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El aumento de impuestos hasta el 82 por ciento sólo rige temporalmente para
dos megacampos de gas, aunque es usado demagógicamente por el gobierno de Evo
Morales, advierte un informe del Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y
Agrario (Cedla).
"El gobierno del presidente Evo Morales pretende mostrar que los ingresos a
favor del Estado por la producción hidrocarburífera se incrementarán a un 82%,
sin aclarar que este aumento es transitorio —durante 180 días, tiempo
establecido para que las empresas petroleras modifiquen sus contratos— y sólo
será impuesto a Petrobras, Repsol y Total, socias en los megacampos San Alberto
y Sábalo (Tarija)".
"Mientras dure ese período transitorio de seis meses, las mencionadas empresas
tributarán el 82% de la producción para el Estado y retendrán el 18% de la
producción obtenida en los campos San Alberto y Sábalo (…) De manera
intencional, el gobierno pretende mostrar la participación adicional para
Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) como si se tratara de un
aumento permanente del 32% en la tributación del sector establecida en la Ley
3058 (IDH), cosa que no puede ocurrir sin modificar dicha Ley", señala el
informe.
El Cedla sostiene que "si bien las reformas contenidas en
el Decreto nacionalizador 28701plantean un mayor control estatal del transporte
y la refinación de los hidrocarburos, otorgando al Estado un margen de maniobra
en la definición del precio de los carburantes en el país, el control sobre el
proceso de producción y exportación de alrededor del 90% de los hidrocarburos
como materia prima, sigue bajo el control de las empresas transnacionales".
La institución afirma que la nueva Ley de Hidrocarburos 3058 es la que determina
la política sectorial, en tanto que el D. S. 28701, por el carácter transitorio
de sus artículos, permite que las empresas petroleras transnacionales continúen
definiendo el ritmo y la dirección de la cadena hidrocarburífera boliviana, ya
que la propiedad efectiva sobre los medios para su explotación, es decir de los
yacimientos, la infraestructura, los equipos, etc., continuarán bajo su dominio,
de acuerdo con la política establecida por la mencionada Ley.
El D.S. 28701 también instruye la realización de auditorías a todas las empresas
petroleras que operan en el país, para determinar, caso por caso, las
inversiones realizadas, amortizaciones, costos de operación y rentabilidad
obtenida en cada campo, sobre cuyos resultados YPFB determinará la retribución o
participación definitiva (dependiendo a qué tipo de contrato migren)
correspondiente a cada empresa.
Esto significa que el Decreto 28701 ejecuta la medida incluida en la actual Ley
de Hidrocarburos, referente al otorgamiento de un premio a campos menores y/o
marginales que significa, en los hechos, una reducción del 32% por concepto de
IDH a favor del Estado. Asimismo, ratifica la orientación exportadora del gas
natural como materia prima.