Medio Oriente - Asia - Africa
|
|
Hemeroteca: un instructivo y esclarecedor texto de 1976.
El robo del Sáhara
Thomas M. Franck
The American Journal of International Law
Públicado en octubre de 1976
Introducción
El Sáhara Occidental –o, hasta ahora, Sáhara Español- es un pequeño lugar. Su
descolonización y la suerte de sus escasos 75.000 habitantes** no atraen la
atención de la opinión pública ni por un instante. Sin embargo, o quizás en
parte por esa misma razón, el tratamiento de la cuestión del Sáhara por las
Naciones Unidas ha sido garrafalmente mal llevado, creando así un precedente con
un potencial de perjuicios futuros absolutamente desproporcionado con la
importancia del territorio.
El "arreglo" de la cuestión del Sáhara a favor de la reivindicación, por
Marruecos, de derechos históricos y la denegación de la autodeterminación al
Pueblo saharaui se desvían radicalmente de las normas de descolonización
establecidas y aplicadas coherentemente por las Naciones Unidas desde 1960. Ello
habrá de tener una gran importancia para muchas otras reivindicaciones
territoriales irredentistas, tales como la de Guatemala sobre Belize1, de
Somalia sobre Yibuti2 y de Argentina sobre las Islas Malvinas3. Tan pronto como
Marruecos y Mauritania solidificaron su ocupación del Sáhara en febrero de 1976,
Marshal Idi Amin, [presidente] de Uganda, reclamó como propias extensas partes
de Kenya y de Sudán basándose en la afinidad tribal y la historia4. En su
momento, una Palestina árabe casi con toda seguridad planteará reivindicaciones
territoriales contra Israel. De hecho, puede que no transcurra mucho tiempo
antes de que Marruecos renueve sus intenciones –actualmente en reposo- sobre su
socio, Mauritania5. Las reivindicaciones de derechos históricos sobre
territorios han tendido a quedar limitadaas por la insistencia de la comunidad
internacional en que las fronteras establecidas tienen que ser respetadas y sólo
pueden ser modificadas con el libre consentimiento del pueblo que vive en cada
territorio. Marruecos y Mauritania, con la ocupación del Sáhara sin el
consentimiento de su población, han conseguido frustrar la aplicación de esta
norma y han hecho que el sistema internacional dé un paso claro hacia un nuevo
conjunto de expectativas mutuamente compartidas sobre el comportamiento de los
Estados –incipientes nuevas normas- que son, con mucha mayor probabilidad que
las reglas anteriores, generadoras de conflictos, aun cuando sus líneas
generales sólo se perciben, de momento, vagamente.
Este precedente también es desestabilizador de otra manera más amplia. La
exitosa utilización de la fuerza por parte de Marruecos y Mauritania para
apoderarse del Sáhara Occidental ha reforzado la tendencia de los Estados del
Tercer Mundo a perseguir sus intereses nacionales mediante la agresión militar,
en lugar de mediante la ley y la diplomacia. Nada de lo que acontece en el
terreno de las relaciones internacionales funciona tan bien como el éxito, y
tanto en Angola como en el Sáhara el uso de la fuerza ha funcionado sin mucha
oposición del resto de la comunidad internacional. Estos acontecimientos en
África han sido imitados en Asia con la ocupación de Timor Oriental por
Indonesia, otro lugar donde las reivindicaciones históricas, geográficas y
étnicas fueron hechas valer mediante el recurso a las armas.6 En la medida en
que esta lección se toma en serio, el mundo será un lugar cada vez más peligroso
–consideración ésta agravada con el salto del Tercer Mundo al armamento
sofisticado.
El tratamiento [que se ha hecho] del caso del Sáhara ya ha tenido consecuencias
dramáticas para el orden mundial. Unos 60.000 saharauis han devenido
refugiados7, lo que ha generado grandes dificultades y fuertes presiones en las
instalaciones y el presupuesto del Alto Comisionado para los Refugiados de las
NN. UU. Ha habido duros combates con el movimiento de liberación saharaui
POLISARIO (Frente Popular para la Liberación de Saguia el Hamra y Río de Oro)
apoyado por Argelia, y el Gobierno de Mauritania ha informado de una batalla de
dos días con cuantiosas bajas en abril de 19768, tan sólo dos meses después de
que el Sáhara hubiere sido "pacificado" por los ejércitos de Marruecos y
Mauritania. Este asunto ha provocado fuertes divisiones en el seno de la
Organización para la Unidad Africana (OUA). Su Comité Político había recomendado
en el mes de febrero el apoyo al Ejército de Liberación [saharaui], lo que
provocó que Marruecos y Mauritania amenazasen con abandonar la Organización.9
Aunque la división pudo evitarse temporalmente10, Argelia y otros países
reconocieron unilateralmente al Gobierno saharaui en el exilio, y Rabat y
Nouakchott rompieron inmediatamente las relaciones diplomáticas con Argelia11.
No pasará mucho tiempo antes de que otros Estados se vean forzados a elegir
bando.12
También los Estados Unidos se han visto involucrados en la disputa. El anuncio,
en febrero de 1976, de que EE.UU vendería una escuadrilla de 24 reactores de
combate F-5E al rey Hassan II13, estuvo dictado indudablemente por la "realpolitik".
Marruecos, junto con España, es la llave de EE.UU al Mediterráneo. El Gobierno
del Rey [Hassan II] es generalmente considerado pro-estadounidense, lo que no
sucede con los gobernantes de Argelia. Por el contrario, los dirigentes del
POLISARIO son anatemizados por su estrecha asociación con los argelinos. Para
Washington, el derecho a la autodeterminación de unas 75.000 personas es algo de
mucha menor trascendencia que la estabilidad del inestable trono del rey Hassan,
y más considerando que aquéllas podrían tender a estar dominadas por Argelia.
Así pues, en nombre del pragmatismo político, EE.UU ha desertado de su
compromiso histórico con el principio de autodeterminación.14 En lugar de
defender la primacía de una importante norma del orden internacional, EE.UU. ha
consentido que la política dicte su posicionamiento internacional. Al actuar
así, nos hemos encontrado, una vez más, enfrentados a la cuestión de si EE.UU.,
como potencia líder mundial tiene mayor interés en preservar y reforzar las
reglas de juego que en ganar [determinadas] partidas subalternas sin tener en
cuenta cómo nuestra acción afecta a las normas. Dicho de otra manera, el caso
del Sáhara nos confronta con un conflicto clásico entre criterios legales y
criterios políticos.
La población saharaui
El Sáhara Occidental está situado a lo largo de la costa atlántica del noroeste
de África. Su escasa población habita una superficie territorial de 266.000
kilómetros cuadrados, casi exactamente el tamaño de Colorado.15 Muchos de ellos
son pastores nómadas del desierto que cuidan rebaños de camellos, cabras y
ovejas, si bien en el transcurso de los últimos años se ha producido un
considerable asentamiento urbano en la capital, El Aaiún, que antes de la salida
de España tenía una población civil de casi 30.000 personas, así como también en
Smara y Villa Cisneros, con unos 7.000 y 5.500 habitantes respectivamente.16
Esas cifras no incluyen a los saharauis que han estado viviendo en países
vecinos, especialmente Marruecos y Argelia, ya sea por razones políticas o
económicas. Las mejores estimaciones del número de esos exilados han oscilado
entre la cifra de 10.000 facilitada por España y un máximo de aproximadamente
50.000 según los movimientos de liberación y los Estados vecinos.17 Dado que
tanto Marruecos como Mauritania han adoptado la posición de que los saharauis
son ciudadanos suyos, no existían fronteras para contener o incluso registrar
sus desplazamientos, ni siquiera en la época colonial [española]. Los vínculos
sociales y étnicos entre los habitantes del Sáhara Occidental y aquellos otros
cercanos de Marruecos, Mauritania y Argelia hacen particularmente difícil
concretar de un modo definitivo quién es y quién no es saharaui. (Así por
ejemplo, uno de los dirigentes exilados del POLISARIO es Ahmed Baba Miske, ex
embajador de Mauritania ante las Naciones Unidas y Washington). Este hecho cobró
relevancia política cuando se planteó el debate sobre un referéndum de
autodeterminación. Mediante los apaños "correctos", la votación podría
fácilmente sesgarse importando marroquíes y mauritanos que aparentarían ser
saharauis.18
Esta dificultad, aun siendo importante tenerla presente al valorar las tácticas
de descolonización empleadas en el caso del Sáhara Español, en absoluto carece
de precedentes en África. De hecho, es la regla, en lugar de la excepción, que
las fronteras de esas nuevas naciones reflejen la arrogante indiferencia de las
potencias coloniales para con los grupos tribales y las rutas de paso de los
nómadas. En prácticamente todos los Estados africanos hay tribus con estrechos
vínculos históricos y sociales que sobrepasan las fronteras políticas. En
algunas regiones, como en el caso de Ogaden, en el Cuerno de África, el problema
es tan grave como y similar al del Sáhara Occidental. Además, la Historia es un
manantial de injusticias y, en muchos casos, la memoria de los agraviados se
remonta a tiempos muy lejanos. La cuestión es si, por mor de reparar antiguos
agravios habría que infligir nuevas injusticias traumáticas a los actuales
habitantes de un territorio.
La primacía de la autodeterminación y la integridad de las fronteras
Los precedentes en tales casos, con anterioridad a los casos del Sáhara
Occidental y Timor, son relativamente coherentes y sencillos. Por lo general, a
los Estados vecinos no se les ha permitido robar territorios adyacentes por el
mero hecho de alegar derechos históricos; los reajustes de fronteras deben ser
el resultado de la expresión de la voluntad libremente expresada de quienes se
ven sometidos al reajuste en cuestión. La supremacía de la autodeterminación
contemporánea frente a las reivindicaciones históricas y la reparación de
antiguas injusticias se basan en dos consideraciones. En primer lugar, se parte
de la hipótesis de que cualquier otro enfoque conduciría a conflictos
interminables en la medida en que los Estados modernos se sometiesen a la
presión de incorporarse a un proceso de revisión de fronteras para regresar a no
se sabe cuál situación histórica previa y de validez igualmente incierta. Y en
segundo lugar, es un hecho ampliamente constatado que Estados o incluso colonias
con fronteras establecidas y poblaciones bien definidas, independientemente de
la manera injusta o fortuita como se haya llegado a ello, enseguida desarrollan
una lógica propia de cohesión estatal que no debería descartarse a la ligera.
Es por esas razones por las que los Estados africanos han insistido en que
cualquier colonia, en la fase final de la descolonización, tiene que ejercer su
"derecho" de autodeterminación dentro de los límites de las fronteras
establecidas. Incluso aunque, en algunos casos, esto tienda a perpetuar ciertas
injusticias históricas o ciertos problemas culturales, se ha reconocido que
otras alternativas son peores. Intentar un rediseño completo del mapa de África
en base a antiguas reivindicaciones o a vínculos tribales sólo conduciría al
caos, la guerra y a destejer el sistema de Estados del Continente. Los
dirigentes del África post-independencia comprendieron que, aunque había
injusticias, éstas podían resolverse mejor mediante arreglos funcionales entre
Estados soberanos, tales como servicios y mercados comunes regionales, derechos
de libre circulación a través de las fronteras y, tal vez, federaciones.
De manera que fue ante la insistencia del Tercer Mundo por lo que el que el hito
de la Declaración de las Naciones Unidas sobre la Concesión de la Independencia
a los Países y Pueblos Coloniales19, al tiempo que proclamaba que "todos los
pueblos tienen el derecho a la autodeterminación"20, también advertía de que
"cualquier intento de ruptura parcial o total de la unidad nacional y la
integridad territorial de un país es incompatible con los objetivos y principios
de la Carta de las Naciones Unidas".21 Y la Organización para la Unidad Africana
ha reforzado la norma de que los territorios tienen que ejercer su derecho a la
autodeterminación dentro de las fronteras coloniales establecidas.22 Si un
territorio desea unirse a uno o varios Estados vecinos, tendrá el derecho a
manifestar esa preferencia en el proceso de descolonización, pero tiene que ser
la libre decisión de la mayoría de esa colonia concreta; y un territorio con
fronteras reconocidas no puede ser absorbido ni desmembrado en contra de la
voluntad de sus habitantes.
La praxis de la ONU en la aplicación de la norma de la autodeterminación dentro
de las fronteras coloniales establecidas
El historial de la democracia en los nuevos Estados (o, para el caso, en una
mayoría de los viejos), difícilmente llenaría de alegría a Montesquieu o a J. S.
Mill. Sin embargo, la aspiración democrática ha ido relativamente bien en un
aspecto. Durante las últimas tres décadas fue una práctica corriente alentar a
las poblaciones coloniales, en el momento justo antes de la independencia, a
participar en un acto genuino de libre elección. En la mayor parte de los casos,
ese acto determinaba qué partido y qué gobierno asumirían las riendas del poder.
En otros casos, las cuestiones eran más complejas: ¿Debía la nueva nación
acceder a su era de independencia como una sola entidad? ¿Debía la nueva nación,
o parte de ella, unirse a otro Estado? ¿Debía reconstituirse en varias naciones
independientes o federadas? Desde entonces, la mayor parte de los votantes de
esos nuevos Estados no han vuelto a tener ocasión de participar mediante
votación secreta en el proceso de toma de decisiones de sus propios países. Pero
al menos, en lo que concierne a aquella primera elección decisiva, el principio
de la participación popular ha sido generalmente respetado.
Ya en la temprana fecha de 1945, la Asamblea General de la ONU había aprobado
que "si la Asamblea General lo estima oportuno, una Misión debería visitar, de
acuerdo con el [Estado] Miembro Administrador, el Territorio-No-Autónomo antes
de o durante el período en que la población es convocada a decidir sobre su
estatus futuro…".23
En consecuencia, las Naciones Unidas supervisaron plebiscitos o elecciones en
Togolandia Británica en 1956, en Togolandia Francesa en 1958, en la británica
Camerún del Norte en 1959 y 1961, en Camerún del Sur en 1961, en la Ruanda-Urundi
administrada por Bélgica en 1961, en Samoa Occidental en 1962, y en Papúa-Nueva
Guinea en 1972.24 Representantes del Consejo de Administración Fiduciaria de la
ONU (UN Trusteeship Council) también asistieron como observadores al
controvertido plebiscito en las [Islas] Marianas en junio de 1975, en el cual la
mayoría votó por separarse de las Islas del Pacífico en fideicomiso de EE.UU. y
convertirse en Commonwealth en unión política con los Estados Unidos.25
Con la creación, en 1961, del Comité Especial de Vigilancia de Naciones Unidas
sobre la Situación relativa a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión
de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales26, la adhesión a las
normas para la descolonización de Territorios bajo Administración Fiduciaria [Trust
Territories] –en los que las Naciones Unidas tenían un claro interés legal-
empezó a ser reclamada también por las colonias ordinarias. Desde su creación,
el Comité Especial –en palabras del Departamento de Asuntos Políticos y
Descolonización de las NN.UU- "ha enfatizado la deseabilidad de la presencia de
las Naciones Unidas en las fases finales del proceso de autodeterminación en los
territorios-no-autónomos, particularmente en aquellas situaciones en que se pide
a la población que decida sobre una formula constitucional muy cercana a la
independencia o allí donde se ha manifestado preocupación con respecto al pleno
cumplimiento de los procesos democráticos durante la consulta electoral".27 Así,
en abril de 1965 el Comité Especial de Naciones Unidas organizó la supervisión
de las elecciones para una legislatura que redactaría la nueva constitución de
las Islas Cook, y que condujo a la ‘libre asociación’ con Nueva Zelanda.28 En
1967, la Asamblea General recomendó la celebración de elecciones generales
previas a la independencia en Guinea Ecuatorial con la participación de la ONU,
y en 1968 España cumplió esa petición.29 La ONU también ha participado en
votaciones de autodeterminación en el Territorio neozelandés de Niue en 197430
y, en ese mismo año, actuó de observador en el referéndum de las Islas Ellice,
mediante el cual los votantes decidieron convertirse en una colonia separada con
el nombre de Tuvalu.31
No todas las iniciativas han provenido de la Asamblea General. En 1963, los
gobiernos de la Federación Malaya, Indonesia y Filipinas pidieron al Secretario
General [de la ONU] que enviase una Misión a los territorios británicos de
Sarawak y Borneo del Norte para determinar si esas poblaciones deseaban
integrarse con Malaya en una nueva Federación de Malasia. La Misión, compuesta
por diplomáticos de alto nivel nombrados por el Secretario General, informó de
que los votos a favor de la Federación en las circunscripciones de Borneo del
Norte y Sarawak representaban la voluntad libremente expresada de la población
de esos territorios.32
Por supuesto, hay excepciones a la regla. En un caso, las Naciones Unidas
adoptaron la posición de que en una determinada colonia no debía celebrarse una
votación o plebiscito de autodeterminación libres. De hecho, la Asamblea General
se opuso a la celebración de un referéndum en Gibraltar, en 196733, que
pretendía pedir a los votantes que eligieran entre la unión con España o la
continuación de los vínculos con Gran Bretaña. La ONU se negó a aprobar el envío
de un observador de la Organización a ese plebiscito. De hecho, el Comité
Especial deploró que aquél se hubiera celebrado, insistiendo, en cambio, en que
el futuro de Gibraltar debiera resolverse mediante negociaciones entre España y
Gran Bretaña34.
En el caso de la descolonización de West Irian, la ONU, en una votación
controvertida y profundamente dividida35 que dejaba presagiar los debates sobre
el Sáhara, votó aceptar como válido el "acto de libre elección" organizado por
Indonesia, que implicaba no una votación secreta sino solamente "consultas
colectivas" celebradas al tiempo que la Administración indonesia "ejercía en
todo momento un férreo control político sobre la población".36 El delegado de
Sierra Leona en la Asamblea General de la ONU manifestó su temor, de su propia
delegación y de otras delegaciones, de que los mismos argumentos que estaban
siendo utilizados por Indonesia en contra de aplicar a West Irian estándares
internacionales de elecciones libres, abrirían la puerta para que otros países,
como Sudáfrica, Portugal y Rodesia del Sur denegaran la autodeterminación a sus
mayorías africanas negras, promoviendo, en cambio, unas "consultas" amañadas.37
Ha habido otros pocos ejemplos, desde la creación del Comité Especial de
Naciones Unidas en 1961, en los que una potencia colonial ha rechazado una
petición de la ONU para supervisar unas elecciones o un referéndum de
autodeterminación38, así como también unos pocos casos (como el de las colonias
de Portugal) en los que la descolonización se produjo esencialmente como
resultado de una guerra nacional de liberación, en lugar de mediante una
evolución política. Pero también ha prevalecido en la inmensa mayoría de los
casos un modelo claro de descolonización pacífica mediante elecciones libres o
plebiscitos, frecuentemente bajo la supervisión de la ONU, en los cuales la
población local ha tenido la oportunidad de elegir su propio porvenir como
nación. Es este modelo el que ha sido quebrantado de manera espectacular en el
caso del Sáhara Español.
El infructuoso esfuerzo de Naciones Unidas para garantizar el derecho de los
saharauis a la autodeterminación
El fracaso de las Naciones Unidas en garantizar unas elecciones o un plebiscito
de autodeterminación en el Sáhara antes de su descolonización definitiva es una
ruptura no sólo con un sólido y saludable modelo general de normas para las
colonias en general, sino también en la política sistemáticamente defendida
específicamente para el Sáhara en los debates y resoluciones de Naciones Unidas
durante más de una década. Durante los dos últimos años [en cambio], el
tratamiento de la cuestión del Sáhara en la NN.UU ha revelado la deriva
extremadamente política de esa Organización y su ínfima consideración de los
principios que la informan.
La cuestión del Sáhara Español ha sido exhaustivamente debatida en el Comité
Especial de la Asamblea General desde septiembre de 1963, y en las sesiones
plenarias de la Asamblea General desde diciembre de ese mismo año. La primera de
toda una serie de resoluciones requiriendo a España a que materializara el
derecho a la autodeterminación del Sáhara fue aprobada por dicho Comité el 16 de
octubre de 196439; la Asamblea General siguió su ejemplo un año después40. La
posición de Madrid durante este período era que sus territorios africanos, en
tanto que provincias de la España metropolitana, no estaban sujetos a la
autodeterminación41.
Ya desde el principio mismo, los delegados de Marruecos eran ambiguos sobre si
apoyar o no la autodeterminación. Por una parte, afirmaban que su país en última
instancia recuperaría los territorios marroquíes que estaban bajo dominio
colonial y que habían sido separados del país mediante una política arbitraria y
anexionista (sic) llevada a cabo, a sus expensas, por las potencias, que los
habían puesto bajo la jurisdicción de sus respectivos protectorados42. Sin
embargo, admitiendo que la opinión pública española y mundial no tolerarían
entonces una "reunificación" a la fuerza, el régimen de Rabat, en una reunión
del Comité Especial de la ONU celebrada en Addis Abeba, en agosto de 1966, tomó
de hecho la iniciativa al proponer que al Sáhara y a las otras colonias
españolas "debería concedérseles la independencia tan pronto como fuera posible"
43 (énfasis del autor). Esa independencia, añadían, tiene que ser genuina,
"permitiendo a los habitantes de esos Territorios ejercer por sí mismos todas
las responsabilidades del poder, sin presencia colonial alguna" y eligiendo "la
vía más adecuada para sus intereses… dentro del marco de la unidad africana"44,
con lo que Rabat esperaba que libremente decidieran unirse a Marruecos.
Una posición similar fue adoptada en esa misma reunión de 1966 por el gobierno
de Mauritania, cuyo representante también insistió en los derechos históricos de
su país respecto al Sáhara Occidental, al tiempo que señalaba que el Presidente
de Marruecos [sic; N. del T.: Evidentemente, se trata de un error] había
caracterizado las reivindicaciones de Marruecos de "tan ridículas como las que
Inglaterra pudiera hacer ahora contra Francia bajo el pretexto de que, en los
tiempos de Juana de Arco, París y una gran parte de Francia habían estado
ocupadas por los ingleses" 45. No obstante, también Mauritania afirmó que el
Sáhara Occidental, aún cuando históricamente había sido parte de sus dominios,
"debiera ser completamente independiente", lo que significaba independiente "de
España, pero también, por supuesto, de Marruecos".46
La vigésimo primera sesión de la Asamblea General, [celebrada] en 1966, reafirmó
el derecho del pueblo del Sáhara Español a la autodeterminación, pero fue aún
más lejos al describir cómo debería llevarse a cabo aquélla. [La Asamblea
General] invitaba a España
"… a determinar en el plazo más breve posible, en conformidad con las
aspiraciones de la población autóctona del Sáhara Español, y en consulta con los
gobiernos de Mauritania y Marruecos y cualquier otra parte interesada, el
procedimiento para la celebración de un referéndum bajo los auspicios de
Naciones Unidas con vistas a hacer posible que la población autóctona del
Territorio ejerza libremente su derecho a la autodeterminación, y, para este
fin:
(a) Crear un clima favorable para que el referéndum se lleve a cabo sobre una
base completamente libre, democrática e imparcial, permitiendo, inter allia, el
retorno de los exilados al Territorio;…
(d) Proporcionar todas las facilidades necesarias a una Misión de las Naciones
Unidas, de manera que ésta pueda participar activamente en la organización y
celebración del referéndum…" 47
La Asamblea también pidió al Secretario General que nombrara y enviara al Sáhara
una Misión especial "con la finalidad de recomendar medidas prácticas para el
cumplimiento íntegro de las resoluciones relevantes de la Asamblea General, y en
particular para determinar el grado de participación de Naciones Unidas en la
preparación y supervisión del referéndum…" 48
El 11 de mayo de 1967, el Gobierno de Madrid promulgó un decreto estableciendo
una Asamblea General del Sáhara Español –o Yemáa-, una parte de cuyos miembros
serían elegidos.49 La Vigésimo Segunda Sesión de la Asamblea General no quedó
muy convencida, viendo en ello un claro esfuerzo por parte de España en crear un
Gobierno local pilotado por los miembros mayores de las tribus del establishment
y otros elementos conservadores que debían su posición a España y al status quo,
y volvió a reiterar la resolución del año anterior.50 De hecho, las seis
resoluciones aprobadas por la Asamblea General entre 1967 y 1973 repiten las
recomendaciones de la resolución de 1966 y, en particular, aquellos párrafos
relativos a la organización de un referéndum y al envío de una Misión especial
de Naciones Unidas para supervisar la autodeterminación en el territorio.51
A pesar de esa poco frecuente y reiterada exhibición de unanimidad pública de
todos los Estados clave, las claras y normativas prescripciones de las
resoluciones no fueron cumplidas. En lugar de ello, lo que se produjo durante
los siguientes seis años decisivos fue una aceleración de los esfuerzos de todas
las partes para amañar su solución preferida tras una fachada de apoyo a la
autodeterminación. España siguió argumentando que, debido a la naturaleza nómada
de la población y las características físicas del territorio, no podían
acelerarse los preparativos para la autodeterminación.52 Marruecos y Mauritania
interpretaron esto como una forma de ganar tiempo para atrincherar a los
conservadores pro-españoles instalados en la Yemáa y asegurar su victoria en un
eventual plebiscito. Al mismo tiempo, ambos países utilizaron el derecho a ser
consultados por España sobre la evolución política del Sáhara (un derecho
ampliado por las resoluciones de la Asamblea General) como una forma de impedir,
en lugar de acelerar, la evolución hacia el autogobierno. En público, España,
Marruecos y Mauritania compartían su adhesión a la autodeterminación. Pero en
privado, los tres compartían una profunda desconfianza respecto a un proceso
decisorio popular genuinamente libre.
También durante este período, Argelia empezó a emerger más visiblemente como
protagonista. Si bien continuaba negando que tuviera reivindicación territorial
alguna, pidió ser consultada en cualquier arreglo, insistiendo en que "sus
intereses, basados en consideraciones geopolíticas obvias y en la necesidad de
unidad regional…, no debían ser pasados por alto en la búsqueda de una solución
al problema".53
Sin duda, un factor primordial en este endurecimiento de las posiciones fue la
creciente evidencia de que el Sáhara Español, lejos de ser un erial sin utilidad
alguna, contenía grandes riquezas minerales. Los abundantes yacimientos de
fosfatos de Bu-Craa, directamente extraíbles, están situados a tan sólo 97 km.
de la costa. Cuando estén plenamente operativas, esas minas producirán hasta
unos 10 millones de toneladas de fosfato para la exportación.54 Se han
descubierto minas de hierro en varias zonas y hay expectativas de encontrar
petróleo en la importante plataforma continental del Sáhara Occidental.55 En
opinión de las autoridades españolas, la industria de los fosfatos podría
proporcionar a la actual población del territorio una renta por habitante "igual
a la de algunos países desarrollados de Europa".56 Las autoridades marroquíes,
por su parte, manifiestan que consideran una injusticia el restringir unos
recursos tan enormes a una población pequeña y, en privado, dicen que "un Kuwait
en el mundo árabe ya es suficiente".
El 21 de septiembre de 1973, en respuesta a una petición de la Yemáa, el general
Franco, en nombre del Consejo de Ministros de España, transfirió efectivamente a
esa Asamblea un cierto grado de potestad legislativa interna, pero reteniendo
[las competencias de] Asuntos Exteriores, Defensa y algunas otras potestades de
veto e iniciativa. Franco también prometió que el Territorio podría votar sobre
su futuro "cuando la población libremente así lo pida…"57 La resolución de
Naciones Unidas aprobada poco después reafirmaba nuevamente el principio de
autodeterminación y, en los términos para entonces corrientes, pedía la "libre y
auténtica expresión" de la voluntad de los saharauis.58 Estos criterios fueron
respaldados firmemente por el Tercer Mundo en las reuniones de los Estados
Africanos y de los Países No Alineados.59
En julio de 1974, España, después de haber informado a Marruecos, Mauritania y
Argelia, reveló un nuevo ordenamiento jurídico para el Sáhara que aumentaba
sustancialmente las competencias de la Yemáa.60 Seis semanas después, Madrid
anunció que, por fin, celebraría un referéndum bajo los auspicios de Naciones
Unidas durante el primer semestre de 1975.61
Estos acontecimientos seminales habían estado precedidos por una serie de
reuniones en las que España, infructuosamente, había intentado conseguir la
cooperación de Marruecos y Mauritania en la realización de un plebiscito. El
ministro español de Asuntos Exteriores se reunió con su homólogo marroquí en
Rabat en marzo, y en Madrid en abril. Este último señaló en privado que su país
permitiría un plebiscito sólo si a los saharauis se les limitaba a elegir entre
la unión con Marruecos o permanecer como colonia española, excluyendo así la
opción de la independencia. El ministro español [de Exteriores] también se
reunió con su homólogo mauritano en Nouakchott, en abril, sin conseguir ningún
compromiso de cooperación. Por otra parte, cuando los ministros de Asuntos
Exteriores de Argelia, Marruecos y Mauritania se reunieron en Nouakchott el 10
de mayo y, nuevamente, en Agadir el 24 de julio, de nuevo públicamente
"reafirmaron su adhesión al principio de autodeterminación para el Sáhara
Español" y emitieron un comunicado conjunto declarando que "la autodeterminación
habría de llevarse a cabo sin interferencia extranjera y de conformidad con las
resoluciones relevantes de Naciones Unidas.62
Éste, sin embargo, fue el último homenaje de Marruecos a la norma de la
autodeterminación. Con España comprometida ahora a un referéndum supervisado por
NN.UU, la hasta ahora oposición en privado de Marruecos a una votación libre
empezó a emerger como política pública. El 8 de Julio, el rey Hassan II, en su
discurso del Día de la Juventud, reafirmó la reivindicación histórica de
Marruecos sobre el Sáhara y amenazó con una movilización general en caso
necesario "para recuperar los territorios usurpados".63 Hasta ese momento, no
obstante todas las resoluciones de NN.UU y las decisiones de las conferencias de
los Países No Alineados y de los Países del Magreb, Rabat estaba convencida de
que España en su momento se avendría a negociar una unión entre Marruecos y el
Sáhara Occidental. Pero cuando, en lugar de eso, España inesperadamente accedió
a los requerimientos de la Asamblea General para llevar a cabo un plebiscito de
autodeterminación, Marruecos tuvo que improvisar de repente toda una nueva
estrategia. Tomó la decisión de que la cuestión fuera sometida al Tribunal
Internacional de Justicia, con lo cual por lo menos se aseguraba el aplazamiento
del referéndum durante el tiempo en que la Corte estuviera deliberando. También
se decidió que la consulta al Tribunal se limitaría al examen de la validez de
la reivindicación marroquí del título histórico, de tal manera que se hiciera de
ese asunto una cuestión dispositiva. "Usted, el Gobierno español, afirma que el
Sáhara era ‘res nullius’", declaró el Rey Hassan. "Ustedes afirman que se trata
de un territorio o de una propiedad sin heredero, usted afirma que en el Sáhara
no había establecido poder ni administración algunos; Marruecos alega lo
contrario. En consecuencia, vamos a solicitar el arbitraje del Tribunal
Internacional…"64
Inicialmente, Mauritania no se unió a la petición de someter el caso al TIJ,
reiterando, en cambio, "su sincera intención de respetar fielmente la voluntad
libremente expresada de las poblaciones concernidas…"65 Sin embargo, en una
reunión al más alto nivel celebrada en Rabat, en el mes de octubre, el rey
Hassan y el presidente Ould Daddah de Mauritania acordaron la estrategia de
acudir al Tribunal y, al parecer, repartirse el Sáhara con independencia del
resultado de las deliberaciones del TIJ.66
Argelia respaldó a regañadientes la iniciativa marroco-mauritana, habiendo sido
persuadida de hacerlo así en nombre de la solidaridad del Tercer Mundo. Después
de todo –se argumentaba-, el retraso no implicaría más de un año y en absoluto
iba en contra del derecho de la población a adoptar la decisión definitiva67. El
error de cálculo de Argelia es comprensible: En los debates en NN.UU, un país
tras otro, al tiempo que estaban de acuerdo en remitir el asunto al Tribunal,
especificaban que esto no debía interpretarse como una dejación del principio de
autodeterminación.68 España, sin embargo, recelaba más de los motivos
marroquíes. En un esfuerzo por contemporizar, Madrid ofreció apoyar la solicitud
de un dictamen (advisory opinion), pero sólo si estaba formulada de tal manera
que se pidiera al Tribunal examinar no solamente [la cuestión de] el derecho
histórico (historic legal title), sino también, "considerar los efectos legales
de las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas y las resoluciones de la
Asamblea General sobre la Potencia Administradora, los países colindantes con el
Territorio y, sobre todo, la población indígena".69 Marruecos, sin embargo,
rechazó la reformulación propuesta.70
La votación en el Cuarto Comité de la Asamblea General tuvo lugar el 11 de
diciembre, y la resolución que solicita y elabora las cuestiones de cara a un
dictamen consultivo del Tribunal fue aprobada por 81 a 0, con 43 abstenciones.71
España, que se abstuvo, señaló que las "cuestiones formuladas… eran, desde un
punto de vista legal, ambiguas, incompletas e irrelevantes, puesto que no
tomaban en consideración la evolución del Derecho Internacional contemporáneo en
relación con los Territorios-No-Autónomos, tal como está consagrado en la Carta
de la ONU y en las declaraciones y resoluciones de la Asamblea General sobre
descolonización".72 El representante de Kenya, Sr. Francis Njenja, condenó el
retraso en la celebración del plebiscito, y añadió: "El Tribunal debería ser el
propio pueblo del Sáhara Español… De hecho, se está pidiendo a Naciones Unidas
que trate a esa gente como muebles, en lugar de como personas."73 Guatemala, por
su parte, admitió con franqueza que había apoyado la resolución como una forma
de frenar el plebiscito, para crear así un precedente para impedir a Honduras
Británica (Belize) pedir la autodeterminación.74
El Informe de la Misión Visitadora de la ONU
El 13 de diciembre, la Asamblea General aprobó la acción del Cuarto Comité al
aprobar la Resolución 3292 (XXIX)75. Esta resolución contenía tres importantes
mandatos: (1) el aplazamiento del referéndum, (2) el envío de una Misión
Visitadora al Sáhara, y (3) la petición al TIJ de un dictamen consultivo. Si
bien España se había resistido a (1) y (3), acogió favorablemente (2). Sobre la
base de consultas con sus Miembros, el Presidente del Comité Especial nombró a
los representantes de Cuba, Irán y Costa de Marfil para constituir la Misión,
bajo la dirección de Siméon Ake, Representante Permanente de Costa de Marfil
ante la ONU.76 Se encomendó a la Misión la responsabilidad de "obtener
información de primera mano sobre la situación prevaleciente en el Territorio,
incluyendo información sobre las condiciones políticas, económicas, sociales,
culturales y educativas, así como también sobre los deseos y aspiraciones de la
población"77 (énfasis del autor). Para cumplir su mandato, tendría que estudiar
las medidas que España proponía adoptar para garantizar la descolonización del
Territorio, y llevar a cabo "contactos directos con el mayor número posible de
habitantes autóctonos del Territorio, incluyendo aquellos que actualmente
estuviesen viviendo fuera del mismo", con el fin de "verificar los deseos y
aspiraciones de la población autóctona…"78.
El viaje de la Misión duró desde el 8 de mayo hasta el 9 de junio, empezando en
Madrid y terminando en Mauritania. Entre medias, viajó ampliamente por el
interior del Sáhara, así como también a Marruecos y Argelia. Mantuvo
conversaciones con los dirigentes de los gobiernos y con miembros de los
partidos políticos que habían empezado a formarse en el Sáhara y entre los
refugiados y exilados en los países vecinos. Todo indica que se hizo un esfuerzo
concienzudo de investigación rigurosa de los hechos, y la Misión informó de la
ausencia de cualquier medida, en los países visitados, para interferir en la
libertad de movimientos de la Misión.79
Lo que se desprende de esa amplia investigación de un mes de duración no es nada
ambiguo. La página inicial del informe unánime de la Misión sobre la situación
política señala de manera inequívoca que:
Gracias a la amplia cooperación recibida de las autoridades españolas, la Misión
pudo, a pesar de la brevedad de su estancia en el Territorio, visitar
prácticamente todas las poblaciones principales y averiguar las opiniones de la
abrumadora mayoría de sus habitantes. En cada uno de los lugares visitados, la
Misión fue recibida con manifestaciones políticas masivas y celebró numerosas
reuniones privadas con representantes de todos los sectores de la comunidad
saharaui. Del conjunto de todas ellas, se hizo evidente para la Misión que había
un consenso aplastante entre los saharauis del Territorio a favor de la
independencia y en contra de la integración en cualquiera de los países vecinos
80 (énfasis del autor).
Se constató que la independencia era el objetivo del conservador PUNS (Partido
de la Unión Nacional Saharaui), el único movimiento [político] legalmente
reconocido en el Territorio y con el que la mayor parte de los miembros de la
Yemáa dijeron estar identificados.81 La independencia también era el objetivo
del POLISARIO, que se oponía al PUNS y lo consideraba un instrumento de los
españoles.82 El POLISARIO demostró que podía organizar manifestaciones masivas
dondequiera que fuera el equipo [de la ONU], y durante la estancia de la Misión
consiguió la deserción de dos patrullas de las Tropas Nómadas y la captura de
sus oficiales españoles.83 También paralizó la cinta transportadora que une las
minas de fosfatos con la costa. Como mínimo, esas actividades disiparon
cualquier tipo de duda, en la mente del equipo de la ONU, de que el mayor de los
movimientos independentistas no era precisamente el vehículo de las autoridades
españolas. Lejos de estar orquestada, la acogida dispensada [por la población] a
la Misión "sorprendió a las autoridades españolas, que, hasta entonces, sólo
habían sido parcialmente conscientes del profundo despertar político de la
población".84
Ningún otro movimiento político fue considerado ser, ni remotamente, una
expresión tan importante de la opinión de los saharauis como el POLISARIO.85 Así
que "la Misión pudo llegar a la conclusión, después de visitar el Territorio, de
que la mayoría de la población en el Sahara Español estaba claramente a favor de
la independencia".86 Esa impresión estaba basada "en las manifestaciones
públicas de que [la Misión] fue testigo y en el extremadamente amplio número de
entrevistas con grupos e individuos que representaban los diferentes matices de
opinión. Todas esas entrevistas se hicieron en privado, en ausencia de cualquier
representante de las autoridades españolas. También se mantuvieron
conversaciones, de forma aleatoria, con personas de entre el público en
general".87 En El Aaiún, por sí solo, varios miles de personas acudieron a
manifestarse a favor del POLISARIO.88 La Misión está convencida de que, dentro
del Territorio,"la población, o al menos casi todas las personas encontradas por
la Misión, estaba categóricamente a favor de la independencia y en contra de las
reivindicaciones territoriales de Marruecos y Mauritania", aunque fuera del
Territorio, entre los pequeños y fragmentados movimientos de refugiados, las
opiniones eran más variadas, reflejando las respectivas políticas de sus
anfitriones marroquíes, mauritanos o argelinos.89
La Misión concluía con la recomendación de que ""la Asamblea General debería
tomar medidas para permitir a esos grupos de población decidir su futuro en
completa libertad y en un ambiente de paz y seguridad..."90 Con ese fin, la
Asamblea General debería autorizar al Secretario General a nombrar una nueva
Misión Visitadora para definir las condiciones en que habría de celebrarse la
consulta, "que se realizaría bajo los auspicios de las Naciones Unidas."91
La unanimidad de la Misión Visitadora instando a la convocatoria de un
plebiscito de Naciones Unidas sobre la cuestión de la independencia es tanto más
notable por cuanto que el miembro [de la Misión] de Irán y el presidente [de la
Misión] de Costa de Marfil estaban ambos sometidos a una considerable presión de
sus respectivos gobiernos, para que informasen de unos resultados más favorables
a la causa marroquí. Sin embargo, quedaron tan convencidos de las pruebas, que
tuvieron que resignarse a complacer a sus respectivos gobiernos con poco más que
rebajando el tono, en el proyecto de informe, de algunas de las referencias más
críticas con las aspiraciones de Marruecos.
El Dictamen consultivo del Tribunal Internacional
Unos días después de la publicación del Informe de la Misión Visitadora, el
Tribunal Internacional emitió su Dictamen.92 España había argumentado que las
cuestiones planteadas en la petición de dictamen, por parte de la Asamblea
general, no deberían ser contestadas en absoluto, ya que, al centrarse
exclusivamente en la cuestión de res nullius y título histórico, las respuestas
serían "carentes de objeto…irrelevantes".93 En opinión de Argelia, "no pueden
tener ningún efecto práctico"94 porque no afrontan "el principio fundamental que
rige la descolonización", la autodeterminación.95 El Tribunal atendió esas
objeciones afirmando que, en efecto, cualesquiera que fueran las preguntas que
le habían sido formuladas, sus respuestas, para ser completas, indudablemente
tendrían que tener en cuenta "los principios aplicables de la descolonización",
porque "son una parte esencial del contexto de las preguntas contenidas en la
solicitud. No cabe pensar que la referencia en esas preguntas a un período
histórico encadenen u obstaculicen al Tribunal en el desempeño de sus funciones
judiciales."96
Al negarse a ceñirse estrictamente a las preguntas formuladas, el Tribunal pudo
replantear la cuestión esencialmente en la forma anteriormente propuesta por
España, esto es, ¿Qué importancia tiene, en el acto final de la descolonización,
el título histórico, en comparación con el derecho a la libre determinación?
Planteándose a sí mismo esta pregunta diseñada por el propio Tribunal, éste
determinó que, al menos durante los últimos cincuenta años, la libre
determinación ha sido la norma; que la independencia, la libre asociación con
otro Estado, o la integración en otro Estado, si bien todas ellas formas
legítimas de descolonización, deben producirse sólo como "resultado de los
deseos libremente expresados de los pueblos del territorio actuando con pleno
conocimiento del cambio en su situación [status], expresándose sus deseos
mediante un proceso informado y democrático, llevado a cabo con imparcialidad y
basado en el sufragio universal."97
El Tribunal citaba con aprobación las diversas resoluciones de la Asamblea
General que establecen esos prerrequisitos de una consulta popular, así como
otras que aplican esas normas específicamente para el propio Sáhara.98 "Todas
esas resoluciones desde 1966 a 1973", observó el Tribunal, "fueron adoptadas
ante los recordatorios, por parte de Marruecos y Mauritania, de sus respectivas
reivindicaciones de que el Sáhara Occidental constituía parte integrante de sus
territorios."99 El Tribunal concluía [señalando] que las normas aplicables a la
descolonización exigen respeto a "el derecho de la población del Sáhara
Occidental a determinar su estatus político futuro mediante la expresión
libremente ejercida de su propia voluntad. Este derecho no se ve afectado por la
presente solicitud de dictamen…".100 [Así pues,] el Dictamen del Tribunal sobre
el título histórico en modo alguno podía considerarse como una excepción del
derecho del pueblo a decidir su destino contemporáneo.101 Mediante una lectura
más bien generosa de la solicitud de dictamen, el Tribunal pudo llegar a la
conclusión de que no se pretendía tal excepción, [sino] que el interés por la
cuestión del título histórico era probablemente sólo para hacer posible que la
Asamblea General decidiera "la celebración de consultas entre los Estados
interesados, y los procedimientos y garantías necesarias para asegurar una libre
y genuina expresión de la voluntad del pueblo".102
Con lo cual, el Tribunal pasó a considerar la cuestión del título histórico.
Después de un minucioso examen de las pruebas de las prácticas [usos,
costumbres] en los terrenos político, militar, religioso y fiscal en la región
antes de la llegada de España, los jueces concluyeron que "la información
presentada al Tribunal no apoya la reclamación de Marruecos de haber ejercido
soberanía territorial sobre el Sáhara Occidental."103 Si bien "la información
aportada indica la manifestación de alguna autoridad por el Sultán [marroquí]
sobre alguna, pero solamente alguna, de las tribus nómadas de la región, las
pruebas no establecen ningún vínculo de soberanía territorial entre el Sáhara
Occidental y ese Estado. No evidencian que Marruecos ejerciese actividad estatal
efectiva y exclusiva en el Sáhara Occidental."104 Las "inferencias que pueden
extraerse de la información proporcionada al Tribunal relativa a actos internos
de la soberanía marroquí y de la que se refiere a actos internacionales están de
acuerdo, por tanto, en no proporcionar indicios de la existencia, en el período
pertinente, de cualquier vínculo jurídico de soberanía territorial entre el
Sáhara Occidental y el Estado marroquí."105
En el caso de la reclamación de Mauritania, la respuesta del Tribunal fue
esencialmente la misma. Si bien hay indicios de "la existencia de derechos,
incluidos algunos derechos relativos a la tierra, que constituyeron vínculos
jurídicos entre la Entidad Mauritana, como lo entiende el Tribunal, y el
territorio del Sáhara Occidental…, la conclusión del Tribunal es que los
documentos y la información que le han sido presentados no establecen ningún
vínculo de soberanía territorial entre el territorio del Sáhara Occidental y… la
Entidad Mauritana."106
La decisión relativa a la reclamación de Marruecos fue aprobada por 14 votos
contra 2; y la relativa a Mauritania, por 15 contra 1.107 Uno de los votos
disidentes con respecto a Marruecos y Mauritania fue emitido por un juez ad hoc,
M. Boni, nombrado por Marruecos conforme a las normas del Tribunal. El segundo
voto disidente en el caso de la reivindicación marroquí fue el del juez Ruda,
quien, lejos de apoyar la reclamación sheriffiana, consideró que el Tribunal
debería haber rechazado sin reservas la afirmación de vínculos jurídicos
históricos. "Manifestaciones esporádicas de lealtad y autoridad", manifestó,
"incluso si estuvieran probadas, no son suficientes para declarar la existencia
de vínculos jurídicos, ya sean éstos de carácter territorial o personal."108 El
juez Ammoun, de Líbano, Vicepresidente del Tribunal, votó con la mayoría, pero
en una opinión separada podía apreciarse su inclinación a favor de Marruecos y
Mauritania. En conjunto, sin embargo, los resultados fueron un rechazo nítido y
esencialmente unánime tanto de la reivindicación histórica de Marruecos como de
la de Mauritania. Y lo que es más importante aún, el Tribunal rechazó
enfáticamente la afirmación de que la "retrocesión automática"109 puede tener
prioridad sobre el derecho de los habitantes a la autodeterminación.
El uso de la fuerza para impedir la autodeterminación
La Misión Visitadora había encontrado pruebas sólidas de la preferencia por la
independencia en el pueblo del Sáhara y recomendó la celebración de un
plebiscito bajo los auspicios de Naciones Unidas. El TIJ había dictaminado que
Marruecos y Mauritania no tienen ninguna reclamación válida sobre el Sáhara
basada en derechos históricos; pero que, incluso en el supuesto de que lo
tuvieren, el Derecho Internacional contemporáneo otorga prioridad al derecho de
los saharauis a la autodeterminación. Cuando estos resultados estuvieron claros,
el Gobierno de Marruecos llegó a la sorprendente conclusión, digna de la
perversa Reina Roja de la obra de Lewis Carroll Alicia a través del espejo (Through
the Looking Glass), de que "el Dictamen del Tribunal sólo puede significar una
cosa: el así llamado Sáhara Occidental fue parte del territorio marroquí sobre
el cual la soberanía era ejercida por los reyes de Marruecos y que la población
de este territorio se consideraba a sí misma, y era considerada, marroquí… Hoy,
las demandas de Marruecos han sido reconocidos por el órgano de asesoramiento
jurídico de las Naciones Unidas."110
Al día siguiente de que el TIJ hiciera público su dictamen, el Gobierno marroquí
anunció que habría una marcha masiva de 350.000 "civiles desarmados" desde
Marruecos al interior del Sáhara "para obtener el reconocimiento del derecho [de
Marruecos] a la unidad nacional y la integridad territorial."111 El
representante de España ante Naciones Unidas respondió que esto "amenaza la paz
y la seguridad internacional", e invocó el artículo 35 de la Carta de la ONU
para llevar la situación a la atención del Consejo de Seguridad.112 Dos días más
tarde, Costa Rica presentó al Consejo de Seguridad un conciso proyecto de
resolución exigiendo "que el Gobierno de Marruecos desista inmediatamente de la
proyectada marcha sobre el Sáhara Occidental."113
Los miembros del Consejo de Seguridad no estaban dispuestos a dar el paso
incondicional propuesto por Costa Rica. En lugar de ello, propusieron pedir al
Secretario General "emprender consultas inmediatas con las partes concernidas e
interesadas" –palabras en código para España, Marruecos y Mauritania (países
"concernidos") y Argelia (país "interesado")- e "informar al Consejo de
Seguridad tan pronto como sea posible sobre los resultados de sus consultas, con
el fin de que el Consejo pueda adoptar las medidas adecuadas para hacer frente a
la situación actual…"114 La resolución evitaba cualquier mención específica al
derecho de autodeterminación, si bien "reafirmaba" la Resolución 1514 (XV) "y
todas las demás resoluciones relevantes de la Asamblea General sobre ese
Territorio."115 Tampoco ordenaba a Marruecos no llevar a cabo su marcha. En
lugar de ello, de forma poco convincente, apelaba "a las partes concernidas e
interesadas a ejercer contención y moderación y a posibilitar que la misión del
Secretario General se emprendiera en condiciones satisfactorias."116 Esto
representó una victoria de algún tipo para Marruecos, en la medida en que [la
resolución] suponía aún más retraso en los preparativos para el referéndum y
sustituía la función de Naciones Unidas en preparar y supervisar el acto de la
autodeterminación, por un papel de negociador.
El secretario general, Sr. [Kurt] Waldheim, actuando conforme al vago mandato
del Consejo de Seguridad, realizó un viaje de tres días, manteniendo
conversaciones con el Rey de Marruecos y los jefes de Gobierno de Mauritania,
Argelia y España, así como también con los ministros relevantes. A esto le
siguió un breve viaje adicional de su representante personal, Mr. André Lewin.
De esas negociaciones salió lo que Waldheim consideró como un consenso de que
"todas las partes… estarían dispuestas a reconocer a Naciones Unidas como
elemento esencial en la búsqueda de una solución aceptable".117 España, en
particular, "estaba dispuesta a cooperar plenamente con las Naciones Unidas, que
podrían ser llamadas a desempeñar un papel apropiado, pudiendo incluir la
administración temporal del Territorio por Naciones Unidas hasta el momento en
que pudieran determinarse los deseos de la población."118
El 1 de noviembre de 1975, el día después de la publicación del Informe del
Secretario General, España volvió a pedir urgentemente la reunión del Consejo de
Seguridad.119 La "Marcha Verde", como vino a conocerse la invasión marroquí,
había sido anunciada por Rabat para el 4 de noviembre, y Madrid había declarado
ahora que defendería el territorio del Sáhara con la fuerza militar, si fuera
necesario.120 La resolución aprobada por el Consejo, sin embargo, fue poco más
dura que la anterior. Simplemente, reiteraba el llamamiento a "todas las partes
concernidas e interesadas a evitar cualquier acción unilateral o de cualquier
otro tipo que pudiera elevar aún más la tensión en la zona…" e invitaba al
Secretario General a "continuar e intensificar sus consultas."121 Varios
miembros del Consejo, en particular Costa Rica y Suecia, mostraron su disgusto
por el hecho de que la necesidad de un consenso hubiera impedido la redacción de
una decisión más concreta dirigida a Marruecos. "Una vez más", dijo el
representante de Costa Rica, Sr. Salazar, "el Consejo de Seguridad… ha eludido
llamar a las cosas por su verdadero nombre" y "el no haberlo hecho así puede dar
a entender que no pudo llegar a un acuerdo sobre la verdadera causa de la
crisis."122 Estados Unidos y Francia, sin embargo, se opusieron con éxito a
todos los intentos de exigir a Marruecos que "cesara y desistiera".
El representante de Argelia dijo concisamente que su país "considera que esta
marcha, si llega a cruzar las fronteras del territorio del Sáhara, constituiría
una violación de la soberanía de ese territorio; un acto contrario al Derecho
Internacional; una iniciativa de tal naturaleza que alteraría el equilibrio de
esta región; y, finalmente, una decisión cuyas incalculables consecuencias
afectarían directamente la paz en esta región y las relaciones futuras de todos
los países limítrofes con el territorio del Sáhara Occidental."123 Denunció que
otros países africanos estaban siendo ganados para la posición marroquí bajo
"condiciones" secretas y advirtió de que la conquista del Sáhara por la fuerza
"constituiría sin duda uno de los más serios precedentes que jamás hayamos
tenido ocasión de ver. Si situamos esa iniciativa en el contexto africano…,
estoy convencido", añadió el Representante [argelino] Sr. Rahal, "de que ni un
solo país africano dejará de ver las consecuencias, tanto en lo inmediato como a
largo plazo, del éxito de tal solución si se aplica a las diversas fronteras y
problemas territoriales que se presentan en el continente africano."124 Y a
continuación, manifestó:
"He sido autorizado por mi Gobierno para manifestar aquí, con toda la solemnidad
que esta declaración merece, que si el Consejo de Seguridad y la comunidad
internacional no están en condiciones de asumir su responsabilidad, Argelia sí
asumirá sus propias responsabilidades…"125
Una vez que la Marcha marroquí hubo cruzado la frontera, el Consejo de Seguridad
volvió a reunirse otra vez, en la noche del 5 de noviembre. En una inusual
sesión a puerta cerrada, Francia y Estados Unidos, de nuevo, impidieron
eficazmente que el Consejo ordenase al Rey [de Marruecos] desconvocar la marcha.
En lugar de ello, el Presidente del Consejo fue meramente autorizado a dirigir
una "petición urgente" al Rey Hassan "para poner fin inmediatamente a la
anunciada marcha al Sáhara Occidental."126 Todos y cada uno de los miembros del
Consejo, sin embargo, fueron conscientes de que este gesto no sería suficiente
para dar marcha atrás, y a la mañana siguiente el Consejo recibió una respuesta
negativa del rey Hassan.127 No obstante, el Consejo, ese mismo día más tarde,
aprobó una ineficaz resolución más que "deploraba" la Marcha y hacía un
llamamiento a Marruecos para que se retirase del Territorio y reanudase las
negociaciones bajo los auspicios del Secretario General.128
La Marcha, por supuesto, continuó. La pacífica agresión procedió de conformidad
con un inmutable guión escrito en otros casos de "Anschluss" [anexión, en
alemán]. Y justo antes de que se iniciara [la Marcha] tuvo lugar el obligatorio
acto de defección: Khatri Ould Joumaini, el presidente electo de la Yemáa, huyó
a Agadir y rindió ritual vasallaje al rey Hassan.129
España vende el Sáhara
Entre el 3 y el 6 de noviembre, el representante del Secretario General, Mr.
André Lewin, volvió a visitar Marruecos, Mauritania, Argelia y España. En esta
ocasión quedó claro que, desde su anterior viaje, se habían producido cambios
importantes en las posiciones de las partes, que convertían en obsoleto el plan
del Secretario General para una administración provisional de Naciones Unidas.
Aunque la Marcha todavía no había empezado, enseguida quedó claro para Lewin que
algo había ocurrido que había endurecido la posición de los marroquíes y
suavizado la de España. Ahora los marroquíes rechazaban de plano cualquier
administración provisional de NN.UU, afirmando que esa idea había sido "superada
por los acontecimientos."130 Lewin también halló que, mientras que España
todavía fingía estar de acuerdo con la propuesta del Secretario General, "el
Presidente del Gobierno español expresó la opinión de que un acuerdo trilateral
también podría proporcionar una fórmula apropiada si Naciones Unidas estuviera
dispuesta a aceptarla."131 Así pues, se había preparado el escenario para el
abandono del principio de autodeterminación, con los dirigentes de Marruecos,
Mauritania y España amañando cómodamente una solución en Madrid para repartir el
botín. Con evidente disgusto, el Secretario General informó de que él
continuaría con sus consultas.132
El 9 de noviembre, el rey Hassan pidió a los participantes de la "marcha Verde"
que volviesen al punto de partida. El 11 de noviembre empezaron en Madrid las
negociaciones tripartitas a nivel de ministros, culminando el 14 de noviembre
con un Comunicado conjunto de Marruecos, Mauritania y España que señalaba que
las negociaciones se habían llevado a cabo con "un espíritu de suma amistad,
comprensión y respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas" y
"han conducido a unos resultados satisfactorios conforme al firme deseo de
comprensión entre las partes y su objetivo de contribuir al mantenimiento de la
paz y la seguridad internacional."133
Esos resultados fueron, efectivamente, "satisfactorios" para aquellos que
participaron. Aunque comprensiblemente los términos [del acuerdo] permanecen en
secreto134, la esencia de los mismos ha sido objeto de amplias conjeturas.
España estuvo de acuerdo con una fórmula de descolonización que permitía dividir
el Sáhara de la manera previamente acordada entre Marruecos y Mauritania.135 El
referéndum sería enterrado en silencio. España, a cambio, seguiría detentando el
35 por ciento de las acciones de Fos-Bucraa, la planta de fosfatos del Sáhara
valorada en 700 millones de dólares.136 Además, hubo concesiones, por parte de
Marruecos, de derechos de pesca en las aguas saharauis y marroquíes, concesiones
de particular importancia para la industria pesquera de las cercanas Islas
Canarias, que están pobladas casi en su totalidad por españoles.
España acordó que establecería inmediatamente un régimen provisional en el
Sáhara con un Gobernador Adjunto marroquí y otro mauritano; que traspasaría su
responsabilidad en la administración del Territorio el 28 de febrero de 1976; y
que la Yemáa, "la cual expresará la opinión de la población saharaui, colaborará
con esa Administración."137
En este último aspecto, sin embargo, los tres padrinos del acuerdo se
equivocaron. En un irónico giro final, la hasta entonces servil Yemáa –ideada
primero para ser esencialmente un dócil amigo apolítico de España y reivindicada
después por Marruecos como si se hubiera "pasado" a su bando- se negó a seguir
jugando papel alguno en el proceso. Ella misma se autodisolvió con el fin de
evitar tener que ratificar un rumbo de acontecimientos en los que no había sido
consultada.138 Para las potencias anexionistas, este gesto importaba poco.
¿Cómo logró Marruecos esta victoria incruenta? Una de las claves parece haber
sido la enfermedad terminal, primero, y la muerte, después, del general Franco,
que fue el contrapunto en aquellos acontecimientos. Al tiempo que la incapacidad
del Caudillo paralizaba a gran parte del Gobierno español, la iniciativa pasó a
un pequeño grupo de conservadores en Madrid respaldado por el Ejército y
encabezado por el Presidente del Gobierno, Sr. Carlos Arias Navarro. Esos "ultras",
algunos de los cuales se habían convertido a regañadientes a la independencia
del Sáhara sólo en el supuesto de que ello ocurriera bajo los auspicios de la
pro-española Yemáa y el pro-español PUNS, ahora estaban a favor de una solución
marroquí y en contra de un Sáhara independiente dominado por el POLISARIO. Hacia
finales de octubre, el Sr. José Solís Ruiz, ministro y secretario general del
Movimiento falangista, fue autorizado a entablar negociaciones con los ministros
de Asuntos Exteriores marroquí y mauritano. Al tener conocimiento de ello,
Argelia envió su propia representación a Madrid con la intención de participar
en las negociaciones y conseguir el apoyo de los "no-ultras", en particular del
príncipe Juan Carlos, que en esos mismos momentos asumía los poderes del
agonizante Franco, y del ministro de Asuntos Exteriores, Sr. Cortina Mauri. En
esos esfuerzos, Argelia tenía cierta capacidad de maniobra, al ser España
fuertemente dependiente de aquélla para el abastecimiento de gas natural.
Por un momento, este punto final pareció tener éxito. Las negociaciones
tripartitas fueron aplazadas por el Príncipe, que, habiendo devenido Jefe del
Estado en funciones voló a El Aaiún y, el 2 de noviembre, se comprometió a
dirigir el Ejército español para defender el Territorio. Aún así, sin embargo,
el primer ministro marroquí, Ahmed Osman, llegó a Madrid y, tras una reunión con
Juan Carlos, se reanudaron las negociaciones con los "ultras" españoles
encabezados por Arias [Navarro]. A Juan Carlos, o no le hicieron caso o
consiguieron que desistiese de su idea. Después de dos días de negociaciones,
Osmán retornó a Marruecos con un proyecto de propuesta. Parece que se acordó que
la Marcha Verde marroquí continuaría como estaba prevista, pero que sólo habría
una ocupación simbólica, ya que la Marcha se detendría poco antes de llegar a
[donde estaba] la Legión española, lo que permitiría a ambos gobiernos guardar
las apariencias. Pero detrás de lo que el representante de Argelia ante Naciones
Unidas había denominado "esta farsa",139 se permitió que el Ejército regular de
Marruecos penetrase en el Sáhara para empezar la tarea de liquidar a las tropas
del POLISARIO.140
El 8 de noviembre, el Ministro español adjunto al Primer Ministro, Antonio Carro
Martínez, visitó Marruecos y al día siguiente el rey Hassan anunció el fin de la
Marcha Verde. Simultáneamente, el Primer Ministro y el Ministro de Asuntos
Exteriores de Marruecos volaron a Madrid acompañados por el Director General de
la industria marroquí de fosfatos. El acuerdo hispano-marroquí estaba casi
formalizado. En el Consejo de Ministros, el ministro de Asuntos Exteriores, Sr.
Cortina, quedó aislado en su oposición [al acuerdo]. Unos días después de la
firma del Acuerdo Tripartito el 14 de noviembre, las tropas de Mauritania
iniciaron el bombardeo de la ciudad de La Güera, al sur del Sáhara, que el
POLISARIO había ocupado. A ello siguió una larga y sangrienta batalla, que fue
ganada gracias a la ayuda marroquí y tras ocasionar un gran número de bajas.
EPÍLOGO
Hacia mediados de noviembre, el Sáhara era escenario de duros combates entre las
tropas marroquíes y mauritanas, de una parte, y un número considerable y
aparentemente bien adiestrado de tropas del POLISARIO que, inicialmente,
afirmaban tener el control de dos terceras partes del territorio.141 Durante el
mes de diciembre [, sin embargo,] las tropas marroquíes expulsaron al POLISARIO
de las principales ciudades y aldeas, mientras que los saharauis huían a
Argelia.
Aun cuando las partes se estaban preparando para la guerra, la Asamblea General
de la ONU aprobó dos resoluciones contradictorias. La primera (Resolución
3458(A)) nuevamente pedía a España que organizara un acto de autodeterminación
libre y genuino bajo la supervisión de Naciones Unidas.142 Y la segunda
(Resolución 3458(B)) tomaba nota del Acuerdo Tripartito de Madrid y pedía al
Secretario General que nombrase un representante para "realizar consultas" con
las tres partes de la administración temporal con la finalidad de "ayudar" en la
celebración de una "consulta libre" a las "poblaciones saharauis."143 En un
primer instante, la Asamblea General convocaba a los saharauis a ejercer "su
inalienable derecho de autodeterminación" y, en el siguiente, reconocía el hecho
consumado que les había sido impuesto por Marruecos, Mauritania y España. Las
dos resoluciones sólo tenían en común que, cada una a su manera, ambas creaban
un escenario para una mayor implicación del Secretario General en unas
circunstancias muy poco realistas, respecto a las cuales aquel acosado
funcionario se ofendió primero en privado y, finalmente, también en público.144
La oportunidad de mantener a España responsable ante Naciones Unidas para llevar
a cabo un plebiscito de autodeterminación tal como preveía la Parte A, se vio
viciada por la Parte B, que, de hecho, reconocía el nuevo estatus tripartito
creado en el Sáhara por los Acuerdos de Madrid. Puesto que el acuerdo tripartito
ya estipulaba exactamente cómo sería repartido el Sáhara Español entre Marruecos
y Mauritania, esperar que esos países fueran a llevar a cabo una "consulta
libre" después de haber ocupado sus respectivos sectores era como pedir peras al
olmo.
Es imposible conciliar esas dos resoluciones. Sin embargo, ambas resoluciones
fueron aprobadas por la Asamblea; la primera, por 88 votos a cero, con 41
abstenciones; la segunda, con un margen mucho más estrecho, por 56 votos contra
42 y 43 abstenciones.145 De los 40 Estados africanos que votaron sobre la
primera resolución, 29 votaron a favor, mientras que 11 se abstuvieron. En lo
que respecta a la segunda resolución, sólo 12 Estados africanos votaron a favor
de Marruecos y Mauritania, mientras que 21 votaron en contra y 8 se abstuvieron.
Estados Unidos se abstuvo en la primera resolución, que pedía una auténtica
autodeterminación, pero votó a favor de la segunda, reconociendo [así] la
partición impuesta por el acuerdo tripartito. Así pues, Estados Unidos se alineó
firmemente contra la autodeterminación y contra la mayoría de los Estados
africanos, y a favor de una solución antidemocrática y arbitrariamente
establecida, en contradicción radical con las reglas de juego que habían venido
siendo observadas hasta entonces.
El voto de Estados Unidos sólo puede entenderse como un acto de conveniencia
política basado en las alianzas políticas Este/Oeste de la guerra fría. Sin
embargo, entre los Estados africanos, un considerable número de ellos votaron
sobre una cuestión de principios, no sobre consideraciones políticas. Así, la
mayor parte de los miembros pro-Occidentales de la O.U.A. [Organización para la
Unidad Africana] –incluidas Zambia, Lesotho, Kenya, Botswana, Swazilandia,
Malawi y Ghana- votaron a favor de la autodeterminación y en contra de la
legitimación de los Acuerdos de Madrid: Y esto, a pesar de la evidente ausencia
de afinidad política de esas naciones con Argelia o el POLISARIO.
La Resolución 3458(B), que pedía "consultas" entre las tres partes de los
Acuerdos de Madrid, enseguida devino flagrantemente inaplicable. Después de que
la Yemáa (el instrumento elegido por los ocupantes para [realizar] las
consultas) se autodisolviera, 54 de sus 103 miembros (incluidos 4 diputados de
las Cortes Españolas) se unieron al POLISARIO y huyeron a Argelia.146 El número
de tránsfugas eventualmente llegó a 72, lo que obligó al rey Hassan a declarar
disuelta la Yemáa.147 A finales de febrero de 1976, algunos de esos tránsfugas
parece que retornaron a El Aaiún, lo que permitió al Rey convocar de nuevo a un
retazo de la Asamblea para que aprobara la partición y la anexión.148 Sin
embargo, la credibilidad de ese Ente había caído tan bajo que España prefirió
dar por terminado su papel en la administración tripartita dos días antes y no
verse así implicada en una "consulta" tan falsa.149 El Representante Especial
del Secretario General, el sueco Ulaf Rydbeck, regresó del Sáhara a finales de
febrero para recomendar que Naciones Unidas debiera negarse a legitimar las
acciones de Marruecos y Mauritania, que, junto con los combates y la falta de
seguridad en el Territorio, hacían imposible cualquier "consulta" auténtica.150
Aunque los combates fueron especialmente encarnizados durante los meses de enero
a marzo de 1976,151 el ritmo de la guerra en el Sáhara parece haber amainado
temporalmente. En opinión de expertos de Naciones Unidas y de observadores
africanos, la Unión Soviética, que se había beneficiado de la reticencia de
Estados Unidos en apoyar a sus "clientes" en Angola, correspondió restringiendo
el nivel de ayuda suministrada al POLISARIO y a las fuerzas armadas
argelinas.152 No obstante, tal descenso, aún en el caso de que se produzca, no
es probable que sea de larga duración. Los rusos no tienen el monopolio en la
capacidad de ayudar al POLISARIO. Corea del Norte, por ejemplo, que ha
reconocido al Gobierno del POLISARIO, podría llenar cualquier hueco que dejaran
las restricciones soviéticas. Y también Libia ha señalado su disposición a
apoyar el esfuerzo a largo plazo del POLISARIO con dinero y armas.
Más importante aún que la perspectiva de que continúe el derramamiento de sangre
en el noroeste de África, son las consecuencias del precedente del Sáhara para
la estabilidad del sistema internacional, que depende del respeto de las
fronteras existentes y del rechazo de reivindicaciones territoriales
revisionistas basadas en la alegación de derechos históricos. El Presidente de
la Asamblea General de la ONU en 1976, Mr. Shirley Amerasinghe, de Sri Lanka, ha
advertido de la "deprimente" tendencia generalizada entre los Estados del Tercer
Mundo "a reemplazar el viejo imperialismo por otras formas de control extranjero
basadas en reivindicaciones territoriales".153 El representante de Tanzania ante
la ONU, Mr. Salim, añadió que "estaban implicados principios esenciales y … que
la manera como las Naciones Unidas los afronten tendría consecuencias no sólo en
el Territorio mismo sino también más allá de sus fronteras e incluso más allá
del Continente africano".154 El representante de Zambia en el Cuarto Comité de
la Asamblea General señaló un claro "paralelismo entre las reivindicaciones de
Guatemala sobre Belize, de una parte, y las de Marruecos y Mauritania sobre el
Sáhara Español, de otra… Se estaban practicando políticas de expansión y de
anexión haciendo un absoluto caso omiso de las aspiraciones de los habitantes de
los territorios en cuestión y se estaba pidiendo a las Naciones Unidas que
bendijera esos injustos proyectos."155 En caso de hacerlo efectivamente así,
ello "crearía un precedente extremadamente peligroso y tendría implicaciones de
largo alcance para el trabajo futuro de Naciones Unidas en el terreno de la
descolonización. En caso de acoger las reivindicaciones de Marruecos y
Mauritania, las Naciones Unidas no podrían seguir teniendo credibilidad; de
hecho, su derecho moral a insistir en la autodeterminación en otros muchos casos
pendientes sería cuestionado…".156 El portavoz representante de Somalia advirtió
de que su país podría seguir exactamente el mismo tipo de reivindicación
histórica para con Somalilandia Francesa (Yibuti o el Territorio de los Afars e
Issas) que el que Marruecos y Mauritania hacían valer para con el Sáhara
Occidental.157
El fácil éxito de Marruecos y Mauritania en el Sáhara (y, simultáneamente, de
Indonesia sobre Timor) frente a una oposición absolutamente ineficaz de Naciones
Unidas, no hará más que aumentar las posibilidades de triunfar con esta táctica
y fomentar una búsqueda más enérgica de otras reivindicaciones territoriales.
Tampoco hay razón alguna para pensar que esta vigorosa tendencia a hacer valer
reivindicaciones de derechos históricos tenga que limitarse a cuestiones de
descolonización. Los argumentos exitosamente esgrimidos ayer para justificar el
despliegue de tropas marroquíes contra la colonia del Sáhara Español pueden ser
utilizados mañana también para legitimar el uso de la fuerza para reafirmar el
título histórico de Marruecos sobre el Estado independiente de Mauritania.
Parece extraño que la diplomacia estadounidense se haya puesto del lado de ese
comportamiento que transforma todo el sistema. De hecho, gran parte del
territorio mismo de Estados Unidos es susceptible de reclamaciones basadas en
derechos históricos. En el contexto de la descolonización, el apoyo de Estados
Unidos a Marruecos ha hecho más fácil para Somalia la prosecución de sus
intenciones sobre Yibuti, una región de considerable importancia estratégica,
donde los intereses de Estados Unidos estarían mejor servidos mediante la
aplicación rigurosa de las mismas normas que han sido socavadas en otros lugares
con el consentimiento de Estados Unidos.
Una parte importante del papel de los juristas especializados en Derecho
Internacional consiste en asesorar a sus gobiernos sobre las implicaciones
recíprocas en el terreno normativo de un determinado curso de conducta política.
Aun cuando los estrategas políticos de Washington puedan creer que han salvado
al Sáhara Español de las garras del izquierdista ejército pro argelino, el
especialista en Derecho Internacional debe advertir de que, aun en el supuesto
de que esta valoración política fuera correcta, esa "victoria" ha sido obtenida
al coste de reforzar una tendencia en la conducta internacional que podría
redundar en perjuicio de los intereses nacionales de Estados Unidos. En
particular, cabe predecir que Israel, un Estado salido del Oriente Medio
árabe-otomano mediante un acuerdo entre una potencia colonial mandataria (Gran
Bretaña) y una Asamblea General de la ONU de la que todavía estaban excluidas la
mayor parte de África y Asia, habrá de sentir el impacto negativo de la mayor
credibilidad ahora inevitablemente otorgada a las reivindicaciones de derechos
históricos. La supervivencia de Israel, como la de la mayor parte de los países,
depende principalmente de su capacidad para defenderse. Sin embargo, en la
medida en que su futuro también depende de su lugar en el sistema internacional,
el tratamiento de la cuestión del Sáhara por las Naciones Unidas ha minado
inevitablemente, por extensión, la legitimidad de Israel. Ello ha puesto de
manifiesto que muchas naciones, incluidos los propios Estados Unidos, están
dispuestos a tolerar el uso de la fuerza para conseguir restaurar derechos
históricos incluso haciendo caso omiso de los deseos de los habitantes.
Por esa misma razón, Israel y, por extensión, también los Estados Unidos
debieran estar preocupados por el efecto transformador de las normas [derivado]
del apoyo de Estados Unidos a la conquista de Timor Oriental por Indonesia. En
otros tres casos actualmente ante Naciones Unidas, la reivindicación de derechos
históricos está siendo utilizada como argumento mediante la afirmación adicional
de que la población residente en esos territorios –en cada uno de los tres
casos, durante más de un siglo- no tienen derecho a la autodeterminación porque
son "poblaciones importadas" no nativas del territorio en el que habitan.158 En
los casos de Gibraltar y las Islas Malvinas, esta alarmante propuesta ha sido
formulada por la parte que tiene asegurado un respaldo abrumadoramente
mayoritario en la Asamblea General. El representante de Argentina ante Naciones
Unidas, reclutando votos para el caso de su país en contra de permitir a los
habitantes de las Islas Malvinas decidir su propio futuro, recordó a sus colegas
delegados ante Naciones Unidas que el desplazamiento de la población original y
su sustitución por otra, ajena a la región, es una injusticia que ellos deberían
reparar en sus propias regiones.159 El mensaje para Israel es sin duda [el
mismo] en versión corregida y aumentada. No obstante, Israel ha apoyado
sistemáticamente la posición de Argentina a cambio del apoyo de Argentina en
votaciones de importancia para Israel.
Esto no tendría por qué sorprendernos, dirán los realistas. La política
-preocupación por ganar- tiene que tener inevitablemente prioridad sobre la ley
–preocupación por las normas. Pero dicho así, el realista plantea una falsa
dicotomía. La crisis en el Sáhara Español ofreció una excelente oportunidad para
que Estados Unidos surgiera como un paladín del principio del derecho de un
pueblo dentro de las fronteras existentes a decidir su propio destino,
independientemente de cómo las fronteras, o la gente, hubieran llegado allí.
Pero de ello no se deduce que la preocupación por las normas niegue la
preocupación por obtener beneficios políticos. Los Estados Unidos podrían haber
intentado negociar un frente común, en las Naciones Unidas, con los Estados del
Tercer Mundo comprometidos con esos principios y sensibles a su importancia para
la estabilidad mundial, así como para la descolonización de África del Sur.160 Y
entonces, esa coalición fundamentada en los principios podría haber tratado de
vincular las crisis de Angola y del Sáhara Español, y exigir soluciones basadas,
en ambos casos, en una autodeterminación supervisada por las Naciones Unidas.
Tal como resultó, el apoyo de Estados Unidos al uso de la fuerza por parte de
Marruecos en el Sáhara, y la historia de la intervención militar de Estados
Unidos en Vietnam, hicieron imposible suscitar mucha preocupación internacional
(o del Congreso [estadounidense]) sobre el uso de la fuerza en Angola por parte
de Cuba. Un realista tiene que comprender que una política basada en la
utilización de la fuerza, en lugar de en los principios, nos ha llevado ahora a
"perder" Vietnam y Angola, mientras que sólo hemos "ganado" el Sáhara Español.
Si estos son los resultados de una estrategia basada en ganar, quizás incluso
los partidarios del realismo político pudieran, no obstante, ser persuadidos de
intentar una estrategia basada en la preocupación por los principios normativos
recíprocos.
Notas 1 Para un resumen reciente del examen del caso de Belize por la ONU, véase
The Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the
Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial
Countries and Peoples [Informe del Comité Especial sobre la Situación relativa a
la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los
Países y Pueblos Coloniales], UN Doc. A/10023/Add.8 (Part III), pp. 15-29
(1975).
2 El London Times ha señalado que "si Francia se retira completamente, parece
seguro que Somalia, siguiendo el ejemplo de Marruecos en el Sáhara Español, lo
invadirá [Yibuti] durante los subsiguientes disturbios entre las facciones Issa
y Afar". The Times (Londres), 6 de febrero de 1976, p. 15 (editorial). Para un
resumen reciente del examen de este caso por la ONU, véase The Report of the
Special Committee on the Situation With Regard to the Implementation of the
Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples
[Informe del Comité Especial sobre la Situación relativa a la Aplicación de la
Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos
Coloniales], UN Doc. A/10023/Add.6 (Part II) (1975).
3 Nota 1 supra, pp. 3-14.
4 The Times (Londres), 17 de febrero de 1976, p. 7; 20 de febrero de 1976, p. 6;
25 de febrero de 1976, p. 7.
5 Marruecos se ha opuesto durante mucho tiempo a la independencia de Mauritania.
En el histórico debate sobre la Resolución 1514 (XV), Marruecos acusó a Francia
de intentar "dividir Marruecos y romper la unidad de su territorio nacional
mediante la creación de un Estado artificial en la zona del sur de Marruecos que
los colonialistas llaman Mauritania. La población de esa zona ni siquiera conoce
la palabra ‘Mauritania’. Si usted le dice a un beduino de esa denominada
Mauritania que usted está en Mauritania, no comprenderá de qué le está usted
hablando". 15 GAOR 947, p. 1271 (1960) (Observaciones del Sr. Ben Aboud,
Representante de Marruecos).
6 Se estima en casi 60.000 el número de timorenses asesinados en el transcurso
de la descolonización del Territorio. N. Y. Times, 15 de febrero de 1976, p. 11.
7 The Times (Londres), 2 de abril de 1976, p. 11.
8 N.Y. Post, 28 de abril de 1976, p. 17.
9 N.Y. Times, 27 de febrero de 1976, p. 3.
10 Id., 1 de marzo de 1976, p. 3.
11 Id., 28 de febrero de 1976, p. 6; Id., 8 de marzo de 1976, p. 7.
12 En la reunión de Ministros de Asuntos Exteriores celebrada en Addis Abeba a
principios de marzo de 1976, se informó de que unos veinte Estados africanos
estaban a favor del reconocimiento del POLISARIO. Id., 1 de marzo de 1976, p. 3.
13 Id., 22 de febreo de 1976, p. 1.
14 Sobre la trayectoria histórica de EE.UU con respecto a la autodeterminación,
véase Pomerance, The United States and Self-Determination: Perspectives on the
Wilsonian Conception, AJIL, Vol. 70, Nº 1 (1976).
15 Informe de la Misión Visitadora de Naciones Unidas al Sáhara Español, 1975,
en The Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the
Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial
Countries and Peoples [Informe del Comité Especial sobre la Situación relativa a
la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los
Países y Pueblos Coloniales], UN Doc. A/10023/Add.5, Anexo, p. 26 (1975).
[Citado en lo sucesivo como Misión Visitadora].
16 Id., p. 27.
17 Id., p. 28.
18 Un excelente y breve resumen de la demografía saharaui lo proporciona el
Informe de la Misión Visitadora de la ONU al Territorio en 1975. En él se afirma
que:
"la población autóctona del Territorio está compuesta en su mayor parte por
personas de raza mora o beduina, raza que está unida por una lengua común, el
hassania (una variante del árabe), y por fuertes vínculos culturales y
tradicionales… La unidad social básica, la familia, no está pensada como un
grupo independiente, sino como formando parte de un grupo social (la fracción),
y de un grupo de familias (la subfracción) de una tribu…, que en la mayor parte
de los casos se extiende mucho más allá de las fronteras políticas del
Territorio. Así, la mayoría de los saharauis se identifican estrechamente con
otros miembros de su tribu, por ejemplo los Erguibat, Ait Lahsen, y Ulad Delim,
por mencionar sólo tres, que se encuentran también en Mauritania, Marruecos y
Argelia. Esto está en conformidad con la antigua tradición por la cual los
diversos grupos tribales han practicado el nomadismo en amplias zonas sin tener
en cuenta las fronteras políticas impuestas por los regímenes coloniales; de
hecho, ello era una característica intrínseca de un sistema económico
tradicional basado en una continua búsqueda de pasto y agua, y en el cual la
propiedad de la tierra era algo desconocido. Actualmente, aunque el nomadismo
está en declive, hay todavía un marcado sentido de parentesco entre los miembros
de las tribus y sus subdivisiones, que están a horcajadas entre las fronteras
del Territorio y los países vecinos, y muchos saharauis han dejado el Territorio
ya sea para vivir permanentemente con sus familiares y parientes en los países
vecinos, ya sea para establecerse temporalmente por razones económicas (incluida
la sequía), o porque son exilados y refugiados políticos. Por esta razón, por
ejemplo, en la provincia marroquí de Tarfaya o en las regiones limítrofes de
Mauritania es extremadamente difícil determinar quién de entre ellos es un
saharaui autóctono del Territorio." Id.
19 G.A. Res. 1514, 15 GAOR Supp. 16, pp. 66-67, UN Doc. A/4684 (1966).
20 Id., Art. 2.
21 Id., Art. 6.
22 OAU Assembly AHG/Res. 17(I), Cairo Ordinary Session, 17-21 July 1964. Véase
también la Carta de la Organización para la Unidad Africana, Artículo III (3),
que promete "respeto a la soberanía y a la integridad territorial de cada Estado
y a su inalienable derecho a la existencia independiente".
23 G.A. Res. 850, 9 GAOR Supp. 21, p. 28 UN Doc. A/2890 (1954).
24 Fifteen Years of the United Nations Declaration on the Granting of
Independence to Colonial Countries and Peoples, 2 DECOLONIZATION, No. 6, p. 19
(1975) [En lo sucesivo, citado como Fifteen Years].
25 Id., p. 22.
26 G.A. Res. 1654, 16 GAOR Supp, 17, p. 65, UN Doc A/5100 (1961).
27 Fifteen Years, Nota 24 supra, p.19. Están enumerados aquí los numerosos casos
de elecciones y plebiscitos de autodeterminación en los que la Asamblea General
de NN.UU pidió implicarse como observador y supervisor, una implicación unas
veces bienvenida y otras no por la autoridad colonial correspondiente.
28 G.A. Res. 2005, 19 GAOR Supp. 15, p. 7, UN Doc. A/5815 (1965).
29 G.A. Res. 2355, 22 GAOR Supp. 16, pp. 54-55, UN Doc. A/6716 (1967).
30 G.A. Res. 3285, 29 GAOR Supp. 31, p. 98, UN Doc. A/9631 (1974).
31 Fifteen Years, Nota 24 supra, p.21.
32 3 Repertory of Practice of UN Organs, Supp. No. 3, (period 1959-1966), p. 98;
véase también 19 GAOR Supp. 1A, pp. 8-9, UN Doc. A/5801/Add.1 (1964).
33 G.A. Res. 2353, 22 GAOR Supp. 16, p. 53, UN Doc. A/6716 (1967).
34 22 GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23 (Part II), p. 238, UN Doc.
A/6700/Rev.1 (1967).
35 G.A. Res. 2504, 24 GAOR Supp. 30, p. 3, UN Doc. A/7630 (1969). Antes de
ratificar el "acto de libre elección", la Asamblea General rechazó una enmienda
presentada por Ghana que habría dado a la población de West Irian una
oportunidad adicional para expresar su voluntad. La enmienda de Ghana fue
derrotada por una votación de 60 contra 15, y 39 abstenciones.
36 Informe del Secretario General relativo al acto de autodeterminación en West
Irian, 24 GAOR, Annexes, Agenda Item No. 98, p. 2, UN Doc. A/7723 (1969).
37 Informe del Secretario General sobre el Trabajo de la Organización, 25 GAOR,
Supp. 1, p. 64, UN Doc. A/8001 (1970).
38 Francia se negó a aceptar la presencia de Naciones Unidas durante el
referéndum, celebrado en 1967, sobre el futuro de Somalia Francesa.
39 19 GAOR, Annexes, Annex No. 8 (Part I), pp. 290-291, UN Doc. A/5800/Rev. 1
(1964).
40 G.A. Res. 2072, 20 GAOR Supp. 14, pp. 59-60, UN Doc. A/6014 (1965).
41 Nota del Secretario General, 13 GAOR, Annexes, Agenda Item No.36, p. 37, UN
Doc. A/C.4/L385/Rev. 1 (1958). Véase también Ley de 21 de abril de 1961 y
Decreto nº 3349 de 29 de noviembre de 1962.
42 Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the
Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial
Countries and Peoples [Informe del Comité Especial sobre la Situación relativa a
la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los
Países y Pueblos Coloniales], 21 GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23,
p. 603. UN Doc. A/6300/Rev. 1 (1966).
43 Id. p. 604.
44 Id. p. 605.
45 Id. p. 607.
46 Ibid.
47 G.A. Res. 2229, 21 GAOR Supp. 16, pp. 72-73, UN Doc. A/6316 (1966).
48 Ibid.
49 22 GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23, p. 209. UN Doc. A/6700/Rev.
1 (1967).
50 G.A. Res. 2354, 22 GAOR Supp. 16, pp. 53-54, UN Doc. A/6716 (1967).
51 La resolución de 1968 es G.A. Res. 2428, 23 GAOR Supp. 18 pp. 63-64, UN Doc.
A/7218 (1968). La resolución de 1969, que también "lamenta que todavía no haya
sido posible celebrar las consultas que la Potencia Administradora iba a
organizar en relación con la celebración de un referéndum", es G.A. Res2591, 24
GAOR Supp. 30, pp. 73-74, UN Doc. A/7630 (1969). Las resoluciones aprobadas
entre 1970 y 1973 son: G.A. Res. 2983, 27 GAOR Supp. 30, pp. 84-85, UN Doc.
A/8730 (1972); G.A. Res. 3162, 28 GAOR Supp. 30, pp. 110-111, UN Doc. A/9030
(1973).
52 Carta de fecha 8 de septiembre de 1966, del Representante Permanente de
España ante la Naciones Unidas dirigida al Presidente del Comité Especial, 21
GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23, Annex, p. 621 (1966).
53 Misión Visitadora, Nota 15 supra, p. 24.
54 Id, p. 40.
55 Ibid.
56 Id. Pp. 40-41.
57 Contestación a la Comunicación de la Asamblea General del Sáhara por el Jefe
del Estado español. UN Doc. A/9176, Annex IV, p. 1 (1973).
58 G.A. Res. 3162, 28 GAOR Supp. 30, pp. 110-111, UN Doc. A/9030 (1973).
59 NAC/FM/CONF.1/Res.5/august 12, 1972, THE GEORGETOWN DECLARATION, THE ACTION
PROGRAMME FOR ECONOMIC CO-OPERATION AND RELATED DOCUMENTS, CONFERENCE OF FOREIGN
MINISTERS OF NON-ALIGNED COUNTRIES, Georgetown, Guyana, August 8-12, 1972; OAU
Council Res. CM/Res.301 (XXI), OAU COUNCIL OF MINISTERS, Addis Ababa, May, 1973;
Res. No. 6, IV CONFERENCE OF HEADS OF STATE OR GOVERNMENT OF NON-ALIGNED
COUNTRIES, Algiers, 5-9 September, 1973; FUNDAMENTAL TEXTS, DECLARATIONS,
RESOLUTIONS, ACTION PROGRAMME FOR ECONOMIC CO-OPERATION.
60 Carta de fecha 10 de julio de 1974, del Representante Permanente de España
ante la Naciones Unidas dirigida Secretario General, UN Doc. A/9655 (1974).
61 Carta de fecha 20 de agosto de 1974, del Representante Permanente de España
ante la Naciones Unidas dirigida Secretario General, UN Doc. A/9714 (1974).
62 Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the
Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial
Countries and Peoples Covering its Work During 1974 [Informe del Comité Especial
sobre la Situación relativa a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión
de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales sobre la labor realizada
en 1974], UN Doc. A/9623/ Add.4 (Part II), p. 23 (1974).
63 Nota 60 supra, p. 2.
64 Carta de fecha 23 de septiembre de 1974, del Ministro de Asuntos Exteriores
de Marruecos dirigida al Ministro de Asuntos Exteriores de España, UN Doc.
A/9771, Annex, (1974).
65 Carta de fecha 20 de agosto de 1974, del Encargado de Negocios de la Misión
Permanente de Mauritania ante Naciones Unidas, dirigida al Secretario General,
UN Doc. A/9715, Annex, p. 1, 2 (1974). Véase también UN Doc. A/PV.2251, p. 82
(1974) (Sr. Ould Mouknass, Representante de Mauritania dirigiéndose a la
Asamblea General).
66 Le Monde, 27 de noviembre de 1975, pp. 1 y 5; The Economist, 13 de septiembre
de 1975, p. 58.
67 UN Doc. A/PV.2265, pp. 57-60 (1974).
68 La Representante de Estados Unidos, Barbara White adoptó la posición que su
país apoyaba en principio la utilización del Tribunal, siempre que fuera
posible, para la resolución de controversias jurídicas.
69 UN Doc. A/C.4/SR.2126, p.7 (1974).
70 UN Doc. A/C.4/SR.2130, p.27 (1974).
71 UN Doc. A/C.4/SR.2131, p. 19 (1974).
72 Id., p. 8.
73 Id., p. 12.
74 Id., p. 25.
75 G.A. Res. 3292, 29 GAOR Supp. 31, pp. 103-104, UN Doc. A/9631 (1974).
76 Los otros miembros de la Misión fueron Marta Jiménez Martínez (Cuba) y
Manouchehr Pishva (Irán).
77 Misión Visitadora, nota 15 supra, p. 4.
78 Id., p. 5.
79 Id., pp. 7-14.
80 Id., p. 48.
81 Id., p. 50.
82 Id., p. 52.
83 Id., pp. 52 y 63.
84 Id., p. 48.
85 Id., p. 55.
86 Ibid.
87 Ibid.
88 Id., p. 56.
89 Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the
Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial
Countries and Peoples [Informe del Comité Especial sobre la Situación relativa a
la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los
Países y Pueblos Coloniales], UN Doc. A/10023/ Add..5, p. 11 (1975).
90 Ibid.
91 Una consulta popular a los habitantes, señalaba la Misión:
… tiene que estar basada en la participación de todos los saharauis
pertenecientes al Territorio. Las partes concernidas e interesadas han acordado
que esta tarea debe ser confiada a una comisión de expertos designada por las
Naciones Unidas, que trabajaría en estrecha cooperación con la Potencia
Administradora y con las otras partes concernidas e interesadas. Id., p.9.
92 Advisory Opinion on Western Sahara [Dictamen sobre el Sáhara Occidental],
1975 ICJ REP.12 [en lo sucesivo, Advisory Opinion].
93 Id., p. 29. Las preguntas formuladas al Tribunal mediante la Resolución 3292
(XXIX), Nota 75 supra, fueron las siguientes:
I. ¿Era el Sáhara Occidental (Rio de Oro y Sakiet El Hamra) en el momento de la
colonización de España un territorio no perteneciente a nadie (terra nullius)?
Si la respuesta a la primera pregunta es negativa,
II. ¿Cuáles eran los vínculos jurídicos entre este territorio y el Reino de
Marruecos y la Entidad Mauritana?
94 Ibid.
95 Id., p. 30.
96 Ibid.
97 G.A. Res. 1541 (XV), 15 GAOR Supp. 16, pp. 29-30, UN Doc. A/4684 (1960),
citado por el Tribunal Internacional de Justicia, con aprobación, en su Advisory
Opinion [Dictamen], pp. 32-33.
98 Id., pp. 34-35.
99 Id., p. 35.
100 Id., p. 36.
101 Id., pp. 36-37.
102 Id., p. 37.
103 Id., p. 48.
104 Id., p. 49.
105 Id., pp. 56-57.
106 Id., p. 68.
107 Id., p. 69.
108 Id., p. 176 (Opinión Disidente del Juez Ruda).
109 Esta expresión aparece en la Opinión Separada del Magistrado Dillard, donde
considera que ese concepto no era aplicable al Sáhara Occidental y que, por lo
tanto, era innecesario que el Tribunal tratara el principio de integridad
territorial. Id., p. 120.
110 Comunicado de Prensa de la Misión Permanente de Marruecos ante las Naciones
Unidas, 16 de octubre de 1975, citado en UN Doc. S/PV.1849, p. 11 (1975).
111 Carta de fecha 18 de octubre de 1975, del Representante Permanente de
Marruecos ante Naciones Unidas al Presidente del Consejo de Seguridad. UN Doc.
S/11852 (1975).
112 Carta de fecha 18 de octubre de 1975, del Representante Permanente de España
ante Naciones Unidas al Presidente del Consejo de Seguridad. UN Doc. S/11851
(1975).
113 Costa Rica, Proyecto de Resolución. UN Doc. S/11853 (1975).
114 S.C. Res. 377 [Resolución 377] (1975) aprobada por el Consejo de Seguridad
en su Reunión 1850, el 22 de octubre de 1975.
115 Ibid.
116 Ibid.
117 Informe del Secretario General en cumplimiento de la Resolución 377 (1975)
del Consejo de Seguridad relativa a la situación del Sáhara Occidenta.: UN Doc.
S/11863, p. 5 (1975).
118 Ibid.
119 Carta, de fecha 1 de noviembre de 1975, del Encargado de Negocios, A.I. de
la Misión Permanente de España ante Naciones Unidas al Presidente del Consejo de
Seguridad. UN Doc. S/11864 (1975).
120 UN Doc. S/PV.1852, pp. 13-15 (1975). (Sr. Arias-Salgado, Representante de
España, dirigiéndose al Consejo de Seguridad).
121 Resolución 379 (1975) del Consejo de Seguridad, aprobada por el Consejo de
Seguridad en su Reunión 1852, el 2 de noviembre de 1975.
122 UN Doc. S/PV.1852, p. 22 (1975).
123 Id., pp. 72-75.
124 Id., p. 76.
125 Id., pp. 82-85.
126 Comunicado Oficial de la 1853 Reunión del Consejo de Seguridad, UN Doc.
S/11869 (1975).
127 UN Doc. S/PV.1854, p. 16 (1975) (Representante Slaoui, dirigiéndose al
Consejo de Seguridad).
128 S.C. Res. 380 (1975) , aprobada por el Consejo de Seguridad en su 1854
Reunión el 6 de noviembre de 1975.
129 La declaración de Mr. Joumaini se cita en UN Doc. S/PV.1854, pp. 26-27
(1975).
130 Informe del Secretario General en cumplimiento de la Resolución 379 (1975)
del Consejo de Seguridad relativa a la situación del Sáhara Occidental. UN Doc.
S/11874, p. 4 (1975).
131 Id., p. 6.
132 Id., p.7.
133 Tercer Informe del Secretario General en cumplimiento de la Resolución 379
(1975) del Consejo de Seguridad relativa a la situación del Sáhara Occidental.
UN Doc. S/11880, 19 de noviembre de 1975, Anexo I, p.1.
134 En abril, Marruecos publicó los términos del acuerdo mediante el cual
Marruecos y Mauritania compartirán los ingresos procedentes de las lucrativas
minas de Bou Craa. The Times (Londres), 17 de abril de 1976, p. 5.
135 Para más pruebas de ese acuerdo, véanse, por ejemplo, los alegatos orales,
Mr. Slaoui (Marruecos) CR 75/6 (traducción no corregida) (mimeo), miércoles 25
de junio de 1975, pp. 6-9. En los alegatos escritos, Mauritania y Marruecos
reivindicaron la totalidad del Sáhara, cada uno de los dos países, y el Sr
Slaoui se encargó de poner esto en conformidad con el acuerdo de partición. En
efecto, dijo al Tribunal que no se preocupara por eso, que:
"... hay un norte y un sur que yuxtaponen en el espacio los vínculos jurídicos
del Sáhara Occidental con Marruecos y Mauritania. Teniendo en cuenta la cuestión
planteada al Tribunal, y considerando que, por definición, el mandato del
Tribunal no hace referencia a problema político alguno y no implica delimitación
territorial alguna, el hecho de que haya solapamiento entre el norte y el sur
que no serviría para definir con más precisión, no puede modificar el sentido de
las respuestas dadas por el Tribunal." Id., p.8.
136 New York Times, 11 de febrero de 1976, p. 28.
137 Nota 133 supra, Anexo II, p. 1.
138 THE ECONOMIST, 20 diciembre 1975, p. 50.
139 UN Doc. S/PV.1854, p. 36 (Representante Rahal, dirigiéndose al Consejo de
Seguridad).
140 AFRICAN RESEARCH BULL., 1-30 noviembre 1975, p. 3837.
141 Id., 1-31 de diciembre de 1975, pp. 3872-3874.
142 G.A. Res. 3458 (A), UN Doc. GA/5438, pp. 254-255 (1975). (Comunicado de
prensa).
143 G.A. Res. 3458 (B), UN Doc. GA/5438, p. 256 (1975). (Comunicado de prensa).
144 Waldheim Given Difficult Missions [Misiones difíciles encomendadas a
Waldheim] (Entrevista al Secretario General), THE DIPLOMATIC WORLD BULL., No. 5,
8 de marzo de 1976, pp. 1237 y 1243. "Lamento esta evolución·", dijo Waldheim
respecto al papel que se le había asignado en esas resoluciones contradictorias.
"Es una evolución negativa: no podría darle a usted una respuesta más clara…".
Id., p. 1243.
145 Hay que señalar que la segunda Resolución podría haber sido derrotada si la
Asamblea, por mayoría simple, hubiera determinado que ambas resoluciones eran
"importantes", con lo cual su aprobación hubiera necesitado el voto favorable de
dos tercios de los presentes y una votación acorde con el Artículo 18(3) de la
Carta de las Naciones Unidas.
146 UN Doc. A/PV.2435, p. 92 (1975). (Representante de Argelia, Sr. Rahal,
dirigiéndose a la Asamblea General); Le Monde, 9 de diciembre de 1975, p. 3.
147 NEWSWEEK, 26 de enero de de 1976, p. 35.
148 Conforme a las informaciones de la prensa, 65 miembros [de la Yemaá] tomaron
parte en la votación, que coincidió con la proclamación, por el POLISARIO, de la
República Árabe Saharaui Democrática. N. Y. Times, 28 de febrero de 1976, p. 6.
149 Id., 27 de febrero de 1976, p. 5, y entrevistas.
150 Id.; THE DIPLOMATIC WORLD BULL., No. 5, 8 de marzo de 1976, pp. 1237 y 1242.
151 La finalización de la Administración tripartita no disminuyó la voluntad del
POLISARIO, o de Argelia, de resistir. La prensa española informaba en enero de
encarnizados combates entre las guerrillas y las tropas mauritanas, incluso en
las distantes ciudades sureñas de Villa Cisneros y Aargub, lejos de donde
estaban concentrándose los argelinos. En Villa Cisneros (Dakhla), el jefe del
Ejército marroquí comentó que sus hombres estaban allí "para proteger al
Ejército mauritano". WEST AFRICA, 26 de enero de 1976, p. 124. Durante los meses
de enero y febrero se repitieron "sangrientas batallas" entre las columnas
blindadas argelinas y el Ejército marroquí en torno al oasis de Amgala y Mahabes.
N. Y. Times, 28 de enero de 1976, p. 3. Id., 29 de enero de 1976, p. 8; Id., 12
de febrero de 1976, p. 2; Id., 16 de febrero de 1976, p. 10; Id., 17 de febrero
de 1976, p. 9.
Sin embargo, los efectos más lamentables fueron los sufridos por la población
civil. En represalia por la huida de los refugiados saharauis a Argelia, el
Presidente Boumediene ya había expulsado expeditivamente de su país a 30.000
civiles marroquíes (NEWSWEEK, 26 enero 1976, p. 35). El 6 de febrero, Argelia
denunció formalmente que las acciones militares de Marruecos y Mauritania
estaban "adquiriendo prácticamente las proporciones de un genocidio" (Carta de
fecha 6 de febrero de 1976, del Representante Permanente de Argelia ante las
Naciones Unidas al Secretario General, UN Doc. A/31/48 y S/11971, p. 7 (1976)).
Según el POLISARIO, el 18 de febrero los marroquíes, utilizando aviones de
combate USA F-5, empezaron a atacar los campos de refugiados saharauis dentro de
Argelia, en Um Dreiga. En los primeros dos días se informó de la matanza de 45
civiles y de 378 heridos.
152 Esta opinión ha sido manifestada, en entrevistas, por diversas personas de
alto rango del Secretariado [General de la ONU]. También está recogida en JEUNE
AFRIQUE, 13 de febrero de 1976, p. 20.
153 UN Doc. A/C.4/SR.2175, p. 15, 3 de diciembre de 1975.
154 Id., p. 22.
155 Id., p. 32.
156 Id., p. 33.
157 Id., p. 5.
158 Respecto a una reivindicación de Guatemala basada en este argumento, véase
UN Doc. A/PV.2431, 8 de diciembre de 1975, pp. 37 y 38-40, Sr. Maldonado Aguirre
dirigiéndose a la Asamblea General. Respecto a la reivindicación española de que
la autodeterminación es aplicable solamente a "quienes tenían sus raíces" en un
territorio y no a los "colonos", véase 23 GAOR, Fourth Comm., 1799th meeting, p.
14 (1968). Respecto al argumento de Argentina, a los mismos efectos, con
respecto a los habitantes de las Islas Malvinas, véase Report of the Special
Committee on the Situation With Regard to the Implementation of the Declaration
on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples [Informe del
Comité Especial sobre la Situación relativa a la Aplicación de la Declaración
sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales], 19
GAOR, Annexes, Annex No. 8 (Part I), pp. 436-437, UN Doc. A/5800/Rev.1 (1964).
159 28 GAOR, Fourth Comm., 2074th meeting, p. 302 (1973).
160 Así por ejemplo, es una afirmación frecuente, por parte de los blancos de
Sudáfrica, que la mayor parte de los negros llegaron sólo después de que los
colonos blancos hubieran empezado a desarrollar el país. Asimismo, la posición
de Sudáfrica es que, con la creación de black "tribal homelands" ["patrias
tribales" negras], los africanos que habitan en áreas de blancos no pueden
esperar participar en el proceso democrático.
clique para abrir el documento en pdf
* Miembro del Consejo Editorial de AJIL. Parte del presente trabajo fue
realizado por el autor en su condición de Director del Programa de Derecho
Internacional de la Fundación Carnegie para la Paz Internacional, si bien las
opiniones expresadas pertenecen exclusivamente al autor. El autor desea
agradecer al Sr. Paul Hoffman, su ayudante de investigación en la Fundación
Carnegie, su inestimable ayuda.
Original: The Stealing Of The Sahara
Publicado en: The American Journal of International Law (AJIL), October 1976,
Vol. 70, No. 4, pp. 694- 721.
Traducción: Luis Portillo Pasqual del Riquelme
Revisión: Maria Juana Mira MacWillians
** N. del T.- El autor se refiere al número de saharauis mayores de edad con
derecho a voto, conforme al censo elaborado por España en 1975.
En el momento de salir a la luz la presente traducción en español (noviembre de
2008), Thomas M. Franck es Profesor emérito en la Universidad de New York:
http://its.law.nyu.edu/facultyprofiles/profile.cfm?personID=19925
Fuente: lafogata.org