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Los casos de María Claudia y de Michelini y Gutierrez Ruiz son la punta de una extensa madeja
Andrés Capelán
En su discurso
del pasado 1º de marzo a la noche, el presidente Tabaré Váquez anunció como
asunto prioritario e inmediato, el inicio de las investigaciones destinadas a
esclarecer lo sucedido a los detenidos desaparecidos asesinados por tortura
durante la dictadura.
Dijo que su secretario personal, Gonzalo Fernández, "en combinación con
oficiales de nuestras fuerzas armadas, comenzarán las tareas para que un grupo
de investigadores de la Universidad de la República vayan al establecimento 13,
14 y a los que fuera, para comenzar los estudios correspondientes para saber si
hubo enterramientos de ciudadanos, muertos, desaparecidos durante la dictadura
militar.
También advirtió que la desaparición de María Claudia García, la nuera del poeta
argentino Juan Gelman, y los asesinatos en Buenos Aires de los parlamentarios
uruguayos Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz (y presumiblemente los de los
tupamaros Rosario Barredo y William Whitelaw, ocurridos el mismo día y en
similares circunstancias), no están incluídos en el "perdonatutti" de la Ley de
Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado (como lo habían considerado sus
antecesores), y por lo tanto deberán ser investigados.
LA PUNTA DEL OVILLO Estos anuncios fueron recibidos con regocijo por los
familiares de los desaparecidos y asesinados, así como también por las
organizaciones defensoras de los derechos humanos. Es un buen principio para
comenzar a develar lo sucedido en la tenebrosa década del 70; pero debe de
quedar claro que es nada más (y nada menos, claro) que un principio.
Partiendo de la base de que el nuevo gobierno no se propone derogar la
inconstitucional Ley de la Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, hay
otros crímenes que podrán y deberán ser investigados por haberse cometido antes
o despues de la fecha de vigencia de dicha ley (27.06.73-01.03.85). Tales son
los casos de los asesinatos del matrimonio Martirena y de los militantes
comunistas de la seccional 20 (1972), y el del agente de la dina chilena Eugenio
Berríos (1993), entre otros.
Con el nuevo enfoque que le ha dado el presidente Vázquez a este asunto, ahora
no habrá impedimento alguno para que se concedan las extradiciones de los
represores requeridos por la justicia argentina, negadas por los anteriores
gobiernos. En el momento que esto suceda, la flor y nata de los militares y
policías que participaron activamente en las operaciones del Plan Cóndor, verá
por primera vez un estrado judicial.
Por lo pronto, en esa situación se encuentran los oficiales Jorge Silveira, José
Gavazzo, Manuel Cordero, Ernesto Rama, Juan Antonio Rodríguez Buratti, Gilberto
Vázquez, Jorge Arab y Ricardo Medina.
A ellos deben sumársele los coroneles Tomás Casella y Eduardo Radaelli,
requeridos por la justicia chilena para dar cuenta de su participación en el
secuestro y asesinato del bioquímico y agente de la DINA chilena Eugenio Berríos,
ocurrido en 1993 durante el gobierno de Luis Lacalle (Partido Nacional).
También se encuentra en trámite un pedido de extradición al Paraguay del coronel
Carlos Calcagno, quien además de participar en el asesinato de los Martirena, lo
hizo en el secuestro en Asunción, tortura, traslado y desaparición en Buenos
Aires, de los militantes uruguayos Nelson Santana y Gustavo Insaurralde y de los
ciudadanos argentinos José Nell, Alejandro Logoluso y Dora Landi.
UNA LEY ILEGAL El integrante de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos
Javier Miranda dio la bienvenida a la iniciativa del presidente Vázquez, pero
precisó que, más allá de la Ley de Caducidad, se debe cumplir lo que establece
la Convención Interamericana de Desaparición Forzada con relación a los
desaparecidos.
Explicó que "Todos los casos de desaparición forzada escapan de la Ley de
Caducidad, porque tratándose de un delito permanente, que se está cometiendo
hoy, no están amparados por el articulo 1º de la Ley, que sólo ampara los
delitos cometidos hasta el 1º de marzo de 1985". Tampoco están amparados por
esta ley los crímenes cometidos en el extranjero.
La aceptación de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, puede
convertirse en una piedra en el zapato del presidente Vázquez. Ya en 1992, la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA la consideró "violatoria
de los tratados, convenios, pactos y leyes internacionales en defensa de una
plena vigencia y total respeto de los Derechos Humanos," y en octubre de este
año el gobierno uruguayo deberá rendir cuentas ante ella sobre qué ha hecho para
solucionar esta irregularidad.
Al respecto, en su último informe anual, el Servicio Paz y Justicia (SERPAJ)
uruguayo dice claramente que "no podemos hablar de una democracia acabada cuando
un poder del Estado cumple la función que debería cumplir otro", que es lo que
hace la Ley de Caducidad cuando ordena que las desapariciones sean investigadas
por el Poder Ejecutivo en lugar de por el Poder Judicial.
En el mismo sentido se expidió el encargado de Uruguay en la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el español Pedro
Vera Pineda, quien explicó que la Ley de Caducidad es contradictoria con el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos refrendado por el país.
SABER DONDE ESTÁN Quienes lleven a cabo la -prometida por Vázquez- investigación
extra judicial de los predios militares en los que se efectuaron los
enterramientos de los detenidos desaparecidos asesinados por tortura, deberán
empero solicitar la autorización de la justicia.
Es que, debido que los gobiernos de los presidentes Sanguinetti, Lacalle y Jorge
Batlle, mantuvieron los cuarteles cerrados "a cal y canto" para la justicia; el
pasado año el juez Alejandro Recarey dictó una orden de "no innovar",
prohibiendo cualquier tipo de excavaciones o movimientos de tierras en los
lugares en los que se ha denunciado existen o existieron inhumaciones de
desaparecidos.
Javier Miranda está seguro de que esas investigaciones, sean realizadas por
orden de la justicia o por orden del presidente: "sin duda arrojarán como
resultado que hubo enterramientos y remociones de tierra". Si se encuentran
"pequeños restos", se confirmaría que allí hubo un cementerio clandestino, pero
eso -dice Miranda- "da lugar a otra pregunta: ¿dónde están los restos?".
La misma reflexión realizó el presidente Vázquez en su discurso, cuando anunció
la entrada de los científicos a los cuarteles: "Queremos saber qué pasó, qué
pasó con estos ciudadanos, si están o no enterrados allí. Si están, serán
recuperados, serán identificados, y sus restos serán entregados a sus
familiares. Y si no están, tendremos que saber por qué no están y donde están,
qué pasó con ellos.
De si se encuentra o no una respuesta satisfactoria a esta pregunta, depende la
impunidad de los responsables de las desapariciones. Es decir: si los restos de
los desaparecidos son encontrados, los desaparecedores se convertirían en
asesinos y quedarían amparados por la Ley de Caducidad. Si sólo son encontrados
fragmentos mínimos de los cuerpos (cabellos, falanges, dientes, por ejemplo),
los responsables pueden ser acusados de "vilipendio de cadáveres". Si los restos
no son hallados, el delito se sigue cometiendo y los desaparecedores no tienen
ley que los proteja.