enero de 2003

Sr. Gobernador:.

La información que Amnistía Internacional ha recibido indicando que por orden policial se están deteniendo niños de la calle en el centro de la ciudad de Mendoza ha sido recibida con gran preocupación y nos estamos dirigiendo al Sr. Gobernador para conocer las medidas tomadas para terminar dicha practica. Igualmente preocupa a la organización la forma arbitraria en que se han llevado a cabo estas detenciones al igual que la falta de información sobre las condiciones de detención a las cuales están sometidos los menores y las medidas que las autoridades están tomando para investigar las denuncias sobre la existencia de personas que obligarían a los niños a mendigar..
Según la información recibida por Amnistía Internacional, a partir del 7 de enero de 2003 la policía provincial ha iniciado la detención masiva de niños que mendigan en la calle recluyéndolos en la Comisaría del Menor de la ciudad de Mendoza, basándose en la Ley Orgánica Policial y en el Código de Faltas Provincial. Amnistía Internacional ha sido informada que entre 25 a 30 niños han sido detenidos y que de acuerdo a información de prensa la Subsecretaria de Seguridad de la Provincia ha ratificado que las detenciones continuaran..
La preocupación producida por tan alarmante medida se ve aumentada ante el rechazo por parte del juez a cargo del Primer Juzgado de Instrucción del habeas corpus presentado el 10 de enero por tres abogados de derechos humanos de Mendoza. El habeas corpus, texto del cual es del conocimiento de Amnistía Internacional, fue interpuesto a favor de los menores detenidos y en forma preventiva a favor de los menores que 'ven amenazada su libertad física y ambulatoria' y pide información sobre si los operativos policiales han sido realizados mediante orden escrita de juez competente y pide 'se ordene a la policía de Mendoza que se abstenga de detener a menores en estado de riesgo social o de la calle sin orden escrita de juez competente'..
Preocupa altamente a Amnistía Internacional que con esta acción policial las autoridades provinciales han decidido ignorar los derechos acordados a los menores tanto en la legislación provincial como en la nacional y en los tratados internacionales firmados por el Estado Argentino. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de la cual la Republica Argentina es Estado parte, establece una serie de normas para la protección de estos derechos. El Artículo 31 de la Constitución de la Nación Argentina establece que los compromisos internacionales adoptados por el Estado son vinculantes para todas las autoridades provinciales y que tienen supremacía sobre 'cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales'..
Para este efecto, Amnistía Internacional se permite recordar a las autoridades que la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño establece en su Artículo 37 b) 'Ningún niño sea privado de su libertad ilegal o arbitrariamente. La detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevaran a cabo de conformidad con la ley y se utilizarán tan sólo como media de último recurso y durante el período más breve que proceda'..
De acuerdo a información de prensa, existirían personas que obligarían a los menores a trabajar como mendigos. Sobre este punto la Convención sobre los Derechos del Niño en su Artículo 32.1 indica que 'Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.' Ciertamente, como lo indica el punto 2. del mismo Artículo de la Convención, corresponde a los gobiernos 'adoptar las medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo'. Amnistía Internacional considera inaceptable que la detención de los niños mendigos sea la medida que las autoridades de la Provincia de Mendoza han considerado adecuada para proteger a los niños mendigos contra la explotación económica. La organización considera que la protección de la niñez y no su encarcelamiento debe ser prioridad para las autoridades provinciales..
Es con urgencia que Amnistía Internacional llama la atención a las autoridades provinciales para que den la mas alta consideración a las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño que en Septiembre de 2002 examinó el informe periódico presentado por Argentina. Entre esas recomendaciones el Comité incluyó en el punto 63.a) revisar 'las leyes y prácticas atinentes al sistema judicial juvenil con el objeto de situarlo en plena correspondencia con la Convención'; y e) utilizar 'medidas alternativas a la privación de la libertad [?]'. Igualmente, el Comité expresó su preocupación porque el principio de no discriminación establecido en el Artículo 2 de la Convención no esta completamente implementado en la República Argentina para niños que viven en la pobreza, niños indígenas, niños de trabajadores migrantes, niños de la calle y adolescentes marginados. Nos permitimos adjuntar para su información el documento de Amnistía Internacional que contiene la totalidad de las recomendaciones del Comité: Argentina: Los derechos del niño en Argentina, AI Índice AMR13/018/2002, de diciembre de 2002. Amnistía Internacional solicita con carácter urgente información de las autoridades provinciales sobre las condiciones de detención en las que se encuentran los niños mendigos teniendo en cuenta que en sus recomendaciones el Comité expreso su preocupación sobre las malas condiciones en que se encuentran los niños detenidos incluyendo la falta de servicios básicos como educación y salud, la ausencia de un equipo de personal debidamente entrenado para el trato con niños y la utilización de castigos físicos y aislamiento como sanción. Amnistía Internacional agradece la información que el Sr. Gobernador nos pueda suministrar sobre todas urgentes preocupaciones. La organización esta enviando copia de esta comunicación al Sr. Subsecretario de Derechos humanos de la Nación Dr. Oscar Fappiano, y a los Sres. Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores de la Nación. Amnistía Internacional se permite informarle que ha decidido hacer público el texto de esta comunicación..
Atentamente,
Tracy Ulltveit-Moe
Directora en funciones
Programa Regional para América