Una victoria para las familias de los desaparecidos en Argelia
Rachid Mesli
Rebelión
Traducido del francés para Rebelión y Tlaxcala por Rocío Anguiano.
El Comité de Derechos Humanos constata la violación por parte de Argelia del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: un precedente importante y
una victoria para las familias de los desaparecidos en Argelia.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU, en su 86º periodo de sesiones celebrado
en Nueva York, tomó dos decisiones que abren grandes perspectivas para las
familias de los desaparecidos en Argelia.
La primera se refiere a una denuncia presentada por Louiza Saker el 9 de febrero
de 2000 en la que sometía al examen del Comité la desaparición de su marido,
Salah Saker, profesor de matemáticas y candidato electo por la lista del Frente
Islámico de Salvación en las elecciones legislativas anuladas en diciembre de
1991.
Salah Saker fue detenido por la policía de Constantina en su domicilio el 29 de
mayo de 1994. Desde entonces su familia no ha vuelto a saber nada de él.
La segunda denuncia, presentada por Fatma-Zohra Bourchef el 30 de junio de 2003,
se refería a la desaparición de su hijo Riad Bourchef, que fue detenido en su
barrio y ante numerosos testigos el 25 de julio de 1995, a las 11 de la mañana,
por cinco policías de paisano, y trasladado junto con otros dos jóvenes a la
comisaría del distrito diecisiete.
En los dos casos presentados ante el Comité, el gobierno argelino negó cualquier
responsabilidad en estas desapariciones.
Tras el examen de estas dos denuncias recibidas de acuerdo con el protocolo
facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Comité
de Derechos Humanos dirigió al gobierno observaciones muy similares.
En efecto, en los dos casos, los 13 expertos independientes de esta instancia de
la ONU señalan unánimemente la violación por parte del Estado argelino de
numerosas disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
ratificado por Argelia y, en particular, del apartado 3 del artículo 2 del
Pacto, así como el apartado 1 del artículo 6 y los artículos 7 y 9.
Con arreglo a su jurisprudencia, el Comité considera que existe violación del
Pacto Internacional, no solo en lo que se refiere a la víctima de desaparición
sino también a sus allegados, que son asimismo víctimas de torturas en razón de
la angustia y la desesperación producida por la desaparición del ser querido.
La instancia de la ONU pide a Argelia que inicie acciones penales contra los
autores de las desapariciones forzadas, los juzgue y los castigue.
El Comité de la ONU, en una decisión muy importante y que cuestiona el decreto
de 27 de febrero de 2006 de aplicación de la Carta por la Paz y la
Reconciliación Nacional, pide al gobierno argelino que lleve a cabo
investigaciones profundas sobre estos casos de desaparición, informe a las
familias del resultado de dichas investigaciones, inicie acciones penales contra
los responsables de estas desapariciones, los juzgue y los castigue.
El Comité de Derechos Humanos desaprueba así claramente la tentativa del
gobierno argelino de garantizar la impunidad de los responsables de crímenes
graves cometidos durante la guerra civil pidiendo de forma expresa al Estado
argelino que deje de hacer valer las disposiciones del decreto frente a las
víctimas y a los familiares que deseen presentar denuncias por la desaparición
de sus allegados.
Finalmente, el Comité de Derechos Humanos, que ha nombrado un relator especial
para controlar la ejecución por parte del Estado de sus observaciones, con el
que además las familias pueden ponerse en contacto, pide al gobierno argelino
que le transmita, en el plazo de 90 días, la información sobre las medidas que
se han tomado para hacer efectivas dichas observaciones, información que también
deberá hacer pública.
Estos precedentes abren importantes posibilidades de actuación para las familias
de los desaparecidos ante el Comité de Derechos Humanos, especialmente si se
tiene en cuenta que el artículo 45 del decreto que prohíbe cualquier persecución
contra las "fuerzas de defensa y seguridad de la república" por los crímenes
cometidos durante la guerra civil les exime actualmente del requisito de agotar
los recursos de la jurisdicción interna.
Véanse las observaciones del Comité de Derechos Humanos
Decision sobre el caso de Salah Saker .
Decision sobre el caso de Riad Boucherf.
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El autor es Abogado y Presidente de Justitia Universalis. Director del
Departamento Jurídico de Alkarama for Human Rights.
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Rocío Anguiano es miembro de los colectivos de Rebelión y Tlaxcala, la red de
traductores por la diversidad lingüística. Esta traducción es copyleft y se
puede reproducir libremente a condición de respetar su integridad y mencionar al
autor, a los traductores y la fuente.