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La resolución 1701 del Consejo de Seguridad: Luz verde para continuar la agresión
Alejandro Teitelbaum
El 11 de agosto, un mes después de iniciada la cruenta agresión de Israel
contra el Líbano, el Consejo de Seguridad adoptó una resolución, que lleva el
número 1701.
Algunos consideran que es un avance, otros que es mejor que nada. Es la
diferente visión que se tiene de la botella: unos consideran que está media
llena y otros que está medio vacía. Nosotros pensamos que, desde el ángulo de la
paz, del derecho internacional y del derecho humanitario está totalmente vacía.
Dicho de otra manera, después de un mes de embarazo, la montaña parió un ratón.
En efecto, el artículo 24 de la Carta de las Naciones Unidas, que se refiere a
las funciones y poderes del Consejo de Seguridad, dice: "A fin de asegurar la
acción rápida y eficaz por parte de las Naciones Unidas, sus Miembros confieren
al Consejo de Seguridad la responsabilidad primordial de mantener la paz y la
seguridad internacionales.
Sobre la base de esos poderes y frente a la agresión israelí, primero contra
Gaza y después contra el Líbano, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
debió haber reaccionado en forma inmediata, es decir a las pocas horas de
iniciada la agresión, para restablecer la paz y adoptar medidas a fin de evitar
que la situación se agrave, como dicen los artículos 39 y 40 de la Carta de las
Naciones Unidas. Entre las medidas previstas por la Carta están la interrupción
total o parcial de las relaciones económicas, de las comunicaciones de todo tipo
y la ruptura de las relaciones diplomáticas. Y si ello no es suficiente, se
puede recurrir al empleo de las fuerzas armadas en demostraciones, bloqueos y
otras operaciones (artículo 41 y 42 de la Carta).
Veamos, a la luz de las disposiciones de la Carta, el contenido de la resolución
1701 del 11 de agosto y para comprenderla mejor, en algunas de sus cláusulas la
compararemos con la resolución 1696 adoptada por el mismo Consejo once días
antes, el 31 de julio, contra Irán, intimándolo a cesar sus actividades en
materia de energía nuclear. Perfectamente legales porque están permitidas por el
Tratado Internacional de No Proliferación Nuclear.
El párrafo primero de la parte dispositiva de la resolución 1701 "hace un
llamado" a favor de la cesación total de las hostilidades, al Hezbollah le pide
la cesación de "todos los ataques" y a Israel la cesación de "todas las
ofensivas militares".
Pese a que, de acuerdo con el artículo 25 de la Carta, las decisiones del
Consejo de Seguridad deben ser acatadas por todos los Estados, la resolución
"hace un llamado a favor" de la cesación de hostilidades. Es decir no le
confiere carácter obligatorio. En cambio en la resolución contra Irán, "exige" a
éste que suspenda todas sus actividades relacionadas con la energía nuclear.
Como la resolución pide a Israel que cese todas las "ofensivas" militares y éste
considera que está realizando una acción "defensiva" de su territorio, su
Gobierno considera que puede continuar la agresión durante todo el tiempo que
estime necesario a fin de cumplir con sus objetivos "defensivos".
Así lo afirman sus autoridades después de adoptada la resolución del Consejo de
Seguridad (sus generales hablan de un mes más de hostilidades) y lo están
poniendo en práctica: han triplicado sus efectivos en el Líbano, el 12 de agosto
seguían avanzando en territorio libanés, el mismo día destruyeron una central
eléctrica y masacraron una columna de refugiados, estas dos últimas acciones
seguramente con fines "defensivos".
El párrafo 2 de la Resolución pide que, cuando cesen totalmente las
hostilidades, es decir, como se ha visto, cuando las autoridades de Israel así
lo decidan, el gobierno libanés y la FINUL (fuerzas de observación de la ONU)
desplieguen sus fuerzas conjuntamente en todo el Sur del territorio libanés y
pide que el Gobierno de Israel comience paralelamente en ese momento a retirar
sus fuerzas del Sur del Líbano.
No hay, pues, en la resolución, plazo para un cese del fuego ni para la cesación
de las hostilidades. Y, por consiguiente, no hay plazo para el retiro de las
tropas israelíes de territorio libanés ni para la puesta en práctica de otras
medidas propuestas por la resolución del Consejo de Seguridad.
Y no habiendo plazo, como consecuencia lógica, tampoco se anuncian medidas y
sanciones en caso de incumplimiento por parte de los beligerantes, como las que
figuran en la resolución contra Irán, al que se le ha dado plazo hasta el 31 de
agosto para que cumpla con la exigencia del Consejo de Seguridad. El párrafo 8
de la resolución contra Irán dice:
"Expresa su intención (el Consejo) en el caso de que el Irán no haya cumplido
para esa fecha las disposiciones de la presente resolución, de adoptar entonces
con arreglo al artículo 41 del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,
las medidas apropiadas para persuadir al Irán de cumplir la presente resolución
y las exigencias de la OIEA y subraya que deberán adoptarse otras decisiones si
fuera necesario tomar tales medidas adicionales;...".
Este párrafo de la resolución contra Irán es una verdadera bomba de tiempo para
Medio Oriente, que puede estallar en cualquier momento a partir del 31 de agosto
(Irán ya anunció que no va a acatar la exigencia del Consejo), en forma de un
ataque contra Irán, en paralelo con las acciones "defensivas" del ejército
israelí.
En la resolución 1701 del 11 de agosto siguen varios párrafos que sería largo
analizar, en todo caso condicionadas a un efectivo cese del fuego y cesación de
hostilidades.
Uno de los párrafos preambulares de la resolución dice que hay que poner remedio
a las causas que dieron origen a la crisis actual, especialmente la liberación
incondicional de los soldados israelíes secuestrados y agrega que el Consejo es
consciente del carácter delicado de la cuestión de los prisioneros y promueve
los esfuerzos que tienen por objetivo resolver urgentemente la cuestión de los
prisioneros libaneses detenidos en Israel.
Ni una palabra sobre los miles de prisioneros palestinos, ni siquiera sobre los
ocho ministros, el presidente del Parlamento y los 26 diputados palestinos
secuestrados por Israel.
Tampoco en la resolución 1701 se pide que cesen las atrocidades que Israel sigue
cometiendo en Gaza, que ya merecen el calificativo de genocidio.
Nadie puede pretender ignorar que Gaza y Líbano son dos partes de un mismo
problema que no pueden resolverse separadamente.
Mientras tanto las bombas y misiles "made in USA and Israel" siguen diluviando
sobre los pueblos palestino y libanés, para gran satisfacción de los
industriales de armamentos de ambos países.
Y las grandes empresas de ingeniería civil ya se frotan las manos con el negocio
de la reconstrucción del Líbano, tema al que sí alude el párrafo 6 de la
Resolución 1701 del Consejo de Seguridad, siempre en diapasón con el poder
económico transnacional.
Hace pocos días el presidente de Francia, Jacques Chirac, dijo que otra
resolución del Consejo que no fuera el cese inmediato del fuego sería
perfectamente inmoral. Pues bien, ese es el calificativo que merece la
Resolución 1701, votada por la unanimidad de sus miembros, Francia incluida.
Así funciona el Consejo de Seguridad, al servicio exclusivo del neocolonialismo
guerrero de las grandes potencias.