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Medio Oriente - Asia - Africa

Una victoria para las familias de los desaparecidos en Argelia

Rachid Mesli
Rebelión
Traducido del francés para Rebelión y Tlaxcala por Rocío Anguiano.

El Comité de Derechos Humanos constata la violación por parte de Argelia del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: un precedente importante y una victoria para las familias de los desaparecidos en Argelia.

El Comité de Derechos Humanos de la ONU, en su 86º periodo de sesiones celebrado en Nueva York, tomó dos decisiones que abren grandes perspectivas para las familias de los desaparecidos en Argelia.

La primera se refiere a una denuncia presentada por Louiza Saker el 9 de febrero de 2000 en la que sometía al examen del Comité la desaparición de su marido, Salah Saker, profesor de matemáticas y candidato electo por la lista del Frente Islámico de Salvación en las elecciones legislativas anuladas en diciembre de 1991.

Salah Saker fue detenido por la policía de Constantina en su domicilio el 29 de mayo de 1994. Desde entonces su familia no ha vuelto a saber nada de él.

La segunda denuncia, presentada por Fatma-Zohra Bourchef el 30 de junio de 2003, se refería a la desaparición de su hijo Riad Bourchef, que fue detenido en su barrio y ante numerosos testigos el 25 de julio de 1995, a las 11 de la mañana, por cinco policías de paisano, y trasladado junto con otros dos jóvenes a la comisaría del distrito diecisiete.

En los dos casos presentados ante el Comité, el gobierno argelino negó cualquier responsabilidad en estas desapariciones.

Tras el examen de estas dos denuncias recibidas de acuerdo con el protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Comité de Derechos Humanos dirigió al gobierno observaciones muy similares.

En efecto, en los dos casos, los 13 expertos independientes de esta instancia de la ONU señalan unánimemente la violación por parte del Estado argelino de numerosas disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ratificado por Argelia y, en particular, del apartado 3 del artículo 2 del Pacto, así como el apartado 1 del artículo 6 y los artículos 7 y 9.

Con arreglo a su jurisprudencia, el Comité considera que existe violación del Pacto Internacional, no solo en lo que se refiere a la víctima de desaparición sino también a sus allegados, que son asimismo víctimas de torturas en razón de la angustia y la desesperación producida por la desaparición del ser querido.

La instancia de la ONU pide a Argelia que inicie acciones penales contra los autores de las desapariciones forzadas, los juzgue y los castigue.

El Comité de la ONU, en una decisión muy importante y que cuestiona el decreto de 27 de febrero de 2006 de aplicación de la Carta por la Paz y la Reconciliación Nacional, pide al gobierno argelino que lleve a cabo investigaciones profundas sobre estos casos de desaparición, informe a las familias del resultado de dichas investigaciones, inicie acciones penales contra los responsables de estas desapariciones, los juzgue y los castigue.

El Comité de Derechos Humanos desaprueba así claramente la tentativa del gobierno argelino de garantizar la impunidad de los responsables de crímenes graves cometidos durante la guerra civil pidiendo de forma expresa al Estado argelino que deje de hacer valer las disposiciones del decreto frente a las víctimas y a los familiares que deseen presentar denuncias por la desaparición de sus allegados.

Finalmente, el Comité de Derechos Humanos, que ha nombrado un relator especial para controlar la ejecución por parte del Estado de sus observaciones, con el que además las familias pueden ponerse en contacto, pide al gobierno argelino que le transmita, en el plazo de 90 días, la información sobre las medidas que se han tomado para hacer efectivas dichas observaciones, información que también deberá hacer pública.

Estos precedentes abren importantes posibilidades de actuación para las familias de los desaparecidos ante el Comité de Derechos Humanos, especialmente si se tiene en cuenta que el artículo 45 del decreto que prohíbe cualquier persecución contra las "fuerzas de defensa y seguridad de la república" por los crímenes cometidos durante la guerra civil les exime actualmente del requisito de agotar los recursos de la jurisdicción interna.

Véanse las observaciones del Comité de Derechos Humanos

Decision sobre el caso de Salah Saker .

Decision sobre el caso de Riad Boucherf.

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El autor es Abogado y Presidente de Justitia Universalis. Director del Departamento Jurídico de Alkarama for Human Rights.

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Rocío Anguiano es miembro de los colectivos de Rebelión y Tlaxcala, la red de traductores por la diversidad lingüística. Esta traducción es copyleft y se puede reproducir libremente a condición de respetar su integridad y mencionar al autor, a los traductores y la fuente.  

Fuente: lafogata.org