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Chile: La libertad de los presos mapuches es posible
El Ministro del Interior no puede afirmar que el
gobierno no tiene nada que hacer. En verdad, tiene que hacer, y puede hacer
mucho. La exigencia de libertad sobre la base de anular los procesos tiene
fundamentos jurídicos profundos. Esta exigencia no es una metáfora.
Juan Andrés LAGOS
para Azkintuwe
El Estado chileno y sus normas legales, aplicadas a los presos políticos
mapuches, cometen el grave delito de denegación de Justicia. La Justicia es algo
más que su particular administración, en el sentido de aplicación de leyes, más
aún cuando se trata de un estado nacional. El derecho internacional, y en
especial los pactos internacionales, de los cuales se supone que Chile es parte,
entregan abundantes razones jurídicas y éticas que concluyen en un punto
específico.
Los procesos legales que han implicado condenas de cárcel, a comuneros Mapuches,
no son justos, son improcedentes, y por tanto deben ser anulados.
Esto implica su inmediata libertad. En este sentido se pronunció el Relator de
la Organización de Naciones Unidas, cuando visitó Chile, y pidió al Estado
chileno, y sus poderes, que anulara los procesos. Entre las múltiples razones
que el relator Internacional consideró, estuvieron las siguientes: 1) Las leyes
que se aplicaron a los ciudadanos mapuches no son pertinentes y no son justas,
especialmente cuando se refiere a personas que son parte de un pueblo
originario, sometido por un largo período histórico, a persecución y genocidio.
La historia nacional demuestra lo anterior.
El derecho internacional, en estas materias, ha avanzado bastante, especialmente
después de la Segunda Guerra Mundial. Los pactos que emanan de los organismos
internacionales, y que son reconocidos por los estados nacionales, configuran
una clara norma en tal sentido, cuando reconoce estatus y derechos de Pueblo, a
miembros de comunidades originarias.
2) Las leyes referidas al "terrorismo" y a la "seguridad interior del estado",
así como a la "propiedad privada", que han sido referidas por el estado y sus
poderes para acusar a los comuneros, tampoco proceden, puesto que en ninguno de
los procesos se ha podido configurar tales delitos, incluso en el reconocimiento
de esas mismas categorías.
Lo que ocurre es que la "mirada" del derecho internacional y del Relator de la
ONU no considera, necesariamente como "terrorismo", la defensa del territorio
propio, más cuando ese territorio ha sido usurpado por un estado y sus poderes,
el cual, gradual e intensivamente, lo ha "delegado" a empresas privadas, y
algunas de ellas transnacionales extranjeras.
En el derecho internacional, los territorios vinculados a identidades
nacionales, o de Pueblos específicos, son considerados primordiales, puesto que
de ello dependen las identidades nacionales y su existencia como tales. Es el
caso de Palestina, los pueblos originarios de África e incluso en Europa, a
partir de situaciones críticas que en la historia de la Humanidad han implicado
sobrevivencia o muerte de Pueblos enteros.
Por eso, la propiedad privada, en este caso, no puede ser esgrimida como razón
de delito. En definitiva, ¿Quién invadió a quién?, y ¿Quién se apropió de
quién?. El derecho internacional, en todos los casos del mundo, estipula que
primero, y antes que otros, estuvieron los Pueblos Originarios. Esta es, por lo
demás, una forma lógica y humanista de proteger a los Pueblos de intentos de
exterminio, sea por invasiones, por colonizaciones y otros métodos. Y aunque en
Chile esta coherencia lógica no es reconocida, y menos asumida, la comunidad
internacional informada da en estos días toda la razón, y su respaldo, a los
comuneros mapuches.
Es una ironía completa, que el estado chileno y sus poderes, cuyo discurso es el
de la diversidad, el de la tolerancia, el del respeto a las minorías y etnias,
trate de fundamentar la injusticia sobre la base de leyes aplicadas con extrema
violencia y rigor, que infringen un castigo profundo a un pueblo originario. El
camino para la libertad de los prisioneros políticos mapuches es uno: que se
acoja la petición del Relator Internacional de la ONU, y se anulen los procesos.
Eso tiene fundamento ético y legal, y reencuentra a Chile con las tradiciones
humanistas de la comunidad de naciones civilizadas.
Más todavía, cuando los pactos internacionales han sido reconocidos por nuestro
país, e incorporados a nuestra convivencia legal interna. En otro caso, la
denegación de justicia la comete el estado y sus poderes. Y ante eso, las
personas y los pueblos, indefensos, tienen el derecho a rebelarse y defenderse.
Por esas razones es que, unánimemente, los organismos defensores de los derechos
humanos, a nivel mundial, piden la libertad ahora, y sin condiciones.
Por esas razones, que son jurídicas y éticas, es que el Ministro del Interior no
puede afirmar que el gobierno no tiene nada que hacer. En verdad, tiene que
hacer, y puede hacer mucho. La exigencia de libertad sobre la base de anular los
procesos tiene fundamentos jurídicos profundos. Esta exigencia no es una
metáfora. Más en Chile, cuando no pocos "jueces", en el período de la dictadura
de Pinochet, señalaban que ellos "administraban las leyes y la justicia",
vigentes e impuestas bajo el fascismo, y sobre ese argumento rechazaron miles de
recursos de protección y amparo que, de acogerse, habrían significado salvar
muchas vidas humanas.
Fuente: lafogata.org