Porque hay amigos a los que siempre hemos recurrido
para las causas de más allá del charco
Y así como hemos echado mano a los gestos solidarios entre el campo de los
perseguidos y humillados, hoy es posible también recurrir al ámbito judicial
donde se tradujeron en querellas, recursos, apelaciones y sentencias, las voces
de la lucha contra miembros de las dictaduras chilena, argentina, guatemalteca…
luchas contra el olvido y por la justicia, luchas por la memoria, esa misma que
pobló los países de Latinoamérica y que portaban los exiliados y refugiados de
la República Española.
Porque hubo un tiempo que en las orillas del sur del Atlántico, las canciones de
resistencia al franquismo eran entonadas con otros acentos pero mantenían un
mismo identitario signo de honor: el antifascismo.
Después del trasiego habido en la audiencia nacional con denuncias y querellas
por genocidios en el marco de la competencia de los tribunales españoles y
habida cuenta de la justicia universal, ahora también puede investigarse sobre
los crímenes cometidos desde el golpe militar del 18 de julio de 1936 y los
sempiternos años de la dictadura franquista.
Finalizada la guerra civil en el seno de Naciones Unidas, el régimen de Franco
fue condenado por haber sido sostenido por los nazis alemanes y por los
fascistas italianos, quiénes eran a su vez juzgados en tribunales
internacionales.
Los vencedores aplicaron el veto histórico y judicial a largo plazo, los
mecanismos de impunidad impuestos con cárcel y represión, fueron también
acatados por el silencio de un sector de los vencidos que en los pactos de la
Moncloa selló el decreto del olvido.
Los ejecutores del golpe de estado del 1936 no ocultaron en ningún momento, los
planes de exterminio que albergaban. Uno de los golpistas responsables, Queipo
de Llano sentenciaba: "Serán pasados por las armas los directivos de los
partidos del Frente Popular y si no fueren encontrados un número proporcional de
afiliados".(**)
Pero las pruebas tanto escritas como las que sobreviven en las memorias de los
protagonistas de entonces, dan cuenta acabada de los fusilamientos, de juicios
sumarísimos sin ninguna garantía, de torturas, de apropiación de los bienes de
los derrotados, de ejecuciones extrajudiciales, de la desaparición forzada de
personas… todos y cada uno ellos son y han sido, crímenes de lesa humanidad, y
como tales imprescriptibles, y por ende, no es posible aplicarles beneficios de
amnistía y prescripción, porque son delitos atentatorios a los más elementales
derechos humanos, y porque además, la ley de amnistía de 1977 puede ser
declarada de no aplicación en tanto que se trata de un texto preconstitucional;
asimismo la amnistía de 1977 no anula el derecho imprescriptible a saber qué fue
de las víctimas del franquismo.
Finalmente la memoria tomó forma: asociaciones de prácticamente todas las
regiones del territorio español, particulares, familiares y víctimas,
presentaron denuncias por ejecuciones sumarias y extrajudiciales y por la
desaparición forzada de personas; denuncias de obligada investigación en un
tribunal español tanto por imperativo legal –ni qué hablar del imperativo moral-
porque dichos crímenes a pesar de los años -con exactitud 72- y que fueron
amnistiados, son perseguibles, y paradójicamente están incluidos en los
argumentos de aquellos que se negaran a las actuaciones judiciales sobre las
dictaduras argentina y chilena:los crímenes del franquismo fueron hechos
cometidos en territorio nacional.
Llegados a este punto, en la España Una Grande y Libre, la memoria
silenciada guardó en la cartografía de los no-olvidos, el emplazamiento de las
fosas, los nombres de los desaparecidos, fusilados y los nombres de los
verdugos.
La Ley de Memoria Histórica aprobada en la pasada legislatura, establece que las
administraciones locales deberán elaborar los mapas de las fosas, y asimismo
delega en las asociaciones y en las familias de las víctimas, el emplazamiento y
exhumación de los restos.
Pensar que esto es responsabilidad estatal es simplemente reconocer parte del
rol del Estado relativo a la responsabilidad penal y civil sobre hechos
constitutivos de delitos imprescriptibles que han sido ignorados, que han sido
des-memoriados.
La ausencia del Estado en todos estos años se ratifica en esta delegación de
funciones, y se coloca ajeno a toda responsabilidad penal, civil o
administrativa, y genera asimismo la imposibilidad de ejercer a los familiares
de las víctimas, el derecho de presentación de demandas y recursos tanto por lo
penal, por lo civil o lo administrativo como el derecho a obtener una efectiva
reparación, que implicaría entre otros, la restitución de los restos, la
rehabilitación, la anulación de las condenas y la correspondiente depuración
de responsabilidades.
Desde el inicio de este procedimiento judicial, se han presentado asociaciones,
sindicatos, familiares; desde el juzgado se ha exigido la colaboración de los
Ministerios de Cultura, Defensa, de la Conferencia Episcopal, de los Archivos de
Salamanca y Catalunya, de las Comunidades Autónomas, de los Ayuntamientos, con
diferentes respuestas según la naturaleza e ideología de cada una de las
instituciones mencionadas, que pone en evidencia otra vez más, la pasividad del
Estado.
Aproximadamente 140.000 nombres corporizan hoy los expedientes; gentes en las
cunetas que señalan desde los difuminados restos, la inexplicable
despreocupación de los gobiernos democráticos sostenidos en la igualdad ante la
ley, pero también en esta desigualdad ante la muerte.
Posiciones políticas sólo hay lugar para dos, por un lado seguir extendiendo la
desmemoria, cómplice de los crímenes, o recuperar el recuerdo para que la
dignidad integre con todos los nombres, el imaginario colectivo.
Por último, queda por definir si la represión franquista fue un genocidio.
Algunas voces intentan clasificarla en la teoría de politicidio. Las diferencias
entre esos dos conceptos reside en las características por las que son
identificados los miembros de un grupo por parte del Estado. Así en el genocidio
las víctimas son definidas por sus características comunitarias, y en el
politicidio, serían determinadas por el grado y jerarquía de oposición política
a un régimen. Para muchos este debate ha sido superado por las tragedias que
impusieron las dictaduras. Y recientemente plasmada la superación del mismo en
la sentencia contra el ex-comisario de la policía argentino, Miguel Etchecolatz.
En dicho fallo se califica como genocidio el proceso de aniquilamiento de una
parte o de un grupo nacional, analizando su carácter sistemático y sus efectos
en la destrucción de las relaciones sociales en el conjunto. Pero aún más,
Franco colaboró directamente en que miles de españoles exiliados fueran
conducidos al campo de exterminio de Mauthausen.
Concluyendo, parecería que al cabo del tiempo podemos completar las hojas que
faltaban a esta suerte de puente e historia de penares y esperanzas, faltaba el
inicio de justicia que desvela acabadamente que el olvido está lleno de memoria.
Octubre, 2008
(*) Título de un libro de poesía de Mario Benedetti, publicado en 1995
(**) En el mes de julio El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado por
unanimidad (PSOE, IU y PP) retirar el título de hijo adoptivo y la medalla de
oro de la ciudad al general Gonzalo Queipo de Llano, así como el proceso para
cambiar el nombre de 40 calles con referencias franquistas conforme a la Ley de
memoria histórica.