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Latinoamérica

"Tenemos derecho a prevenir la transmisión del VIH/Sida y otras ITS"

Proclama pública de los derechos sexuales y reproductivos de las y los trabajadores sexuales

Jaime Montejo - Jaime Montejo
Noti-calle

Las trabajadoras sexuales también tenemos derecho de tener derechos sexuales
 
Nuestros derechos laborales también son derechos sexuales
Trabajadoras y trabajadores sexuales de la Red Mexicana de Trabajo Sexual, reunidas en el primer taller regional de atención primaria a la salud sexual y derechos del consumidor de condones, proclaman sus derechos sexuales y reproductivos en las instalaciones de Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer "Elisa Martínez", después de conocer la situación de violación sistemática de tales derechos en toda la república mexicana a un año de celebrarse la XVII Conferencia Internacional de SIDA en la Ciudad de México.
A continuación el documento donde exponen sus derechos sexuales y reproductivos y cómo estos son violados en el país:
Las trabajadoras y trabajadores sexuales participantes en el Taller de la Región Centro de la Red Mexicana de Trabajo Sexual, damos a conocer la siguiente Proclama Pública de los Derechos Sexuales y Reproductivos de nuestro SECTOR DE LA CLASE OBRERA:
1.-) Nos percibimos que la legislación estatal de salud le da rango de ley a la explotación sexual, económica y psicológica de quienes trabajan en el sexo como la Ley de Salud del estado de Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nuevo León, Querétaro, Sinaloa y Zacatecas. Los lineamientos para el ejercicio del trabajo sexual en el estado de Guanajuato, reglamentos y otras disposiciones municipales de Jalisco, Tamaulipas, Veracruz, Oaxaca, Morelos y Quintana Roo, legalizan el control sanitario del sexo comercial. Asimismo, los Códigos Civiles de los estados de la república, como el de Nuevo León y Distrito Federal son utilizados para extorsionar a las trabajadoras sexuales y amenazarlas con quitarles a sus hijos si no pagan las cuotas impuestas por líderes corruptas, autoridades y padrotes.
2.-) Sucesos como el acaecido la noche del once de julio del año pasado, cuando catorce bailarinas y trabajadoras sexuales fueron violadas por más de veinte soldados del 14º regimiento de caballería motorizada del Ejército Mexicano en Castaños, municipio de Coahuila, donde estaban asignados al resguardo de material electoral. Los militares, además de desnudarlas, obligarlas a bailar sin ropa y violarlas en repetidas ocasiones, simularon un fusilamiento colocando a las mujeres de espaldas contra la pared; cuando los disparos debieron llegar, irrumpieron en carcajadas. Ha pasado un año desde entonces, la justicia no llega todavía por tratarse, en el caso de las víctimas de trabajadoras sexuales y en el caso de los presuntos responsables, de militares. Tampoco hay una Recomendación emitida por la CNDH que protege a los militares ante cualquier denuncia de violación de derechos humanos. Algunos de los responsables de la violación tumultuaria sonRubén Venzor general en la sexta zona militar que ha encubierto a sus subalternos, Juan José Gaytán sargento segundo de caballería y superior jerárquico de los inculpados y todos los soldados involucrados.
3.-) La agresión de que fueron víctimas las trabajadoras sexuales independientes de Apizaco Tlaxcala el viernes 31 de agosto a las 5 P.M., por parte de la AFI, por oponerse a la instalación de una zona de tolerancia donde la explotación sexual comercial infantil (ESCI) y el narcomenudeo sería una realidad cotidiana.
4.-) El Gobierno del Distrito Federal y las delegaciones Benito Juárez, Cuauhtémoc, Iztacalco y Coyoacán pusieron en marcha el jueves 23 de agosto a las 11 P.M., un programa de seguridad, mejoramiento urbano y ordenamiento del ambulantaje y la prostitución en calzada de Tlalpan contra los compañeros trabajadores sexuales de la Cooperativa Ángeles en búsqueda de la libertad y de otros colectivos, que no se apegó a las disposiciones de la Ley de Cultura Cívica y su Reglamento.
5.-) Los cinco asesinatos de trabajadoras sexuales de la Merced denunciados el 11 de julio, Día Nacional del Trabajo Sexual, a los cuáles añadimos tres más a la fecha.
6.-) Los operativos de la Delegación Venustiano Carranza, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y la Secretaría de Seguridad Pública del D.F., presuntamente contra las mafias de prostitución infantil de la zona, donde las trabajadoras sexuales adultas recibieron un trato cruel y degradante, consistente en ser fotografiadas desnudas y posteriormente publicar dichas imágenes en diarios de circulación local y nacional.
7.-) La extorsión de que son objeto trabajadoras sexuales independientes del Jardín Morelos de Guadalajara Jalisco, por parte de elementos de la Policía Municipal.
8.-) La explotación sexual comercial infantil que se lleva a cabo en cerca de nueve mil giros negros de la delegación Cuauhtémoc (según denunció en su momento, Lenia Batres) de los cuáles son propietarios Pancho Soto, Tzusumo, Iglesias, del Vals, Gless y otros "empresarios del sexo" emparentados con diferentes carteles del narcotráfico como lo atestigua el Informe de Giros Negros elaborado por Mariano Herrán Salvatti, ex jefe antidrogas de la PGR, uno de los hombres más cercanos al entonces procurador Jorge Madrazo, y también ex procurador de Justicia en Chiapas; documento que jamás entregó a sus superiores y que Javier Martínez M difundió el 15 de octubre de 2005 en la revista "La Crisis".
9.-) La eterna circulación de condones sin registro sanitario en los lugares donde nos ocupamos con nuestros clientes, como ocurre actualmente en la zona de la Merced y que ponen en riesgo nuestra vida y salud, exponiéndonos al VIH/SIDA, ITS y embarazos no deseados.
10.-) La pérdida de la patria potestad o de la custodia de nuestros hijos por dedicarnos al sexo comercial.
Ante esta situación, declaramos que los derechos sexuales y reproductivos de las y los trabajadores sexuales son los siguientes:
Los derechos sexuales y los derechos reproductivos tienen un punto en común: hacen referencia a nuestros cuerpos, respecto a la sexualidad y reproducción. Y tomando en cuenta que nuestro cuerpo es un territorio individual, es muy importante que nuestras decisiones sean autónomas e informadas y estas sean respetadas por el Estado y las demás personas. Aquí encontrarás algunos de nuestros derechos. Es importante conocerlos, comprenderlos y sobre todo ejercerlos.
1.- El Derecho a la Libertad Sexual: Es la expresión de la sexualidad de la forma como lo desees, como te haga sentir mejor, sin que nadie se aproveche, o trate de explotarte o abusar de ti. En este sentido, las y los trabajadores sexuales que trabajamos para algún negocio tenemos derecho a disfrutar de las prestaciones sociales que el derecho laboral establece para el resto de oficios y profesiones y quienes trabajamos por nuestra propia cuenta de manera independiente, tenemos el derecho a ser reconocidas como trabajadoras-es no asalariadas. Asimismo, tenemos derecho a no ser extorsionadas, a no ser objeto de explotación sexual, económica o psicológica. Los niños, las niñas y adolescentes menores de edad tienen derecho a no ser víctimas de explotación sexual comercial infantil. También tenemos derecho a que se castige a quienes se dedican a la trata de personas.
2.- El Derecho a la Autonomía Sexual, Integridad Sexual y Seguridad del Cuerpo Sexual: Es la posibilidad de tomar decisiones autónomas sobre tu vida sexual, en un contexto de tu propia ética personal y social, incluye el control y el placer de nuestros cuerpos libres de tortura, mutilación o de violencia de cualquier tipo. En este sentido, tenemos el derecho a que el control sanitario que se ejerce sobre las y los trabajadores sexuales tenga el carácter de voluntario, confidencial y que cuente con nuestro consentimiento informado; así mismo, tenemos derecho a disfrutar de la totalidad de los ingresos que nuestro trabajo nos allega, sin que nadie nos lo quite. Igualmente tenemos derecho a prevenir la transmisión del VIH/Sida y otras ITS, implementando en nuestra relación de pareja y en el trabajo sexual el sexo seguro y el sexo protegido. También tenemos derecho a decidir continuar trabajando en el sexo si esa es nuestra voluntad.
3.- El Derecho a la Privacidad Sexual: Es el derecho a tomar decisiones individuales sobre tus comportamientos sexuales, disfrutando de todo aquello que te haga sentir bien, es importante tener en cuenta que estos comportamientos no deben interferir con los derechos sexuales de otros u otras. En este sentido, las y los trabajadores sexuales tenemos el derecho a no portar documentos exclusivos para quienes trabajamos en el sexo, a no estar incluidas en padrones o censos, a no ser fichadas como presuntas infractoras y a que se respete nuestra imagen y ésta no sea transmitida sin nuestro consentimiento informado.
4.- El Derecho a la Igualdad Sexual: Se refiere a la oposición a todas las formas de discriminación, independientemente del sexo, orientación sexual e identidad de género. En este sentido, las y los trabajadores del sexo tenemos derecho a que el resto de la sociedad y las autoridades nos traten con el mismo respeto que se merecen nuestros clientes. La no discriminación significa, entre otras cosas que no se nos apliquen controles sanitarios ya que a los clientes no se les aplica y a que no se nos recluya en zonas de tolerancia donde somos más susceptibles de vivir en condiciones de explotación sexual. Así mismo, este derecho implica que conozcamos las técnicas básicas de negociación sexual del condón con clientes y pareja.
5.- El Derecho al Placer Sexual: Es el derecho a disfrutar del ejercicio de tu sexualidad, incluyendo el autoerotismo. Asimismo, tenemos derecho a decidir en el ejercicio de nuestro trabajo (sexual) el disfrute o no de dichas relaciones sexuales comerciales.
6.- El Derecho a la Expresión Sexual Emocional: Es el derecho a expresar nuestra sexualidad a través de la comunicación, el contacto y el amor. La expresión sexual es más que el placer erótico de los actos sexuales. En este sentido, las y los trabajadores sexuales tenemos el derecho a expresar a los demás que ofrecemos servicios sexuales y también tenemos derecho a no hacerlo, si esa es nuestra voluntad.
7.- El Derecho a la Libre Asociación Sexual: Significa la posibilidad de casarse, de divorciarse o de convivir y de establecer otros tipos de asociaciones sexuales como el sexo comercial voluntario. Asimismo, en el caso de las y los trabajadores sexuales, tenemos el derecho a que la legislación laboral proteja nuestro trabajo, tenemos derecho a conformar cooperativas para que nadie nos explote ni saque provecho económico de nuestro trabajo sexual, también tenemos derecho a sindicalizarnos y a trabajar de forma independiente.
8.- El Derecho a decidir libremente cuántos hijos tener: Es el Derecho que toda persona tiene a decidir sobre tener hijos, hijas o no, el número y el espaciamiento entre ellos. En este derecho esta incluido el acceso y a la información veraz de todos los métodos de regulación de la fertilidad. En este sentido las y los trabajadores sexuales tenemos derecho a que no se nos impongan métodos anticonceptivos si esa no es nuestra voluntad. Así mismo, tenemos derecho a tener la patria potestad de nuestros hijos, sin que el ejercicio de nuestro trabajo sea un impedimento legal como lo establecen varios códigos civiles de la república como el de Nuevo León y D.F.
9.- El Derecho a Información Basada en el Conocimiento Científico: Es el derecho a saber todo sobre tu sexualidad y la forma como vivirla a plenitud, disfrutarla con amor y cuidado para tu salud, con información que debe ser generada a través de un proceso científico y ético y difundido en formas apropiadas en todos los niveles sociales. En este sentido las y los trabajadores sexuales tenemos el derecho de conocer nuestra sexualidad para protegernos de ITS como el VIH-Sida y el cáncer cervico uterino relacionado con el virus del papiloma humano, con nuestros clientes y pareja. Así mismo, tenemos derecho a que las acciones de prevención y control de las ITS y VIH-Sida promueven al uso del condón al 100% en contextos de sexo comercial y se basen en evidencia científica y no en prejuicios que se institucionalizan en controles sanitarios que no redundan en la protección de la salud pública.
10.- El Derecho a la Educación Sexual Integral-Comprensiva: Es el derecho que todos y todas tenemos a conocer y comprender mejor nuestro cuerpo y sexualidad, a estar informado sobre el funcionamiento y las respuestas que este tiene a estímulos, este proceso dura toda la vida, desde el nacimiento, e involucra la responsabilidad de todos y todas. En este sentido las y los trabajadores sexuales tenemos el derecho a conocer la respuesta sexual humana para ejercer nuestro trabajo de forma informada y disfrutar nuestra intimidad en el momento en el que así lo queramos.
11.- El Derecho al Cuidado de la Salud Sexual: El cuidado de la salud sexual debe estar disponible para la prevención y el tratamiento de todos los problemas, preocupaciones y disfunciones sexuales. En este sentido, las y los trabajadores sexuales tenemos derecho a contar con diferentes opciones para atender nuestra salud sexual y tenemos el derecho a participar o no en ellas.
12.- El Derecho a la Calidad de los Insumos de Salud Sexual: Es un derecho primordial, sin él, otros derechos sexuales, serían tan sola una intención. Incluye el derecho a que los condones y los demás anticonceptivos, cuenten con un control de calidad que nos garantice la protección y seguridad esperada. En este sentido, las y los trabajadores sexuales tenemos derecho a que los condones que nos donan, venden o regalan, el sector público, privado y social, nos asegure una protección en el ejercicio del trabajo sexual o en el disfrute de nuestra intimidad con la pareja.
En México Distrito Federal, agosto 27 a 31 del año 2007,
Contra el SIDA, el silencio y la discriminación:
Organización, movilización y resistencia ciudadana.        
     

Fuente: lafogata.org