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Perú

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas

Columnista invitado: Vicente Zapata Alcorta

Tambogrande ya puso las cosas en su sitio

por Vicente Zapata Alcorta

La valiente, enérgica e inquebrantable decisión de los pobladores tambograndinos de luchar por defender su derecho a la vida, a la salud, a determinar el modelo de desarrollo de su colectividad, y por impedir la arbitraria imposición de la explotación de la actividad minera, viene conquistando cada día -con su empuje y su fuerza indomables- importantes avances que han dejado sin piso a la empresa minera y al gobierno, y a estas alturas del partido han logrado ya poner las cosas en su sitio.

El procedimiento de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, en el que el gobierno y la empresa minera habían cifrado todas sus expectativas para sacar adelante sus torvos propósitos, ya no da para más. Las acciones desplegadas por el pueblo tambograndino -los días 5, 6 y 7 de noviembre- ratificaron, una vez más, su indeclinable voluntad de negarle la licencia social a las pretensiones de la empresa minera y del gobierno.

Tambogrande ha puesto, pues, las cosas en su sitio. El tema ya no es ni la EIA ni la "compatibilidad" de agro y minería. Tan es así que la principal conclusión que fluye después de la sesión de la Comisión de Ecología y Ambiente del Congreso de la República, realizada el 12.11.03, es la de poner en el tapete la necesidad de investigar las serias irregularidades observadas en el doloso procedimiento por el cual la dictadura fujimorista otorgó la concesión del Yacimiento Polimetálico Tambogrande a la empresa Minera Manhattan.

Por tanto, tendrá que investigarse, por ejemplo:

I. La fraudulenta transferencia de los derechos especiales del Yacimiento Polimetálico Tambogrande a favor de Minero Perú.

Si al Vice-Presidente de la República ya le costó el cargo ministerial y le debe costar la vice-presidencia por haberse aprovechado del cargo para modificar parcialmente una ley, mediante un Decreto Supremo, a fin de favorecer a un allegado -lo que también debe implicar la nulidad de su espurio Decreto-; entonces: ¿ por qué tendrían que quedar en la impunidad quienes fraudulentamente modificaron radicalmente una ley mediante una escritura pública y por qué tendría que seguir en vigor lo estipulado en este instrumento apócrifo ?.

Como se recordará: el artículo 7° de la Ley N° 25284 dispuso la transferencia de los derechos especiales del estado en el yacimiento polimetálico Tambogrande, asignados a Minero Perú, a favor del Gobierno Regional de la Región Grau. Esta norma no ha sido modificada ni derogada por ley alguna y ni la COPRI, ni MINERO PERU, ni el CTAR, ni -mucho menos- la Notaría Zúñiga de Piura tienen facultad para hacerlo.

(*): La fraudulenta transferencia posterior a favor de Minero Perú fue perpetrada para que la dictadura pudiera manipular directamente la "negociación" del yacimiento a través de sus secuaces de la COPRI.

II. La absolutamente irregular aprobación, mediante Resolución Ministerial, de la "cesión de su posición contractual en el Acuerdo de Bases y el Convenio Adicional" de la entidad estatal francesa B.R.G.M. a favor de la empresa privatizada francesa B.R.G.M. S.A..

La entidad estatal francesa BRGM, mediante carta de fecha 08.11.96, solicitó al gobierno peruano la aprobación de la cesión de la totalidad de sus intereses en el "Proyecto Tambogrande" a favor de BRGM S.A., lo cual fue admitido por el gobierno con la expedición de la Resolución Ministerial N° 047-97-EM/SG, de fecha 12 de febrero de 1997, con la atingencia de que la solicitud contenida en la carta de la BRGM fue entendida como un "... pedido de cesión de su posición contractual efectuado por BRGM a favor de BRGM S.A. ...".

Resulta inconcebible que una transacción de este tipo haya sido autorizada mediante una norma legal en base a una simple carta, obviando alegremente lo estipulado en el ordenamiento legal peruano sobre el particular, que no puede dejar de ser aplicado por el hecho de ser extranjeras las empresas participantes del acto.

Uno de los condicionamientos que exige nuestro ordenamiento legal es la verificación de la capacidad de las partes para intervenir en el acto y, en este caso, ni la BRGM ni la BRGM S.A. podían acreditar tal requisito.

(*): Con fecha 08.01.96 el Gobierno francés expidió el Decreto N° 96-21 mediante el cual sometió a la Sociedad B.R.G.M. S.A. al control económico y financiero del Estado.
Siendo así: ¿ Podría creerse que la B.R.G.M. -entidad estatal francesa- contaba con autorización de su gobierno para otorgar la cesión de la totalidad de sus intereses en el Proyecto Tambogrande a favor de una empresa privatizada -la B.R.G.M. S.A.- que estaba sometida al control económico y financiero del estado ?.

III. La fraudulenta aprobación de la "Cesión de Posición Contractual del Bureau de Recherches Geologiques et Minieres S.A. a Manhattan Minerals Corp." acordada por la CEPRI-CENTROMIN PERU y por la COPRI, en sus sesiones de fechas 19 y 26 de enero de 1999, respectivamente.

La CEPRI-CENTROMIN PERU y la COPRI -órganos montados por la dictadura fujimorista para manipular el negociado de la fraudulenta privatización de las empresas y recursos estatales- procedieron burdamente en el caso del denominado "Proyecto Minero Tambogrande", como lo prueba, con meridiana claridad, las actas de las sesiones en las cuales acordaron la entrega de este proyecto a la Manhattan donde consta con meridiana claridad la aprobación de "la Cesión de Posición Contractual que pudiera ejercitar Bureau de Recherches Geologiques et Minieres S.A." ... ES DECIR: APROBARON UNA TRANSACCIÓN QUE AÚN NO SE HABÍA CONCRETADO ... !!!.

(*): No sería de extrañar que hoy día aparezca una escritura pública de "Cesión de Posición Contractual" -a favor de la Manhattan- debidamente "formalizada" en las reputadas "notarías" del Jr. Azángaro de Lima, o en su "similar" de Piura que también hace escrituras al gusto del cliente.

Las mencionadas sólo son las irregularidades más burdas, grotescas y ostensibles que pueden ser constatadas fácilmente en este proceso plagado de vicios y manipulaciones dolosas, pero que bastan por sí solas para sustentar la nulidad de todo este tinglado fraudulento que ha perturbado la paz y la tranquilidad de la población de uno de los más importantes valles de nuestro país.

Corresponde a los congresistas, sin más pérdida de tiempo, asumir la tarea por donde debieron haber empezado desde que se presentó el conflicto a fin de determinar las responsabilidades de quienes han manejado este fraudulento proceso y disponer la nulidad de todos los actos viciados.