Argentina: La lucha continúa
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Tucumán: Un revés para la defensa
Un fiscal opinó en contra de que Bussi y Menéndez sean juzgados por escrito
Primera fuente
Para el fiscal general ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán,
Alfredo Miguel Terraf, los represores Antonio Domingo Bussi y Luciano Benjamín
Menéndez tienen que sentarse en el banquillo de los acusados para ser juzgados
por la desaparición y secuestro del ex senador provincial Guillermo Vargas
Aignasse. La opinión de Terraf -no vinculante- será tenida en cuenta por los
miembros del Tribunal para tomar una decisión final.
La defensa de los represores Antonio Domingo Bussi y Luciano Benjamín Menéndez
tuvo un revés en su planteo de que ambos sean juzgados por escrito en el marco
de la causa por el secuestro y desaparición del ex senador provincial Guillermo
Vargas Aignasse. El jueves pasado, el fiscal general ante el Tribunal Oral en lo
Criminal Federal de Tucumán, Alfredo Miguel Terraf, firmó su dictamen en contra
del planteo del abogado Horacio Conesa Mones Ruiz, y a favor de que los
represores sean sentados en el banquillo de los acusados.
Ahora la opinión de Terraf, que si bien no es vinculante, será tenida en cuenta
por los miembros del Tribunal, Carlos Jiménez Montilla (presidente), Gabriel
Casas y Josefina Curi (vocales), quienes tendrán que resolver finalmente si los
militares retirados serán sometidos a un juicio oral o por escrito.
PRIMERAFUENTE confirmó la decisión de Terraf, sin conocer hasta el cierre de
esta edición los argumentos de su dictamen. Sólo se supo que entre sus
fundamentos citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El abogado defensor no quiere que sus clientes se sienten en el banquillo de los
acusados en el que será el primer juicio por los derechos humanos que se
realizará en Tucumán. 'Prefiero que se los juzgue por escrito porque las
palabras se las lleva el viento y los papelitos cantan. Y personalmente no
quiero ningún circo después de 30 años', manifestó ante la consulta telefónica
de PRIMERAFUENTE, durante la semana pasada.
El letrado hizo el planteo ante el Tribunal Oral en base al artículo 12 de la
Ley 24.121 sobre Implementación y Organización del Proceso Oral Penal. Según
Conesa Mones Ruiz, Bussi y Menéndez tienen que ser juzgados en base al Código
Procesal Penal que regía al momento de los hechos, salvo que ellos manifiesten
lo contrario. Y en el marco de esa vieja norma -según señaló- los juicios son
por escrito.