El 9 de diciembre de 1985, en un histórico fallo, la Cámara Federal de
Apelaciones condenaba por crímenes de lesa humanidad y graves violaciones a los
derechos humanos a los principales jerarcas de la dictadura militar instaurada
el 24 de marzo de 1976. Una crónica sobre el primer juicio en Latinoamérica por
los crímenes de una dictadura.
Una Crónica
El 9 de diciembre de 1985, en un histórico fallo, la Cámara Federal de
Apelaciones condenó por crímenes de lesa humanidad y graves violaciones a los
derechos humanos a los principales jerarcas de la dictadura militar instaurada
el 24 de marzo de 1976.
Luego, la historia y las presiones militares obligaron -primero- al propio Raúl
Alfonsín, que por decreto del 13 de diciembre de 1983 había abierto el juicio
sumario a la cúpula militar, y -después- a su sucesor, Carlos Menem, a dictar
leyes de indultos que dejaron en libertad a los asesinos enjuiciados.
Las condenas se produjeron en base a los delitos de privaciones ilegales de la
libertad y los homicidios, en los pocos casos en que pudieron ser probados, ya
que para que legalmente exista un homicidio tiene que existir el cuerpo de la
víctima.
De hecho, el mecanismo de la desaparición de personas llevado adelante por los
militares funcionó como un ocultamiento del "cuerpo del delito", lo que impidió
más condenas por homicidio.
Las desapariciones de personas en sí mismas no fueron formalmente juzgadas
porque ese delito no existía en la legislación Argentina ni en otra del mundo.
Los jueces elaboraron la sentencia respondiéndose a sucesivas preguntas de cada
caso: "¿Está acreditado que tal persona fue secuestrada?, ¿fue vista esa persona
en determinado campo de concentración?, ¿se considera probado que sufrió
tormentos?".
Los acusados fueron los represores Jorge Rafael Videla (condenado a reclusión
perpetua), Emilio Eduardo Massera (prisión perpetua), Orlando Ramón Agosti
(cuatro años y seis meses de prisión), Roberto Eduardo Viola (17 años de
prisión) y Armando Lambruschini (8 años de prisión).
Omar Domingo Graffigna, Leopoldo Fortunato Galtieri, Jorge Isaac Anaya y Basilio
Arturo Lami Dozo fueron absueltos.
Entre el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985, 833 testigos declararon en la
Sala de Audiencias de la Cámara Federal de la Capital y brindaron detalles de un
plan criminal que, con la excusa de terminar con la amenaza terrorista, contra
aquellos a los que los militares consideraban contrarios al régimen.
La Cámara estaba presidida por el ahora ministro de Seguridad bonaerense, León
Carlos Arslanián, e integrada por Ricardo Gil Lavedra, Andrés D'Alessio, Jorge
Edwin Torlasco, Guillermo Ledesma y Jorge Valerga Aráoz.
Para emitir sentencia los jueces podían guiarse por sus "libres convicciones",
pero tanto la fiscalía como los magistrados prefirieron basarse en pruebas más
que en convicciones.
En tanto, los fiscales de la causa fueron Julio César Strassera, quien
pronunciara la frase que simbolizó el juicio ("Nunca más") y Luis Moreno Ocampo,
quienes presentaron 670 casos para fundamentar su acusación.
Los casos fueron seleccionados de entre las 1.086 causas judiciales iniciadas
hasta el momento del juicio, las casi 9.000 denuncias registradas por la
Comisión Nacional de Desaparición de Personas (Conadep), creada por Alfonsín el
15 de diciembre de 1983, y las 700 producidas ante la Secretaría de Derechos
Humanos.
Las audiencias duraron 900 horas y fueron grabadas para televisión en 147
casetes. Una copia de todo el material fue secretamente llevada por los jueces
el 27 de abril de 1988 a Oslo (Noruega), donde se la depositó en una sala
blindada.
El traslado se hizo para evitar que los cimbronazos políticos internos -ya
habían ocurrido dos rebeliones carapintadas- pusieran en peligro ese material.
Como consecuencia del punto 30 de ese fallo se desató una avalancha de juicios
contra represores militares de menor jerarquía, pero a un año de esa condena el
gobierno de Alfonsín sancionó la ley de punto final, que intentó limitar en el
tiempo las acusaciones contra militares.
Luego, una rebelión en el Ejército, conocida como "Semana Santa", forzó en abril
y mayo de 1987 la sanción de la ley de obediencia debida, que limitó los
alcances del cumplimiento del deber.
Quince años después, en agosto del 2003, ambas leyes fueron declaradas nulas por
el Congreso, que ya las había derogado. Luego, el 14 de junio de este año, la
Corte Suprema las consideró inconstitucionales, lo que posibilitó la reapertura
de causas.
Los indultos decretados en 1989 por el entonces presidente Carlos Menem fue el
hecho que benefició directamente a los militares condenados aquel 9 de diciembre
de 1985.