Argentina: La lucha continúa
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Argentina: Usura consentida por el Estado
Miguel Julio Rodríguez Villafañe
RIO NEGRO ON LINE
El Estado debe combatir la usura y atacar los instrumentos ilícitos que la
convaliden, tanto en lo interno como en la deuda externa ilegítima.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos -Pacto de San José de Costa
Rica-, con jerarquía constitucional en la Argentina, en su artículo 21 inc. 3,
dispone que: "Tanto la usura como cualquier otra forma de explotación del hombre
por el hombre deben ser prohibidas por la ley". Por su parte, el Código Penal
argentino reprime el delito de usura en el artículo 175 bis. Establece que
tendrá sanciones de prisión y multa el "que, aprovechando la necesidad, la
ligereza o la inexperiencia de una persona le hiciere dar o prometer, en
cualquier forma, para sí o para otros, intereses u otras ventajas pecuniarias
evidentemente desproporcionadas con su prestación u otorga recaudos o garantías
de carácter extorsivo".
No obstante lo determinado por la legislación, en los hechos, la usura no ha
tenido por parte del Estado, en general, una firme voluntad de reprimirla o de
accionar de manera preventiva al respecto. Repárese que esta actividad delictiva
hiere grave e injustamente el patrimonio de las personas, afecta la economía
pública, la buena fe en los negocios y trae desocupación, empobrecimiento,
enriquecimientos indebidos, cierre de fuentes de trabajo y explotación de los
débiles. También ataca la dignidad de las personas y los pueblos y permite la
consumación de otros delitos de diversos tipos.
Uno de los males más profundos que ha dejado en nuestro país la llamada "patria
financiera" ha sido una cultura en la que la especulación dineraria desmedida
fue aceptada con permisividad moral, por sobre la protección del capital
proveniente del trabajo o de la producción. Baste señalar que, a la fecha, las
rentas financieras no pagan impuesto a las ganancias, que sí deben hacerlo otras
actividades productivas y del trabajo.
A su vez, el Estado ha generado y propicia, irresponsablemente, situaciones
ideales para la proliferación de la actividad usuraria. Por ejemplo, al
autorizar la difusión y dispersión desmesurada de casinos y salas de
tragamonedas ha permitido y permite que, por su propia lógica, crezca la
actividad usuraria alrededor del juego, aprovechándose de quienes se sienten
compelidos al mismo.
Desprotección de los más débiles
Por otra parte, no se controlan las entidades financieras que dan préstamos y no
reciben depósitos. Muchas de ellas funcionan de manera informal, con propaganda
tramposa y sin dar información sobre los intereses que se cobran. En base a
fáciles requisitos de otorgamiento y por sumas de dinero no muy grandes, se
invita a los más débiles a tomar créditos personales con modalidades usurarias.
Los sectores empobrecidos y necesitados sólo evalúan su capacidad de pago de
cuotas pequeñas, sin reparar que terminan pagando tasas de interés usurarias
que, en algunos casos, llegan a superar el 100% del monto del dinero recibido.
Se cobra, de manera directa o disfrazada, tasas que van del 6% al 14% de interés
mensual. Engaños similares han adoptado comercios de distintos tipos, desde
zapaterías a ventas de artículos electrodomésticos, para otorgar créditos de
consumo de sus productos. Modalidad ésta que tampoco es controlada por los
órganos estatales pertinentes.
Además, nadie investiga los depósitos de muebles, que actúan como casas de
empeños disfrazadas y en las que se cobran cifras desmedidas por lo que se
presta, con la garantía del bien que se hace dejar en guarda.
Asimismo, cuando el Estado paga con bonos implica entregar a la usura a quienes
obliga a recibirlos. A nadie escapa que cuando se abona por parte del gobierno
deudas con bonos, especialmente sueldos y jubilaciones, los mismos sólo se
pueden cambiar perdiendo gran parte del capital, en perjuicio de quienes
necesitan usarlos para poder vivir.
Deudas externas usurarias
Pero de una manera paradójicamente inaceptable, el Estado -que hace cargar
pesadamente en la sociedad los desatinos de gobiernos ineptos- se cuida mucho de
hacer presente que, aun a costa de su pueblo, siempre pagará las deudas
externas, aunque sean ilegítimas y usurarias.
Hasta la fecha no ha existido la valentía política de llevar adelante una
auditoría integral sobre la deuda pública del país y analizar su legitimidad,
como lo ha hecho el presidente Rafael Correa en Ecuador. Se tiene que examinar
las deudas que se reclaman a la Argentina y atacar sus ilegalidades, entre
ellas, las operaciones de usura de algunos de los supuestos créditos que se
reclaman. Tal es el caso, por ejemplo, del alza unilateral de la tasas de los
intereses que se aplicó a la deuda argentina, en 1980. Como bien lo resalta
Miguel Ángel Espeche Gil, en pocos meses, los acreedores elevaron, por su sola
decisión, el interés de la deuda del 6% anual a más del 20% por año. Lo
realizado no se cuestionó debidamente por nuestros representantes. En
definitiva, los gobernantes de turno nos presentan como indispensable el pago de
la deuda externa, sin dejar en claro a quién se paga, por qué se paga y cuánto
se paga, ya que en dichas supuestas deudas hay parte de la cantidad resultante
de operaciones usurarias como la referida, incorporadas en los refinanciamientos
que se han ido dando. Se tiene que declarar la nulidad de los instrumentos
ilícitos e ilegítimos de la deuda pública, en especial los que tengan lógica
usuraria, suspender los pagos y llevar la cuestión a la Corte Internacional de
Justicia mediante el procedimiento consultivo que permita discutir su
legitimidad.
En definitiva, se debe exigir que el Estado cumpla un papel activo en la
represión de la usura, en lo interno y en lo internacional y que no aparezca
como un aliado, por acción y omisión, de la misma.
Miguel Julio RODRÍGUEZ VILLAFAÑE es abogado constitucionalista.