Nuestro Planeta
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Desmontes: "Los árboles ya no mueren de pie"
Nuestra propuesta enviada a Diputados de Santa Fe:
Si
bien el art. 124 de la Constitución Nacional dispone que el dominio originario
de los recursos naturales pertenece al Estado provincial, el art. 41 del mismo
texto legal enuncia claramente que: "Todos los habitantes de la Nación gozan del
derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano y para
que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin
comprometer las de las generaciones futuras,…
-. "Tenemos el deber de preservarlo".
- " Las autoridades proveerán a la protección de ése derecho"
- " la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos minimos
- y a las provincias las necesarias para complementarlas".
Principales causas y consecuencias de la deforestación:
Cada vez más bosques y selvas tropicales son convertidos en campos de soja en
Sudamérica para su posterior exportación, por el alto precio que tienen en el
mercado internacional de granos.
La deforestación afecta directamente sobre la rica flora y fauna que poseen los
bosques y selvas, provocando desequilibrios ecológicos en los ecosistemas y
poniendo a miles de especies al borde de la desaparición.
Además del fenómeno de la deforestación existe otro proceso de deterioro del
recurso: la degradación, que consiste en la pérdida de biomasa, y que
generalmente se produce por la tala indiscriminada y/o por el pastoreo
intensivo, y da como resultado un bosque empobrecido.
Los incendios forestales son otra de las principales causas de la pérdida de
masa boscosa: cada año una superficie estimada en 350 millones de hectáreas
sufre daños por incendios, de los cuales más del 80% son provocados por el
hombre.
La deforestación incrementa la vulnerabilidad de las tierras a la
desertificación. A nivel mundial las áreas afectadas por este proceso
representan más de 1/3 de la masa terrestre.
La desertificación constituye uno de los procesos mundiales más alarmantes de
degradación ambiental, ya que hace que disminuya la productividad biológica y
económica de las tierras y tiene efectos negativos en ríos, lagos, acuíferos e
infraestructuras. Asimismo, la desertificación reduce la seguridad alimentaria y
provoca conflictos sociales: actualmente afecta a más de 1.000 millones de
personas, con consecuencias potencialmente devastadoras para sus medios de
subsistencia.
El Parque Chaqueño forma parte del Gran Chaco Americano, segunda área boscosa
del continente después de la Amazonia, que involucra territorios de Argentina,
Bolivia, Paraguay y una pequeña porción de Brasil, con una superficie total de
aproximadamente 110 millones de hectáreas.
En Argentina se extiende por las provincias de Formosa, Chaco, este de Salta, de
Jujuy, de Tucumán, de Catamarca y de La Rioja, todo Santiago del Estero, norte
de San Luis, de Córdoba y de Santa Fe y noroeste de Corrientes.
" El Parque Chaqueño es la región forestal que está siendo más destruida: allí
se produce cerca del 70% de la deforestación anual de todo el país, y su región
semiárida se encuentra al borde de la pérdida total de sus bosques".
Normativa provincial existente ,anterior a la Ley de Bosques:
La Ley provincial 12.366 , en su artículo 8 , reza : "El Cuerpo de Guardaparques
provinciales, creado por el Artículo 64 de la ley 12.175, la Guardia Rural los
Pumas de la Policía de la Provincia de Santa Fe, las Municipalidades y Comunas y
las organizaciones no gubernamentales de reconocida trayectoria, dedicadas a la
materia, colaborarán en las funciones de control y vigilancia de lo dispuesto en
la presente.
¿De qué guardaparques habla la ley?, si solo se conocen en el norte de la
provincia a "Guardafaunas Honoríficos" con semejantes reservas Ramsar que
poseemos y que nadie controla. El control entonces DEBE ser compartido, si el
Ministerio demora tanto ante una denuncia, compete a la policía y a los Pumas
accionar con celeridad al menos para parar el desmonte o la infracción , hasta
tanto intervenga Medio Ambiente.
- Las leyes (una provincial, la 11.717; y otra nacional, la 13.273) restringen
el desmonte . Por lo tanto, "el que quiere hacer un desmonte tiene que presentar
un estudio de impacto ambiental o un plan de manejo que debe ser aprobado por la
Secretaría de Medio Ambiente.Así se refiere en el Capítulo VIII a "el estudio de
impacto ambiental" y que ninguna empresa cumple al día de la fecha, solo fue
tenido en cuenta y recordado, ,en beneficio de los Biocombustibles, allá por el
2006, cuando se sanciona la Ley 12.692/06 ''Energías Renovables no
Convencionales'' y reglamentada ,"al toque" el 1 de febrero del 2007 por Decreto
Nº 158/07, cuya celeridad jamás logró la Ley Nº 11.273 de Fitosanitarios , que
solo logró media sanción en 2004 para modificarla, y hasta hoy espera la otra
media sanción ,olvidada en algún cajón. Paradójicamente ésas empresas
contaminantes son las que aún más deberían presentar ése estudio ambiental pero
no se cumple.Una de las tantas aberraciones del gobierno de Obeid y su "reina
soja", culpable de la contaminación por agroquímicos, cáncer y malformaciones de
niños, entre otros males que aquejan a nuestra provincia: " Maquinaria de
hambre, deforestación y devastación socioecológica".
-La misma Ley provincial 11.717, en su Capítulo VI , art. 15 , habla de
Educación y Medio Ambiente, referida a la educación obligatoria sistemática,
formal y no formal, y en la capacitación de la administración pública. Para
ello, la Provincia y las Municipalidades y Comunas, podrán celebrar convenios
con instituciones de educación superior, centros de investigación, instituciones
públicas y privadas.Tampoco se cumple, y está vigente desde abril del año 2000,
tanto el personal de los ministerios como el ciudadano común desconoce la
normativa y presupuestos mínimos sobre el cuidado del medioambiente .
-La ley Nacional de Defensa de la Riqueza Forestal Nº 13.273 , sancionada el 25
de setiembre de 1948 dispone en su art. 1º la declaración de interés público de
la defensa, mejoramiento y ampliación de los bosques sometiendo a dicha
normativa a los bosques y tierras forestales de propiedad privada o pública
ubicados en las provincias que se acojan al régimen de la presente ley ( Art. 3
inc. b) mientras que en su articulo 64 determina que constituye una
contravención forestal "...arrancar, abatir o lesionar árboles..." Aún antes de
la creación de la actual Ley de Bosques, ésta ley vigente hace seis décadas
,tampoco se cumple ,ni antes ni actualmente .
-Ley Provincial 12.363 de 2004, "Bosques para Siempre". Cuya aplicación le
compete al Ministerio de la Producción,genera incentivos económicos para los
productores que realicen un manejo integrado de sus bosques nativos. Al programa
"Bosques para Siempre" el gobierno provincial le puso un presupuesto totalmente
irrisorio, es el punto 0.07 % del presupuesto provincial, demostrando a las
claras el desinterés del gobierno en el tema de recursos naturales.
- Ley Provincial 12.366 del 2004, Cuya aplicación le compete a la : Secretaría
de Medio Ambiente. Es el de frenar los desmontes totales, las topadoras y los
grandes obrajes que realizan tala rasa total . Además, establece la eximición
del impuesto inmobiliario rural para los predios que conserven su bosque nativo
en la proporción ocupada por los bosques.Pero por otra parte , ésta ley ni
siquiera contempla , como lo hace la ley 6841 de Santiago del Estero, en su art
35 que "Prohíbe la eliminación del bosque por medio de desmonte total o parcial
cuando afecten sitios de valor cultural, poblaciones y/o territorios de pueblos
originarios o se lesionen derechos de poseedores conforme la ley de fondo…",
como sí lo hace la Ley Nacional 26.331 bajo diez criterios ecológicos y
categorías de conservación que apuntan a evitar la fragmentación y degradación
del bosque nativo y a preservar los bosques utilizados por comunidades
campesinas e indígenas .
- El INADI ya se pronunció recomendando "eliminar" la afectación ambiental por
desmonte hacia los pueblos indígenas, campesinos y pobladores de zonas aisladas.
La recomendación dice que las situaciones de discriminación ambiental por causa
de desmonte serán consideradas un "asunto de interés prioritario" por parte de
gobiernos locales y provinciales,
-Las irregularidades en la adjudicación de tierras fiscales a nivel nacional ,
son "voz populi ", destinadas luego para plantaciones de soja, en Santa Fe
seguramente tienen un correlato en las Direcciones de Catastro- Rentas y AFIP.
Con lo cual son necesarias investigaciones en estos organismos, de las
adjudicaciones realizadas en el gobierno saliente y el entrante , para que no se
repita . La Ley 12.086 de acceso a las tierras fiscales que lleva la firma del
ex gobernador Carlos Reutemann y está fechada en diciembre de 2002, prevé la
entrega de tierras fiscales a comunidades indígenas. Uno de los conflictos más
desgarradores que pusieron en evidencia ante el resto de la comunidad rosarina
la falta de reglamentación de esta ley y la ausencia de voluntad política de que
esas letras se conviertan en justicia, fue el ocurrido en el terreno de Empalme
Graneros donde reside una comunidad toba , predio que se ubica entre avenida de
la Travesía, Almafuerte y Reconquista.
- Se firmo un convenio entre la Facultad de Ciencias Agrarias y la Secretaría de
Medio Ambiente para hacer una zonificación, el 16 de septiembre ,según la
reunión realizada en Vera, entre la Mesa Agroforestal y Nestor Biasatti de la
Subsecretaría de Recursos Naturales, afirmaron que la zonificación está
prácticamente terminada y pronta a darse a publicación, solo faltaba colorear
las zonas según exige la ley .
Exigimos su pronta publicación , que nos dará el mapa real del 10% de bosques
que nos quedan en la provincia.
Las categorías de la ley son: Categoría I (rojo), la más restrictiva y destinada
a conservación; Categoría II (amarillo) que permite el aprovechamiento
sostenible; Categoría III (verde), que permite la transformación completa del
bosque, por ejemplo para desarrollo urbano o de infraestructura.Siendo que a
Santa Fe le quedan solo el 10% de los bosques , DEBERÍA pintarse de ROJO, lo
poco que queda de bosque.Acerca de ésto ya nos llegaron trascendidos que desde
la cartera de Medioambiente dijeron que lo van a colorear de "rosado" porque
sino los madereros "los van a linchar", acá no se trata de amenazar ni boicotear
una ley ni extorsionar para beneficio de algunos en detrimento de otros , se
trata señores ,simplemente DE HACER CUMPLIR LA LEY,mal que les pese a muchos.En
lugar de estar atacando a la Ley de Bosques de "polémica", como lo hizo La Mesa
Foresto Industrial del Norte Santafesino, en una nota del Portal de Reconquista,
el día 25 de septiembre pasado, sería más prudente de su parte , consensuar ,
si, pero presentando propuestas de cómo reponer los árboles que derriban para su
actividad, y no ponerse a la defensiva y atacar un derecho que tenemos todos de
proteger nuestro ambiente y el de las generaciones futuras.
-Ninguna ley provincial puede contradecir a una ley nacional, como lo es la Ley
Nacional 26.331, conocida como Ley de Bosques, según Art. 31 de nuestra
Constitución Nacional …" con sus defectos y virtudes , es ley suprema de la
Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a
ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o
constituciones provinciales..".
Propuestas para elaborar:
-Qué hace Medio Ambiente con los equipos de madera y leña que están circulando
por las rutas nacionales y provinciales? El día 23 de septiembre pasado , a la
siesta, vimos en la Ruta Nacional 11, en Avellaneda, dos equipos con madera y
leña de algarrobo...¿quien los controla, quien los para, de dónde salen?...creo
que no hay voluntad política de hacer algo concreto, para saber qué está pasando
solo hay que andar por las rutas.... -¿Porqué no se utiliza a la policía y
guardia rural Los Pumas para controlar la madera que está circulando ya que
Medio Ambiente no lo hace?
-¿Cuántos inspectores tiene Medio Ambiente en la calle?( en 2007 cuando pasó lo
del "niños banderilleros" de Las Petacas , salió a la luz la cantidad de
inspectores en Sanidad Vegetal : 6 (seis) para toda la provincia .Según señala
en su dictamen la Defensoría del Pueblo, "existen solamente seis inspectores,
que además deben cumplir tareas administrativas, de divulgación y
capacitación",)
-¿Cuántos vehículos tiene afectado a este tema? ¿cuántos choferes tienen y
cuántas oficinas los requieren? ¿cuántas salidas hicieron y adónde?
-Nestor Biassatti de Medio Ambiente dice de que "no necesitan vehículos y que
tiene al personal necesario", creo que no tienen idea de lo que está sucediendo
en ningún lugar de la Provincia a menos que alguien los llame y les diga donde
está reventando algo.No puede ser que este tema esté librado a las denuncias de
la gente, no tiene vergüenza ni siquiera en admitir que no están controlando,
salvo los casos como Romang, que actuaron luego de que los atacamos de todos
lados y así y todo...llegaron tarde, los desmontes se concretaron a gusto y
placer de los dueños.
-La provincia está adherida a la ley 25080, de Inversiones para bosques
cultivados y posee su propia ley de fomento, el Plan Forestal Santafecino.
Establecido por la Ley 11.111 crea un sistema de incentivos a través del Régimen
del Plazo Fijo Forestal. La Ley 12.207, modificatoria de la anterior, sustituye
al artículo 21º de la Ley Nº 11.111 por el siguiente: "Artículo 21º: A los
efectos de la presente ley, se entenderá por: Forestación: La acción de poblar
con especies arbóreas mediante plantación o siembra, terrenos que carezcan de
ellas o que estando cubiertos de vegetación, ésta no sea susceptible de
explotación económica, ni mejoramiento mediante manejo. "Artículo 2º: Créase al
programa de incentivos a la forestación en predios privados, a través del
régimen de plazo fijo forestal, a partir de la campaña forestal 1994/95 hasta la
campaña 2006/07. Amplíase la última etapa del cronograma determinado por el
artículo 12º de la Ley Nº 11.111 -Plan Forestal Santafesino-, hasta el año 2007.
Lo que nos indica que el año pasado venció ése plazo ¿Qué se hizo al respecto?
Ya es hora de ponerse a elaborar incentivos a la forestación de todo tipo de
especies aptas para nuestra provincia,no solo dos o tres especies como
contemplaba ésta ley a eucaliptos y pinos.
-Crear un registro provincial de Topadoras y Equipos para Desmontes, donde se
pueden solicitar todos los datos necesarios, propietario, domicilio, teléfono,
DNI, CUIT, ETC. ( como es "herramienta de trabajo" como el tractor, no hay
control de ningún tipo y no se registran en Santa Fe) Tampoco no hay un registro
de los "mosquitos", para fumigar la soja, con la gravedad que eso conlleva, y
esto sucede en la mayoría de las comunas o municipios de la provincia, por eso
no hay contralor del daño a la salud de la población que causan desplazándose
por áreas urbanas, goteando glifosato.
-Tampoco hay registro de choferes de Topadoras y equipos Para Desmontes
,"mosquitos" y/o maquinaria agrícola .(Ministerio de Trabajo: inscripción de
empleados y empleadores para estos servicios. No los hay , son empleados en
negro la mayoría de los casos, no hay control de nada , ni en Medio Ambiente,
Salud, Trabajo y Justicia , es una cadena de omisiones y vulneración legal
constante.
-Enviar a la brevedad CIRCULAR GENERAL a las Unidades Regionales de la Policía y
Guardia Rural Los Pumas para que informen la existencia y permanencia en sus
respectivas jurisdicciones de topadoras y equipos para desmonte, estén o no en
actividad, requerir la mayor información posible para ir generando un banco de
datos y un mapa de ubicación.
Esta información debería ser de caracter PERMANENTE.
Esta misma circular enviar también a todos los municipios y comunas.(y que se
cumplan, sin favoritismos de ningún tipo)
-Emitir URGENTE afiches para ser distribuidos en toda la provincia donde se
informe la vigencia de la Moratoria de Desmontes, sus alcances, objetivos,
tareas a cumplirse, sanciones,. etc. Como así también difusión por los medios de
comunicación, diarios, radio, televisión, etc.
-Se adjunta archivo con el informe "El avance de la frontera agropecuaria y sus
consecuencias ", ( de la Jefatura de Gabinete de Ministros,Secretaria de Medio
Ambiente y Desarrollo Sustentable, Capital Federal ,marzo 2008) .para abordar
con DATOS FEHACIENTES la temática del avance de la frontera agropecuaria versus
la conservación de bosques y los efectos (tanto positivos como negativos) de la
misma.
- La provincia de Santa Fe posee un Sistema Provincial de Áreas Naturales
Protegidas, creado por ley 12.175, que abarca varias reservas, se suscribe
también al Programa Nacional de Manejo y Uso Sustentable de Especies Silvestres,
además, participa del Programa Nacional de Conservación de Especies Amenazadas
.Por ése motivo les adjuntamos trabajos de los ornitólogos Martín Manassero y
Horacio Luna ,desde Rosario. Como ornitólogos de campo, recorren distintos
sitios de la provincia de Santa Fe, estudiando las aves silvestres, pero
destinando el mayor esfuerzo a la Cuña Boscosa (donde están las mayores
extensiones de bosques remanentes de la provincia). Despúes de 6 años de trabajo
de campo, han podido detectar los sitios prioritarios para conservar en este
sector, que a pesar de las transformacione sufridas, aún mantiene lugares con
alta biodiversidad.
-Se adjuntan el "Programa Manteniendo Viva la Riqueza del Monte Nativo", una
herramienta que permitirá preservar los arboles nativos (Algarrobo, quebracho,
tala, ñándubay, chañar, sombra de toro,cina cina, aromito, curupí) y la
variabilidad genética, o sea la capacidad de adaptación al lugar que ellos
contienen en su ADN.
En este momento se ven reducidos a relictos, es decir pequeñas islas
sobrevivientes, por el efecto de los cambios en los sistemas de producción y
estilos de vida. El Coordinador del Proyecto, Ingeniero Agrónomo Rubén Broda, y
un equipo de colaboradores, ya han comenzado a trabajar en el relevamiento y
ubicación de los montes y árboles sobrevivientes. Se seleccionará entre ellos
los arboles más sobresalientes para una vez cosechada su semilla, procesarla en
el Banco Activo de Semillas del Jardín Botánico Sancarlino, que también se crea
a partir del proyecto, sembrarlos en vivero y obtenidas las nuevas plantas
reubicarlas en la zona rural.
-Del 18 al 25 de octubre de 2009 ,se realizará en Buenos Aires el XIII Congreso
Forestal Mundial- CFM 2009 XIII – cuyo lema será " DESARROLLO FORESTAL
EQUILIBRIO VITAL", allí llevaremos nuestra lucha ,plantearemos éste tema y la
problemática de Santa Fe, a los ojos del mundo.
Ya es tiempo de que todos entendamos la urgente necesidad de proteger nuestro
ambiente para uso y disfrute de las actuales y futuras generaciones. Y ésta
frase que conviene tener siempre presente:
"Los bosques preceden a los pueblos. Los desiertos los persiguen" (Chateubriand)
Esperando sea esta opinión de su beneficio, hacemos propicia la oportunidad para
saludar a Ud. Atte.
PLANETA AZUL-ROMANG
Roberto Lerf-Andres Kees
ECOS DE ROMANG
Dra Graciela Cristin Gomez
http://ecos-deromang.blogspot.com