Ley de Acceso a la Información Pública en Argentina
Los trabajadores de prensa fijaron su posición
UTPBA
La Agencia Nacional de Comunicación (ANC) reproduce la posición de la Unión de
Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (UTPBA) en relación a la Ley de Acceso a
la Información Pública, planteada oportunamente a través de su secretaria
General Adjunta, Lidia Fagale, en el marco de una reunión plenaria de las
Comisiones de Asuntos Constitucionales, de Defensa Nacional, de Sistemas de
Medios de Comunicación y Libertad de Expresión y de Asuntos Administrativos y
Municipales, realizada el 19 de octubre en el Congreso de la Nación.
La delegación de la UTPBA, que participó de la reunión, estuvo integrada también
por María Rosa Gómez, secretaria de Asuntos Profesionales de la UTPBA, y Liliana
Belforte, Coordinadora del Centro de Capacitación de la entidad.
A continuación, la intervención completa de Lidia Fagale en nombre de la entidad
de los periodistas:
'Coincidimos en torno a que el acceso a la información pública es un derecho
humano básico, integral e inter-conexo con otros derechos. Desde esta visión
venimos impulsando hace muchos años campañas masivas de carácter público, así
como hemos trasladado a distintas instancias legislativas y judiciales proyectos
y posiciones que nunca interpretaron el Derecho Social a la Información desde
una lógica corporativa.
Más aún, consideramos que no es un derecho individual en tanto se encuentra
asociado al interés público por constituir una condición insoslayable para la
democracia, siendo uno de sus aspectos fundamentales para su desarrollo el
debate abierto de ideas y el conocimiento, entre otras instancias, de los actos
del Gobierno.
Consideramos necesario definir con mayor precisión las fronteras conceptuales
que se pretenden a la hora de hablar de información pública.
Lo público no está dado por el origen de la información que se produce
únicamente en la órbita del Estado. Existe un tipo de información también de
carácter estratégico 'de interés público'que afecta de distintos modos al
conjunto de la sociedad, comprometiendo su desarrollo y futuro.
Por lo que respaldamos el hecho de que por Ley los ciudadanos puedan conocer la
información pública vinculada con los actos del Gobierno, en tanto no queremos
dejar de puntualizar que el concepto de lo público debe extenderse a la
información que se produce en la órbita privada, esencialmente la vinculada con
la gestión de las corporaciones privadas.
En los últimos años, la dinámica alcanzada por estos sectores ha comprometido,
en algunos casos, hasta límites dramáticos la vida de millones de seres humanos.
Esa lógica que a veces encontró a un Estado funcional a sus intereses, otras
vulnerable a los objetivos de una minoría en desmedro de la Nación.
A la vez que consideramos pertinente reglamentar el Acceso a la Información
Pública--ya previsto en nuestra Constitución Nacional como en los distintos
Pactos regionales, declaraciones y tratados internacionales suscriptos por los
distintos Gobiernos Nacionales, así como por su incorporación taxativa que de
ellos se hizo a instancias de la reforma constitucional de 1994- suscribimos la
idea de extender la noción de Información Pública a la que se genera en la
órbita privada. Llama la atención por un lado, la repentina campaña de algunas
corporaciones mediáticas en cuyas editoriales claman por un acceso a la
información pública restringida a los actos de gobierno como también es para
analizar el reclamo de algunas ONG o sectores de la denominada sociedad civil
que limitan el concepto a la información producida en la órbita estatal,
mientras sus proyectos son financiados por conocidas corporaciones empresarias,
algunas asociadas al capital extranjero o directamente al Departamento de Estado
Norteamericano o como mínimo a las estrategias que en materia de políticas de
información vienen imponiendo los Estados Unidos tras los atentados del 11 de
septiembre a las Torres Gemelas.
Es compartida la opinión -en la mayoría de los países de Latinoamérica-, por lo
menos de parte de las organizaciones que integramos la FELAP, que la sola
condición de ciudadano allana el derecho a acceder a la información denominada
Pública. Pero también somos concientes de que la condición de ciudadano está
indiscutiblemente asociada a la calidad del modelo democrático que amplia o
limita el uso pleno de las facultades que hacen a esa condición. La noción de
ciudadano a secas no implica nada. La injusta distribución de la riqueza así
como, por citar uno de los aspectos fundamentales, el inequitativo acceso a la
educación, limitan el desarrollo pleno de una condición -la de ciudadano o
ciudadana- al verse privado de antemano de sus plenos derechos e incluso de
ejercerlos por falta de conocimiento o de recursos educativos, culturales o
económicos. Con esto, lejos de pretender minimizar la iniciativa en discusión,
queremos subrayar la relación estrecha que existe entre el derecho al acceso a
la información pública y otro conjunto de derechos humanos, sin los cuales es
imposible su plena realización. Poner en discusión qué es lo público, sus
alcances, así qué entendemos por ciudadanía es una condición esencial para
quitarle definitivamente el carácter instrumental a una norma que no puede
aislarse de la realidad en la que actúa.
Otro de los aspectos que nos preocupa está vinculado al régimen de las
excepciones. Por lo delicado del tema, no podemos dejar de abordar uno de los
aspectos -el de la seguridad- que ha cobrado en los últimos años centralidad,
bajo la lógica hegemónica de los Estados Unidos, dinamizada por los
acontecimientos que tuvieron lugar en Nueva York, el 11 de septiembre.
La mayoría de las iniciativas presentadas por los legisladores parecen encontrar
en el modelo norteamericano ricos y valiosos antecedentes y ejemplos
legislativos en torno a cómo garantizar el Acceso a la Información Pública en
nuestro país.
Sin embargo, los mismos legisladores no deberían desconocer lo poco que ha
servido dicha legislación a la hora de impedir la aplicación de políticas
restrictivas al Derecho Social a la Información como consecuencia del monopolio
ejercido por el Pentágono con el objetivo de crear consenso en torno a su
supuesta lucha contra el terrorismo, ocultando sus verdaderos objetivos. La
justificación de la guerra a Irak se basó también en secretos de Estado, en un
diseño informativo que ocultó la verdad, propagó la mentira y cerceno el acceso
a las fuentes, comprometiendo derechos y garantías básicas del conjunto de la
ciudadanía de ese país, de los inmigrantes y los turistas.
No creemos que este no sea un tema pertinente en este debate. Esas políticas se
aplican-a veces- sin respeto a las legislaciones locales y, a las decisiones
adoptadas por los distintos Estados Nacionales en materia de Políticas de
Comunicación.
El régimen de excepciones también debe estar garantizado, pero encontrando una
definición propia en torno a lo que entendemos por seguridad nacional o secreto
de estado e incluyendo reaseguros de orden jurídico y parlamentario que obligue
a respetar las políticas nacionales en el tema en cuestión, así como los
Tratados, Acuerdos y Declaraciones existentes.
Hoy no podemos descansar apenas en la repetición de reglamentaciones que a la
luz de la presente etapa ceden por debilidad o por imitación a manejos oscuros
de información de carácter estratégico; manejos éstos que no sólo tienen origen
en la órbita estatal sino también privada y cuya procedencia, producto de la
globalización, puede trascender las fronteras de nuestro país.
Tampoco se puede correr el riesgo de limitar el acceso a determinadas fuentes a
los que realizamos cotidianamente la tarea de informar. El secreto profesional
de los periodistas de rango constitucional- proyecto presentado por UTPBA en
1994-puede verse sometido a presiones no sólo judiciales.
En este sentido, no se puede omitir el papel que cumplen los medios de
comunicación en el mundo y en nuestro país a la hora de alimentar y recrear lo
que se ha dado en llamar la opinión pública. Nadie desconoce que el poder
mediático asociado a importantes sectores de la economía mundial es reacio a
verse sometido a regulaciones que lo obliguen a cumplir pautas donde la
información no sea una mercancía más. El mapa de medios mundial como local da
cuenta de una realidad donde la concentración mediática está asociada a
paradigmas mercantiles y corporativos. Su incidencia cultural, política y
económica es indiscutible. Considerar esta realidad a la hora de definir el
escenario real donde actuamos ciudadanos y Gobiernos nos obliga también a
ampliar el concepto de acceso al Derecho a la Información.
De ahí la necesidad de extender el acceso a la información pública de la mayoría
de la ciudadanía y no sólo como beneficiarios de un tipo de acceso, sino también
contemplando la explotación directa de áreas de la radiodifusión, aspecto que
tampoco es un tema ajeno a este debate y aún esta pendiente, a pesar de los
reiterados reclamos.
Por último, otro aspecto para nada menor. Las leyes no constituyen per se una
garantía, requieren de una fuerza social capaz de hacerlas cumplir. Y esa fuerza
social debe consolidar esa capacidad en la medida en que también no sea apenas
beneficiaria formal de otros derechos. Estamos convencidos de que la
democratización de la información, en este caso, a través de una ley que allane
el acceso a la información de la ciudadanía, requiere continuar profundizando
políticas de distribución más equitativas del ingreso y la riqueza. Una no es
posible sin la otra, si realmente pretendemos poner en práctica y en todos sus
términos los caminos que nos permitan profundizar la democracia.
Finalizamos estas observaciones, agradeciendo la atención brindada, sin dejar de
señalar la idea que acompaña esta intervención: No hay democracia informativa
sin democracia económica'.