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Córdoba. Causa Ayala: La fiscalía pide prisión perpetua para el único imputado y la defensa su absolución
Katy García
PRENSA RED
La fiscal Graciela López de Filoñuk solicitó la pena de prisión perpetua para Juan Domingo Ayala por considerarlo "coautor de homicidio agravado, doblemente calificado, por alevosía y pluralidad de participantes (seis hechos). La defensa consideró desproporcionada e inconstitucional la figura y pidió la absolución por falta de pruebas. El acusado amplió su declaración. Dijo que manejó uno de los patrulleros pero que no se bajó del móvil.
La causa que investiga la participación de miembros del Comando Radioeléctrico en el traslado y los asesinatos de Diana Fidelman, Miguel Ángel Mozé, Luis Ricardo Verón, José Alberto Svaguza, Ricardo Alberto Yung y Eduardo Alberto Hernández, ocurrido el 17 de mayo de 1976, concluyó con los alegatos y pasó a cuarto intermedio hasta el 23 de julio próximo.
En el TOF2, integrado por Eduardo Belforte (presidente) y conformado por Mario Garzón y Roque Ramón Rebak, las partes expusieron los argumentos que sustentan el pedido de la pena. Desde la fiscalía se puso énfasis en la pena máxima en tanto que la defensa solicitó la absolución.
Antes, el acusado se sentó en el banquillo y declaró que cuando ocurrieron los hechos manejó uno de los automóviles policiales, participó del operativo como chofer, y observó unos fogonazos. Pero, aclaró que no descendió y al sacar la cabeza por la ventana vio que a ambos lados de un auto que los precedía caían dos personas muertas.
López de Filoñuk comenzó su alegato con una explicación sobre el terrorismo de Estado y sus inicios antes de 1976. Destacó que los delitos que se juzgan "son imprescriptibles y "se enmarcan dentro de un plan sistemático dirigido a controlar la subversión durante la última dictadura". Asimismo, enfatizó que "el poder y el control operacional lo tenía Luciano Benjamín Menéndez" a través del Area 311 que reunía a distintas fuerzas de seguridad entre policías y militares. "En la policía estaba el re -temido D2, órgano de inteligencia de la policía de la provincia de Córdoba.
Tras describir el marco jurídico y contextual recordó que esta causa surge cuando en pleno debate de la causa Videla, el Archivo Provincial de la Memoria acercó esta documental –un libro de guardia – que dio lugar a este juicio que debía haber sido parte de la citada. Repasó los casos ocurridos durante mayo y octubre de 1976 cuando presos políticos que estaban a disposición de dos juzgados federales (JF1 y JF2) fueron secuestrados, torturados y asesinados mediante operativos llamados "ventilador" y Ley de Fugas.
Afirmó que durante el juicio Videla fueron condenados los jerarcas máximos Videla, Menéndez y otros militares, junto a seis integrantes de la patota del D2.
Y explicó que de los seis imputados en los hechos: uno permanece prófugo (Barboza) y tres están muertos. En tanto que el otro –Zalazar- presentó un certificado médico que lo declara "insano". De modo que el único acusado que quedó es Juan Domingo Ayala.
Así, las cosas, relató que "el 17 de mayo, a las 20, los seis integrantes del D2 ( juzgados y sentenciados) más los del Comando Radioeléctrico se dirigieron a la cárcel con una orden firmada por Telleldín para trasladar a Svaguzza y Hernández (JF2). En tanto, el resto de las víctimas fueron retiradas por orden Saseaiñ. La penitenciaria se los entrega al Cabo primero Luis Eduardo Vázquez quien iba en el móvil 208. Ingresan, retiran a las personas e inician la marcha…", afirmó.
Luego citó a Charlie Moore cuya declaración obra en la causa Videla, da cuenta de un relato oficial que asegura que en la calle Neuquén al 900 se produjo un tiroteo supuestamente con subversivos que habrían intentado rescatarlos y concluye: "¡oh! Casualidad- exclama- con la muerte de los seis",
"Las circunstancias ya fueron juzgadas en la causa Videla", recordó y puso el foco en el cuaderno de guardia encontrado. "El oficial Zalazar dice que el día anterior fueron comisionados para ponerse a disposición del D2 y ahí les ordenan que vayan a custodiar los seis presos que iban a sacar. Entran al penal, las retiran y hacen el recorrido hasta Neuquén y -según este imputado – había un chevy con los sediciosos, un camión Fiat que iba a ser enviado a Cuba, francotiradores en los techos. Que hubo fuego cruzado y que mueren las víctimas", describió.
Para la fiscalía "el lugar, la hora y los integrantes de la comitiva son verdaderos. Le doy crédito, pero en absoluto se puede creer la versión de Zalazar", afirmó. Luego leyó el comunicado oficial del ejército."Un invento grotesco, ni ellos mismos lo pueden creer. Tenían tal impunidad que ni siquiera se fijaban en como inventaban", comentó.
En relación a la seccional Novena consideró que fue declarada "zona liberada" porque seguramente como en otros casos era parte del método para eliminarlos. Puso en cuestión la explicación que indica que "la policía de la seccional no tenía injerencia" en la cruzada contra la subversión.
Luego analizó la prueba testimonial para finalmente exponer que "quedó acreditado para mí que los seis integrantes participaron". Enseguida pidió para el imputado Ayala la pena de "prisión perpetua, por homicidio agravado doblemente calificado por la pluralidad de partícipes", a cumplir en cárcel común y con costas.
El Símbolo
La defensa oficial del imputado estuvo a cargo de Carlos Casas Nóblega (h) y de Natalia Bazán. El primero habló de los delitos en general y de lesa humanidad en particular "concepto del que no renegamos pero que en este caso hay una dirección concreta dirigida a aplicar la pena y no a buscar la verdad real", arguyó. Luego utilizó la figura del símbolo como categoría para rebatir los argumentos de la fiscalía "que no aportan a la causa".
El defensor dijo que Ayala era "el último eslabón" en la cadena pero que "como está contaminado de simbología representa al poder estatal". En esa línea consideró que se trata de una "simplificación" que además se asemeja al concepto de "subversivo" utilizado por el terrorismo de Estado. Adujo que "en este caso pasa lo mismo ya que todo policía sería culpable por ese caso".
Luego se preguntó ¿Por qué la fiscal generalizó la fusión del D2 con el Comando Radioeléctrico? Y añadió que "no hay elementos probatorios que indiquen el grado de participación de Ayala en los hechos, los crímenes ya fueron juzgados y hubo condenas". En ese sentido leyó textualmente párrafos sobre los fundamentos del fallo condenatorio realizado en la causa Videla.
Más adelante recordó que los policías del D2 habían sido condenados y que "el contagio de simbología arrastra" a su asistido. Y aseguró que estaba acreditado que "el D2 intervenía como brazo auxiliar de la justicia en los traslados". Entonces, "resulta ilusorio que a seis integrantes del D2 les hubiera hecho falta –si se quiere dar crédito a la versión del fusilamiento-, si eran seis especialistas, ungidos por el Tercer cuerpo" y remató si además pertenecían al "re – temidoD2".
"Pido que se absuelva a mi defendido de este proceso en que lo han involucrado ya que no hizo otra cosa que cumplir con las funciones propias de su tarea, el 17 de mayo de 1976." Citó jurisprudencia en relación a este caso y pidió que "se decida la prescripción de la acción penal porque de ninguna manera se trata de un delito de Lesa Humanidad", sentenció.
Negó que haya pruebas y se posicionó en la inspección ocular para realizar un análisis que lo llevó a concluir que "la sentencia anterior no es absoluta". Tras analizar el hecho según las testimoniales retrucó los argumentos de la fiscalía y en ese sentido dijo que los testigos "poseen una gran sensibilidad" pero que "dudaba de su objetividad". Por otra parte analizó el plano del penal y cuestionó los dichos que aseguran haber escuchado "gritos" luego de los traslados porque según manifestó "los hechos ocurrieron a 10 cuadras".
En definitiva dijo que "no quedó demostrada la participación subjetiva" y solicitó que se tenga en cuenta "jurisprudencia anterior". Y citando a Petracci en la causa Arancibia Clavel planteó que a lo largo del proceso faltó el "sustantivo del delito" y que en caso de que se acepte "una participación secundaria el aporte ha sido banal". Solicitó la nulidad de la acusación, cuestionó la calificación legal del hecho y el agravamiento.
Desproporcionada e inconstitucional
La defensora Natalia Bazán reforzó la argumentación de Casas Nóblega y desde la teoría aportó fundamentos que concurren al mismo fin que es la absolución por falta de pruebas.
En ese orden dijo que la fiscalía no identificó a los actos típicos del delito cometidos por Ayala. Y graficó que su asistido tenía que defenderse de un "informe escrito en 1976, del que no hay testigos porque la mayoría han fallecido" y a más de que el autor del relato –Zalazar- quedó fuera.
Tras diferenciar los términos "intervención y participación" aseguró que no hay pruebas que acrediten connivencia con el D2. En ese sentido afirmó que "la acción es atípica. Custodiar no es lo mismo que matar y no está probado que haya disparado un arma", afirmó.
"La participación de Ayala no es típica y en el peor de los casos pido que se aplique la participación secundaria", manifestó.
Finalmente criticó el pedido de pena porque además de inconstitucional viola la proporción. "Resulta –dijo- que a un chofer de un móvil se le pretende aplicar la misma pena que a los máximos jerarcas. Esto vulnera el principio de la proporcionalidad. Y agregó que es inconstitucional porque además de tener 65 años está enfermo y en estas condiciones sufrirá una pena cruel, oscura y degradante, que vulnera derechos humanos y viola pactos internacionales", fundamentó.
Luego solicitó que "se declare extendida la acción penal por el paso del tiempo y la falta de certeza para dictar condena" y anticipó que hace reservas de casación y recurso extraordinario. Además pidió que no le cobren costas.
Tras finalizar la alocución, el Juez Belforte le otorgó el derecho de réplica a la Fiscal para que responda en orden a la inconstitucionalidad.
Filoñuk rechazó toda la argumentación porque durante la instrucción no fue planteada. La audiencia pasa a un cuarto intermedio hasta el 23 de julio a las 9. Luego de la última palabra del imputado se leerá la sentencia.