Argentina: La lucha continúa
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El agua y el oro
El debate sobre la ley de protección a los glaciares,
vetada por el Ejecutivo, debe ser asumido por los legisladores y por la
sociedad.
Miguel Bonasso.
Miguel Bonasso
Los glaciares no son, simplemente, una atracción turística, un escenario
suntuoso para desfiles de modelos. Constituyen una de las mayores reservas de
agua dulce del planeta y aunque castigados ellos mismos por el calentamiento
global siguen siendo, pese a todo, un factor que atempera y ralenta ese
calentamiento. Impedir que los destruyan o contaminen es una cuestión de vida o
muerte.
El dicho popular sentencia: "Sin oro podemos vivir, sin agua no". Sin embargo,
hay quienes siguen considerando, como el Rey Midas, que el oro es la medida de
todas las cosas de la Tierra, aunque la Tierra perezca.
Por eso, el debate sobre la ley de protección a los glaciares que fue vetada
días atrás por el Poder Ejecutivo debe ser asumido por los legisladores que
votaron por unanimidad esa norma y por el conjunto de la sociedad que puede ver
afectados sus intereses vitales si el rechazo presidencial se impone.
Estamos frente a una de esas decisiones capitales que sobrevuelan los intereses
parciales, la disciplina partidaria que exige la obediencia debida o las
chicanas entre oficialistas y opositores. Estamos frente a una decisión de
Estado. Del Estado entendido como síntesis institucional de las necesidades
actuales y futuras de la sociedad y no como expresión circunstancial de tal o
cual gobierno.
Un breve resumen para que el lector entienda de qué estamos hablando.
El 13 de noviembre de 2007, en la Comisión de Recursos Naturales y Ambiente
Humano de la Cámara de Diputados que presido, aprobamos por unanimidad un
proyecto de ley de la diputada (mandato cumplido) Marta Maffei de "presupuestos
mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial". La
norma tenía como objeto preservar los glaciares y sus zonas aledañas cubiertas
de hielo (permafrost), para mantenerlos como reservas estratégicas de recursos
hídricos y proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas que vienen
desde la cordillera de los Andes hacia el océano Atlántico. También proponía la
creación de un inventario de glaciares y geoformas periglaciales de todo el
territorio nacional. Y, como es lógico, prohibía la explotación minera o
petrolífera sobre los glaciares y sus heladas adyacencias.
El proyecto de la entonces diputada del ARI contó con el asesoramiento
científico del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias
Ambientales (Ianiglia), a través de su propio director, el doctor Ricardo
Villalba.
El dictamen de Comisión fue elevado al pleno sin disidencias ni observaciones y
fue aprobado por unanimidad en el recinto el 22 de noviembre de 2007. Reitero:
no tuvo votos negativos. Hubo solamente dos abstenciones, la del jujeño Carlos
Snopek y la mendocina Susana Amanda Genem. Lo votaron los diputados de las
"provincias cordilleranas" que estaban presentes. Incluidos los sanjuaninos y
sanjuaninas Margarita Ferrá de Bartol, Juan Carlos Gioja, Ruperto Eduardo Godoy
y José Rubén Uñac.
El 22 de octubre de este año fue también aprobado en general por unanimidad en
el Senado. Solamente interpusieron objeciones formales al artículo quinto los
senadores Adolfo Rodríguez Saá (San Luis), Liliana Teresa Negre de Alonso (San
Luis) y Roberto Gustavo Basualdo (San Juan).
Antes de la votación, pronunció un elocuente discurso Daniel Filmus, titular de
la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara alta. Dijo, entre otras cosas:
"Hablamos de uno de los temas más importantes que puede tener la Argentina en el
futuro. Un tema que no contaba con una legislación específica y que es
fundamental y decisivo, porque aludimos principalmente a las reservas de agua de
nuestro país". Con la media sanción del Senado, el proyecto se convirtió en la
ley 26.418. Faltaba solamente que el Poder Ejecutivo la promulgara. Pero la vetó
mediante el decreto presidencial 1837/08, que lleva las firmas de Cristina
Fernández de Kirchner y del jefe de Gabinete, Sergio Massa.
Los argumentos para el rechazo de la ley son endebles y según se desprende del
texto mismo, se basan en preocupaciones de la Secretaría de Minería y de
"gobernadores de la zona cordillerana". El secretario de Minería es el
sanjuanino Jorge Mayoral, relacionado con intereses mineros y el gobernador de
San Juan, José Luis Gioja, también señalado públicamente por sus vínculos con la
empresa canadiense Barrick Gold, la misma que fue rechazada por la protesta
pública en Esquel y ahora capitanea el proyecto binacional Pascua- Lama (entre
Chile y la Argentina), de 2.400 millones de dólares, casualmente en zona de
glaciares.
Según la Secretaría de Minería, que depende del Ministerio de Planificación, a
cargo del arquitecto Julio De Vido, "el establecimiento de presupuestos mínimos
no puede limitarse a la absoluta prohibición de actividades". La ley no prohíbe
"absolutamente" cualquier tipo de actividad sino aquellas que se realicen
directamente sobre los glaciares, destruyéndolos o contaminándolos. Pero,
además, ¿qué autoridad tiene para opinar sobre el derecho ambiental esta
secretaría de Estado y no la del ramo, que es la de Ambiente y Desarrollo
Sustentable de la Nación, a cargo de Romina Picolotti, ausente en las menciones
del decreto?
La observación del Poder Ejecutivo argumenta, también, que la Ley General de
Ambiente (25.675) prevé "el sistema de evaluación ambiental previo a la
autorización de toda obra o actividad susceptible de degradar el ambiente" y
que, por lo tanto, "la prohibición contenida en el artículo 6º del Proyecto de
Ley sancionado resulta excesiva". El decreto ignora que los informes de impacto
ambiental que presentó la Barrick Gold en Chile y la Argentina omitían la
existencia de glaciares en su zona de operación.
El núcleo del veto aparece nítido en esta definición negativa sobre la ley al
considerar que "daría preeminencia a los aspectos ambientales por encima de
actividades que podrían autorizarse y desarrollarse en perfecto cuidado del
medio ambiente". De eso se trata, precisamente, de otorgar preeminencia al
derecho ambiental, consagrado por el artículo 41 de la Constitución, por sobre
cualquier otra actividad que pueda lesionarlo.
Por último, el artículo 3º del decreto propone: "Invítase a los Señores
Gobernadores, Senadores Nacionales y Diputados Nacionales de las provincias
cordilleranas, a constituir un foro interdisciplinario para la discusión de las
medidas a adoptar en orden a la protección de los glaciares y el ambiente
periglacial".
Como es obvio, ningún foro puede subrogar al Congreso de la Nación. Por eso,
diputados y senadores debemos insistir en la ley original para que el veto se
caiga. Hacen falta dos tercios de los votos, es verdad, pero también es cierto
que la ley fue votada por unanimidad. Que cada uno se haga cargo de lo que votó.