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"Tenemos derecho a prevenir la transmisión del VIH/Sida y otras ITS"
Proclama pública de los derechos sexuales y reproductivos de las y los
trabajadores sexuales
Jaime Montejo - Jaime Montejo
Noti-calle
Las trabajadoras sexuales también tenemos derecho de tener derechos sexuales
Nuestros derechos laborales también son derechos sexuales
Trabajadoras y trabajadores sexuales de la Red Mexicana de Trabajo Sexual,
reunidas en el primer taller regional de atención primaria a la salud sexual y
derechos del consumidor de condones, proclaman sus derechos sexuales y
reproductivos en las instalaciones de Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer
"Elisa Martínez", después de conocer la situación de violación sistemática de
tales derechos en toda la república mexicana a un año de celebrarse la XVII
Conferencia Internacional de SIDA en la Ciudad de México.
A continuación el documento donde exponen sus derechos sexuales y reproductivos
y cómo estos son violados en el país:
Las trabajadoras y trabajadores sexuales participantes en el Taller de la Región
Centro de la Red Mexicana de Trabajo Sexual, damos a conocer la siguiente
Proclama Pública de los Derechos Sexuales y Reproductivos de nuestro SECTOR DE
LA CLASE OBRERA:
1.-) Nos percibimos que la legislación estatal de salud le da rango de ley a la
explotación sexual, económica y psicológica de quienes trabajan en el sexo como
la Ley de Salud del estado de Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila,
Colima, Chiapas, Durango, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nuevo León, Querétaro,
Sinaloa y Zacatecas. Los lineamientos para el ejercicio del trabajo sexual en el
estado de Guanajuato, reglamentos y otras disposiciones municipales de Jalisco,
Tamaulipas, Veracruz, Oaxaca, Morelos y Quintana Roo, legalizan el control
sanitario del sexo comercial. Asimismo, los Códigos Civiles de los estados de la
república, como el de Nuevo León y Distrito Federal son utilizados para
extorsionar a las trabajadoras sexuales y amenazarlas con quitarles a sus hijos
si no pagan las cuotas impuestas por líderes corruptas, autoridades y padrotes.
2.-) Sucesos como el acaecido la noche del once de julio del año pasado, cuando
catorce bailarinas y trabajadoras sexuales fueron violadas por más de veinte
soldados del 14º regimiento de caballería motorizada del Ejército Mexicano en
Castaños, municipio de Coahuila, donde estaban asignados al resguardo de
material electoral. Los militares, además de desnudarlas, obligarlas a bailar
sin ropa y violarlas en repetidas ocasiones, simularon un fusilamiento colocando
a las mujeres de espaldas contra la pared; cuando los disparos debieron llegar,
irrumpieron en carcajadas. Ha pasado un año desde entonces, la justicia no llega
todavía por tratarse, en el caso de las víctimas de trabajadoras sexuales y en
el caso de los presuntos responsables, de militares. Tampoco hay una
Recomendación emitida por la CNDH que protege a los militares ante cualquier
denuncia de violación de derechos humanos. Algunos de los responsables de la
violación tumultuaria sonRubén Venzor general en la sexta zona militar que ha
encubierto a sus subalternos, Juan José Gaytán sargento segundo de caballería y
superior jerárquico de los inculpados y todos los soldados involucrados.
3.-) La agresión de que fueron víctimas las trabajadoras sexuales independientes
de Apizaco Tlaxcala el viernes 31 de agosto a las 5 P.M., por parte de la AFI,
por oponerse a la instalación de una zona de tolerancia donde la explotación
sexual comercial infantil (ESCI) y el narcomenudeo sería una realidad cotidiana.
4.-) El Gobierno del Distrito Federal y las delegaciones Benito Juárez,
Cuauhtémoc, Iztacalco y Coyoacán pusieron en marcha el jueves 23 de agosto a las
11 P.M., un programa de seguridad, mejoramiento urbano y ordenamiento del
ambulantaje y la prostitución en calzada de Tlalpan contra los compañeros
trabajadores sexuales de la Cooperativa Ángeles en búsqueda de la libertad y de
otros colectivos, que no se apegó a las disposiciones de la Ley de Cultura
Cívica y su Reglamento.
5.-) Los cinco asesinatos de trabajadoras sexuales de la Merced denunciados el
11 de julio, Día Nacional del Trabajo Sexual, a los cuáles añadimos tres más a
la fecha.
6.-) Los operativos de la Delegación Venustiano Carranza, la Procuraduría
General de Justicia del Distrito Federal y la Secretaría de Seguridad Pública
del D.F., presuntamente contra las mafias de prostitución infantil de la zona,
donde las trabajadoras sexuales adultas recibieron un trato cruel y degradante,
consistente en ser fotografiadas desnudas y posteriormente publicar dichas
imágenes en diarios de circulación local y nacional.
7.-) La extorsión de que son objeto trabajadoras sexuales independientes del
Jardín Morelos de Guadalajara Jalisco, por parte de elementos de la Policía
Municipal.
8.-) La explotación sexual comercial infantil que se lleva a cabo en cerca de
nueve mil giros negros de la delegación Cuauhtémoc (según denunció en su
momento, Lenia Batres) de los cuáles son propietarios Pancho Soto, Tzusumo,
Iglesias, del Vals, Gless y otros "empresarios del sexo" emparentados con
diferentes carteles del narcotráfico como lo atestigua el Informe de Giros
Negros elaborado por Mariano Herrán Salvatti, ex jefe antidrogas de la PGR, uno
de los hombres más cercanos al entonces procurador Jorge Madrazo, y también ex
procurador de Justicia en Chiapas; documento que jamás entregó a sus superiores
y que Javier Martínez M difundió el 15 de octubre de 2005 en la revista "La
Crisis".
9.-) La eterna circulación de condones sin registro sanitario en los lugares
donde nos ocupamos con nuestros clientes, como ocurre actualmente en la zona de
la Merced y que ponen en riesgo nuestra vida y salud, exponiéndonos al VIH/SIDA,
ITS y embarazos no deseados.
10.-) La pérdida de la patria potestad o de la custodia de nuestros hijos por
dedicarnos al sexo comercial.
Ante esta situación, declaramos que los derechos sexuales y reproductivos de las
y los trabajadores sexuales son los siguientes:
Los derechos sexuales y los derechos reproductivos tienen un punto en común:
hacen referencia a nuestros cuerpos, respecto a la sexualidad y reproducción. Y
tomando en cuenta que nuestro cuerpo es un territorio individual, es muy
importante que nuestras decisiones sean autónomas e informadas y estas sean
respetadas por el Estado y las demás personas. Aquí encontrarás algunos de
nuestros derechos. Es importante conocerlos, comprenderlos y sobre todo
ejercerlos.
1.- El Derecho a la Libertad Sexual: Es la expresión de la
sexualidad de la forma como lo desees, como te haga sentir mejor, sin que nadie
se aproveche, o trate de explotarte o abusar de ti. En este sentido, las y los
trabajadores sexuales que trabajamos para algún negocio tenemos derecho a
disfrutar de las prestaciones sociales que el derecho laboral establece para el
resto de oficios y profesiones y quienes trabajamos por nuestra propia cuenta de
manera independiente, tenemos el derecho a ser reconocidas como trabajadoras-es
no asalariadas. Asimismo, tenemos derecho a no ser extorsionadas, a no ser
objeto de explotación sexual, económica o psicológica. Los niños, las niñas y
adolescentes menores de edad tienen derecho a no ser víctimas de explotación
sexual comercial infantil. También tenemos derecho a que se castige a quienes se
dedican a la trata de personas.
2.- El Derecho a la Autonomía Sexual, Integridad Sexual y Seguridad del
Cuerpo Sexual: Es la posibilidad de tomar decisiones autónomas sobre tu
vida sexual, en un contexto de tu propia ética personal y social, incluye el
control y el placer de nuestros cuerpos libres de tortura, mutilación o de
violencia de cualquier tipo. En este sentido, tenemos el derecho a que el
control sanitario que se ejerce sobre las y los trabajadores sexuales tenga el
carácter de voluntario, confidencial y que cuente con nuestro consentimiento
informado; así mismo, tenemos derecho a disfrutar de la totalidad de los
ingresos que nuestro trabajo nos allega, sin que nadie nos lo quite. Igualmente
tenemos derecho a prevenir la transmisión del VIH/Sida y otras ITS,
implementando en nuestra relación de pareja y en el trabajo sexual el sexo
seguro y el sexo protegido. También tenemos derecho a decidir continuar
trabajando en el sexo si esa es nuestra voluntad.
3.- El Derecho a la Privacidad Sexual: Es el derecho a tomar
decisiones individuales sobre tus comportamientos sexuales, disfrutando de todo
aquello que te haga sentir bien, es importante tener en cuenta que estos
comportamientos no deben interferir con los derechos sexuales de otros u otras.
En este sentido, las y los trabajadores sexuales tenemos el derecho a no portar
documentos exclusivos para quienes trabajamos en el sexo, a no estar incluidas
en padrones o censos, a no ser fichadas como presuntas infractoras y a que se
respete nuestra imagen y ésta no sea transmitida sin nuestro consentimiento
informado.
4.- El Derecho a la Igualdad Sexual: Se refiere a la oposición a
todas las formas de discriminación, independientemente del sexo, orientación
sexual e identidad de género. En este sentido, las y los trabajadores del sexo
tenemos derecho a que el resto de la sociedad y las autoridades nos traten con
el mismo respeto que se merecen nuestros clientes. La no discriminación
significa, entre otras cosas que no se nos apliquen controles sanitarios ya que
a los clientes no se les aplica y a que no se nos recluya en zonas de tolerancia
donde somos más susceptibles de vivir en condiciones de explotación sexual. Así
mismo, este derecho implica que conozcamos las técnicas básicas de negociación
sexual del condón con clientes y pareja.
5.- El Derecho al Placer Sexual: Es el derecho a disfrutar del
ejercicio de tu sexualidad, incluyendo el autoerotismo. Asimismo, tenemos
derecho a decidir en el ejercicio de nuestro trabajo (sexual) el disfrute o no
de dichas relaciones sexuales comerciales.
6.- El Derecho a la Expresión Sexual Emocional: Es el derecho a
expresar nuestra sexualidad a través de la comunicación, el contacto y el amor.
La expresión sexual es más que el placer erótico de los actos sexuales. En este
sentido, las y los trabajadores sexuales tenemos el derecho a expresar a los
demás que ofrecemos servicios sexuales y también tenemos derecho a no hacerlo,
si esa es nuestra voluntad.
7.- El Derecho a la Libre Asociación Sexual: Significa la
posibilidad de casarse, de divorciarse o de convivir y de establecer otros tipos
de asociaciones sexuales como el sexo comercial voluntario. Asimismo, en el caso
de las y los trabajadores sexuales, tenemos el derecho a que la legislación
laboral proteja nuestro trabajo, tenemos derecho a conformar cooperativas para
que nadie nos explote ni saque provecho económico de nuestro trabajo sexual,
también tenemos derecho a sindicalizarnos y a trabajar de forma independiente.
8.- El Derecho a decidir libremente cuántos hijos tener: Es el
Derecho que toda persona tiene a decidir sobre tener hijos, hijas o no, el
número y el espaciamiento entre ellos. En este derecho esta incluido el acceso y
a la información veraz de todos los métodos de regulación de la fertilidad. En
este sentido las y los trabajadores sexuales tenemos derecho a que no se nos
impongan métodos anticonceptivos si esa no es nuestra voluntad. Así mismo,
tenemos derecho a tener la patria potestad de nuestros hijos, sin que el
ejercicio de nuestro trabajo sea un impedimento legal como lo establecen varios
códigos civiles de la república como el de Nuevo León y D.F.
9.- El Derecho a Información Basada en el Conocimiento Científico:
Es el derecho a saber todo sobre tu sexualidad y la forma como vivirla a
plenitud, disfrutarla con amor y cuidado para tu salud, con información que debe
ser generada a través de un proceso científico y ético y difundido en formas
apropiadas en todos los niveles sociales. En este sentido las y los trabajadores
sexuales tenemos el derecho de conocer nuestra sexualidad para protegernos de
ITS como el VIH-Sida y el cáncer cervico uterino relacionado con el virus del
papiloma humano, con nuestros clientes y pareja. Así mismo, tenemos derecho a
que las acciones de prevención y control de las ITS y VIH-Sida promueven al uso
del condón al 100% en contextos de sexo comercial y se basen en evidencia
científica y no en prejuicios que se institucionalizan en controles sanitarios
que no redundan en la protección de la salud pública.
10.- El Derecho a la Educación Sexual Integral-Comprensiva: Es el
derecho que todos y todas tenemos a conocer y comprender mejor nuestro cuerpo y
sexualidad, a estar informado sobre el funcionamiento y las respuestas que este
tiene a estímulos, este proceso dura toda la vida, desde el nacimiento, e
involucra la responsabilidad de todos y todas. En este sentido las y los
trabajadores sexuales tenemos el derecho a conocer la respuesta sexual humana
para ejercer nuestro trabajo de forma informada y disfrutar nuestra intimidad en
el momento en el que así lo queramos.
11.- El Derecho al Cuidado de la Salud Sexual: El cuidado de la
salud sexual debe estar disponible para la prevención y el tratamiento de todos
los problemas, preocupaciones y disfunciones sexuales. En este sentido, las y
los trabajadores sexuales tenemos derecho a contar con diferentes opciones para
atender nuestra salud sexual y tenemos el derecho a participar o no en ellas.
12.- El Derecho a la Calidad de los Insumos de Salud Sexual: Es un
derecho primordial, sin él, otros derechos sexuales, serían tan sola una
intención. Incluye el derecho a que los condones y los demás anticonceptivos,
cuenten con un control de calidad que nos garantice la protección y seguridad
esperada. En este sentido, las y los trabajadores sexuales tenemos derecho a que
los condones que nos donan, venden o regalan, el sector público, privado y
social, nos asegure una protección en el ejercicio del trabajo sexual o en el
disfrute de nuestra intimidad con la pareja.
En México Distrito Federal, agosto 27 a 31 del año 2007,
Contra el SIDA, el silencio y la discriminación:
Organización, movilización y resistencia ciudadana.