Argentina: La lucha continúa
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Dossier Southern Winds
Las drogas y la inacción del gobierno
El objetivo del presente informe consiste en evaluar la gestión del Estado
Nacional en términos de eficiencia, eficacia y economía en las acciones
vinculadas a la lucha contra el narcotráfico y el contrabando.
Para ello, se tomará como caso testigo el hallazgo producido en septiembre de
2004, de 60 Kilos de cocaína en el aeropuerto de Barajas, proveniente de la
República Argentina mediante un vuelo regular de la Empresa SW.
A tales fines, se abordarán las distintas problemáticas en materia de controles
aduaneros, seguridad aeronáutica, políticas comerciales de las empresas públicas
y privadas del sector, identificando irregularidades, posibles ilícitos,
omisiones, vinculaciones entre los actores y describiendo la cadena de
responsabilidades.
La tarea abordada por este equipo de investigación consistió en el análisis de:
- Normativa legal vigente
- Presupuestos
- Informe N° 62 del Jefe de Gabinete de Ministros ( Julio de 2004)
- Versiones taquigráficas
- Registros de Sociedades
- Estados Contables de las firmas involucradas
- Acuerdos Empresarios
- Relevamiento de notas periodísticas
- Proyectos Parlamentarios
- Información brindada por los servicios de seguridad al Congreso
ANTECEDENTES SW
SW es una sociedad anónima inscripta en la Inspección General
de Justicia bajo el número 1610285, con último domicilio registrado en Suipacha
1111 piso 26 de la Capital Federal.
Sus primeros socios, radicados en Neuquén fueron Diego García
Laborde y Susana Gloria Bustos. Su origen se remonta a agosto de 1995.
En abril de 1996 integraban el Directorio Graciela Nieves Degano,
Marta E Tomas, Julio Roy Conesa (español), Hector Anderson, Carlos E Zarazaga y
Andrea Dalie Nogare.
A partir de ese año, Laborde deja de ser presidente para
desempeñarse como apoderado de la empresa. Es entonces, que en el año 1996, Juan
Maggio asume la presidencia de la Empresa produciéndose un aumento en el capital
societario de $ 12.000 a $ 500.000.
Es en el año 2000, donde se integra como accionista de SW la
empresa BIXESARRI S.A una sociedad off - shore constituida en Montevideo.
BIXESARRI S.A. está registrada en la IGJ bajo el N° 1686898 y se
constituyó en Montevideo el 25/01/00 por Francisco Obes Secco C.I. de Uruguay N°
1274358-1 casado en segundas nupcias con Johana Cabrera Osma; y Tomás Guerrero
Costa CI de Uruguay N° 1903966-0, casado en primeras nupcias con Rita Luisa
Tenzer Hertzdahl. En la escritura de conformación de la sociedad fija domicilio
en Montevideo pero " ...pudiendo tener domicilios especiales y todo tipo de
ramificaciones dentro y fuera del país..."
Entre los objetos detallados en la constitución de la sociedad se
encuentran : a) realizar o administrar en el exterior inversiones en títulos,
bonos, cédulas, debentures, letras, bienes mobiliarios e inmobiliarios,
operaciones de importación, exportación, financieras, agropecuarias, seguros,
... textil, transporte, turismo, participación o adquisición de empresas que
operen en los ramos indicados...
b) En el país (en referencia a Uruguay): actividades permitidas por
la Ley 11073. Su capital inicial fue 1.000.000 acciones por 1 u$s cada una,
pudiendo aumentar capital hasta 5.000.000.
A continuación detallamos otros datos respecto de BIXESARRI S.A:
Escribano: Uberfil Cevallos Quintero
Fundadores: Raúl Vairo Erramospe, Adriana Sanz, Yamandú Castrillón,
Daniel Muñoz, Carina Simonetti, Luis Gramática y Diego Pintos.
Registro Unico de Contribuyentes de DGI Uruguay: 214238130013
Pte. De la Sociedad: Jorge Aram Chouldjian Aharonian (Folio 12)
El 12/09/00 se autoriza a Antonio Matías Patanian, C.I. 9.307.424
,argentino con domicilio en Juncal 1945 8 B de Buenos Aires, a actuar como
representante Legal, autorizando además para la realización de los distintos
trámites relacionados con la inscripción de la sociedad en Argentina a Jorge
Carullo y Marcela Olazábal, ambos argentinos.
Luego Patanián se suma como Director de la Empresa SW, según consta
en los registros societarios.
Posteriormente, en Página/12 Maggio afirma que Eduardo
Eurnekián, titular de la firma Aeropuertos 2000, hizo un aporte a SW de 30
millones de dólares, mediante una empresa llamada BIXESARRI S.A., para luego
transferir esas acciones a una empresa europea denominada VOLARE que también
sería propiedad de Eurnekián. Al decir del presidente de SW, actualmente, Volare
tiene un 30% del paquete de la compañía.
Analizados los últimos registros contables obrantes en la IGJ, al
1/12/03, aparecen los siguientes accionistas, con el correspondiente detalle de
capital:
Juan José Maggio $1.258.640
Miguel Cartazo Naviera $ 54.723
BIXESARRI S.A. representada por Matías Patanián con $ 562.898.
De lo descripto podemos inferir que, el presidente de
Aeropuertos 2000, concesionario de Ezeiza, tenía mediante una sociedad "off
shore" (Bixesarri S.A.) el 30% del paquete accionario de la línea aérea y que
dicha sociedad fue ocultada mediante una persona de su confianza al que integró
en el directorio de SW.
Téngase presente que consultados los expedientes obrantes en la IGJ,
de las firmas BIXESARRI S.A. y SW, éstos no reflejan la incorporación de Volare
a la compañía aérea.
Una prueba de la difícil situación financiera de SW se verifica a
través del análisis de los estados contables de la misma, correspondientes a los
ejercicios finalizados el 30 de Junio de 2002 y el 30 de Junio de 2003. La
situación resulta al menos bastante llamativa.
La situación patrimonial de Southern Winds
En el ejercicio 2001/2002, la empresa tenía un Pasivo total
de $79.783.787 3, y un Patrimonio Neto de $2.663.096 . Para el ejercicio
siguiente tales rubros ascendían a $ 144.348.904 y $ –46.729.324 (es decir un
Patrimonio Neto negativo). Vale destacar que la circunstancia de tener un
Patrimonio Neto negativo debiera haber implicado la disolución de la firma en
virtud de lo normado en el inciso 5 del art 94 de la Ley 19.550 de Sociedades
Comerciales, pero tal disolución no ocurrió dado que el Poder Ejecutivo
suspendió la vigencia de dicho artículo hasta el 10 de Diciembre de 2003, a
través del Decreto 1269/2002. Asimismo vale destacar que –siempre según los
Estados Contables de la Compañía presentados a la Inspección General de
Justicia- en el ejercicio 2001/2002 la firma registró pérdidas por $54.432.288 ,
y por $ 49.721.845 en el ejercicio 2002/2003. Por su parte, surge también de las
Notas a los Estados Contables del ejercicio 2001/2002 que con fecha 27 de Junio
de 2002 firmó un contrato para devolver 10 aeronaves –4CJR y 6 Dash- a través de
la cancelación anticipada de los contratos de leasing oportunamente firmados.
El 17/10/03 SW firmó un acuerdo similar para devolver otra
aeronave. Así SW pasa de tener 15 aeronaves a su cargo -bajo la forma de
contratos de leasing operativo- a tener sólo 4 , según informa la firma. La
situación que presentamos aquí reviste una gravedad trascendental. Estamos ante
un empresa que viene sufriendo grandes pérdidas, al punto de tener un patrimonio
neto negativo, y que se viene desligando de los contratos de leasing de
aeronaves que eran la columna vertebral de su capacidad operativa. Para ponerlo
en números contundentes: en los dos años anteriores a Junio del 2003 –vale
remarcar, los dos años anteriores a la creación de LAFSA- la empresa tuvo
pérdidas por más de 100 millones de pesos; y en ese período también se
desprendió de 2/3 de la flota.
Ahora bien, la gravedad de la situación de SW a Junio de 2003 no
sólo se basaba en la información que citamos precedentemente. La empresa Price
Waterhouse Coopers en su Informe de los Auditores a los Estados Contables de SW
del ejercicio 2002/2003 hace las siguientes aclaraciones acerca de los mismos:
no puede preverse si las premisas sobre proyecciones utilizadas por la gerencia
se concretarán, hay gastos por reacondicionamiento de una aeronave que será
devuelta y no han sido registrados, se computaron pasivos por refinanciación de
deudas que aún no habían sido aprobados por el Directorio, se aplicaron para su
confección normas contables de valuación y exposición que afectan la
comparabilidad de los estados contables y se registró como activo impuestos
diferidos por 34 millones que en realidad no podrá ser utilizado a cuenta de
ganancias futuras. Ante todas estas observaciones –que muestran la poca
correspondencia que parecían tener los Estados Contables de SW con la realidad
pareciera desprenderse del Informe de los auditores que la situación económica
financiera de la empresa era aún mas delicada de lo que se daba a conocer. La
empresa de Auditoría, en virtud de estas irregularidades, afirma que no está en
condiciones de expresar una opinión sobre los Estados Contables.
La no expresión de una opinión sobre los estados contables implica
que no se tienen elementos para afirmar que los mismos reflejen razonablemente
los aspectos más significativos de su situación patrimonial; y en la práctica
profesional es sabido que la abstención de opinar en la generalidad de los casos
es común que esté encubriendo una situación patrimonial que no se corresponde
por la realidad.
La mayoría de los aviones que operaban SW estaban bajo la modalidad
en leasing resultando titular la empresa Canadiense Bombardier.
En ese sentido, al mes de septiembre de 2002, la empresa tenía
suscriptos cinco (5) contratos de leasing operativos dos (2 ) por boeings 767 y
tres (3) por boeings 737). Asimismo, durante el ejercicio 2001/02 la empresa se
desprendió de (12) doce aeronaves, a través de la firma de convenios de
devolución.
El 17/10/03, la empresa SW se desprendió por la misma vía de un
boeing 767, lo que nos permite afirmar que al 30/06/03 la empresa contaba de (4)
cuatro aviones bajo la modalidad de leasing operativos.
Ante esto, podemos inferir que estamos ante una compañía sin
aviones y con un escaso margen de operaciones.
Este es el perfil de la "calidad empresaria " , según la
apreciación del Ejecutivo Nacional que se iba a asociar a LAFSA.
LAFSA
El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto N° 1654 del
4 de septiembre de 2002, había declarado el Estado de Emergencia del Transporte
Aerocomercial en todo el territorio de la Nación Argentina, realizado por
operadores nacionales sujetos a la competencia de la Autoridad Nacional, por el
plazo de vigencia de la Ley N° 25.561 de Emergencia Pública y Régimen Cambiario,
conjuntamente con otras medidas tendientes a paliar la aguda crisis por la que
atravesaba el sector.
En virtud de la cesación de actividad de las empresas LINEAS AEREAS
PRIVADAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA (LAPA) y DINAR LINEAS AEREAS SOCIEDAD
ANÓNIMA, y con el objeto de garantizar la continuidad de la prestación de los
servicios a los usuarios, a los distintos destinos, y de conservar las fuentes
de trabajo afectadas, el ESTADO NACIONAL consideró oportuna la creación de una
empresa de transporte aéreo, que se encontraría transitoriamente y hasta su
privatización en la órbita estatal, sujeta al régimen de derecho privado, a
través del Decreto 1238/03, del 21 mayo de 2003.
A través de dicho decreto se establecieron los aportes a la
composición del capital social de la sociedad a crearse, el cual sería aportado
en su totalidad por la empresa INTERCARGO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL.
Alegando razones de celeridad administrativa en la puesta en marcha
de la nueva empresa la facultó para que efectúe la contratación del personal,
exceptuándola del cumplimiento del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002
por un plazo prudencial.
Delegó en la nueva empresa la elaboración de un plan de acción y
presupuesto, a efectos de su posterior aprobación por parte de INTERCARGO
SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL.
A efectos de viabilizar su privatización, la sociedad a crearse se
encontraría sujeta a las normas de derecho privado, por lo tanto fuera de los
controles del Estado a los que están sometidos los organismos públicos, debiendo
el MINISTERIO DE LA PRODUCCION disponer lo necesario para dar comienzo al
proceso de privatización de la nueva empresa, elevando dicha propuesta al PODER
EJECUTIVO NACIONAL para su aprobación.
Determinó que el Señor MINISTRO DE LA PRODUCCION sería la autoridad
de aplicación del decreto, pudiendo dictar las normas aclaratorias pertinentes.
En razón del conflicto suscitado con fecha 16 de abril de 2003, que
derivó en la suspensión por parte de la empresa LINEAS AEREAS PRIVADAS
ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA de la prestación del servicio público de transporte
aéreo de pasajeros, el MINISTERIO DE LA PRODUCCION intervino en el conflicto a
efectos del restablecimiento del servicio público.
A los fines de la reanudación del servicio, el MINISTERIO DE LA
PRODUCCION garantizó la provisión de combustible y la prestación del servicio,
suscribiendo sendas actas con LINEAS AEREAS PRIVADAS ARGENTINAS y con las
empresas AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, AMERICAN FALCON SOCIEDAD
ANONIMA y SOUTHERN WINDS SOCIEDAD ANÓNIMA.
En el Decreto de creación de LAFSA se dispuso lo siguiente: " la
constitución de una sociedad anónima con vocación de transitoriedad en la órbita
estatal y hasta tanto se privatice, bajo el régimen de la ley 19.550 de
Sociedades Comerciales, la que tendrá por objeto la explotación del servicio
público de transporte aéreo de pasajeros, correo y carga en el orden interno e
internacional, con más las actividades complementarias y subsidiarias que
resulten convenientes a la actividad aerocomercial."
Posteriormente , con la llegada del Presidente Kirchner al
gobierno, se dicta el Decreto 337/03 de fecha 07 de Julio, que modifica la
composición del capital accionario de Lafsa, — Sustituyendo el Artículo 2º del
Decreto Nº 1238 del 21 de mayo de 2003 por el siguiente: "ARTICULO 2º.- El CIEN
POR CIENTO (100%) del capital de la sociedad a crearse pertenecerá al ESTADO
NACIONAL, componiéndose de la siguiente manera: el VEINTE POR CIENTO (20%) por
INTERCARGO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL, empresa que aportará además los gastos de
constitución y funcionamiento; el CUARENTA POR CIENTO (40%) por el MINISTERIO DE
ECONOMIA y PRODUCCION y el CUARENTA POR CIENTO (40%) restante por el MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS."
Establece además que toda referencia en el Decreto Nº 1238/03 al ex
MINISTERIO DE LA PRODUCCION deberá ser considerada atribuida al MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Según consta en el Acta N°1 del Directorio de la S.A. de fecha 30
de julio de 2003, fueron designados como presidente, El Ing. José Alberto Bidart
(operador político del Ministro) en representación del Ministerio de
Planificación Federal, inversión Pública, a cargo del Arq. Julio De Vido, en
calidad de Vicepresidente, el Brigadier Jorge Eduardo Baravalle por el
Ministerio de Economía, sindicado como consuegro del Ministro de Economía
Roberto Lavagna, y finalmente como director al Lic. Nicolás Scioli, en
representación de Intercargo, hermano del Vicepresidente de la Nación, Daniel
Scioli, quien según lo informado por el jefe de Gabinete en la Honorable Cámara
de Diputados de la Nación es el único miembro del Directorio que percibe sueldo
en ésa compañía. Visto la conformación accionaria de la empresa y las personas
designadas en el directorio, la conexión y dependencia entre Lafsa y el poder
Ejecutivo Nacional es a todas luces clara, estrecha y comprobable.
Por Resolución 350/04 de la Secretaría de Transporte de la Nación,
se otorgó un plazo de 180 días a LAFSA , para dar inicio a sus operaciones .
Según el dictamen de la Junta Asesora de transporte aéreo se estimaron reunidas
las condiciones de conveniencia, necesidad y utilidad para dar comienzo a los
servicios concesionados ,por lo tanto se autorizó a LAFSA a explotar los
servicios regulares internos de transporte de pasajeros.
Posteriormente, la firma se presentó ante la Secretaría de
Transporte a solicitar rutas internacionales las que constituirían , en algunos
de los casos descriptos en los manuales de riesgo de narcotráfico, como
virtuales rutas de distribución de drogas ilegales.
Algunas de esas frecuencias se detallan a continuación:
· Buenos Aires.- Asunción- Ciudad del Este ( 3 frecuencias
semanales) · Buenos Aires- Lima- Quito- Guayaquil- Caracas-Bogotá ( 2
frecuencias semanales)
· Buenos Aires-Santa Cruz de la Sierra-Caracas- Bogotá ( 4
Frecuencias Semanales)
· Buenos Aires-Lima-Quito-Guayaquil- Caracas-Bogotá-México-Los
Angeles ( 3 frecuencias semanales)
· Buenos Aires- Santa Cruz de la Sierra- La Paz-Caracas-Bogotá-
México- Los Ángeles ( 3 frecuencias semanales)
Para dar cumplimiento al servicio concesionado, suscribió dos
contratos de sublocación de aeronaves: Uno con SW firmado el 24 de noviembre de
2003 y otro con Aero2000 suscripto el 24 de marzo de 2004.
Finalmente, LAFSA firma con SW un acuerdo de cooperación empresaria
que desarrollaremos posteriormente, para operar de manera conjunta la totalidad
de su flota que a mayo de 2004 consistía en ocho aeronaves Boeing 737 afectadas
al mercado doméstico y un Boeing 767 que cubría la ruta a Madrid.
Acuerdo Lafsa-SW
A mediados de 2003 la situación financiera de SW tal como ya
fuera descripto y en virtud de los que surge de los estados contables, se hizo
insostenible y, ante la inminencia del cese de sus operaciones, apareció la
asociación "estratégica" con la recién creada LAFSA7, promovida , entre otros
por el Secretario de Transporte de la Nación Ricardo Jaime.
A mediados de 2003, el Presidente de la Nación Kirchner tomó la
decisión política de no dejar caer a SW. Esta determinación, se plasmó en el
Acuerdo de Cooperación Empresaria –el cual detallaremos más adelante-.
Ahora bien, la citada decisión política intentó ser disimulada en
un cúmulo de declaraciones que resaltaban la sana –y supuesta- preocupación del
gobierno acerca del mantenimiento de las fuentes de trabajo de las ex DINAR y
LAPA y la intención de evitar un monopolio en el mercado interno de la
aeronavegación. En esa ocasión el Presidente de la Nación afirmó que "apostamos
a un buen resultado; sabemos que los escépticos van a estar esperando que
fracase, pero nosotros estamos convencidos que la calidad empresaria y la
calidad de los trabajadores permitirá que esto pueda funcionar". En la misma
línea el Ministro de Planificación, Julio De Vido sostuvo que "estamos
asistiendo a un hecho trascendente del transporte aéreo nacional que comienza a
participar de emprendimientos ya experimentados en otras partes del mundo, como
son las alianzas o acuerdos de cooperación empresaria como los de hoy, de los
que hay muchos en el mundo".
Según reseñó el diario La Unión, "El Presidente aclaró que pese a
los cuestionamientos a la decisión de subvencionar el combustible de Southern
Winds y los sueldos de los empleados de la ex LAPA y Dinar que incorpore, puedan
acarrearle, privilegia resolver el problema de 850 trabajadores y evitar el
monopolio en una actividad que requiere competencia"8. Pero los hechos y el
contenido de los acuerdos demuestran que la asociación entre SW y LAFSA era
mucho más profunda de lo que se pretendía mostrar, y que excedía en mucho el
carácter de mero soporte al funcionamiento de SW. Para sostener esta afirmación
entremos al estudio del citado acuerdo.
El 3 de septiembre de 2003 se firmó el Acuerdo de Cooperación
Empresaria entre la Aerolínea estatal LAFSA y Southern Winds- ratificado por
Resolución N° 191/03 de la Secretaría de Transporte a cargo de Ricardo Jaime y
publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 30 de Setiembre de 2003, página
16-. Los puntos salientes del acuerdo son dos: LAFSA se compromete a pagar el
salario a 1000 empleados ex LAPA y DINAR, de los cuales 578 prestaban servicios
en SW y 3,2 millones de pesos mensuales en combustible. Esta asociación –que es
un subsidio bastante poco encubierto- hizo posible que SW continuara operando.
Ante esto, este equipo de investigación quiere resaltar que la
propia letra del acuerdo en su cláusula primera marca que el mismo va mucho más
allá de esto, al acordar las partes "poner en común sus esfuerzos respecto de
la explotación de servicios aéreos y propiciar la distribución de los
ingresos producidos por el mismo concertando los elementos operativos
para mejorar sus resultados mediante una labor conjunta que permita la
retención de empleados y la reincorporación de aquellos que dependen de
la puesta en marcha de LAFSA". (el subrayado es nuestro)
Aún más, en la cláusula séptima se crea un órgano de coordinación
entre ambas empresas, con un representante de SW, uno de LAFSA y un miembro del
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, ejerciendo
este último la presidencia de tal cuerpo.
Queda claro entonces, que ni el Ministro De Vido, ni el Secretario
de Transporte estaban en desconocimiento de la operatoria irregular en la que
estaba incursa la empresa pues tenían a su cargo la titularidad del órgano
encargado de coordinar la adopción de las decisiones comunes entre los distintos
participantes de ese acuerdo empresario.
Asimismo, el Jefe de Gabinete afirmó al Congreso de la Nación en su
Informe de Julio de 2004 que dicho acuerdo implicaba el compromiso de "operar
conjuntamente con la totalidad de su flota.( en referencia a la de SW), 8
Kirchner defendió la política de intervención estatal, en el Diario La Unión. 4
de septiembre de 2003.
Como corolario de lo expuesto, podemos sostener, sin lugar a dudas
que estamos ante una asociación dónde una empresa de capital estatal firma un
acuerdo de cooperación con SW, a través del cual se compromete a desarrollar una
operación económica conjunta, tienen un organismo de coordinación en el cual el
representante del Ejecutivo ejerce la Presidencia, el Jefe de Gabinete acepta
este carácter conjunto que tiene la explotación y que cuenta además con otros
contratos comerciales referidos a locación de aeronaves, todo esto sostenido con
información oficial que citamos oportunamente.
Estos elementos evidenciarían que el Gobierno Nacional no podía
desconocer las particularidades y la situación en que SW se encontraba. La
asociación era tan estrecha que no parece aventurado afirmar que –más cuando
LAFSA no tenia aviones- existía una cuasi-identidad entre ambas empresas. Miente
el Gobierno Nacional cuando afirma desconocer lo que ocurría en SW, y niega la
realidad cuando busca deslindar la totalidad de la responsabilidad en la firma
privada. De los organismos que tienen responsabilidad en el control
aeroportuario.
La Aduana y sus responsabilidades primarias
Entre las misiones y funciones principales de la Dirección
General de Aduanas encontramos la obligación de prevenir y reprimir el
contrabando.
Es por ello, que la Ley 22.415 establece que a ese Organismo le
compete el control del ingreso y egreso de mercaderías. Para ello, crea las
Zonas Primarias Aduaneras, donde la Aduana tiene la máxima autoridad en el
movimiento de personas y mercaderías. El articulo 5 del Código Aduanero es claro
cuando la define como aquella parte del territorio aduanero habilitada para la
ejecución de operaciones aduaneras o afectadas al control de las mismas, en el
que rigen normas especiales para la circulación de personas, el movimiento y
disposición de mercaderías. En su enumeración, encontramos a los aeropuertos y
pasos fronterizos, que tal como surge de la definición, se encuentran bajo la
órbita y jurisdicción donde se debería ejercer el poder de policía del referido
Organismo.
Es por eso, que nada se puede hacer en dichas zonas sin la
autorización de la Aduana que, entre otros resortes institucionales, cuenta con
el auxilio de la fuerza pública.
En la reseña referida a la actuación de la Dirección General de
Aduana, el titular de la AFIP aseguró " ...que en ese sector los objetivos son
la administración de riesgo, la utilización de tecnologías de control no
intrusivas y empezar a trabajar sobre los controles "ex post" y la mejora
de infraestructura que es una problemática específica de la Dirección Nacional
de Aduana". Después de los atentados contra las Torres Gemelas el 11/09/01, EEUU
impuso una redefinición de la seguridad a nivel internacional . Esta
redefinición incluye la instalación de más escáneres. Los tres que existen en
Ezeiza fueron donados por AA2000 y el proyecto del ex titular de Aduana, José
Sbatella de importar más scanners o pedir que los construyan en la empresa de
tecnología INVAP – la misma que vendió un reactor de investigación nuclear a
Australia- fue suspendido por su sucesor Ricardo Echegaray.
Esta tecnología indispensable para una efectiva seguridad en los
aeropuertos y vuelos, evitando entre otros aspectos el contrabando de drogas y
el transporte de explosivos, tiene un costo de $ 100.000.000 para su
implementación en todo el territorio de la República.
Téngase presente que en la Aduana se pueden realizar los controles
en dos momentos: El primero se desarrolla en línea primaria, es decir, ni bien
llega a la mercadería, y el segundo después de que fue al operador. En ese
sentido, la autoridad máxima de la AFIP indicó que "...si en línea primaria
no somos ágiles estamos deteniendo el flujo de entrada o salida de
mercadería, pero si no hacemos el control perdemos la oportunidad de
detectar el problema...".
El concepto de administración de riesgo es fundamental en la Aduana. Corresponde
al Director General la administración del riesgo, ya que no es lo mismo el tipo
de mercadería que se va a incorporar ni el momento en el cual ocurrirá.
Entonces, todas las problemáticas tienen que ser analizadas ya que
definen el riesgo y el canal por vienen o van las mercaderías. En ese sentido
Abad informó a los diputados"... hay que analizar 330.000 canales rojo y 220.000
canales naranjas, es decir, desde el control de la documentación, apertura de
los bultos o de los contenedores a control de la documentación sola, y todo esto
en función del riesgo que se estime que tenga la operación en particular."
Téngase presente que durante todo el 2003, en todo el territorio
aduanero, se realizaron solamente 223 procedimientos antidrogas. Las
estadísticas reflejaron durante los primeros cinco meses del 2004 se realizaron
97 procedimientos.
Ricardo Echegaray-Antecedentes
Ricardo Echegaray, es un hombre de confianza de Néstor
Kirchner, es por eso que en julio de 2004 ante las denuncias cruzadas entre el
titular de la AFIP Alberto Abad y del entonces Director Nacional de Aduanas José
Sbatella, respecto de la responsabilidad en una causa de contrabando, el
presidente decide desplazar al titular de la Aduana y reemplazarlo por Echegaray,
quien hasta ese momento se encontraba al frente de la Delegación Regional en
Comodoro Rivadavia.
Echegaray, llega al gobierno de Kirchner de la mano de Rudy Ulloa
Igor , un puntero político del Barrio El Carmen de la ciudad de Río Gallegos,
que oficiaba de Secretario privado cuando el Presidente era Gobernador de su
provincia.
A pesar de sus orígenes humildes, Ulloa tenía a su nombre un
importante depósito bancario por más de U$S 1 millón en el Banco de Santa Cruz,
que según el mismo declaró pertenecería a Kirchner.
Para entender este esquema de relaciones hay que mencionar que Rudy
Ulloa fue uno de los armadores de la estructura partidaria del Frente Para la
Victoria en la Provincia de Santa Cruz. Cuentan las crónicas que en ese grupo
inicial militaban también Alicia Kirchner, su esposo Armando Mercado, y Carlos
Zannini, actual Secretario Legal y Técnico de la Presidencia de la Nación. Para
construir las bases del poder territorial kirchnerista Rudy Ulloa Igor armó en
el barrio El Carmen una Cooperadora y empezó a distribuir planes asistenciales
que le enviaba Alicia Kirchner , siempre a cargo de la política social en las
distintas gestiones de su hermano.
En el mismo sentido, el 1° de agosto de 1997, en presencia de
Kirchner, se inauguró la FM comunitaria Estación del Carmen, que ocupó el 104.9
del dial. La Opinión Austral informó el 2 de agosto del mismo año que la radio:
"...trabajará en la difusión de la importante barriada". Se supone
así, que desde el Estado Provincial se habría facilitado la obtención de las
autorizaciones correspondientes, independientemente de la importante publicidad
oficial.
No obstante esto, año y medio después, la 104.9 modificó su persona
jurídica comunitaria para pasar a control de una S. R. L, entre cuyos
accionistas se destacaba Ricardo Echegaray. Una prueba de ello es el edicto
publicado con fecha 8/02/01 donde se informa que por escritura pública N°
242/00, Ricardo Echegaray casado con Silvana Oviedo, transfiere la cuota de
capital que le correspondiere de la Estación Del Carmen S.R.L, en la irrisoria
suma de $ 16.000. No obstante esto, su esposa continuaría trabajando para la
barriada El Carmen al frente de la Fundación Ayudemos a Mamá dependiente del
Centro Comunitario.
Entre los antecedentes laborales de Ricardo Echegaray encontramos
que ejerció la abogacía como asesor legal del Centro Comunitario. También
asistió en su defensa a Miguel López, director de un diario asociado a Ulloa
denominado "El Periódico".
Entre sus actividades públicas su currículum da cuenta de su paso
por el Banco de la Provincia de Santa Cruz, en su etapa estatal, para
posteriormente incorporarse a la Aduana donde sus importantes y sucesivos
ascensos fueron contrarios a lo establecido en la carrera administrativa,
avanzando varios cargos sin concurso previo, sin evaluación de desempeño y sin
la antigüedad necesaria . Ingreso a la Aduana de Río Gallegos en el año 1991
como abogado, cumpliendo tareas de guarda aduanero.
En agosto de 2003, es nombrado Administrador de la Aduana de Río
Gallegos sin evaluación ni propuesta de su superioridad inmediata. Su
nombramiento fue impulsado directamente por el Subdirector General de
Operaciones Aduaneras del Interior, personal de planta política en la Aduana. En
febrero de 2004, es designado Director Regional, teniendo bajo su control todas
las aduanas de la Región Patagónica, con sede en la ciudad de Comodoro
Rivadavia.
En agosto de 2004, es nombrado finalmente, Director General de la
Aduana, quedando bajo esta circunstancia con la responsabilidad del control
aduanero en todo el Territorio Nacional. Con la llegada del presidente Kirchner
al poder, la Dra. Carballal, titular por concurso de la Dirección Regional de
Comodoro Rivadavia, fue apartada de la Dirección Regional para ubicar allí al
Dr. Echegaray, quien a partir de su asunción como titular de la Región,
desmanteló la División de Investigaciones. Como ya fuera denunciado por el
equipo de investigación del ARI en su informe sobre la Gestión de los Recursos
Pesqueros, la Dra. Beatriz Carballal había detectado una importante maniobra de
contrabando que involucraba a la firma CONARPESA. Esta investigación fue
parcialmente desactivada al llegar Echegaray a la Regional.
Contrario a lo esperable de un titular de uno de los Organismos de
Control más importante de la Argentina, el 4/05/04 en el diario Crónica de
Chubut, y antes de que finalice la investigación, sale en defensa de CONARPESA
expresando que "...no era culpa de las empresas sino de la falta de controles
de la Aduana...".
Finalmente, podemos agregar que Ricardo Echegaray fue nombrado
Director General de Aduanas teniendo una denuncia penal radicada en el Juzgado
Federal de Comodoro Rivadavia en la que se lo investiga por encubrimiento de
contrabando.
La vinculación de la Aduana con el caso SW
Entre las misiones y funciones de la Dirección Nacional
de Aduana, se encuentra prevenir y reprimir los ilícitos aduaneros. Para ello,
tiene entre sus potestades el control de personas y mercaderías en las Zonas
Primarias Aduaneras, entre ellas, el aeropuerto Internacional de Ezeiza.
Es por eso que en su estructura cuenta con la Policía Aduanera y
otras dependencias de investigaciones. Que conforme surge de los dichos del
gremio que nuclea al personal aduanero la repartición ha sufrido un importante
desmantelamiento, que limita el cumplimiento de sus funciones.
El mismo Director General Ricardo Echegaray expone que "para
practicar controles en Ezeiza estamos (sic) pidiendo permanentemente
permiso a Aeropuertos Argentina 2000...no bastan las credenciales
aduaneras. Esta confesión del Director Nacional no hace más que confirmar la
ineficacia de la Aduana para prevenir y controlar el tráfico de drogas evitando
o sancionando maniobras de contrabando. Su ineficiencia al frente de ese
Organismo de Control queda demostrada al no ejercer debidamente las atribuciones
de su cargo para evitar el avasallamiento de un empresario poderoso e
influyente.
Según lo dicho, le cabría como funcionario público y con
anterioridad a esta exposición mediática , apenas asumido en sus funciones,
presentarse en la justicia y denunciar lo que ahora y al solo efecto de
exculparse pregona por los medios.
No puede un funcionario de un gobierno con casi dos años en
ejercicio de funciones argumentar que "... creo que es la oportunidad para
volver a reestablecer el Estado presente en el control aeroportuario...".
Esta situación evidencia que el gobierno del Presidente Kirchner no controló el
Aeropuerto donde ingresan más del 25% (en monto) de las importaciones de
mercaderías del país, que hacen de éste la segunda Aduana en importancia y una
estación de alto riesgo, con las implicancias descritas "ut supra".
Finalmente, recordemos que es el mismo funcionario quien
reconoce que durante el año 2004 la aduana realizó un solo control sobre los
aviones de la firma SW.
Esta declaración del propio Echegaray resulta coincidente con lo
expresado por Joaquín Morales Solá cuando afirma "...Un tercer control más
aleatorio, el de la Aduana, no era riesgoso para los traficantes; ese organismo
no revisaba los vuelos de Southern Winds desde hacía mucho tiempo."...
Por otra parte , los ciudadanos españoles detenidos en Cádiz
durante el mes de diciembre hicieron un segundo viaje a Argentina, luego del
embarque del mes de Setiembre , cuando ya había sido formulada la denuncia y
tampoco fueron detenidos por los controles aeroportuarios de Aduana.
Téngase presente que éste funcionario tanto en su gestión a
cargo de la aduana de Río Gallegos como en su función a cargo de la regional
Patagonia, era el máximo responsable de controlar el contrabando de droga en el
Puerto de Caleta Paula, situación ya denunciada por éste equipo de investigación
en su informe sobre gestión de recursos pesqueros y gestión de obra pública en
la provincia de Santa Cruz.
Por último el citado funcionario no puede desligarse tan fácilmente
de las responsabilidades del caso, ya que existen indicios firmes que la Aduana
también tenía conocimiento de los acontecimientos de Septiembre desde la segunda
quincena de Octubre de 2004, dado que consultado un importante funcionario
aduanero por la fiscal del caso este habría respondido que dicho organismo ya se
encontraba investigando el caso.
MINISTERIO DE DEFENSA - POLICIA AERONAUTICA NACIONAL (PAN).
SU RESPONSABILIDAD EN SEGURIDAD AEROPORTUARIA
La Ley Nacional Nº 21.521 de creación de la PAN, que data del año
1977 establece, en su artículo 12 , que entre las funciones de ésta fuerza
están:
· Vigilar y fiscalizar el aeroespacio.
· Vigilar el cumplimiento de las normas sobre zonas de actividad aérea prohibida
o restringida.
· Ejecutar los compromisos previstos por convenios internacionales en materia de
policía de la aeronavegación según las órdenes que especialmente se le impartan.
· Ejercer las facultades previstas en relación con las aeronaves que infrinjan
las normas legales en vigencia.
· Vigilar y mantener la seguridad y el orden; prevenir, investigar y reprimir la
comisión de delitos y faltas, dentro de los ámbitos territoriales referidos en
los incisos 1) y 2) del artículo 4.
· Intervenir en la prevención y represión del apoderamiento de aeronaves e
interferencias ilícitas a la aviación civil.
· Prevenir y reprimir el contrabando con intervención de las autoridades
judiciales y administrativas competentes.
· Controlar o verificar personas, aeronaves, tripulaciones y cosas
transportadas, en cuanto se refiera a seguridad.
· Vigilar el cumplimiento de las normas sobre marcas de nacionalidad y
matriculación en las aeronaves.
· Controlar el transporte, tenencia, portación o empleo de armas, explosivos u
otros elementos de peligro potencial, sensores, registros y demás objetos que
sean materia de reglamentaciones especiales.
· Instruir sumarios con intervención de juez competente y practicar las
diligencias necesarias para comprobar los hechos ocurridos, descubrir y detener
a sus autores y partícipes.
· Dar cumplimiento a mandatos judiciales.
· Evacuar informes y prestar la colaboración que las Fuerzas Armadas, otras
fuerzas de seguridad y autoridades policiales le requieran.
· Prestar, en cuanto se relacione con sus funciones específicas, el auxilio que
le requieran las autoridades competentes.
· Velar por el cumplimiento de las prescripciones legales vigentes y ejercer las
facultades que se acuerdan a la autoridad aeronáutica, sin perjuicio de las
atribuciones conferidas a otras competencias.
· Colaborar en la observación aérea de incendios de bosques, inundaciones u
otros siniestros, a solicitud de la autoridad competente.
· Colaborar en la búsqueda, asistencia y salvamento de aeronaves, como así
también en toda otra situación de emergencia.
Para los controles, Southern Winds tenía contratada una
empresa privada denominada TAS ( Top Air Security) S.R.L., encargada de operar
los scanners, por lo tanto, según la Fuerza Aérea, la responsabilidad por el
tráfico de cocaína no es suya sino de TAS y, obviamente, de SW.
Ahora bien, tal como surge del párrafo supra, la manipulación de
dichos aparatos fueron efectuadas por una privatizada, pero la intervención de
la PAN quedó demostrada en dicha operatoria cuando su titular admitió que sus
hombres, habitualmente, intervienen en dicho proceso.
A mayor abundamiento, podemos mencionar que los scanners
identifican las sustancias orgánicas –y la cocaína lo es–, por lo tanto, de
haber funcionado los sistemas la carga debió detectarse, emitiendo el
dispositivo una especie de alarma que hubiera alertado de la maniobra que se
pretendía realizar.
Está claro entonces, que las valijas no pasaron por los scanners, o
que los scanners solo "aparentaban " estar funcionando , o que de lo contrario
hubo "ayuda" para esquivar los controles.
Al decir de Página/12, el envío de cocaína a España
demostró que:
- Es posible llenar valijas de drogas, explosivos o material bacteriológico y
subirlos a un avión, evadiendo todo control.
- Es posible introducir esas valijas a un avión sin que, además, pertenezcan a
un pasajero. Es decir que se trata de valijas sin dueño.
- Es posible que un terrorista entre a la Argentina y a los 32 días no quede
ningún rastro que sirva realmente para la investigación, salvo el formulario de
Migraciones con nombre falso. Se habrán perdido las imágenes de cómo llegó al
aeropuerto, en qué auto, quién lo acompañó, cuáles fueron los cómplices que
estuvieron con él.
- La historia oficial es que de todo esto tienen la culpa una serie de empresas
privadas, no los hombres de uniforme que deberían representar al Estado. En
verdad, esos hombres de uniforme no parecen estar allí para garantizar la
seguridad de los argentinos sino para cuidarle el negocio a esos privados en la
cadena de responsabilidades penales que el juez tiene que desentrañar, una de
las pistas principales que siguen los investigadores es la relación entre
Southern Winds, Aeropuertos Argentina 2000 y Top Air Security SRL.
Top Air Security S.R.L. CUIT N° 30-69532126-7 tiene como
accionistas a Santiago Adolfo Donda y Albert Alexandre Adem y su actividad
principal son los servicios de investigación y seguridad. Donda es hijo de
Adolfo Miguel "Palito" Donda Tigel. Capitán de fragata retirado, Donda Tigel
estuvo procesado por 62 crímenes de lesa humanidad por sus tareas dentro de la
patota de la Escuela de Mecánica de la Armada y empleado de Alfredo Yabrán.
La responsabilidad de la Fuerza Aérea encuentra su fundamento
en que dicha Repartición, tiene jurisdicción sobre la seguridad en el aire,
incluso cuando se trata de vuelos no militares.
LAS EXPLICACIONES DEL JEFE DE GABINETE SOBRE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
En el Informe del Jefe de Gabinete de Ministros de Julio de
2004 a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación –dos meses antes del hecho
de las "valijas voladoras" de SW- , ante la requisitoria de información acerca
de la situación de Seguridad Aérea (pág. 377, pregunta 276) las respuestas
brindadas, resultan cuanto menos, llamativas.
En la citada oportunidad de requirió información al ejecutivo
-en virtud de lo que se consideraba una "gravísima situación de inseguridad
aérea"- acerca de: las medidas adoptadas o en adopción para controlar el sistema
aeroportuario, la capacidad profesional de la FFAA para ejercer los controles de
seguridad en aeropuertos , los organismos encargados de realizar las
inspecciones, la modalidad de las mismas, y las medidas tomadas por la
Secretaria de Transporte de la Nación a los fines de fiscalizar el cumplimiento
de las obligaciones a cargo de las compañías aéreas.
Respecto del rol de la Secretaría de Transporte, el Jefe de
Gabinete brinda al Congreso la respuesta dada por el Ministerio de
Planificación, Inversión Pública y Servicios, la cual transcribimos: "La
Subsecretaria de Transporte Aerocomercial se encuentra a través de la
Dirección de Programación y Control de Actividades Aerocomerciales
realizando la totalidad de las tareas de Fiscalización y Control de las
empresas Aerocomerciales."17 (el subrayado es nuestro). La conclusión a la
luz de los hechos es clara: o los controles no se estaban realizando y el Poder
Ejecutivo mintió en su presentación al Congreso, o bien esos controles se
realizaban y ya sea por ineficacia, impericia, negligencia o corrupción
situaciones como las que son origen de este informe pudieron tener lugar.
Ahora bien, en lo que se refiere a Seguridad Aeroportuaria,
el Jefe de Gabinete informa –en virtud de lo afirmado por el Ministerio de
Defensa- que "dispondrá los medios para hacer llegar la respuesta dentro de
los cinco días hábiles posteriores a la Sesión Informativa" que debía
hacer el Jefe de Gabinete. Tal información nunca llegó al Congreso. La misma se
encuentra en Jefatura de Gabinete, con carácter reservado, y para ser obtenida
es necesario la requisitoria de un legislador y es entregada en sobre cerrado.
La misma nos fue entregada bajo el título de "Seguridad Aérea y Organización de
Aviación Civil Internacional – Anexo 3" y está firmada por el Vicecomodoro José
Ballesteros, Jefe de División Planes.
Tal documentación empieza con una afirmación categórica: se
niega la situación de gravedad en lo referente a la seguridad aérea, y se afirma
que considerar como de alta gravedad tal situación no es "una condición
coherente con el análisis de los hechos".19 En otros términos: se
desconoce y niega la situación de inseguridad aérea, tan sólo dos meses antes de
que se iniciara la causa judicial que hoy nos convoca.
Ante la requisitoria de información sobre la capacidad profesional
de la FFAA para ofrecer controles que derivan de la normativa vigente, la citada
información de carácter reservado afirma que la Seguridad en Aeropuertos –y
específicamente en la Seguridad en la Aviación- "se destaca la capacidad
reconocida internacionalmente."20 Ahora bien, más allá de lo extravagante
de pretender mostrar una fuerza con prestigio fronteras afuera en el mismo
tiempo en que ocurrían los hechos de las "valijas voladoras", es muy llamativo
que no se responde a la consulta realizada por el parlamento, en tanto la única
respuesta parece ser: "todos saben que están capacitados", omitiendo detallar
específicamente las aptitudes concretas para los que se los formó.
No se hace referencia alguna a la capacidad profesional de la PAN
para ejercer sus controles. Sabemos que la PAN es parte de la Fuerza Aérea; en
concreto, es la fuerza con competencia directa sobre la Seguridad Aeroportuaria.
¿Cómo puede ser entonces que se obvie al momento de dar una
respuesta sobre este tema a uno de los organismos claves de tal Sistema de
Seguridad? La verdad es que no lo sabemos, porque se omite tal información.
Simplemente no se contesta sobre capacidad profesional que la PAN posee para
controlar la seguridad en aeropuertos lo cual es, ni más ni menos, su función
primaria y excluyente.
Siguiendo con el informe de Jefatura de Gabinete, puestos a
especificar el punto concreto de la Seguridad Aeroportuaria el Informe toma un
tono que roza el absurdo. En el punto en que se supone se darán detalles de las
tareas de la PAN al respecto (punto 17), lo que citamos a continuación es toda
la información brindada por el Ejecutivo:
"En cuanto a la Seguridad Aeroportuaria, se encuentra contemplada
en la Ley 21.521 promulgada en 1977 y de estricta competencia de la Policía
Aeronáutica Nacional, la cual ejerce el poder de policía en el
aeroespacio (con los medios asignados y afectados por la Fuerza Aérea),
el servicio de policía de seguridad y judicial en la jurisdicción
territorial , asignada en coordinación con Aduana y Migraciones."
Más allá de lo escueto de la respuesta, la obviedad de la misma no
parece ser casual. Estamos ante un Ejecutivo que puesto a responder sobre las
condiciones de Seguridad Aeroportuaria se limita a dar una somera definición
acerca de las competencias orgánicas y la división de responsabilidades
referente al área, sin ahondar en lo más mínimo en el asunto ni brindar siquiera
un atisbo de la información solicitada.
No parece ser este un dato menor: el Poder Ejecutivo, primero por
no enviar al Congreso en tiempo y forma y luego por darle carácter reservado;
pero aún mas grave, por eludir e incluso omitir abiertamente dar la información
requerida, esta claramente ocultando todo lo referente a la capacitación,
funcionamiento y cumplimiento de tareas de la PAN.
MATERIAL ENTREGADO POR LA PAN EN SEMINARIO (Mayo de 2004)
Durante el mes de mayo de 2004, se llevo adelante a
instancias de la Comisión de Prevención de adicciones y lucha contra el
narcotráfico un seminario, al cual concurrieron invitados en calidad de
disertantes, representantes de las Fuerzas de Seguridad relacionados con la
temática de incumbencia de la Comisión.
Entre los invitados concurrieron representantes de la Policía
Aeronáutica Nacional, de la Aeroestación Ezeiza, y entregaron material
relacionado con el power Point sobre el cual expusieron lo siguiente:
"La Policía Aeronáutica Nacional es una Fuerza de Seguridad que
ejerce funciones de poder de policía en el Aeroespacio y el Poder de Policía de
Seguridad y Judicial"
Entre sus funciones detalla: "Ejercer las facultades previstas en
relación con Aeronaves que infrinjan normas legales en vigencia", "Vigilar y
mantener la seguridad y el orden y reprimir la comisión de delitos y faltas.",
"Prevenir y Reprimir el contrabando", "Controlar o verificar personas,
aeronaves, tripulaciones y cosas transportadas." e "Instruir sumarios con
intervención de juez competente y practicar las diligencias necesarias para
comprobar los hechos ocurridos, descubrir y detener a sus autores y partícipes."
Se afirma asimismo que en el año 2004 la forma de
ocultamiento de drogas incautadas más reiterada fue el Equipaje a Bodega.
Repetimos: esta información la brindó el PAN al Congreso de la Nación en mayo de
2004. Parece poco creíble que hoy el Ejecutivo Nacional siga sosteniendo su
desconocimiento del asunto.
Embajada Argentina en España – Vinculaciones
Por Decreto N° 1086 del 24/08/04 fue designado embajador
argentino ante el gobierno del Reino de España Carlos Antonio Bautista Bettini.
Por su carácter de embajador su designación debió ser
sometida al acuerdo del Senado Nacional, que cuestionó ampliamente su aptitud
por sus importantes relaciones con empresas Españolas con intereses en nuestro
país. Durante el tratamiento de su pliego se le formularon los siguientes
cuestionamientos.
1. Haber recibido dádiva en forma de pasajes, por parte de Cirsa, reiterados
para él y su pareja.23
2. Haberle pedido trato especial a Patricia Bullrich a favor de una constructora
española Dycasa para la construcción de 2 cárceles.
3. La supuesta violación a la Ley de Ética Pública, cuando ocupaba el cargo de
asesor del Ministerio de Justicia, simultáneamente con el de Director de
Aerolíneas Argentinas.
La relación con Aerolíneas Argentinas
Es preciso ubicarnos a mediados de los años noventa
cuando SW es creada, y contextualizar este hecho a la luz de la crisis que
atravesaba a causa de pésimas administraciones argentino – españolas Aerolíneas
Argentinas. Dicha firma, fue privatizada durante el gobierno de Carlos Menem
-apenas un año después de su llegada al poder- y luego que la Suprema Corte de
Justicia (que había sido ampliada apenas días antes) vía el "per saltum"
decidiera en un día que la privatización era correcta, a pesar de haber sido
cuestionada por expertos, legisladores y sindicalistas que habían fundamentado
de manera tan contundente la oposición al proceso privatizador que el Juez Oscar
Garzón Funes la suspendió por sospecha de graves irregularidades. De esta
manera, el 21 de noviembre de 1990 la empresa de capitales españoles Iberia se
hizo cargo de Aerolíneas Argentinas.
La Presidencia de la firma aérea fue modificándose en tanto se
modificaban los grupos que aportaban capital a la empresa, entre 1991 y 1998
pasaron por el Directorio de aerolíneas Argentinas: Amadeo Riva, Miguel Angel
Derqui, Manuel Esteve Ríos, Esteban Righi,Abdo Menem,Carlos Bettini,y Manuel
Morán, entre otros, éstos dos últimos, figuras claves en el proceso de
vaciamiento así como vínculo entre el gobierno argentino y el español .
Al decir de los investigadores españoles Carlos Alvarez Teijeiro y
José Cretazz existiría de una denuncia presentada por los cuatro directores
argentinos de Aerolíneas, para quienes durante la gestión Morán el vaciamiento
de la empresa estaba sirviendo para financiar de manera ilegal y por medio de
asientos contables falsos al Partido Socialista Obrero Español (PSOE). La causa
penal en referencia a este tema llegó hasta el Juzgado Federal de Rodolfo
Canicoba Corral y fue archivada.
Carlos Bettini se mantuvo como Director Titular en Aerolíneas
Argentinas hasta el año 1998, momento en que American Airlines adquiere el 8,5%
de las acciones de la sociedad Interinvest (controlante de Aerolíneas y
Austral). De este modo, la firma americana desplaza del gerenciamiento a Iberia,
asumiendo como Director Ejecutivo de Aerolíneas y Sub-Gerente General de Austral
Diego Cousiño.
También –sostienen Alvarez Teijeiro y Crettaz- durante la
gestión de Morán- Bettini "...la empresa tenía un acuerdo con Southern Winds,
quién actuaba de feeder- line. Es, muy posiblemente, el primer acuerdo en
la historia de la aviación comercial en la que una empresa pagó un precio
fijo a su feeder-line, independientemente del número de pasajeros que
ésta trasladase".
Vale aclarar "Feeder line" es el término utilizado para referirse a
aquellas empresas aéreas que alimentan a otras de pasajeros, transportándolos
desde ciudades chicas a otras más grandes donde tienen cabecera las aerolíneas
de mayor envergadura. Es claro que no es lo mismo que llegue un avión a Buenos
Aires con veinte pasajeros, para que sean trasladados a Madrid, que lo hagan
doscientos y el monto a pagar es en general estipulado en los convenios
comerciales entre las empresas. No fue el caso del acuerdo realizado por
Aerolíneas y SW.
Finalmente, téngase presente que el actual Procurador General de la
Nación Esteban Righi fue Director de Aerolíneas en representación del Banco
Español de Crédito S:A., información que ocultó en ocasión de su nombramiento al
frente del citado Organismo. Este funcionario omitió en su currículo, en forma
manifiesta, la referida información afirmando en forma engañosa que tan solo se
había desempeñado como asesor del mencionado Banco.
Bettini-Embajador
Para una mejor comprensión de la actuación de Bettini como
embajador y su relación los hechos objeto de estudio de este informe, es útil
metodológicamente trazar una línea de tiempo.
La cronología demuestra que el gobierno no desconocía el caso como
declaró, porque para que esto sucediese debió construirse una descomunal
conspiración de silencio que abarcaría no sólo la Fuerza Aérea, sino numerosas
instituciones del Estado, todas ellas, a cargo de personas de la más íntima
confianza presidencial.
No es posible que el embajador Bettini no tuviera conocimiento de
los hechos referidos al tráfico de estupefacientes en que se vio involucrada SW
en Septiembre de 2004, ya que:
· El Estado Español avisa oficialmente
· Tiene aceitados contactos con el Gobierno de España
· Es un hombre del medio aerocomercial de Argentina y España
· Mantiene vínculos con el Ministerio de Justicia de la Nación, en el que fue
alto funcionario durante el menemismo
Miente también Bettini cuando afirma que a la fecha de los hechos no se había
hecho cargo de la Embajada en España. Como afirmamos precedentemente fue
designado el 26 de Agosto de 2004. En el mismo sentido el 3 de Agosto el
Gobierno de España otorgó el Plácet de estilo para su designación. Pero aún más:
El Diario La Nación en su nota titulada "Dos jueces buscarán datos en España" de
fecha 3 de Septiembre de 2004, informa que ante un reclamo llevados a la
Embajada argentina en España el propio Bettini "tenía la embajada a su
disposición". El 10 del mismo mes, cuando el Ministro de Relaciones Exteriores
de España visitó oficialmente Argentina se entrevistó con Bettini, enfrentado
así éste –según Infobae- el "primer desafío de su gestión".
Resulta asimismo imposible, vistos los habituales contactos de la
autoridades militares sitas en la Embajada con la Guardia Civil española, que
tanto el agregado militar como el funcionario de la SIDE asignado a tal
repartición diplomática, no hubiesen sido notificados del envío de un cargamento
tan importante a través de una línea área argentina. Por lo tanto resulta
totalmente falaz que el embajador no supiera de los hechos en que estarían en
conocimiento altos funcionarios de su embajada. La pregunta entonces es porque
siguen negando haber tomado conocimiento de la situación al momento de que ésta
sucedió?
NO ES POSIBLE QUE ICAZURIAGA NO SUPIERA
· Ezeiza es área de influencia de Antonio "Jaime" Stiusso, Nº 3 de la SIDE
· Allí la SIDE no sólo tiene destacados hombres, sino cámaras
NO ES POSIBLE QUE RICARDO ECHEGARAY NO SUPIERA
· Es Director de la Policía Aduanera
· Es uno de los que debía controlar los embarques
· A principios de octubre la Fiscal del caso, Dra. Gabriela Ruiz Morales
solicitó la colaboración de la Policía Aduanera
NO ES POSIBLE QUE ANIBAL FERNANDEZ NO SUPIERA
· La Guardia Civil Española advirtió de los hechos a INTERPOL Argentina en
el mes de octubre
· La policía Federal requirió precisiones
· La Guardia Civil envió nuevamente documentación detallada del caso el 26 de
noviembre
NO ES POSIBLE QUE RICARDO JAIME NO SUPIERA
· Es el Secretario de Transporte
· Es quien otorga los subsidios a la empresa
· Es ante quien la empresa reportaba
· Beltrame y Maggio coinciden en mencionarlo como un superior
Todos estos Funcionarios son de absoluta confianza del Presidente por lo tanto,
cabe preguntarse:
- Ninguno de ellos advirtió al Presidente de ese hecho gravísimo?
- Si fuera así, Por qué la purga fue sólo en la Fuerza Aérea?
- Por qué no descabezar también a otras reparticiones que no informaron a
tiempo?
Hay otros hechos que no quedan claros
- Por qué el Presidente viajó imprevistamente a Costa Rica por sólo nueve horas?
- Por qué se entrevistó con el Rey de España, que 48 hs antes había estado en
Argentina?
Si el objetivo era pedir la intermediación del Monarca ante el Presidente del
FMI, Rodrigo Rato por el canje de la deuda:
- Por qué sólo dos días después viajan la Primera Dama y el Jefe de Gabinete a
España?
- Por qué se decide ese viaje fuera de agenda e improvisadamente?
- Por qué deben repetir el pedido ante el Rey, si el mismo había sido realizado
unos días antes por el Presidente en Persona?
- Por que viajan ellos y no el Ministro de Economía si el objetivo estaba
vinculado con su área?
- En los seis días que duró la visita oficial a España, ningún funcionario de la
Embajada Argentina o del Gobierno Español les advirtió del caso?
El Embajador Argentino, su anfitrión, con quien se reunieron,
- ¿podía ignorar que en esa fecha la Guardia Civil ya había enviado dos informes
a la Argentina?
- Por qué el silencio y la inacción posteriores, que contrastan con la catarata
de iniciativas llevadas a cabo con posterioridad a la publicación de la noticia
del caso en los medios?
- Por qué esas iniciativas fueron improvisadas y contrarias entre si como
ordenar al Ministro de Defensa apoyar lo actuado por la Fuerza y al día
siguiente intervenir la PAN y dos días después descabezar el Arma que había sido
avalada?
- Por qué no se hizo lo mismo en las otras áreas?
- Por qué Walter Beltrame está detenido en la policía aduanera, bajo la
responsabilidad de Echegaray. Cuando ese Funcionario es uno de los que debe ser
investigado?
- Por qué el Gobierno insiste en comunicar su accionar como una muestra de
velocidad y reflejos políticos siendo que por lo menos hubo impericia, retraso y
torpeza?
- Por qué el Presidente de la Nación se dispone a pagar un alto costo político
para proteger a funcionarios de segunda línea con innegables responsabilidades
en los hechos?
Directora del Centro para la Transparencia: Dra. Paula Oliveto Lago
Coordinación: Dip. Nac. Fabiana Ríos
Informes: Dip. Laura Musa, Dip. Eduardo Macaluse