Argentina: La lucha continúa
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Que nadie se equivoque con el Juicio Político
Hugo Alberto de Pedro
Muy alejado ideológicamente de muchos legisladores que votaron el enjuiciamiento
político del, ahora suspendido, jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires -Dr. Aníbal Ibarra- considero que se ha dado un paso muy importante en el
desarrollo de la vida de esta manoseada democracia representativa.
Siendo el "Juicio Político" una institución creada por la primera constitución
de la ciudad, hace exactamente nueve años, no veo ningún inconveniente para que
de una vez por todas los legisladores den cumplimento a sus preceptos. En que
cualquier sociedad que viva en democracia el control sobre los funcionarios
establecidos por una carta magna, y especialmente los del Poder Ejecutivo, es
piedra fundamental para evitar la comisión de delitos y juzgar el mal desempeño
de las funciones asumidas.
Cabe aclarar que estos funcionarios no están ocupando cargos por una carga
pública impuesta, sino bajo la estricta y personal decisión de hacerlo y para lo
cual -como en el caso de los gobernantes- oportunamente han solicitado a los
ciudadanos que los voten en el único acto participativo que se les permite
realizar como tales.
Si nos atenemos a la letra constitucional -Capítulo Cuarto, art. 92 a 94- en
ella están dadas todas las garantías de un equilibrado desarrollo del juicio
político, al considerar las pertenencias y proporcionalidad partidarias o de
alianzas tanto de la Sala Acusadora como de la Juzgamiento. Con el agregado que
ésta última debe ser presidida por el máximo funcionario judicial de la ciudad
que es el presidente del Tribunal Superior de Justicia.
Además las mayorías exigidas tanto como para decidir el juzgamiento como para
hacer efectivo el mismo son las mismas que se tienen en cuenta para las mayorías
necesarias de cualquier decisión trascendental de la vida constitucional del
Estado, o sea dos terceras partes de sus miembros.
Durante el proceso de instrucción queda garantizado el derecho de defensa del
imputado, cuestión que se renueva durante los cuatro meses que como máximo puede
durar el juicio que termine en la absolución o condena de destitución e
inhabilitación por diez años para ocupar cualquier cargo público en la Ciudad de
Buenos Aires del acusado.
Dicho esto, ajustado al texto de la ley fundamental, sólo nos queda esperar que
el actuar de los legisladores-juzgadores se ajuste al derecho, a las pruebas, a
las evidencias, a las manifestaciones de los testigos, a los daños causados y
fundamentalmente a la responsabilidad funcional y política del suspendido
Gobernador.
Legalidad y justicia deben ir de la mano, el actuar y accionar de los opositores
tiene la misma validez que la que puedan ejercitar los legisladores del partido
de gobierno y sus circunstanciales aliados.
Que el Juicio Político no termine en una farsa llevada adelante por fantoches
políticos es lo que todo habitante de la ciudad desea. Porque hay casi
doscientas víctimas que nos siguen causando dolor y que solamente merecen
nuestro más profundo respeto.
Que nadie se equivoque entonces.