Argentina: La lucha continúa
|
El boom minero argentino
El despojo de los metales argentinos (III)
Fernando 'Pino' Solanas
InfoMoreno
El autor, presidente del MORENO, traza un panorama amplio de la situación de
la minería en Argentina.
Ver también:
El despojo de los metales argentinos (I)
El despojo de los metales argentinos (II)
Beneficios y regalías de las empresas mineras
Las leyes mineras de Menem otorgaron a las empresas ventajas excepcionales de
las que no goza ninguna otra rama empresaria, ni las petroleras: de las 23
provincias argentinas sólo 7 cobran regalías. La madre de esas normas del
despojo es la Ley de Inversiones Mineras (Nº 24.196/93) que estableció en su
art. 22: 'Las provincias que adhieran al régimen de la presente ley y que
perciban regalías (...) no podrán cobrar un porcentaje superior al 3% sobre el
valor 'boca de mina' del mineral extraído'. Pero no era todo: la ley 25.161/99
establece la reducción de los costos operativos sobre la regalía, incorporando a
la ley Nº 24.196 -artículo 22 bis- algunas definiciones: 'Artículo 1: Se
considera 'mineral boca de mina' el mineral extraído, transportado y/o acumulado
previo a cualquier proceso de transformación' - la roca o piedra en bruto antes
de su molienda- 'Se define el 'valor boca de mina' de los minerales o metales
declarados por el productor minero, como el valor obtenido en la primera etapa
de su comercialización, menos los costos directos y/u operativos necesarios para
llevar el mineral de boca de mina a dicha etapa, con excepción de los gastos y/o
costos directos o indirectos inherentes al proceso de extracción'.
Sobre la piedra en bruto, extraída a la montaña, sin ser molida ni procesada, se
calcula el 3% de regalía y se le hacen las siguientes deducciones: 'Los costos a
deducir, según corresponda, serán: A) Costos de transporte, flete y seguros
hasta la entrega del producto logrado, menos los correspondientes al proceso de
extracción del mineral hasta boca de mina. B) Costos de trituración, molienda,
beneficio y todo proceso de tratamiento que posibilite la venta del producto
final, a que arribe la operación minera. C) Costos de comercialización hasta la
venta del producto logrado. D) Costos de administración hasta la entrega del
producto logrado, menos los correspondientes a extracción. E) Costos de
fundición y refinación.' (Ley 25.161/99 art. 1.)
¿Pero quién determina donde comienza o termina cada proceso?: la propia empresa.
No hay ninguna autoridad pública que controle lo que extraen ni lo que exportan,
ni sus costos de comercialización. El sistema funciona a simple declaración
jurada de las mineras sobre los principales metales que explotan (oro, cobre,
plata) sin declarar todos los demás que los acompañan. Téngase en cuenta que
ningún metal se encuentra sólo en la roca sino que está mezclado con muchos
otros: donde hay oro hay cobre, plata, molibdeno, y otros. Se calcula que en los
'barros metalíferos' transportados por las mineras, van cerca de 60 minerales
muy requeridos para las nuevas aleaciones, super-conductores e industrias de
punta. Sobre ellos, no pagan nada(*13). Recién 180 días después que la carga
llega al puerto de destino, la empresa declara lo que llevó y paga la regalía
deduciéndole los gastos de procesamiento, transporte, seguro, flete,
administración y comercialización. Las regalías, que son el canon mundialmente
establecido como compensación por la pérdida de materiales no renovables, queda
reducida a lo insignificante: las provincias terminan cobrando del 1 al 1,5%,
según las declaraciones juradas de las propias empresas.
En cuanto al Impuesto al Valor Agregado, la ley 24.402/94) establece un régimen
especial de financiamiento: 'Art. 1: A) Las operaciones de compra o importación
definitiva de bienes de capital nuevos. B) Las inversiones realizadas en obras
de infraestructura física para la actividad minera...Art. 2: (...) en tanto los
mismos sean destinados al proceso productivo orientado hacia la venta en el
mercado externo...o bienes destinados a la exportación.'
Todas estas medidas a favor de las corporaciones explican que las empresas
mineras dedicadas a la extracción de metales 'se apropiaron del 89,2% de la
renta promedio generada por la actividad en los últimos seis años, contra el
10,8% que quedó en manos del Estado' según un informe del Instituto de Estudios
Fiscales y Económicos (Iefe) que agrega: 'el Estado obtiene una retribución muy
baja por la explotación de sus recursos naturales, considerando que
prácticamente toda la producción se exporta y finaliza la etapa de refinación en
el exterior'(*14). La SMN lo confirma así: 'las tasas de retorno de las minas de
oro y cobre argentinas se ubican entre las más altas del mundo, ocupando el
cuarto puesto en el caso del oro y el tercero en el caso del cobre, según la
Colorado School of Mines...'(*15).
Valga como ejemplo de rentabilidad, que mientras los yacimientos extraen 1gr. de
oro por tonelada de roca, la riqueza de Veladero es tal que permite sacar de 2 a
4 gr., produciendo 550.000 onzas de oro por año con un margen de utilidad de 500
dólares por onza, más la producción de plata y mercurio(*16). A diez kilómetros
de Veladero el mega-proyecto 'Pascua-Lama', cuando produzca a pleno, tendrá una
producción de 1.200.000 onzas de oro y 45 millones de onzas de plata al año, más
todo el cobre y decenas de otros metales.
Notas:
13) En la primera rotura del mineraloducto de 'Minera la Alumbrera' en Tucumán,
se hizo en Canadá un estudio del concentrado de mineral derramado y contenía:
aluminio 539,90 Kg./t; arsénico 21,21 g/t, azufre 3,00 Kg./t, antimonio 3,03 g
bario 5.00 Kg./t , berilio 21,36 g/t , bismuto 1,67 g/t, calcio 219,70 Kg./t,
cadmio 2,27 g/t , cobalto 18,18 g/t, cromo 75,75 g/t, cesio 55,49 g/t, cobre
100,00 g/t, cerio 577,21 g/t, disprosio 43,94 g/t, erbio 27,27 g/t, europio
12,12 g/t, estaño 12,12 g/t, estroncio 1,91 Kg./t, fósforo 9,24 Kg./t, galio
99,09 g/t, gadolinio 51,51 g/t, germanio 1,36 g/t; hafnio 15,15 g/t, hierro
137,87 Kg./t, holmio 9,09 g/t, lantano 278,00 g/t; lutecio 4,55 g/t, indio 0,12
g/t, litio 153,02 g/t, magnesio 15,20 Kg./t, manganeso 2,79 Kg./t, molibdeno
5,61 g/t, niobio 46,79 g7t, níquel 42,42 g/t, neodimio 266,40 g/t, oro 0,08 g/t,
plata 439 g/t, plomo 284,20 Kg./t, potasio 166,70 k.o./t, praseodimio 69,69 g/t,
rubidio 855,98 g/t, renio 0,03 g/t, /t, , samario 50,00 g/t, selenio 30,30 g/t,
sodio 218,20 Kg./t, talio 5,30 g/t, tantalio 576,00 g/t, teluro 0,76 g/t, terbio
7,58 g/t, titanio 10,30 Kg./t, , torio 101,51 g/t, tulio 4,55 g/t, uranio 28,79
g/t, vanadio 152,52 g/t, wolframio 10,61 g/t, yterbio 25,76 g/t, itrio 205,29
g/t,.zinc 227,25 g/t, zirconio 399,96 g/t,
14) Diario 'Crónica' (Cap. Fed.) 29/1/2006.
15)'Diez Razones para Invertir en Minería Argentina'. S.M.N. p.16
16) Dirección Nacional de Minería. Dir. de Inversiones Mineras./ mimedi@mineria.gov.ar