Argentina, la
lucha continua....
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La administración de la crueldad
Martín Lozada
Alai
El Comité contra la Tortura de la Comisión por la Memoria de la Provincia de
Buenos Aires presentó días atrás su informe anual 2009 sobre violaciones a los
derechos humanos ocurridas en cárceles, comisarías e institutos de menores
provinciales.
Dicho informe está estructurado en tres grandes partes: políticas penitenciarias
y situación carcelaria, políticas de niñez y adolescencia y situación en los
institutos de menores, y políticas de seguridad y situación de comisarías. Su
último capítulo se ocupa de hacer un balance sobre la implementación del
Protocolo Facultativo de la Convención Internacional contra la Tortura.
Se trata del cuarto informe sobre violaciones a los derechos humanos en lugares
de detención producido por el Comité contra la Tortura, tarea que despliega de
acuerdo con lo establecido en el citado Protocolo Facultativo.
En la introducción general del informe 2009 se critican las políticas de
seguridad provincial expresando que la gestión del ministro Carlos Stornelli
representa un fuerte retroceso tanto en relación con la promoción de una
conducción democrática de las instituciones de seguridad como respecto de una
eficaz prevención e investigación de los delitos.
Una de las razones de ello, según los términos del informe, radica en que la
actual gestión ha retomado la iniciativa de ceder el autogobierno a la propia
policía, centralizando una importante suma de poder a su alrededor. Así, se
restituyó y fortaleció gradualmente la figura del jefe policial y se reformó el
estatuto policial, formalizando el retorno a una estructura centralizada en
comisarios.
El informe aborda la problemática de la población carcelaria e indica que en
marzo del 2008 ascendía a 21.104 detenidos, cifra que creció a 24.180 para el
mismo mes del 2009. En sede de comisarías creció de 2.782 detenidos en diciembre
del 2007 a 4.142 en marzo del 2009. En total, en marzo de este año la provincia
contaba con 28.322 personas detenidas. Subraya, además, que la población
femenina de las unidades carcelarias de la provincia había crecido en el último
año: mientras que en el 2007 representaban un número menor al 3%, en el 2008
representaban el 4,1% del total de detenidos. Este crecimiento resulta
consecuencia del significativo aumento del porcentaje de mujeres acusadas de
tenencia simple de estupefacientes.
En otro de sus capítulos se expresa que la violencia institucional ejercida por
las fuerzas de seguridad dentro de los lugares de encierro -cárceles, comisarías
e institutos de menores- y en ocasión de intervenciones policiales en la vía
pública -averiguación de antecedentes, detenciones, represión de
manifestaciones- es denunciada, en algunos casos, ante la Justicia penal.
No obstante ello, según advierte, pocas veces los casos son investigados en
profundidad y casi nunca llegan a obtener una sentencia en el sistema judicial
provincial. Prueba de ello resulta que la base de datos construida por el Comité
contra la Tortura incluye once mil expedientes con denuncias efectuadas contra
miembros de fuerzas de seguridad. En el período 2000-2008, el 60% de las causas
se registró en trámite, mientras que el 37% se reportó archivado. Sólo el 1% de
aquéllas fue elevado a juicio, en tanto que en el 2% restante se dictó la
desestimación, el sobreseimiento o la incompetencia.
Esa brecha remite a las dificultades que un ciudadano tiene para acusar y lograr
una sanción respecto de los agentes de las fuerzas de seguridad sospechados de
cometer delitos, circunstancia que resulta, en sí misma, un llamado de atención
para impulsar políticas judiciales orientadas a modificar la situación.
El informe recuerda que la Argentina ha ratificado el Protocolo Facultativo a la
Convención Internacional contra la Tortura, que cuenta con jerarquía
constitucional. Esta ratificación implica el compromiso del Estado tanto
nacional como provincial de crear mecanismos de control de lugares de detención
a fin de prevenir la tortura.
Estos mecanismos tienen como finalidad la realización de visitas regulares y
periódicas de monitoreo en los lugares de detención, las que deben ser
efectuadas por órganos de expertos que cuenten con independencia y autonomía
funcional y financiera del Poder Ejecutivo.
Sin embargo, lo cierto es que nuestro país está en mora en lo que a la
implementación de estos dispositivos de control se refiere; en lo fundamental,
debido a que los diferentes proyectos existentes, uno de los cuales ha sido
elaborado por más de veinte organismos de derechos humanos, se encuentran
actualmente en trámite en el Congreso nacional.
- Martín Lozada es Juez penal y Catedrático UNESCO en Derechos Humanos, Paz y
Democracia por la Universidad de Utrecht, Países Bajos.