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Colombia: FIDH rechaza torturas a soldados por parte del ejército FIDH
París, 22 de febrero de 2006.-
La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) expresa su rechazo a
las torturas y tratos inhumanos y degradantes a los que fueron sometidos 21
soldados en el Centro de Instrucción y Entrenamiento (CIE), compañía del
Batallón Patriotas del Ejército Nacional, en Piedras, departamento del Tolima.
Según lo revelaron diferentes medios de comunicación en Colombia el lunes 20 de
febrero y lo reconoció el Gobierno colombiano, el pasado 25 de enero, durante
una sesión de entrenamiento, del curso de formación por el que tienen que pasar
todos los soldados en los primeros cuatro meses de entrada al ejército; los
soldados del CIE debían pasar una prueba, llamada "pista de evasión y escape,"
que consistía en un ejercicio para aprender cómo escapar de la guerrilla y qué
hacer en caso de ser atrapados. En esta prueba participaron 65 soldados de
los cuales 44 lograron huir en el momento del simulacro y 21 fueron atrapados
por los supuestos miembros de la guerrilla quienes eran sus superiores.
La FIDH constata con gran preocupación los numerosos maltratos de los que fueron
víctimas los 21 soldados. En efecto, los soldados fueron sometidos a
violentos ataques físicos: fueron golpeados con puños, patadas, palos y piedras,
y objeto de agresión verbal. Igualmente fueron quemados en numerosas
partes del cuerpo, con hierros para marcar ganado, algunos, según los
certificados del Instituto de Medicina Legal presentaron quemaduras de segundo
grado, además fueron sometidos a pruebas de asfixia y ahogamiento, y a
violencias y humillaciones sexuales.
Es todavía mas alarmante el hecho que estos soldados que ingresan al Ejército
por convicción o necesidad personal, no teniendo más oportunidades laborales o
profesionales, tienen un promedio de edad entre los 18 y los 20 años, provienen
de humildes familias campesinas y carecen de formación sobre sus derechos, lo
cual los hace aún más vulnerables.
La FIDH manifiesta su preocupación por la forma en que los soldados formados de
esta manera tratarían a sus prisioneros y a la población civil en general que se
considere "colaboran con el enemigo".
Igualmente la FIDH encuentra sorprendente la tardanza con que lo ocurrido fue
dado a conocer a la opinión pública y al mismo gobierno, manteniendo la denuncia
por tortura oculta entre los altos mandos del ejército hasta el pasado 20 de
febrero.
La FIDH se suma a la denuncia hecha por diferentes medios de comunicación en
Colombia y urge al Estado de Colombia a continuar las investigaciones
pertinentes para esclarecer los hechos ocurridos, tomar las medidas adecuadas
para que estos hechos de tortura sean investigados y condenados por la justicia
ordinaria, respetando las sentencias de la Corte Constitucional que indican que
este tipo de violaciones de los derechos humanos no se pueden considerar como
propias o con ocasión del servicio militar, aún cuando las víctimas son
soldados.
Es de público conocimiento la existencia de cursos de derechos humanos y
derecho internacional humanitario al interior de las Fuerzas Armadas, incluso
seguidos por los superiores de los involucrados directamente en los hechos, lo
que demuestra la inocuidad de tales medidas, si no se acompañan de la voluntad
política de tener unas fuerzas armadas realmente comprometidas con el respeto de
los derechos humanos.
Las sanciones penales y disciplinarias a los directamente responsables de las
torturas realizadas no son suficientes, tampoco lo es la separación del servicio
del Comandante del Ejército, General Reynaldo Castellanos, lo que está en
cuestionamiento es el tipo de instrucción que está recibiendo la fuerza pública,
por tanto la FIDH pide al gobierno de Colombia que conforme una comisión
independiente para investigar el tipo de formación física, sicológica y
académica que recibe la Fuerza Pública colombiana en la preparación para la
lucha contrainsurgente u operaciones de orden público.
La FIDH llama la atención sobre el hecho que lo ocurrido sucede pocos días
después de la publicación del informe de la Alta Comisionada de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en
Colombia, el 20 de enero de 2006. En él se resalta un incremento de las
denuncias por violaciones de los derechos humanos atribuidas a miembros de la
fuerza pública y particularmente al Ejército colombiano. Denuncia
igualmente torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes que involucran a
miembros de la policía, del Ejército, y a personal de centros de detención.
Otras denuncias, según el informe, hacen referencia a la utilización de la
tortura en interrogatorios de personas capturadas o detenidas. Este caso
de torturas en el interior del Ejército se suma a la violación por parte del
mismo del irrespeto de los principios internacionales de derechos humanos y de
derecho internacional humanitario como se ha denunciado anteriormente. Sin
embargo resulta sorprendente que el vicepresidente colombiano al dar a conocer
las observaciones a este informe, el pasado 20 de febrero, mencione que "las
Fuerzas Militares han dado instrucciones permanentes, formación y capacitación
para que la totalidad de sus miembros actúe con pleno respeto a los derechos
humanos y al derecho internacional humanitario," sin tomar en consideración los
deplorables hechos acontecidos al interior del Ejército en los días anteriores.
La FIDH se encuentra extremadamente preocupada por el incremento de las
violaciones de derechos humanos imputables directamente a la Fuerza Pública en
particular el Ejército, sobre los hechos aquí denunciados el Estado vulnera el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como la Convención
contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
ratificada por Colombia el 8 de diciembre de 1987, en especial el artículo 3 que
estipula que frente a los casos de tortura los responsables no pueden invocar el
cumplimiento de una orden de un funcionario superior como justificación contra
la tortura.
La FIDH alienta al Estado Colombiano a cumplir el artículo 4 según el cual todo
Estado parte castigará esos delitos con penas adecuadas en las que se tenga en
cuenta su gravedad, y el artículo 12 que señala que todo Estado parte velará por
que, siempre que haya motivos razonables para creer que dentro de su
jurisdicción se ha cometido un acto de tortura, las autoridades competentes
procedan a una investigación pronta e imparcial.