Argentina, la
lucha continua....
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Soldados vejados, oficiales impunes
LA ARENA
En un fallo que no ha dejado de llamar la atención, la Cámara Nacional de
Casación Penal negó que el estaqueamiento de soldados durante la guerra de
Malvinas, en 1982, constituya un delito de "lesa humanidad", por lo que
consideró que la acción penal está prescripta. De esa manera el tribunal revocó
las resoluciones de la Cámara de Comodoro Rivadavia contra el subteniente Jorge
Taranto y el capitán Daniel Delfor Polano, quienes habían sido acusados y
condenados en su momento a raíz de haber ordenado esos despiadados castigos
contra jovencitos de 18 años que fueron obligados a tomar las armas para
enfrentar a una potencia bélica, como Gran Bretaña, en la defensa del territorio
nacional.
A Taranto, subteniente del Regimiento 5 de Paso de los Libres, se le atribuye el
estaqueamiento de Edgardo Oscar Arnoldo, Daniel Martínez González, Gustavo
Andrés Nadal y Rosendo Prado y vejaciones contra Juan de la Cruz Martins. Polano
fue imputado por el estaqueamiento del conscripto Juan Carlos Gómez.
El estaqueamiento es una bárbara práctica que viene desde antiguo en el Ejército
argentino y consiste en acostar a la víctima a la intemperie, a veces sin abrigo
ni calzado, tensados sus miembros por cuerdas fuertemente sujetas a estacas
enterradas en el suelo. El proceso judicial permitió saber que el castigo de
estaqueamiento fue acompañado de otros, tales como el enterramiento de pie en
pozos previamente cavados por las víctimas y la negación deliberada de elementos
de subsistencia. Tal era el proceder de algunos de los oficiales "héroes de
Malvinas" para con sus soldados en un clima de frío extremo con lluvias y
vientos huracanados.
La Cámara de Casación sostuvo que uno de los requisitos de los delitos de lesa
humanidad "está dado por el ataque sistemático o generalizado a una población
civil", lo que a criterio del tribunal no ocurrió en los casos en los que se
pronunció. La observación parece obvia ya que los tormentos iban dirigidas a los
soldados, pero agrega que en estos casos "no se ha demostrado que el ataque a
quienes se señala como víctimas haya sido parte u objetivo de una política" ni
la consecuencia "de un plan determinado de ataque hacia una población o grupo en
el escenario del conflicto bélico en territorio argentino del Atlántico Sur". Y
como si el fin justificara los medios, termina rechazando que los hechos
configuren delitos de lesa humanidad "por haberse cometido en el marco de la
recuperación de las islas dispuesta por la dictadura, acusada de graves
violaciones a los derechos fundamentales de la personas. La solución contraria
-agregaron los camaristas Raúl Madueño, Juan Fégoli y Juan Juan Rodríguez
Basavilbaso- conllevaría que cualquier hecho delictivo aislado del elemento de
contexto, cometido durante el gobierno militar pueda ser considerado como de
lesa humanidad".
Allá por los años cincuenta del siglo pasado Will Cuppy, un historiador
norteamericano escribió un libro -"Decadencia y caída de casi todo el mundo"-
que, con sólidos fundamentos, ironizaba con gracia sobre ciertos rasgos de las
conductas del género humano. Al hablar de la construcción de las pirámides,
levantadas en base al sacrificio de miles de esclavos, citaba la opinión de un
tal sir Percy Hubert, historiador británico que negaba los padecimientos que les
fueron impuestos a aquellos obreros constructores. A pie de página, una sutil
llamada decía: "A sir Percy le encanta arrastrar piedras de dos toneladas bajo
un sol de fuego, recibiendo insultos y latigazos en la espalda". El lamentable
fallo de los camaristas en la Argentina de nuestros días bien podría figurar
junto a la opinión de sir Percy.