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Latinoamérica

Chile: La libertad de los presos mapuches es posible

El Ministro del Interior no puede afirmar que el gobierno no tiene nada que hacer. En verdad, tiene que hacer, y puede hacer mucho. La exigencia de libertad sobre la base de anular los procesos tiene fundamentos jurídicos profundos. Esta exigencia no es una metáfora.
 
Juan Andrés LAGOS
para Azkintuwe

El Estado chileno y sus normas legales, aplicadas a los presos políticos mapuches, cometen el grave delito de denegación de Justicia. La Justicia es algo más que su particular administración, en el sentido de aplicación de leyes, más aún cuando se trata de un estado nacional. El derecho internacional, y en especial los pactos internacionales, de los cuales se supone que Chile es parte, entregan abundantes razones jurídicas y éticas que concluyen en un punto específico.
 
Los procesos legales que han implicado condenas de cárcel, a comuneros Mapuches, no son justos, son improcedentes, y por tanto deben ser anulados.
 
Esto implica su inmediata libertad. En este sentido se pronunció el Relator de la Organización de Naciones Unidas, cuando visitó Chile, y pidió al Estado chileno, y sus poderes, que anulara los procesos. Entre las múltiples razones que el relator Internacional consideró, estuvieron las siguientes: 1) Las leyes que se aplicaron a los ciudadanos mapuches no son pertinentes y no son justas, especialmente cuando se refiere a personas que son parte de un pueblo originario, sometido por un largo período histórico, a persecución y genocidio. La historia nacional demuestra lo anterior.
 
El derecho internacional, en estas materias, ha avanzado bastante, especialmente después de la Segunda Guerra Mundial. Los pactos que emanan de los organismos internacionales, y que son reconocidos por los estados nacionales, configuran una clara norma en tal sentido, cuando reconoce estatus y derechos de Pueblo, a miembros de comunidades originarias.
 
2) Las leyes referidas al "terrorismo" y a la "seguridad interior del estado", así como a la "propiedad privada", que han sido referidas por el estado y sus poderes para acusar a los comuneros, tampoco proceden, puesto que en ninguno de los procesos se ha podido configurar tales delitos, incluso en el reconocimiento de esas mismas categorías.
 
Lo que ocurre es que la "mirada" del derecho internacional y del Relator de la ONU no considera, necesariamente como "terrorismo", la defensa del territorio propio, más cuando ese territorio ha sido usurpado por un estado y sus poderes, el cual, gradual e intensivamente, lo ha "delegado" a empresas privadas, y algunas de ellas transnacionales extranjeras.
 
En el derecho internacional, los territorios vinculados a identidades nacionales, o de Pueblos específicos, son considerados primordiales, puesto que de ello dependen las identidades nacionales y su existencia como tales. Es el caso de Palestina, los pueblos originarios de África e incluso en Europa, a partir de situaciones críticas que en la historia de la Humanidad han implicado sobrevivencia o muerte de Pueblos enteros.
 
Por eso, la propiedad privada, en este caso, no puede ser esgrimida como razón de delito. En definitiva, ¿Quién invadió a quién?, y ¿Quién se apropió de quién?. El derecho internacional, en todos los casos del mundo, estipula que primero, y antes que otros, estuvieron los Pueblos Originarios. Esta es, por lo demás, una forma lógica y humanista de proteger a los Pueblos de intentos de exterminio, sea por invasiones, por colonizaciones y otros métodos. Y aunque en Chile esta coherencia lógica no es reconocida, y menos asumida, la comunidad internacional informada da en estos días toda la razón, y su respaldo, a los comuneros mapuches.
 
Es una ironía completa, que el estado chileno y sus poderes, cuyo discurso es el de la diversidad, el de la tolerancia, el del respeto a las minorías y etnias, trate de fundamentar la injusticia sobre la base de leyes aplicadas con extrema violencia y rigor, que infringen un castigo profundo a un pueblo originario. El camino para la libertad de los prisioneros políticos mapuches es uno: que se acoja la petición del Relator Internacional de la ONU, y se anulen los procesos. Eso tiene fundamento ético y legal, y reencuentra a Chile con las tradiciones humanistas de la comunidad de naciones civilizadas.
 
Más todavía, cuando los pactos internacionales han sido reconocidos por nuestro país, e incorporados a nuestra convivencia legal interna. En otro caso, la denegación de justicia la comete el estado y sus poderes. Y ante eso, las personas y los pueblos, indefensos, tienen el derecho a rebelarse y defenderse. Por esas razones es que, unánimemente, los organismos defensores de los derechos humanos, a nivel mundial, piden la libertad ahora, y sin condiciones.
 
Por esas razones, que son jurídicas y éticas, es que el Ministro del Interior no puede afirmar que el gobierno no tiene nada que hacer. En verdad, tiene que hacer, y puede hacer mucho. La exigencia de libertad sobre la base de anular los procesos tiene fundamentos jurídicos profundos. Esta exigencia no es una metáfora. Más en Chile, cuando no pocos "jueces", en el período de la dictadura de Pinochet, señalaban que ellos "administraban las leyes y la justicia", vigentes e impuestas bajo el fascismo, y sobre ese argumento rechazaron miles de recursos de protección y amparo que, de acogerse, habrían significado salvar muchas vidas humanas.  

Fuente: lafogata.org