Argentina: La lucha continúa
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Resolución del juez Corazza en la que, a pedido de Justicia YA!, rechaza la propuesta de trabajo realizada por la Policía Federal en la causa en la que se investiga la desaparición de Julio López
Compañeros
Enviamos la resolución del juez Corazza en la que, a pedido de Justicia
YA!, rechaza la propuesta de trabajo realizada por la Policía Federal en la
causa en la que se investiga la desaparición de Julio López, también la nota que
se publicó ayer en el diario Página 12. Agregamos que a la brevedad vamos a
presentar un escrito solicitando al juez que aparte de la causa al
Comisario Storni responsable de la propuesta y a cargo -por designación de
Corazza- de la "Comisión Especial de Búsqueda de Julio López" , e impulsaremos
un pedido de informes al Ministro de Justicia, Aníbal Fernández, por su evidente
responsabilidad en que la Policía Federal a su cargo haya elaborado y presentado
un proyecto de investigación de estas características.
Saludos
Justicia YA! La Plata
//La Plata, Octubre 22 de 2008
Autos y Vistos: los del presente legajo nO 47 caratulado " Técnicas de Perfilación Criminal" correspondientes a los autos n° 7/9889, caratulados "LOPEZ, Jorge Julio s/ su desaparición forzada de personas" del registro de la Secretaría Penal n° 7; y
Considerando: Que a fs. 1/8 se encuentra agregada la propuesta de trabajo de "Aplicación de Técnicas de Análisis del Comportamiento Criminal ", efectuada por la Policía Federal Argentina, auxiliar en la investigación de la presente causa, a la que se adhieren para su realización el Ministerio Público Fiscal a fs 13. y los querellantes constituidos por la familia del Sr. Lopez a fs. 18.
Que a fs. 40/44, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre'- La asociación de Ex - Detenidos-Desparecidos, Centro de Profesionales por los Derechos Humanos, y la Fundación Investigación y Defensa Legal Argentina, querellantes en la causa 988~/7, formulan expresa oposición a la realización de la citada propuesta de trabajo, a cuyos fundamentos me remito y que pasare a analizar.
1) La carátula presenta una propuesta de trabajo referido a ~~ Técnicas de Análisis del Comportamiento Criminal" a realizarse por un equipo conformado por la Po~licía Judicial de Córdoba, Gendarmería Nacional Argentina, Universidad de Buenos Aires, Policía Federal Argentina y la Policía Federal de Investigación Criminal Alemana. Ni bien avanzamos en el análisis y desarrollo de la propuesta advertimos en principio que ninguna de las entidades mencionadas se encuentran comprometidas institucionalmente con el trabajo propuesto. Se individualiza a un conjunto de profesionales, que percibirán honorarios y/o gastos, cuya idoneidad no pongo en duda, pero también debo expresar que desconozco, quienes serán los encargados del trabajo en análisis, debiendo requerirse a posteriori la colaboración de los organismos en donde prestan funciones.
2) No es comparable este cuadro y refiriéndome a la presentación de fs. 45, con los equipos de trabajo que sucesivamente participaron en la presente causa, ya que los mismos pertenecían a fuerzas de seguridad del Estado Nacional y Provincial, representando a las mismas, y encontrándose comprometida en los esfuerzos investigativos el mismo Estado.
3) No escapa a este Magistrado, que nos encontramos en un momento crucial de la investigación de la desaparición de Jorge Julio López, y que el escenario de controversia planteado entre los familiares de Sr. López y el resto de los querellantes, no ayuda a la investigación, pareciendo que los objetivos se bifurcaran, cuando en realidad todos y cada unos de los esfuerzos aportados a esta investigación deberían estar destinados al esclarecimiento de la desaparición del Sr. Jorge Julio López y quienes son los responsables de este lamentable hecho. Cada uno de ellos plantean distintos argumentos para atender, pero que es mí íntima convicción, que nos están alejando de las distintas lineas de investigación que en modo alguno se encuentran agotadas o concluidas.
4) Además, respecto de las facultades amplísimas atribuidas al grupo propuesto, que percibirá honorarios y lo gastos, entre ellas las entrevistas a personas allegadas al señor López, sean familiares o de su entorno, este Magistrado no considera pertinente, ni adecuado delegar las mismas. Empero, la mayoría de ellos ya han prestado declaración testimonial en la causa, sin que hasta la fecha se hayan aportado desde ese entorno datos útiles a la investigación.
5) También merece un párrafo aparte "la evaluación del estado mental, del Sr. López al momento de su desaparición ", tarea esta que nos parece un exceso manifiesto, máxime cuando el dominio de su conducta y decisiones que nunca han sido puestas en duda ni por sus familiares y/o allegados. Tampoco entiende o este magistrado cual es el objeto de este análisis, ni su idoneidad sin la presencia de la víctima. Más grave aún, es la utilización de técnicas psicológicas, que permitan inferir la veracidad o falsedad de las declaraciones testimoniales prestadas por elseñor López, cuestión que se encuentra absolutamente excluida del objeto de la presente causa.
6) A mayor abundamiento, también nos parece insuficiente la propuesta, ya que estas técnicas propuestas mas que definir el perfil psicológico de la víctima tienden o deberían tender a definir el perfil psicológico del autor del delito. Entiendo, que si bien puede Ser de utilidad la recolección de todos los elementos aportados a la causa, o aquellos que coadyuven a la resolución, deberíamos trabajar fundamentalmente en la determinación del perfil del delincuente, en el análisis de los grupos que pudieran estar beneficiados por esta desaparición, investigación de las personas y sus entornos mencionadas por el Sr. López en sus declaraciones, el nuevo análisis de las comunicaciones realizadas el día de su desaparición por los citados grupos, etc:
7) Lo antes dicho, con lleva a redefinir, no solo la propuesta efectuada por la Policía Federal Argentina, sino además definir quienes la llevarán a cabo. Desde ya adelanto mi opinión, que ella no podrá ser abordada fuera de las Instituciones del Estado.
Para ello, y en consecuencia, deberá requerirse la colaboración de la Universidad de Buenos Aires, a través a la Facultad de Psicología y otras de esa casa de Estudios, que permitan conformar un grupo interdisciplinario a los fines de abordar un trabajo referido a técnicas del comportamiento criminal, con los lineamientos descriptos en la presente resolución integrándose ese grupo, también institucionalmente con las fuerzas de seguridad que se considere necesarias. A tal fin, oportunamente, se elevará una propuesta de trabajó que este Magistrado en uso de sus facultades aprobará o redefinirá.¬
Por todo ello, consideraciones y fundamentos expuestos;
Resuelvo: Librar oficio al Señor Rector de la Universidad Nacional de Buenos Aires a los efectos de que considere viable la propuesta mencionada en el considerando que antecede, debiendose acompañar al oficio citado copia certificada de la presente resolución.
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Arnaldo Hugo Corazza